27 oct 2015

Por fin, la Convocatoria a Elecciones en Sinaloa 2016

Culiacán, a martes 27 de octubre de  2015
De manera unánime, el Pleno de la LXI Legislatura aprobó la expedición de la Convocatoria a Elecciones ordinarias para el año 2016, en las que se elegirá Gobernador o Gobernadora del Estado, Diputados y Diputadas al Congreso del Estado en su LXII Legislatura, Presidentes y Presidentas Municipales, Síndicos Procuradores y Síndicas Procuradoras y Regidores y Regidoras de los 18 Ayuntamientos, elección que deberá de realizarse el primer domingo de junio de 2016.
Mañana se publica en el Periódico Oficial.
El próximo gobernador o gobernadora durará en su cargo 4 años y 10 meses..
Véase: “Sinaloa hacia el 2016..“

El documento presentado por integrantes de la Junta de Coordinación Política, y con base a lo establecido en los artículos 43, fracción XI de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 18, párrafo Primero, y Octavo Transitorio de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, y que entra en vigor la misma fecha de su expedición, establece que con el mismo, se da el inicio del proceso electoral 2016.
 Precisa, que conforme a lo previsto en el artículo Sexto Transitorio del Decreto número 332, expedido el 19 de mayo de 2015 y publica en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” número 65, editado el primero de junio de ese mismo año, con el que aprobó reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sinaloa en materia electoral a efecto de posibilitar la concurrencia de procesos y jornadas electorales a que obligan los artículos 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14 de la Constitución Política Local, por única ocasión, la Gobernadora o el Gobernador del Estado que resulte electo en la jornada comicial del año 2016, durará en su cargo 4 años y 10 meses, iniciando sus funciones el día primero de enero de 2017 y concluyendo su periodo constitucional el día 31 de octubre de 2021.
 Mientras que en el caso de las y los Diputados, el artículo Quinto Transitorio del Decreto de reforma constitucional a que se refiere en el párrafo anterior, por única ocasión, que se elijan en el año 2016 durarán en sus cargos dos años, por lo que iniciarán sus funciones del día primero de octubre de 2016 y las concluirán el 30 de septiembre de 2018.
 Y en lo referente a Presidentes y Presidentas Municipales, Síndicas Procuradoras y Síndicos Procuradores y Regidoras y Regidores de los 18 Ayuntamientos, duraran en el cargo un año y 10 meses, iniciando funciones el día primero de enero de 2017 y concluyéndolas el 31 de octubre de 2018.

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