16 sept 2019

Posicionamiento de Encinas, sobre el caso Ayotzinapa.

Posicionamiento del  subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Alejandro Encinas Rodríguez, sobre el caso Ayotzinapa.
Sala de Conferencias de la Secretaría de Gobernación; 15 de septiembre de 2019;
Buenas tardes tengan todos y todas ustedes. Les agradezco la atención que han tenido a la convocatoria a esta conferencia de prensa este domingo de puente, pero que nosotros no podemos mantener silencio frente a lo que está sucediendo en todo el proceso judicial que se sigue en torno a los lamentables hechos de la desaparición de 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa.
El día de ayer en la vieja práctica del sabadazo, en días de puente, de la misma forma en horas una resolución que no firma el juez, sino que firma la secretaria de acuerdos, la señora Adriana Ruvalcaba Velázquez, el Juez Primero de Distrito de Procesos Penales en Tamaulipas, el señor Samuel Ventura Ramos, del cual no encontramos fotografía alguna ni registro alguno en las páginas del Poder Judicial e incluso, del propio juzgado que él encabeza, dictó la libertad absoluta e inmediata de 24 personas detenidas por la desaparición forzada de los 43 estudiantes.

Con estas 24 libertades se suman a las 53 ya otorgadas por el mismo juez, lo cual suman 77 libertades de las 142 personas privadas por su libertad, a quienes se les había identificado la presunción de la comisión de diversos delitos. Quedan solamente 65 de las 142 personas detenidas en estos momentos por este proceso, y de mantenerse esta tendencia y como es evidente la intención política de hacerlo, quizá en los próximos días y con motivo del aniversario o lamentables hechos de la noche de Iguala, pueden obtenerse, pueden otorgarse diversas libertades.
Como ustedes saben, les vamos a hacer llegar de manera pormenorizada toda la información. 
El 3 de diciembre estas personas detenidas, 3 de diciembre de 2015, las personas detenidas interpusieron diversos juicios de amparo que les fueron concedidos el 31 de mayo por resolución del Tribunal Colegiado ubicado en el estado de Tamaulipas.
En esa resolución, el juez otorgó la deposición del procedimiento del 30 de agosto al 5 de septiembre, es decir, otorgó solamente 10 días para aplicar a 17 personas el Protocolo de Estambul.
Debo reconocer que la Fiscalía General de la República, a través de la Unidad Especializada para el Caso de Ayotzinapa, solicitó y realizó la entrevista a 50 personas detenidas, de las cuales 14 consintieron la aplicación del Protocolo de Estambul para verificar si efectivamente habían sido torturadas, y éste protocolo lo iba a aplicar mediante un convenio que la Unidad Especializada de la Fiscalía General de la República suscribió con la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, quien sería con sus peritos, la encargada de realizar las pruebas del Protocolo de Estambul.
Sin embargo, el juez, este señor Samuel Ventura Ramos, negó la prórroga para que se realizara el Protocolo de Estambul y de esta manera otorgó la libertad inmediata y absoluta de estas personas que habían sido detenidas aduciendo (inaudible) la presentación o la puesta a disposición de las personas ante el Ministerio Público, diversas lesiones que presentaron los declarantes y todos los aspectos relevantes marcados en los fallos emitidos por el Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito de Tamaulipas con residencia en Reynosa.
Vamos a hacerles entrega de quiénes son estas 24 personas detenidas para que tengan ustedes plenamente toda la información, pero vale la pena señalar que de las 107 pruebas que ya se habían presentado, solamente subsisten 44, desechándose 63. Y de acuerdo con el análisis que hemos hecho el día de ayer de estas resoluciones, en 13 casos de los que quedan pendientes, 3 podrían acreditarse dilación en la puesta a disposición, en 20 más detenciones ilegales por falta de flagrancia, una detención ilegal por haber sido ordenada de forma irregular, 12 casos de tortura y tratos crueles inhumanos, aunque en algunos casos no se aplicó el Protocolo de Estambul; 9 casos de exceso de incumplimiento de una orden de presentación, un caso de incomunicación y 6 casos de violación al derecho a la defensa adecuada.
Las pruebas restantes, de acuerdo con el criterio del juez fueron insuficientes para acreditar la responsabilidad de los actos perpetrados por integrantes de los grupos delictivos Guerreros Unidos, el grupo conocido por Los Bélicos y diversos servidores públicos, particularmente por policías municipales, como es el caso de Iguala, de Cocula y de Huitzuco, que son quienes obtienen la libertad.
Debo señalar que de acuerdo con lo declarado el día de ayer por la Fiscalía General de la República, ésta presentará los recursos y diligencias para responsabilizar a los funcionarios que incumplieron con sus responsabilidades en el desarrollo de la investigación, en particular contra los señores Jesús Murillo Karam, Tomás Zerón de Lucio y José Aarón Pérez, quien era el titular de la Unidad Especial para el Caso de Ayotzinapa en esos momentos de la mal llamada verdad histórica.
Y adicionalmente la Fiscalía General se comprometió a generar las acciones acciones al margen de la sentencia del Tribunal Colegiado, para fincar responsabilidad a los liberados, y en estos casos, la Comisión Presidencial por la Verdad y la Justicia en el Caso de Ayotzinapa va a coadyuvar y a dar todos los elementos que están a nuestro alcance.
Sin embargo, queremos señalarle al Poder Judicial de la Federación que esta resolución es una afrenta a los trabajos de investigación que realiza el Gobierno Federal a través de la Comisión Presidencial por la Verdad Acceso a la justicia del Acaso Ayotzinapa, ya que no observa la jurisprudencia del 21 de julio de 2019 que determina que la declaración obtenida por tortura obliga a reponer el procedimiento, investigando los actos y los elementos relacionados, pero con el resto de las pruebas se deben determinan la materialidad del delito, es decir, la reposición del procedimiento, además de que subsisten las responsabilidades por los delitos cometidos, deben de fincarse la responsabilidad de los torturadores.
En este caso el juez habla de tortura pero no finca ninguna responsabilidad a los supuestos torturadores como debe ser su responsabilidad.
De la misma manera, el juez utiliza el criterio o criterios cuestionables, solicitando practicar el Protocolo de Estambul en 10 días, siendo materialmente imposible, y negando una prórroga razonable para realizarlo.
Esta resolución sienta un grave precedente otorgando beneficio a los imputados sin que hubiera sentencia de tortura, solo con la mera presunción, privilegiando de nueva cuenta el derecho de los presuntos perpetradores sobre el derecho a la  justicia que deben gozar las víctimas, sus familiares y la sociedad en general.
El juez interpreta, como lo señalé en el caso de la libertad de Gildardo Astudillo, con mucha laxitud la ley, pero no imparte justicia y causa graves daños a la búsqueda de la verdad, y esto representa, de nueva cuenta las viejas inercias de corrupción, incapacidad, y parcialidad del régimen anterior, dejando en la impunidad a quienes alteraron en la investigación y a quienes cometieron los delitos.
Lo que nos obliga a realizar una revisión profunda del actual sistema de justicia para garantizar el fin de la impunidad, el derecho a la verdad, la justicia, como la reparación y particularmente, medidas de no repetición de los hechos.
Vamos a hacerles entrega del perfil delictivo de las personas que obtuvieron su libertad, donde vamos a encontrar donde ellos mismos asumen responsabilidades o señalan a otras personas liberadas en la comisión de los delitos.
Desde la señora Verónica Vela Cruz, que anda diciendo que estaba en vacaciones y que estaba plenamente enterada, ella lo declara, se llevaron detenidos a la comandancias, los metieron a una de las celdas, después de revisarlos, y a los otros los tenían detenidos en unas bancas sentados. Siendo que el comandante Balladares ya había pedido el apoyo del Ayuntamiento de Cocula.
O el caso del señor Roberto Pedrote Nava, quien se señaló después de que sus compañeros iniciaran el trabajo de estudiantes normalistas de la comandancia hacia el lugar conocido como Lomas del Coyote, en las camionetas y dan las marcas, el color, y los números de las mismas. Recibió la orden de pasar al domicilio particular del Comandante César Nava Gonzáles. Señalaron a ver como integrantes del grupo bélicos, refieren como llegó a la comandancia de Iguala y se percató que al sitio arribaron 3 patrullas del municipio con aproximadamente 30 muchachos detenidos en estas patrullas mismas.
Vamos a dejarles a todos ustedes esta información, agregando, en el listado de las personas detenidas que pueden ser susceptibles de aplicarse estos criterios laxos, discrecionales, en donde no se considera todas las pruebas por parte del juez su libertad, como puede ser la libertad del señor Ramiro Ocampo Pineda, César Nava González, Sidronio Casarrubias Salgado, que es de los principales dirigentes del cartel de Guerreros Unidos. Incluso, en estos casos vinculados con la desaparición, del Expresidente municipal de Iguala, José Luis Abarca Velázquez.
Hay que decirlo, lo asumo con toda responsabilidad, esto, estas resoluciones es una afrenta a las víctimas, a los padres de familia y a la justicia de nuestro país. Es una burla a la justicia, ya que estas resoluciones alientan el silencio, la complicidad, y la impunidad para conocer la verdad. Y muestra la miseria, la podredumbre en que se encuentra el sistema de impartición de justicia de nuestro país que huele a podrido.
Ya es el momento de hacer cambios profundos, para que garantizando los derechos humanos de las personas presuntas responsables de la comisión de los delitos también se dé cuenta del derecho de las víctimas, como también del fin de la impunidad en este país.
Es lo que queríamos anunciarles, estoy aquí a sus órdenes
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