Sinaloa se convirtió en la tercera entidad federativa de tener una ley de este tipo; los primeros fueron Chiapas y Guerrero...
El Congreso de Sinaloa aprobó en julio de 2020- en plena pandemia-, la Ley para Prevenir, Atender, y Reparar integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, días después, - el 21 de agosto- fue publicado en el Diario Oficial del Estado...:
http://www.fiscaliasinaloa.mx:8091/leyes_txt/decreto_481.pdf
Con esta ley, se crea, Registro Estatal para Personas Desplazadas , un Fondo Especial, Programa Estatal, el cual será presentado para su conocimiento al Congreso del Estado y será renovado cada tres años.
Para los efectos de la ley, son desplazados internos las personas o grupos de personas forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, como resultado o para evitar situaciones de violencia.
"Los niños, especialmente aquellos no acompañados, las mujeres embarazadas, las madres con hijos pequeños, las mujeres jefas de familia, las personas con discapacidad, los adultos mayores e indígenas, tendrán derecho a la protección y asistencia requerida por su condición y a un tratamiento que considere sus necesidades especiales.
El gobierno del Estado con la concurrencia de los Ayuntamientos, al conocer situaciones de desplazamiento, de inmediato brindarán a las personas desplazadas, de manera enunciativa y mínima, las siguientes medidas de asistencia: alimentos y agua potable, alojamiento, ropa y servicios médicos, medicamentos y tratamientos.
Las personas en situación de desplazamiento no podrán ser obligadas a su retorno, ni recluidas o confinadas en campamentos.
La Fiscalía del Estado emprenderá de oficio en todo caso, las investigaciones sobre los hechos punibles que condujeron al desplazamiento,.
De igual modo deberán atender, conforme a los criterios de la ONU, que las personas en situación de desplazamiento no sean obligadas en su retorno, ni recluidas o confinadas en campamentos.
La Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal del año correspondiente, incluirá, en el ramo de Desarrollo Social, el Fondo Especial para la Atención de las Personas Desplazadas por la Violencia.
Con esta ley se reformará del Código Penal un capítulo denominado "Desplazamiento Forzado Interno", al artículo 175 Bis para castigar de seis a 12 años de sanciones a responsables del éxodo.
La ley es producto de tres iniciativas, una de ellas fue de Víctor Antonio Corrales Burgueño y Angélica Díaz Quiñónez; la segunda, por MORENA, que coordina la diputada Graciela Domínguez Nava y la tercera, por el grupo del PRI, que coordina Sergio Jacobo Gutiérrez.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”.
SEGUNDO. La Comisión lntersecretarial deberá instalarse en un plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
TERCERO. Una vez instalada la Comisión Intersecretarial, deberá crear el Programa para la Atención y Protección de las Personas Desplazadas en un plazo que no deberá exceder los 60 días naturales.
CUARTO. El Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado deberá llevar a cabo todos los ajustes presupuestales necesarios para la constitución del Fondo Especial para la Atención y Protección de Personas Desplazadas, en un término de 90 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
QUINTO. La Secretaria de Desarrollo Social deberá crear el Registro Estatal de Personas Desplazadas en un plazo que no deberá exceder de los 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
SEXTO. Se deroga cualquier disposición que se oponga a lo señalado en este Decreto.
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¿Cuantos desplazados hay en Sinaloa?
No hay un dato certero..; algunos hablan de 40 mil otros de 25 mil.
Según datos documentado por organizaciones sociales y defensores de Derechos Humanos, en los últimos 10 años en los pueblos serranos de Sinaloa se han desplazado 25 mil personas.; en tanto, la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos en Sinaloa calcula que desde 2009 se han desplazado 40 mil personas de manera acumulada. Esto es, sin tomar en cuenta los posibles retornos o quienes pudieran haberse desplazado más de una ocasión.
Según la diputada Alma Rosa Garzon Aguilar se han documentado numerosos casos de comunidades donde salen desplazados sus habitantes de los municipios Concordia, Choix, Mazatlán, San Ignacio, El Fuerte, Culiacán y Badiraguato.
La también presidenta de la Comisión de Justicia en el Congreso, señaló en una declaración que un informe especial presentado por la CNDH, reveló que en Sinaloa hay 10 municipios con 24 comunidades de la sierra, donde la violencia ha expulsado a sus habitantes..
En 2018 la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos Documento cinco episodios en la entidad de desplazamientos afectando a 931 personas en municipios de Escuinapa, Rosario, Concordia, San Ignacio y Badiraguato, y en el año 2019, 12 familias fueron expulsadas de la comunidad de La Rastra municipio de El Rosario.
La diputada expuso que Sinaloa se encuentra entre los estados señalados en 2012 en el informe de la organización internacional del Consejo Noruego para Refugiados por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas que además de Chihuahua, Tamaulipas, Nuevo León, Durango, Michoacán, Guerrero y esta entidad.
La Secretaria de Desarrollo Social de Sinaloa tiene registrado a 2,900 personas que en algún momento dejaron su hogar por la violencia..; de ellas 500 no volvieron a sus comunidades...
¿Y cuánto recurso cuentan para pagar la reparación del daño?
Este año de 2021, es el tercero donde el gobierno de Sinaloa, a cargo de Quirino Ordaz dedica recursos de manera especial;
i) 20 millones en 2019;
ii) 30 millones en 2020, y;
iii) 40 millones en 2021.
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Reportaje de Zorayda Gallegos en Gatopardo, 28 de julio de 2019..
El hogar de los huidos
Decenas de familias provenientes de poblados serranos de Sinaloa, zona estigmatizada por la siembra de mariguana y amapola, han llegado a la colonia 7 de Abril, un asentamiento irregular en Villa Unión, de poco más de trece mil habitantes que han huido por la violencia del narcotráfico.
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