24 mar 2023

LA SCJN admite de demanda, se suspende la reforma de AMLO; de momento.

El Ministro Javier Laynez suspendió hoy, por tiempo indefinido, la aplicación del llamado 'Plan B' al Instituto Nacional Electoral.

Javier Laynez Potisek, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, suspendió hoy por tiempo indefinido la aplicación del llamado 'Plan B' al Instituto Nacional Electoral (INE), que podrá seguir operando como lo hacia antes de la reforma elctoral.


El Ministro admitió hoy a tramite la controversia constitucional del INE contra la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y otras leyes secundarias, y otorgó una suspensión que casi garantiza que el adelgazamiento del órgano electoral pretendido por el Ejecutivo, y concretado por Morena y sus aliados en el Congreso, no podrá concretarse.

"El Ministro Instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma", informó la Corte.

El Ejecutivo y el Congreso pueden impugnar la suspensión ante una de las Salas de la Corte, pero el trámite de ese recurso tomará varias semanas.

Comunicados de Prensa

No. 104/2023

Ciudad de México, a 24 de marzo de 2023

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ADMITIÓ LA DEMANDA PRESENTADA POR EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN CONTRA DE LAS REFORMAS LEGALES QUE MODIFICAN TANTO SU ESTRUCTURA COMO SUS PROCEDIMIENTOS Y CONCEDIÓ LA SUSPENSIÓN SOLICITADA

El día de hoy el Ministro Ponente Javier Laynez Potisek admitió la demanda de Controversia Constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del ‘Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral’. 

En este mismo Acuerdo, el Ministro Instructor solicitó a las autoridades demandadas (Congreso de la Unión y Ejecutivo Federal) que presenten su contestación dentro del plazo legal. 

Aunado a lo anterior, el Ministro Instructor concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma. 

Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede. 

Asimismo, la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía.


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