3 jun 2009

César Camacho crítica la tardía publicación de la reforma

Por publicación tardía, Congreso dictaminaría en septiembre la ley antisecuestro
Deberá diseñarse y discutirse en la próxima LXI Legislatura o en un periodo extraordinario de sesiones, señaló el diputado federal César Camacho Quiroz.
El Ejecutivo Federal publicó tardíamente en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que faculta al Congreso de la Unión a legislar en materia de secuestro, por lo que la nueva Ley Antisecuestro tendrá que discutirse y diseñarse en la próxima LXI Legislatura o en un periodo extraordinario, afirmó el presidente de la Comisión de Justicia, César Camacho Quiroz (PRI).
“La Reforma Constitucional se envió en los últimos días de marzo a efecto de que el Presidente de la República la promulgará, entrará en vigor y estuviéramos en condiciones y en ejercicio de esa nueva facultad de expedir una Ley Antisecuestro, pero por una omisión inexplicable del Presidente, decide publicarla hasta mayo cuando ya el Congreso ha entrado en receso”, dijo.
Lo anterior, explicó, dificulta enormidades la posibilidad de la discusión y aprobación de la Ley Antisecuestro, entonces es un déficit provocado por una reacción extemporánea del Presidente de la República, dijo.


“Para dictaminar una legislación en la materia se tendrá que esperar hasta septiembre lo cual insisto, entraña una obligación incumplida del Presidente Felipe Calderón”, finalizó.
Cabe recordar que fue hasta el 5 de mayo cuando el Ejecutivo publica la nueva redacción del párrafo 21 del artículo 73 constitucional la cual señala:"Para establecer los delitos y las faltas contra la federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse; expedir una ley general en materia de secuestro, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios; así como legislar en materia de delincuencia organizada".
El diputado recalcó que el presidente Felipe Calderón ha incumplido con su obligación de publicar las leyes que el Congreso legisla como apoyo al Ejecutivo en su lucha contra el narcotráfico.
“Se logró una mayoría calificada y un apoyo unánime del Poder Legislativo federal y de las legislaturas de los estados para hacer la reforma, la cual el presidente no la puede vetar porque técnicamente no es vetable, de suerte que aquí no hay ninguna razón para que la publicación de esta ley se haya retrasado tanto”, dijo.
Camacho Quiroz aseguró que el presidente Felipe Calderón está entrañando una obligación incumplida al publicar tardíamente las reformas en materia de seguridad pública. ASC Nota de Notilegis
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La nota la reproduce la Agencia Notimex en el portal de La Jornada, 3/06/2009;
Este tema lo abordó hace un mes, al termno de la sesión permanente el Senador Manlio Fabio Belrones, preguntaron los reporteros de la fuente:
- el lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto para poder legislar en materia de secuestros. ¿Están ustedes considerando llamar a un extraordinario y completar esta parte, que era el Acuerdo Nacional para la Seguridad y la Justicia, legislar en materia de secuestro y que no se quede pendiente?
RESPUESTA.- Lamentablemente en el tema de la reforma constitucional que atendimos con base en el compromiso que tuvimos para poder legislar en materia de secuestros, apenas acaba de ser publicado (4 de mayo) por el tránsito que tuvo que vivir en el Senado de la República, en la Cámara de Diputados y posteriormente en el Constituyente Permanente.(Empero) La publicación que ha hecho el titular del Ejecutivo hoy nos dejan posibilidades de poder iniciar internamente un trabajo de negociación política entre los partidos, que nos permita llegar a un alto grado de consenso en la presentación de una iniciativa que tome en cuenta todas las opiniones.
Estoy cierto que el trabajo importante ya se hizo y que el resto, que es la ley secundaria, lahabremos de votar antes de que termine el mes de septiembre.
Es decir en la próxima legisltura!
El pasado lunes 4 de mayo, el Ejecutivo publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma constitucional que faculta al Congreso a legislar en materia de secuestro.
DECRETO por el que se reforma el párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo Único. Se reforma el párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:I. a XX. .....XXI. Para establecer los delitos y las faltas contra la Federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse; expedir una ley general en materia de secuestro, que establezca, como mínimo, los tipos penales y sus sanciones, la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios; así como legislar en materia de delincuencia organizada...........
XXII. a XXX. .....
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las legislaciones en materia de secuestro de las entidades federativas, continuarán en vigor hasta en tanto el Congreso de la Unión ejerza la facultad conferida en el artículo 73, fracción XXI, de esta Constitución. Los procesos penales iniciados con fundamento en dichas legislaciones, así como las sentencias emitidas con base en las mismas, no serán afectados por la entrada en vigor de la legislación general. Por lo tanto, deberán concluirse y ejecutarse, respectivamente, conforme a las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor de esta última.

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