LX Legislatura Comisión Permanente,
Sesión del martes 5 de enero de 2010
El Diputado Arturo Zamora Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó un propuesta de punto de acuerdo por el cual exhorta al Ejecutivo federal Primero."por conducto del titular de la Secretaría de Gobernación, para que en uso de sus atribuciones de iniciativa de leyes, proponga el cuerpo de normas secundarias que han de acompañar la implementación del nuevo modelo de justicia penal, concebido en la reforma constitucional publicada el dieciocho de junio de dos mil ocho. La propuesta señala:
Segundo. Solicito que el presente punto de acuerdo sea turnado a la Primera Comisión de la Comisión Permanente de este honorable Congreso de la Unión.
El presidente de la Comisión Permanente diputado Óscar Martín Arce Paniagua la turno a la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, la preside el diputado Héctor Guevara Ramírez (PRI) misma y fue instalada este martes 5 de enero.
Consideraciones
En el decreto de reforma constitucional en material de justicia penal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio del año 2008 se contemplaron, además de las modificaciones a los diez artículos de la Constitución con los que se da nacimiento legislativo al sistema penal acusatorio, la obligación de legislar para crear un nuevo sistema de reinserción y la necesidad de establecer reglas para el combate al crimen organizado y la necesaria reforma penal así como procesal penal.
En el artículo segundo transitorio del decreto citado se estableció que el sistema procesal penal acusatorio previsto en los artículos 16, párrafos segundo –en ese momento– y decimotercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19, 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución, entrarían en vigor cuando cobrara vigencia la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de la reforma.
Como se desprende del articulado transitorio, previsto por los integrantes de la LX Legislatura Federal, la vacatio legis establecida no debe considerarse simplemente como un tiempo por transcurrir, sino que se trata de la estimación ponderada que surgió, por una parte, de la magnitud de la reforma, que sin duda es de las de mayor calado en esta materia desde la promulgación de la Constitución de 1917 que nos rige, y de otro, ante la seria problemática por la que atraviesa el sistema de procuración y administración de justicia en nuestro país.
De esa ponderación, impuesta por nuestra realidad nacional, surgió la previsión, apuntada en el octavo transitorio del decreto, para que los diversos órdenes legislativos del país, encargados de la distribución del gasto público, tanto federales como estatales, y del Distrito Federal, destinarán los recursos necesarios para el diseño de las reformas legales, tanto en su vertiente material, como jurídica y de capacitación, de los distintos operadores del nuevo modelo de justicia; ello a partir del presupuesto inmediato siguiente a la entrada en vigor del decreto.
Luego, a fin de hacer factible el proceso de transformación buscado, en el artículo noveno transitorio de la reforma Constitucional, se creó una instancia de coordinación, integrada por representantes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con la participación del sector académico y la sociedad civil, así como de las Conferencias de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y de Presidentes de Tribunales, que opera a través de una secretaría técnica, que tienen como finalidad coadyuvar y apoyar a las autoridades locales y federales cuando así se lo soliciten.
A casi 20 meses de la publicación de la reforma constitucional en materia de justicia penal, esta LXI Legislatura federal no debe permanecer pasiva, toda vez que el papel del Poder Legislativo no se limita a la expedición de leyes, sino que la creación de la norma se ve culminada hasta que cobra vida y cumple el propósito de su formulación.
En consonancia con lo anterior, no debemos ignorar que la presente legislatura tiene en puerta además, y como parte del mismo proceso de transformación del modelo de justicia penal, la expedición de las leyes penales federales, básicamente el Código Penal Federal, el de Procedimientos Penales y de manera relevante la adecuación de la Ley de Amparo, así como las leyes en materia de readaptación o reinserción social, y en el ámbito del crimen organizado y vigilar que los diversos ordenamientos reglamentarios de la materia que acompañen sean congruentes con la reforma constitucional; sólo de esa manera podrán despejarse lo que hasta hoy han sido incógnitas y reservas hacia el cambio de modelo penal, en este sentido el Ejecutivo federal debe asumir la responsabilidad de proponer los institutos jurídicos para materializar la modificación integral del marco normativo concebido.
Son varios los estados de la república que han implementado el procedimiento oral bajo los principios del sistema acusatorio; esfuerzos loables que, las más de las veces, se mantienen a la expectativa sobre diversos aspectos que se saben relacionados con las tareas de control constitucional que incumben al Poder Judicial; por tanto, este órgano legislativo no puede mantenerse inactivo durante el periodo de transición, que se concibió para llevar a cabo de manera ordenada y gradual, lo que implica y amerita un trabajo permanente ya que de otra manera tendríamos como resultado la fragmentación y disparidad de las distintas legislaciones.
En mérito de lo anterior, se propone
Primero. Exhortar al Poder Ejecutivo federal, por conducto del titular de la Secretaría de Gobernación, para que en uso de sus atribuciones de iniciativa de leyes, proponga el cuerpo de normas secundarias que han de acompañar la implementación del nuevo modelo de justicia penal, concebido en la reforma constitucional publicada el dieciocho de junio de dos mil ocho.
Segundo. Solicito que el presente punto de acuerdo sea turnado a la Primera Comisión de la Comisión Permanente de este honorable Congreso de la Unión.
Diputado Arturo Zamora Jiménez (rúbrica)
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