Tras iniciar la nueva legislatura y en medio del debate de la reforma laboral, la calificación del trabajo en el Congreso sigue siendo negativa, según la encuesta telefónica nacional BGC-Excélsior más reciente (Excélsior, 8 de octubre)
http://www.excelsior.com.mx/index.php?m=nota&seccion=seccion-nacional&cat=1&id_nota=863102
El juicio sobre el trabajo legislativo sigue siendo reprobatorio por parte de la opinión pública: 49% está en desacuerdo con la labor de los senadores y 59% con la de los diputados.
Y curiosamente hoy se opublica en el DOF el decreto donde se crean más comisiones legislativas.
El Diario Oficial de la Federación publica hoy:
DOF: 08/10/2012
DECRETO aprobado por el Honorable Congreso de la Unión, por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.- Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL ARTICULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Artículo Único.- Se reforma el numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 39.
1. ...
2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se
mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:
I. Agricultura y
Sistemas de Riego;
II. Agua Potable y
Saneamiento;
III. Asuntos Frontera
Norte;
IV. Asuntos Frontera
Sur-Sureste;
V. Asuntos Indígenas;
VI. Asuntos
Migratorios;
VII. Atención a Grupos
Vulnerables;
VIII. Cambio Climático;
IX. Ciencia y
Tecnología;
X. Competitividad;
XI. Comunicaciones;
XII. Cultura y Cinematografía;
XIII. Defensa Nacional;
XIV. Deporte;
XV. Derechos de la
Niñez;
XVI. Derechos Humanos;
XVII. Desarrollo Metropolitano;
XVIII. Desarrollo Rural;
XIX. Desarrollo Social;
XX. Economía;
XXI. Educación Pública y
Servicios Educativos;
XXII. Energía;
XXIII. Equidad y Género;
XXIV. Fomento Cooperativo y
Economía Social;
XXV. Fortalecimiento al
Federalismo;
XXVI. Función Pública;
XXVII. Ganadería;
XXVIII. Gobernación;
XXIX. Hacienda y Crédito
Público;
XXX. Infraestructura;
XXXI. Justicia;
XXXII. Juventud;
XXXIII. Marina;
XXXIV. Medio Ambiente y
Recursos Naturales;
XXXV. Participación
Ciudadana;
XXXVI. Pesca;
XXXVII. Población;
XXXVIII. Presupuesto y Cuenta
Pública;
XXXIX. Protección Civil;
XL. Puntos
Constitucionales;
XLI. Radio y Televisión;
XLII. Recursos
Hidráulicos;
XLIII. Reforma Agraria;
XLIV. Relaciones Exteriores;
XLV. Salud;
XLVI. Seguridad Pública;
XLVII. Seguridad Social;
XLVIII. Trabajo y Previsión
Social;
XLIX. Transportes;
L. Turismo, y
LI. Vivienda.
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Las Comisiones Especiales de la Cámara de Diputados,
constituidas durante la LXI Legislatura al Honorable Congreso de la Unión, y
que a través del presente Decreto se formalizan como Comisiones Ordinarias,
tendrán las facultades y atribuciones que anteriormente tenían asignadas.
Tercero.-
Por única ocasión, las Comisiones Ordinarias, deberán quedar constituidas a más
tardar dentro de los siete días naturales siguientes a la entrada en vigor del
presente Decreto.
México, D.F., a 2 de octubre de 2012.- Dip. Jesús Murillo Karam,
Presidente.- Rúbrica.- Sen. Ernesto Javier Cordero Arroyo, Presidente.-
Rúbrica.- Dip. Javier Orozco Gómez, Secretario.- Rúbrica.- Sen. Rosa Adriana
Díaz Lizama, Secretaria.- Rúbrica.
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