El Presidente Peña Nieto logró consensar doce acciones de gobierno, entre otras, la creación de cinco instancias regionales de coordinación, y en el acto el presidente d instruyó al secretario de gobernación Miguel Osorio Chong, a que se inicien los trabajos que permitan, a la brevedad (no dio fechas fatales), la creación de la Gendarmería Nacional.
Uno de los compromisos -ACUERDO 05/II-SE/2012- es sobre el mando único en las policías estatales; el compromiso es que deberá quedar conformada una comisión con integrantes del Consejo Nacional y, en su caso, con especialistas, para analizar la viabilidad de establecer en el país los modelos de Mando Unico: “Dicha Comisión deberá quedar instalada a más tardar la primera quincena del mes de enero de 2013
La publicación de los Acuerdos:
DOF: 10/01/2013
ACUERDOS aprobados en la II Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública.
Al margen un sello con el
Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de
Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
II SESION EXTRAORDINARIA
DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA
JAIME
GUILLERMO LOPEZ-ARANDA TREWARTHA, Titular del Centro Nacional de Información
del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con
fundamento en el artículo 27 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del
Sistema Nacional de Seguridad Pública, en ausencia y por suplencia del
Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Secretario
Ejecutivo Adjunto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública; y en términos de los artículos 17 y 18, fracciones I, V y XXV de la
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y 5, fracción XII, de los
Estatutos de Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad
Pública:
CERTIFICA
Que el
Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Segunda Sesión Extraordinaria, celebrada el 17 de diciembre de 2012,
con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1, 14, fracción I, y 15 de la Ley General del Sistema
Nacional de Seguridad Pública; así como 17 y 18 de los Estatutos de
Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Pública, previa
aprobación del Acta de la Trigésima Tercera Sesión, celebrada el 2 de agosto de
2012, asumió los compromisos que a continuación se enuncian, conforme a lo
siguiente:
CONSIDERANDO
Que la
seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal,
los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la
investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las
infracciones administrativas, que tiene como fines salvaguardar la integridad y
derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz
públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación
para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como
la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del
individuo.
Que
para cumplir con los fines y objetivos de la seguridad pública, las instituciones
de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno conforman el Sistema
Nacional de Seguridad Pública, que se encuentra integrado por el Consejo
Nacional de Seguridad Pública que es la instancia superior de coordinación; las
Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia; de Secretarios de Seguridad
Pública; del Sistema Penitenciario; de Secretarios de Seguridad Pública
Municipal y por el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
Que
corresponde al Consejo Nacional de Seguridad Pública, establecer los
instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y
evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos y fines de la seguridad
pública.
Que la
coordinación entre las diversas instancias del Sistema Nacional de Seguridad
Pública y las autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito
Federal y de los Municipios, no sólo es el eje fundamental del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, sino que es primordial para combatir la inseguridad, toda
vez que no debe verse como una problemática aislada que afecta sólo una
localidad o región, sino con una relación sistémica, como factor de
preponderante influencia en el diseño e implementación de la política pública
de la materia.
Que la
participación de la ciudadanía, de la sociedad civil y los demás actores de la
sociedad son el centro de la política de prevención, como actores principales y
corresponsables en el diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas
públicas, y que sin su intervención, el esfuerzo que el gobierno realice sería
ineficaz para cumplir con los fines de la seguridad pública. Por lo anterior,
los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública se obligan a adoptar
los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.-
PARTICIPACION CIUDADANA Y PREVENCION
ACUERDO
01/II-SE/2012
Reconocemos
la importancia de la participación ciudadana para el fortalecimiento del Estado
Democrático y de pleno derecho. Manifestamos que para que este Consejo
Nacional, como instancia máxima del Sistema Nacional de Seguridad Pública, sea
el ente para la toma de decisiones en materia de seguridad pública del Estado
Mexicano, es necesaria la presencia de la sociedad civil.
En
seguimiento al Acuerdo 10/XXXIII/12, la Comisión integrada por los Gobernadores
de los Estados de Chihuahua, Oaxaca y Sonora, así como por el Secretario
Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se reunirá en un plazo no
mayor a treinta días para designar a los cinco representantes de la sociedad
civil que asistirán como invitados permanentes al Consejo.
ACUERDO
02/II-SE/2012
Nos
comprometemos a elaborar e impulsar conjuntamente, de manera decidida, un
Programa Nacional de Prevención del Delito, con enfoque municipal, que oriente
los esfuerzos de las diferentes instancias de los gobiernos federal, estatales
y municipales en corregir las situaciones de entorno y de convivencia que
provocan violencia social y delincuencia.
Para
lo anterior, los tres órdenes de gobierno alinearemos nuestros presupuestos
para hacer de la prevención del delito una prioridad nacional. El Programa
Nacional deberá enfocarse, entre otras, en las siguientes acciones:
1. Construcción
de ciudadanía responsable, cultura de la legalidad y corresponsabilidad social;
2. Mejoramiento
del entorno situacional, definido conjuntamente con los ciudadanos;
3. Activación
social y apropiación social de los espacios públicos;
4. Otorgamiento
de préstamos para la creación de empresas sociales, y
5. Orientación
educativa para combatir las causas psicosociales del delito (alcoholismo,
drogadicción, violencia intrafamiliar y de género, abuso infantil,
pandillerismo, entre otras).
ACUERDO
03/II-SE/2012
El
Consejo Nacional de Seguridad Pública, instruye a la Conferencia Nacional de
Seguridad Pública Municipal, de conformidad con los artículos 9, 10, 11 y 33,
fracción IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública a
revisar la normatividad municipal en materia de otorgamiento de licencias y
permisos para establecimientos mercantiles que impacten en la seguridad ciudadana
y pongan en riesgo a la sociedad.
Asimismo,
el Gobierno Federal y los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal, harán lo
conducente en el ámbito de sus competencias e informarán en reuniones
regionales de coordinación, las acciones tomadas.
Los resultados
serán puestos al escrutinio de la ciudadanía.
ACUERDO
04/II-SE/2012
En
atención a la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 en materia de
derechos humanos, y en concordancia con el compromiso 21 del Pacto por México,
los gobiernos de las entidades federativas nos
comprometemos a crear instancias locales que puedan articular y coordinar todos
los esfuerzos que se requieren para dar cabal cumplimiento a la reforma citada.
SEGUNDO.-
AGENDA POLICIAL
ACUERDO
05/II-SE/2012
Conscientes
de la necesidad de alinear las funciones de las policías de los 3 órdenes de
gobierno, conformaremos una comisión con integrantes de este Consejo Nacional
y, en su caso, con especialistas, para
analizar la viabilidad de establecer en el país los modelos de Mando Unico o
Policía Estatal Coordinada. Dicha Comisión deberá quedar instalada a más tardar
la primera quincena del mes de enero de 2013 y presentará ante este órgano
colegiado una propuesta detallada de reforma legal e implementación, a más
tardar en la segunda sesión ordinaria de ese año.
En
tanto se implementa la reforma legal, los gobiernos de los estados se
comprometen a promover entre los gobiernos municipales la firma de convenios de
colaboración para que la designación de los mandos municipales se realice de
manera coordinada entre ambos órdenes de gobierno y que antes de ser designados
hayan sido evaluados y certificados, y cumplan con el programa de capacitación
de mandos, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Para
la designación de los mandos estatales se aplicará el mismo mecanismo, acordado
entre gobiernos estatales y el Gobierno Federal.
ACUERDO
06/II-SE/2012
Con el
objeto de garantizar a los policías un proyecto de vida digno, la Secretaría de
Gobernación en coordinación con las entidades federativas elaborará un estudio
actuarial con proyección a veinte años que permita establecer un Servicio
Profesional de Carrera como uno de los pilares que coadyuven en la formación de
un cuerpo nacional de servidores públicos de seguridad, profesional, capaz, con
espíritu de servicio y que sea un ejemplo de respeto a la ley. El estudio
deberá contener cuando menos:
1.- El
diseño de un modelo de carrera policial;
2.- Un
programa nacional de percepciones y beneficios;
3.- Un
esquema de condiciones de vida que incluya seguridad y salud, y
4.-
Una planeación demográfica y financiera.
ACUERDO
07/II-SE/2012
El
Consejo Nacional de Seguridad Pública instruye a la Comisión Permanente de
Certificación y Acreditación para que conjuntamente con el Centro Nacional de
Certificación y Acreditación desarrolle los mecanismos que permitan asegurar:
1. Que
las entidades federativas concluyan la puesta en operación de sus Centros de
Evaluación y Control de Confianza y asignen recursos para dar continuidad al
fortalecimiento de los mismos durante 2013, atento a lo dispuesto en la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para lo cual contarán con
todo el respaldo del Gobierno Federal;
2. Con
base en los estudios realizados por la Comisión Permanente de Certificación y
Acreditación, se propone una reforma al artículo Tercero Transitorio de la Ley
General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para ampliar el plazo
establecido en la misma, por un periodo improrrogable de 365 días naturales. Se
hace entrega del proyecto de decreto de reforma a la Ley, elaborado por la
Comisión, al Secretariado Ejecutivo para que lo presente, de inmediato, ante la
Comisión de Seguridad Pública de la H. Cámara de Diputados.
ACUERDO
08/II-SE/2012
Los
integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública nos comprometemos a
elaborar un Programa Nacional de Capacitación con calidad de sus instructores,
pertinencia de sus contenidos y el desarrollo de habilidades de investigación y
operación para el trabajo policial.
Habrá
de crearse un Consejo Académico como instancia rectora y se instalarán cinco
academias regionales para la capacitación especializada.
En un
plazo máximo de 60 días, enviaremos al Secretariado Ejecutivo las propuestas de
programas de estudios de formación inicial y capacitación especializada para
que sea éste quien las integre y las presente de manera consolidada en la
próxima sesión del Consejo para su aprobación e inmediata aplicación.
ACUERDO
09/II-SE/2012
Considerando
la necesidad de profesionalizar a los elementos de las corporaciones policiales
del país, para garantizar el respeto irrestricto a los derechos humanos, los
integrantes del Consejo Nacional nos comprometemos a elaborar en el seno de las
Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de
Seguridad Pública y sus equivalentes, protocolos de actuación policial en
materia de investigación, prevención y reacción, para su aprobación e inmediata
aplicación.
ACUERDO
10/II-SE/2012
Siendo
el secuestro uno de los delitos que más lastima a la sociedad, los gobernadores
y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, integrantes de este Consejo
Nacional de Seguridad Pública, nos obligamos a cumplir al cien por ciento con
la conformación de las Unidades Especializadas de Combate al Secuestro, así
como la capacitación y certificación de sus integrantes, en un plazo no mayor a
un año.
La
Policía Federal creará Unidades Especializadas para la atención coordinada de
este delito.
El
avance en el cumplimiento de este acuerdo será evaluado especialmente por los
representantes de la sociedad civil que serán seleccionados como invitados
permanentes de este Consejo.
TERCERO.-
INTELIGENCIA
ACUERDO
11/II-SE/2012
Los
gobiernos de las entidades federativas integrantes de esta Instancia Superior
de Coordinación asumimos el compromiso de suministrar, actualizar, sistematizar
y consultar las bases de datos como mecanismo fundamental de investigación
policial. El Consejo Nacional de Seguridad Pública se pronuncia a favor de
dirigir todos los esfuerzos de las instancias de seguridad pública de los tres
órdenes de gobierno, hacia la consolidación nacional y actualización de las
bases de datos criminalísticas y de personal.
Plataforma
México, siendo el instrumento de intercambio de información, interconexión e
interoperabilidad al servicio de las instancias de seguridad de los tres
órdenes de gobierno, deberá generar los mecanismos necesarios para que las
entidades federativas que suministren y actualicen oportunamente la información
tengan acceso a la misma y puedan utilizarla en el desarrollo de sus funciones.
CUARTO.-
COORDINACION
ACUERDO
12/II-SE/2012
Estableceremos
un sistema de coordinación y cooperación que genere orden, confianza,
jerarquías, mandos claros y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno.
Crearemos
cinco Instancias Regionales de Coordinación, con el objetivo de homologar e
implementar políticas públicas en materia de seguridad pública. Dichas
Instancias Regionales se conformarán de la siguiente manera, pudiendo las entidades
federativas formar parte de más de una:
1. Zona
Noroeste: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora;
2. Zona
Noreste: Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas;
3. Zona
Occidente: Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit,
Querétaro y Zacatecas;
4. Zona
Centro: Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla
y Tlaxcala, y
5. Zona
Sureste: Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.
En
dichas Instancias Regionales de Coordinación participarán igualmente
representantes de:
1.- La
Secretaría de Gobernación;
2.- La
Secretaría de la Defensa Nacional;
3.- La
Secretaría de Marina, y
4.- La
Procuraduría General de la República.
Las
Instancias Regionales de Coordinación deberán estar instaladas en un plazo no
mayor a 45 días naturales.
México,
Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2012.- El Titular del Centro Nacional de
Información, Jaime Guillermo López-Aranda Trewartha.- Rúbrica.
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