14 ene 2013

Acuerdos de la sesión extraordinaria del CNSP

El jueves 10 de enero de 2013 se publicaron en el DOF los Acuerdos de la sesión extraordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP), celebrada la tarde del lunes 17 de diciembre de 2012, en el Salón Tesorería del Palacio Nacional.
El Presidente Peña Nieto logró consensar doce acciones de gobierno, entre otras, la creación de cinco instancias regionales de coordinación, y en el acto el presidente d instruyó al secretario de gobernación Miguel Osorio Chong, a que se inicien los trabajos que permitan, a la brevedad (no dio fechas fatales), la creación de la Gendarmería Nacional.
Uno de los compromisos -ACUERDO 05/II-SE/2012- es sobre el mando único en las policías estatales; el compromiso es que deberá quedar conformada una comisión con integrantes del Consejo Nacional y, en su caso, con especialistas, para analizar la viabilidad de establecer en el país los modelos de Mando Unico: “Dicha Comisión deberá quedar instalada a más tardar la primera quincena del mes de enero de 2013
La publicación de los Acuerdos:

DOF: 10/01/2013
ACUERDOS aprobados en la II Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
II SESION EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA

JAIME GUILLERMO LOPEZ-ARANDA TREWARTHA, Titular del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con fundamento en el artículo 27 del Reglamento del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en ausencia y por suplencia del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y del Secretario Ejecutivo Adjunto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y en términos de los artículos 17 y 18, fracciones I, V y XXV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y 5, fracción XII, de los Estatutos de Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Pública:

CERTIFICA

Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su Segunda Sesión Extraordinaria, celebrada el 17 de diciembre de 2012, con fundamento en los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 14, fracción I, y 15 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; así como 17 y 18 de los Estatutos de Organización y Funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Pública, previa aprobación del Acta de la Trigésima Tercera Sesión, celebrada el 2 de agosto de 2012, asumió los compromisos que a continuación se enuncian, conforme a lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención especial y general de los delitos, la investigación para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas, así como la investigación y la persecución de los delitos y la reinserción social del individuo.

Que para cumplir con los fines y objetivos de la seguridad pública, las instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno conforman el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que se encuentra integrado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública que es la instancia superior de coordinación; las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia; de Secretarios de Seguridad Pública; del Sistema Penitenciario; de Secretarios de Seguridad Pública Municipal y por el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Que corresponde al Consejo Nacional de Seguridad Pública, establecer los instrumentos y políticas públicas integrales, sistemáticas, continuas y evaluables, tendientes a cumplir con los objetivos y fines de la seguridad pública.

Que la coordinación entre las diversas instancias del Sistema Nacional de Seguridad Pública y las autoridades de la Federación, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, no sólo es el eje fundamental del Sistema Nacional de Seguridad Pública, sino que es primordial para combatir la inseguridad, toda vez que no debe verse como una problemática aislada que afecta sólo una localidad o región, sino con una relación sistémica, como factor de preponderante influencia en el diseño e implementación de la política pública de la materia.

Que la participación de la ciudadanía, de la sociedad civil y los demás actores de la sociedad son el centro de la política de prevención, como actores principales y corresponsables en el diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas, y que sin su intervención, el esfuerzo que el gobierno realice sería ineficaz para cumplir con los fines de la seguridad pública. Por lo anterior, los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública se obligan a adoptar los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO.- PARTICIPACION CIUDADANA Y PREVENCION

ACUERDO 01/II-SE/2012

Reconocemos la importancia de la participación ciudadana para el fortalecimiento del Estado Democrático y de pleno derecho. Manifestamos que para que este Consejo Nacional, como instancia máxima del Sistema Nacional de Seguridad Pública, sea el ente para la toma de decisiones en materia de seguridad pública del Estado Mexicano, es necesaria la presencia de la sociedad civil.

En seguimiento al Acuerdo 10/XXXIII/12, la Comisión integrada por los Gobernadores de los Estados de Chihuahua, Oaxaca y Sonora, así como por el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, se reunirá en un plazo no mayor a treinta días para designar a los cinco representantes de la sociedad civil que asistirán como invitados permanentes al Consejo.

ACUERDO 02/II-SE/2012

Nos comprometemos a elaborar e impulsar conjuntamente, de manera decidida, un Programa Nacional de Prevención del Delito, con enfoque municipal, que oriente los esfuerzos de las diferentes instancias de los gobiernos federal, estatales y municipales en corregir las situaciones de entorno y de convivencia que provocan violencia social y delincuencia.

Para lo anterior, los tres órdenes de gobierno alinearemos nuestros presupuestos para hacer de la prevención del delito una prioridad nacional. El Programa Nacional deberá enfocarse, entre otras, en las siguientes acciones:

1. Construcción de ciudadanía responsable, cultura de la legalidad y corresponsabilidad social;

2. Mejoramiento del entorno situacional, definido conjuntamente con los ciudadanos;

3. Activación social y apropiación social de los espacios públicos;

4. Otorgamiento de préstamos para la creación de empresas sociales, y

5. Orientación educativa para combatir las causas psicosociales del delito (alcoholismo, drogadicción, violencia intrafamiliar y de género, abuso infantil, pandillerismo, entre otras).

ACUERDO 03/II-SE/2012

El Consejo Nacional de Seguridad Pública, instruye a la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, de conformidad con los artículos 9, 10, 11 y 33, fracción IV de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública a revisar la normatividad municipal en materia de otorgamiento de licencias y permisos para establecimientos mercantiles que impacten en la seguridad ciudadana y pongan en riesgo a la sociedad.

Asimismo, el Gobierno Federal y los Gobiernos Estatales y del Distrito Federal, harán lo conducente en el ámbito de sus competencias e informarán en reuniones regionales de coordinación, las acciones tomadas.

Los resultados serán puestos al escrutinio de la ciudadanía.

ACUERDO 04/II-SE/2012

En atención a la reforma constitucional del 10 de junio de 2011 en materia de derechos humanos, y en concordancia con el compromiso 21 del Pacto por México, los gobiernos de las entidades federativas nos comprometemos a crear instancias locales que puedan articular y coordinar todos los esfuerzos que se requieren para dar cabal cumplimiento a la reforma citada.

SEGUNDO.- AGENDA POLICIAL

ACUERDO 05/II-SE/2012

Conscientes de la necesidad de alinear las funciones de las policías de los 3 órdenes de gobierno, conformaremos una comisión con integrantes de este Consejo Nacional y, en su caso, con especialistas, para analizar la viabilidad de establecer en el país los modelos de Mando Unico o Policía Estatal Coordinada. Dicha Comisión deberá quedar instalada a más tardar la primera quincena del mes de enero de 2013 y presentará ante este órgano colegiado una propuesta detallada de reforma legal e implementación, a más tardar en la segunda sesión ordinaria de ese año.

En tanto se implementa la reforma legal, los gobiernos de los estados se comprometen a promover entre los gobiernos municipales la firma de convenios de colaboración para que la designación de los mandos municipales se realice de manera coordinada entre ambos órdenes de gobierno y que antes de ser designados hayan sido evaluados y certificados, y cumplan con el programa de capacitación de mandos, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Para la designación de los mandos estatales se aplicará el mismo mecanismo, acordado entre gobiernos estatales y el Gobierno Federal.

ACUERDO 06/II-SE/2012

Con el objeto de garantizar a los policías un proyecto de vida digno, la Secretaría de Gobernación en coordinación con las entidades federativas elaborará un estudio actuarial con proyección a veinte años que permita establecer un Servicio Profesional de Carrera como uno de los pilares que coadyuven en la formación de un cuerpo nacional de servidores públicos de seguridad, profesional, capaz, con espíritu de servicio y que sea un ejemplo de respeto a la ley. El estudio deberá contener cuando menos:

1.- El diseño de un modelo de carrera policial;

2.- Un programa nacional de percepciones y beneficios;

3.- Un esquema de condiciones de vida que incluya seguridad y salud, y

4.- Una planeación demográfica y financiera.

ACUERDO 07/II-SE/2012

El Consejo Nacional de Seguridad Pública instruye a la Comisión Permanente de Certificación y Acreditación para que conjuntamente con el Centro Nacional de Certificación y Acreditación desarrolle los mecanismos que permitan asegurar:

1. Que las entidades federativas concluyan la puesta en operación de sus Centros de Evaluación y Control de Confianza y asignen recursos para dar continuidad al fortalecimiento de los mismos durante 2013, atento a lo dispuesto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para lo cual contarán con todo el respaldo del Gobierno Federal;

2. Con base en los estudios realizados por la Comisión Permanente de Certificación y Acreditación, se propone una reforma al artículo Tercero Transitorio de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, para ampliar el plazo establecido en la misma, por un periodo improrrogable de 365 días naturales. Se hace entrega del proyecto de decreto de reforma a la Ley, elaborado por la Comisión, al Secretariado Ejecutivo para que lo presente, de inmediato, ante la Comisión de Seguridad Pública de la H. Cámara de Diputados.

ACUERDO 08/II-SE/2012

Los integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Pública nos comprometemos a elaborar un Programa Nacional de Capacitación con calidad de sus instructores, pertinencia de sus contenidos y el desarrollo de habilidades de investigación y operación para el trabajo policial.

Habrá de crearse un Consejo Académico como instancia rectora y se instalarán cinco academias regionales para la capacitación especializada.

En un plazo máximo de 60 días, enviaremos al Secretariado Ejecutivo las propuestas de programas de estudios de formación inicial y capacitación especializada para que sea éste quien las integre y las presente de manera consolidada en la próxima sesión del Consejo para su aprobación e inmediata aplicación.

ACUERDO 09/II-SE/2012

Considerando la necesidad de profesionalizar a los elementos de las corporaciones policiales del país, para garantizar el respeto irrestricto a los derechos humanos, los integrantes del Consejo Nacional nos comprometemos a elaborar en el seno de las Conferencias Nacionales de Procuración de Justicia y de Secretarios de Seguridad Pública y sus equivalentes, protocolos de actuación policial en materia de investigación, prevención y reacción, para su aprobación e inmediata aplicación.

ACUERDO 10/II-SE/2012

Siendo el secuestro uno de los delitos que más lastima a la sociedad, los gobernadores y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, integrantes de este Consejo Nacional de Seguridad Pública, nos obligamos a cumplir al cien por ciento con la conformación de las Unidades Especializadas de Combate al Secuestro, así como la capacitación y certificación de sus integrantes, en un plazo no mayor a un año.

La Policía Federal creará Unidades Especializadas para la atención coordinada de este delito.

El avance en el cumplimiento de este acuerdo será evaluado especialmente por los representantes de la sociedad civil que serán seleccionados como invitados permanentes de este Consejo.

TERCERO.- INTELIGENCIA

ACUERDO 11/II-SE/2012

Los gobiernos de las entidades federativas integrantes de esta Instancia Superior de Coordinación asumimos el compromiso de suministrar, actualizar, sistematizar y consultar las bases de datos como mecanismo fundamental de investigación policial. El Consejo Nacional de Seguridad Pública se pronuncia a favor de dirigir todos los esfuerzos de las instancias de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, hacia la consolidación nacional y actualización de las bases de datos criminalísticas y de personal.

Plataforma México, siendo el instrumento de intercambio de información, interconexión e interoperabilidad al servicio de las instancias de seguridad de los tres órdenes de gobierno, deberá generar los mecanismos necesarios para que las entidades federativas que suministren y actualicen oportunamente la información tengan acceso a la misma y puedan utilizarla en el desarrollo de sus funciones.

CUARTO.- COORDINACION

ACUERDO 12/II-SE/2012

Estableceremos un sistema de coordinación y cooperación que genere orden, confianza, jerarquías, mandos claros y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno.

Crearemos cinco Instancias Regionales de Coordinación, con el objetivo de homologar e implementar políticas públicas en materia de seguridad pública. Dichas Instancias Regionales se conformarán de la siguiente manera, pudiendo las entidades federativas formar parte de más de una:

1. Zona Noroeste: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Sinaloa y Sonora;

2. Zona Noreste: Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí y Tamaulipas;

3. Zona Occidente: Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Querétaro y Zacatecas;

4. Zona Centro: Distrito Federal, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala, y

5. Zona Sureste: Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

En dichas Instancias Regionales de Coordinación participarán igualmente representantes de:

1.- La Secretaría de Gobernación;

2.- La Secretaría de la Defensa Nacional;

3.- La Secretaría de Marina, y

4.- La Procuraduría General de la República.

Las Instancias Regionales de Coordinación deberán estar instaladas en un plazo no mayor a 45 días naturales.

México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2012.- El Titular del Centro Nacional de Información, Jaime Guillermo López-Aranda Trewartha.- Rúbrica.


 

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