OF: 05/12/2013
ACUERDO 06/2013 del Comisionado General de la Policía Federal, mediante el
cual se crean las coordinaciones regionales de zona de la Policía Federal con
las facultades que se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Comisión Nacional de Seguridad.-
Policía Federal.
ACUERDO 06/2013 DEL COMISIONADO GENERAL DE LA POLICÍA FEDERAL, MEDIANTE EL
CUAL SE CREAN LAS COORDINACIONES REGIONALES DE ZONA DE LA POLICÍA FEDERAL CON
LAS FACULTADES QUE SE INDICAN.
ENRIQUE FRANCISCO GALINDO CEBALLOS, Comisionado General de la Policía
Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21, párrafo noveno, y
123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 16 y 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal; 1 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, 6 y 10,
fracciones I, IV y VI, de la Ley de la Policía Federal; 1, 5 último párrafo, y
6, fracciones I, III, XVI, XVII, XXVII, XXXI, XXXIII y XXXIX, 172 y 173 del
Reglamento de la Ley de la Policía Federal, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 21, noveno párrafo, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la seguridad pública
es una función, entre otros, a cargo de la Federación, que comprende la
prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla
efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los
términos de la ley;
Que la Policía Federal es un Órgano Administrativo Desconcentrado de la
Secretaría de Gobernación, bajo la adscripción y coordinación del Comisionado
Nacional de Seguridad, y le corresponde entre otras: salvaguardar la integridad
y derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, así como preservar
las libertades, el orden y la paz públicos, e investigar la comisión de delitos
bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación en los
términos de las disposiciones aplicables.
Que para el cumplimiento de estos fines, cuenta entre otras unidades con
las Divisiones de Inteligencia, Investigación, Seguridad Regional, Fuerzas
Federales, Científica y Antidrogas, quienes ejercen las funciones en los
términos previstos en los artículos 11, 12, 13, 15, 16 y 17 del Reglamento de la
Policía Federal y demás ordenamientos relativos y aplicables.
Que el Consejo Nacional de Seguridad Pública en su segunda sesión
extraordinaria del 17 de diciembre de 2012, mediante Acuerdo 12/II-SE/2012,
aprobó la creación de cinco Instancias Regionales de Coordinación con el
objetivo de homologar e implementar políticas públicas en materia de seguridad
pública.
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece como primer Meta
Nacional el alcanzar un México en Paz, y la prioridad de abatir los delitos que
más afectan a la ciudadanía mediante la prevención del delito y la
transformación institucional de las fuerzas de seguridad, buscando disminuir
los factores de riesgo asociados a la criminalidad, fortalecer el tejido social
y las condiciones de vida para inhibir las causas del delito y la violencia;
además considera como línea estratégica constituir un gobierno cercano y
moderno, identificando la estrategia específica 1.1.1. "contribuir al
desarrollo de la democracia", y sus líneas de acción son: "alentar
acciones que promuevan la construcción de la ciudadanía como un eje de la
relación estado ciudadanía"; "coordinar con los gobiernos estatales
la instrumentación de acciones para el fortalecimiento y promoción de los
derechos humanos; promover convenios de colaboración para el fomento y
promoción de la cultura cívica entre los tres órdenes de gobierno".
Asimismo, la línea estratégica 1.1.3 "Impulsar un federalismo articulado
mediante una coordinación eficaz y una mayor corresponsabilidad de los tres órdenes
de gobierno" entre sus líneas de acción se establece; "Diseñar e
implementar un programa que dirija las acciones a favor de la descentralización
y el fortalecimiento institucional de los gobiernos estatales y
municipales".
Que en cumplimiento de la estrategia de Seguridad Pública Nacional
establecida por el Ejecutivo Federal y el Consejo Nacional de Seguridad
Pública, el Comisionado Nacional de Seguridad, Dr. Manuel Mondragón y Kalb, con
base en las atribuciones que le han sido conferidas, autorizó a esta
Institución de seguridad pública iniciar su regionalización.
Que para la debida atención de las responsabilidades a cargo de la Policía
Federal por conducto de sus Divisiones desplegadas en el país, y la mejor
vinculación con las autoridades de las entidades federativas que la integran,
se hace necesario contar con un mando único regional, y para ese efecto, he
tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.- Se crean las Coordinaciones Regionales de Zona Centro, Zona
Noreste, Zona Noroeste, Zona
Occidente y Zona Sureste adscritas a la División de Seguridad Regional como
instancias de coordinación de las funciones y atribuciones a cargo de la
Policía Federal en los estados que integran cada región.
SEGUNDO.- Las Coordinaciones Regionales de Zona tendrán a su cargo las
operaciones de la Policía Federal en los siguientes estados:
La Coordinación Regional Zona Centro, con sede en el Distrito Federal,
coordinará las acciones en los estados de: México, Morelos, Hidalgo, Guerrero,
Puebla, Tlaxcala y el Distrito Federal.
La Coordinación Regional Zona Noreste, con sede en Nuevo León coordinará
las acciones en los estados de: Coahuila, Durango, Nuevo León, San Luis Potosí
y Tamaulipas.
La Coordinación Regional Zona Noroeste, con sede en Chihuahua, coordinará las
acciones en los estados de: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua,
Sinaloa, Sonora.
La Coordinación Regional Zona Occidente, con sede en Aguascalientes,
coordinará las acciones en los estados de: Aguascalientes, Colima, Guanajuato,
Jalisco, Michoacán, Nayarit, Querétaro y Zacatecas, y
La Coordinación Regional Zona Sureste, con sede en Chiapas, coordinará las
acciones en los estados de: Veracruz, Campeche, Chiapas, Quintana Roo, Oaxaca,
Tabasco, y Yucatán.
TERCERO.- A las Coordinaciones Regionales de Zona les corresponde:
Coordinar, desarrollar, implementar y supervisar las acciones que desempeña
el personal de las Divisiones desplegado por la Policía Federal en la
circunscripción territorial a su cargo, en especial los operativos que se
establezcan por orden del Comisionado General y los Jefes de las Divisiones de
Seguridad Regional, Fuerzas Federales, Antidrogas e Investigación, en la
prevención y el combate los delitos federales.
CUARTO.- Para el cumplimiento del objetivo establecido, las Coordinaciones
Regionales de Zona contarán con un Titular el cual tendrá las funciones
siguientes:
I. Acordar con el Jefe de la
División de Seguridad Regional el despacho de los asuntos de su competencia;
II. Ejercer las atribuciones
asignadas a las unidades a su cargo;
III. Elaborar y mantener
actualizado el Programa Operativo Anual de su área y del Anteproyecto de
Presupuesto de las unidades administrativas que tengan adscritas;
IV. Ejercer el mando, dirección
y disciplina sobre las unidades a su cargo informando al Jefe de la División
con la periodicidad que éste determine;
V. Dirigir y ejecutar las
órdenes emanadas del Comisionado General y del Jefe de la División de Seguridad
Regional, en lo relacionado con los planes, programas, acciones y operativos de
carácter nacional y los establecidos para la Región a su cargo;
VI. Dirigir y supervisar el
cumplimiento de la Ley y Reglamento que norman la vida de la Institución y la
correcta actuación de las unidades adscritas a su mando, en especial las
relacionadas al respeto a los Derechos Humanos de las personas y el uso
adecuado de la fuerza con motivo del cumplimiento del servicio, así como del
cumplimiento y aplicación de los manuales, procesos y procedimientos
sistemáticos de operación vigentes;
VII. Proponer al Comisionado
General por conducto del Jefe de la División de Seguridad Regional el
otorgamiento de gratificaciones por llevar a cabo tareas de inteligencia en el
ámbito de su adscripción;
VIII. Supervisar y verificar la
ejecución de las políticas institucionales establecidas en materia de respeto a
los Derechos Humanos y la igualdad de género al interior de la Policía Federal;
IX. Proponer, elaborar y
mantener actualizados en términos del Programa de Desarrollo Estratégico, los
manuales de organización y procedimientos correspondientes a cada una de las
áreas a su cargo en la zona de adscripción;
X. En coordinación con la
Coordinación del Sistema de Desarrollo Policial establecer las necesidades de
capacitación del personal asignado, implementando los planes y programas que
tiendan a mejorar la formación y capacitación del personal en sus diversas
áreas de especialización tanto del personal operativo como de servicios;
XI. Supervisar y verificar en
forma directa el cumplimiento de las funciones a cargo de las Coordinaciones
Estatales de la División de Seguridad Regional en su adscripción, y de los
agrupamientos de la División de Fuerzas Federales desplegadas en la zona;
XII. Establecer, operar y supervisar
los sistemas de información y de registro institucional, así como su debido
mantenimiento y resguardo, estableciendo los indicadores de gestión de la
operación a su
cargo, coordinando su debida implementación en todas las unidades de su
zona, así como la implantación y operación de las medidas de seguridad y
reserva con la que se debe manejar dicha información;
XIII. Representar al Comisionado
General y al Jefe de la División de Seguridad Regional en las reuniones de
grupos de trabajo interinstitucionales en la zona de adscripción, y mantener la
coordinación y la colaboración con las autoridades administrativas y de
seguridad pública de las entidades federativas que conforman la zona;
XIV. Coordinar y supervisar que
las unidades bajo su mando establezcan mecanismos eficientes de cooperación y
coordinación con las autoridades locales, en cuya circunscripción territorial
ejerzan sus funciones;
XV. En coordinación con el
titular del Centro Nacional de Atención Ciudadana de la Policía Federal establecer
la vinculación con las organizaciones representativas de la sociedad civil y
representaciones empresariales en la zona de adscripción;
XVI. En coordinación con los
titulares de las Divisiones de Antidrogas, Investigación, Inteligencia y
Científica, establecer los mecanismos para la supervisión de las acciones y
operativos del personal de dichas Divisiones desplegado en la zona de
adscripción;
XVII. Proponer al Jefe de la
División de Seguridad Regional el despliegue operativo en los aeropuertos, puertos
y lugares estratégicos de la Región, y el despliegue del personal para los
operativos de prevención del delito y preservación de la paz pública en la
zona, y con el Jefe de la División de Fuerzas Federales los apoyos a las
instituciones policiales estatales y municipales para el restablecimiento del
orden público, en el marco de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad
Pública;
XVIII. Proponer a los Titulares de
las Divisiones de Inteligencia, Antidrogas, Investigación y Científica, el
desarrollo de programas y acciones a través de sus unidades desplegadas en la
Zona para la prevención y el abatimiento del delito;
XIX. Establecer y supervisar los
operativos en conjunto o coordinados que el Comisionado General o el Jefe de la
División de Seguridad Regional instruyan para su realización en la zona;
XX. Coordinar y supervisar el
funcionamiento de los dispositivos de vigilancia e inspección permanentes y no
permanentes, para la prevención de delitos y disminución de accidentes en las
carreteras federales, así como aquellos que sean necesarios para la prevención
del delito y la seguridad pública en los aeropuertos, puertos, seguridad
perimetral de los Centros Federales de Readaptación Social, y de las
instalaciones estratégicas identificadas en la zona de adscripción;
XXI. Proponer al Jefe de la
División de Seguridad Regional la realización de operaciones conjuntas o
coordinadas en apoyo a otras autoridades de los tres órdenes de gobierno, con
el fin de disminuir, disuadir y combatir los delitos en las zonas federales y
en apoyo a las autoridades estatales y municipales;
XXII. Coordinar y supervisar a las
unidades de su adscripción en las acciones de investigación del delito conforme
a los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y demás leyes aplicables en la zona de adscripción;
XXIII. Supervisar a las unidades
policiales de su adscripción en el cumplimiento de las órdenes de aprehensión,
reaprehensión, comparecencia, presentación, cateos, detención en casos
urgentes, requeridas por parte de autoridad competente;
XXIV. Supervisar el debido
cumplimiento a la normatividad aplicable en lo relativo al aseguramiento,
preservación y control de la evidencia que constituyan elementos de prueba en el
lugar de los hechos de conformidad con las normas aplicables y políticas
institucionales;
XXV. En coordinación con la
División Científica establecer los mecanismos para que sus integrantes rindan
peritajes en apoyo de investigaciones de hechos delictivos a cargo de las
Agencias del Ministerio Público Federal y Estatales en las zonas de
adscripción;
XXVI. Instruir a los Coordinadores
Estatales de la División de Seguridad Regional, en términos de las
disposiciones aplicables, la liberación de los vehículos que hayan sido
remitidos por los Integrantes a los depósitos autorizados;
XXVII. Supervisar en el ámbito de su competencia, la debida operación de
los mecanismos para la atención a víctimas, ofendidos o testigos del delito en
términos de las disposiciones aplicables;
XXVIII.Atender, en el ámbito de su competencia, los requerimientos de la
Unidad de Asuntos Internos de la Institución, del Órgano Interno de Control y
de la Dirección General de Inspección y Evaluación
para la Operación del Comisionado Nacional de Seguridad, con la
información, apoyo y demás datos que requiera para el ejercicio de sus
funciones;
XXIX. Certificar copias de los
documentos que obren en el archivo de la unidad a su cargo, y
XXX. Las demás que le sean
encomendadas por el Comisionado General y el Jefe de la División de Seguridad
Regional en el ámbito de sus funciones.
ARTÍCULO QUINTO.- Para el cumplimiento de las funciones asignadas, los
Titulares de las Coordinaciones Regionales de Zona contarán con el mando, la
coordinación y supervisión del personal policial operativo desplegado en el
territorio de su adscripción correspondiente a:
I. Investigación,
II. Seguridad Preventiva y
III. Reacción, sin que tal
condición implique cambio de adscripción de la División a la que pertenecen.
Asimismo, los Titulares de las Coordinaciones Regionales de Zona contarán
con el apoyo de unidades especiales con personal que será asignado por las
Divisiones de Inteligencia, Investigación, Antidrogas y Científica; las cuales
responderán jerárquicamente a sus Divisiones en el ámbito de las facultades,
funciones y en cumplimiento de los programas que tienen a su cargo en la
región, realizarán los operativos y acciones que les sean requeridos por los
Coordinadores Regionales de Zona.
Las Coordinaciones de Servicios Generales, Soporte Técnico y Servicios
Aéreos dependientes de la Secretaría General, y la Dirección General de Asuntos
Jurídicos, brindarán apoyo y soporte en el ámbito de sus funciones a las
Coordinaciones Regionales de Zona, para lo cual asignarán para el servicio, al
personal que resulte necesario, quienes mantendrán la dependencia jerárquica de
las respectivas unidades de las cuales procedan.
ARTÍCULO SEXTO.- Los aspectos relacionados con el cumplimiento de la
normatividad administrativa, de logística, de recursos humanos y financieros
para el personal policial operativo o de servicios desplegado en la zona, serán
atendidos a través de la División o servicio administrativo al que se encuentre
adscrito.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del 1o. de
Noviembre de 2013, y se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos lleve a
cabo las gestiones ante las autoridades correspondientes, para los efectos
señalados en el párrafo anterior.
TERCERO.- La Secretaría General de la Policía Federal conforme a los
lineamientos que emite el Oficial Mayor de la Secretaria de Gobernación, y de
conformidad con la disponibilidad presupuestaria, asignará los recursos
financieros, materiales y humanos que sean requeridos para el adecuado
funcionamiento de las Coordinaciones Regionales de Zona.
Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintinueve días del
mes de octubre de dos mil trece.- El Comisionado General, Enrique Francisco
Galindo Ceballos.- Rúbrica.
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