INE emite medida cautelar contra la Presidencia de la República
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió dos solicitudes de medidas cautelares, una presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del Presidente de México por la vulneración al artículo 134 de la Constitución y a las normas que regulan el proceso de Revocación de Mandato y la segunda en acatamiento de una resolución de la Sala Superior, por una queja presentada por la diputada Salma Luévano Luna por temas de violencia política de género en contra del diputado Gabriel Ricardo Quadri de La Torre.
La Comisión dicta medidas cautelares y de tutela preventiva al Presidente por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido
La Comisión de Quejas declaró procedente las medidas cautelares solicitadas en contra del Presidente de la República por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido; es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato.
Se estimó que, mediante publicaciones realizadas los días 7, 14, 15 y 17 marzo de 2022 en el perfil de Facebook del Gobierno de México, se difunden síntesis de las conferencias matutinas en las que se advierten logros y/o acciones de gobierno relacionadas con el sistema de seguridad, de obra pública, estímulos fiscales e inversiones públicas, por lo que se considera que encuadran dentro de la categoría de propaganda gubernamental, lo que, en apariencia del buen derecho, se encuentra prohibido durante el proceso de Revocación de Mandato.
Asimismo, el órgano colegiado dictó la procedencia de la tutela preventiva, para el efecto de ordenar al Presidente de la República que se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato de comunicación oficial de realizar o emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados a logros y actividades de gobierno, que puedan considerarse propaganda gubernamental.
La Comisión de Quejas y Denuncias consideró, a propósito de este asunto, que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso y que inició el 4 de febrero de 2022 con la publicación de la convocatoria respectiva. Lo anterior, además, en concordancia con lo dictado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sentencia SER-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.
INE dicta medidas cautelares en contra del Diputado Federal Gabriel Quadri
En otro asunto, la Comisión de Quejas, en acatamiento de la sentencia SUP-REP-72/2022 de la Sala Superior del TEPJF, declaró la procedencia de medidas cautelares en contra del Diputado Federal Gabriel Ricardo Quadri de La Torre por la difusión de cuatro publicaciones en su red social Twitter con contenido que, posiblemente, tenga como objeto o efecto restringir o afectar los derechos de personas identificadas o identificables en la medida en que se alude a una Diputada Federal.
Se consideró que los mensajes tienen, en apariencia del buen derecho, contenido que la Sala determinó como una categoría sospechosa, ya que descalifica, invisibiliza y desvaloriza a las mujeres trans y pretende generar una imagen nociva en el colectivo social, mensaje que no sólo afecta a la denunciante, sino a todo el colectivo de mujeres.
Así, se ordenó a Gabriel Quadri que durante el tiempo que dure el presente procedimiento especial sancionador, se abstenga de publicar o emitir pronunciamientos idénticos o similares.
Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.
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