DECRETO por el que se reforma el Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación, publicado el 13 de octubre de 2008.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia del margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA,
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me
confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos noveno
transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008; 3 y 6,
fracción II, de la Ley de Seguridad Nacional, y 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 11 del Decreto
por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del
Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2008, la Secretaría Técnica
del Consejo es un órgano administrativo
desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con el carácter de instancia de
seguridad nacional;
Que el artículo 6, fracción II, de la Ley de
Seguridad Nacional, establece que se entiende por Instancias las instituciones
y autoridades que en función de sus atribuciones participan directa o
indirectamente en la preservación de la integridad, estabilidad y permanencia
del Estado mexicano, y
Que el reconocimiento de instituciones y
autoridades como Instancias, así como su permanencia con ese carácter, debe
llevarse a cabo por las autoridades competentes con base en información técnica
sobre sus atribuciones, su participación en esta materia y demás circunstancias
relacionadas con la seguridad nacional, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO
ÚNICO.- Se reforma el primer
párrafo del artículo 11 del Decreto por el que se crea el Consejo de
Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2008, para
quedar como sigue:
"Artículo 11.- La Secretaría Técnica es
un Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, con
autonomía administrativa, creada para operar y ejecutar los acuerdos y
determinaciones del Consejo de Coordinación; así como para coadyuvar y brindar
apoyo a las autoridades locales y federales en la implementación del Sistema de
Justicia Penal, cuando lo soliciten.
...
..."
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal,
en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintitrés de octubre de dos mil
doce.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de
Gobernación, Alejandro Alfonso Poiré Romero.- Rúbrica.
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