Homologa
Senado validez de Ley de Justicia para Adolescentes con Código de
Procedimientos Penales
La
Cámara de Senadores avaló que la Ley Federal de Justicia para Adolescentes
entre en vigor una vez que el Código Nacional de Procedimientos Penales tenga
plena vigencia y validez en la Federación, en todas las entidades federativas y
del Distrito Federal.
Lo
anterior, en los términos previstos en la declaratoria a que hace referencia el
Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide el Código
Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 5 de marzo de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de
2016.
Se
modifica así, con 85 votos a favor, el Artículo Primero Transitorio del Decreto
por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, así como las
leyes Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Orgánica de la
Administración Pública Federal, Orgánica de la Procuraduría General de la
República y Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 27 de diciembre de 2012.
Al
pronunciarse a favor del dictamen, la senadora Angélica de la Peña Gómez, del
Partido de la Revolución Democrática, señaló que con la aprobación de esta
reforma se lograrán dos cuestiones. La primera, evitar la entrada en vigor de
la Ley Federal de Justicia para Adolescentes infractores, aprobada en 2012.
Dicha
ley, explicó, tenía un grave conflicto constitucional, pues hay un proceso de
configuración a la constitución de un sistema garantista y por lo tanto, esta
ley tiene que estar inscrita conforme lo establece la Constitución, de manera
particular, en su Artículo 18.
Es
decir, que no había apego total al precepto Constitución, ocasionando un grave
problema de un sistema inquisitorio y uno acusatorio.
Debido
a esta situación, agregó la legisladora, en el transitorio de la ley se otorgó
una vacatio legis para que entrara en vigor hasta el 28 de diciembre de 2014.
Sin embargo, diversos senadores presentaron iniciativas paralO) alargar dicha
vacatio legis, como lo hace el dictamen, para que no entre en vigor.
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