Reclaman a Escudero exceso de funciones
Nota de Claudia Salazar/
Reforma, Cd. de México (11 marzo 2017).-
El vicepresidente de la Cámara de Diputados, el perredista Alejandro Ojeda, advirtió al presidente del Senado, Pablo Escudero, que se ha excedido en sus atribuciones por no reconocer la coordinación de Dolores Padierna en la bancada de senadores del sol azteca.
"En ningún momento puede jugar el presidente del Senado a ser juez de facto, actuando indebidamente con determinaciones caucionales o precautorias que solo un Tribunal puede dictar", afirmó.
"Escudero debe abstenerse de emitir posicionamientos o valoraciones y tomar nota de que la nueva coordinadora de la bancada del PRD en el Senado es Dolores Padierna".
Ojeda consideró que lo que le queda a Escudero es atender las resoluciones del PRD, luego del fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que señaló como improcedente la queja del senador Miguel Barbosa por su destitución como coordinador y la suspensión de sus derechos políticos, y determinó que el asunto debe dirimirse primero en las instancias internas del partido.
"Ojeda llamó a la Mesa Directiva del Senado, en particular a Pablo Escudero, a fin de que no siga entrometiéndose en los asuntos internos de la bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado, y se respete la decisión del Comité Ejecutivo Nacional de ese instituto político de separar de la coordinación parlamentaria a Miguel Barbosa", cita un comunicado de prensa.
El diputado solicitó al senador Escudero que se eviten los adjetivos jurisdiccionales en el caso de la coordinación del grupo parlamentario del sol azteca.
"Que acate la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en el sentido de que toca a los órganos internos del partido del sol azteca resolver en el caso de Barbosa", expone el texto.
"El senador Escudero no tiene ninguna facultad pare decidir quién sí o no debe ser el coordinador de dicha bancada".
Ojeda sostuvo que la Mesa Directiva del Senado debe fungir únicamente como una ventanilla acatadora de la resolución del Tribunal.
Indicó que el fallo dejó en claro que, de acuerdo con los estatutos del PRD, el Comité Ejecutivo Nacional sí tiene facultades para remover a sus coordinadores parlamentarios.
El perredista citó que el Artículo 25 numeral 2 del Reglamento del Senado de la República señala que los grupos parlamentarios son autónomos en su organización y funcionamiento internos, conforme a lo dispuesto en el propio reglamento y en sus respectivos estatutos.
También apuntó que las controversias al interior de las bancadas se solucionan con apego a las disposiciones estatutarias relativas; en su caso, los órganos directivos del Senado están a lo resuelto.
Hora de publicación: 13:08 hrs.
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