De la Segunda Comisión, el que contiene punto de acuerdo:
Por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación información respecto al procedimiento migratorio seguido al Señor Miguel Ángel Beltrán Villegas.
FUE APROBADO EN VOTACIÓN ECONÓMICA.
Dictamen de la Segunda Comisión por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración así como a las instancias competentes que hayan ejercido acciones en el caso expuesto, informen a esta soberanía respecto al procedimiento migratorio seguido a Miguel Ángel Beltrán Villegas.
Honorable Asamblea
La Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública de la Comisión Permanente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 58, 60, 85 párrafo segundo, 87, 88, 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la H. Asamblea el siguiente:
DICTAMEN
Antecedentes
I. El 25 de mayo de 2009, los diputados Javier González Garza, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, Jesús Humberto Zazueta Aguilar, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, Armando Barreiro Pérez y Cuauhtémoc Velasco Oliva del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron una Proposición con Punto de Acuerdo relativo al esclarecimiento del proceso de expulsión de Miguel Ángel Beltrán Villegas, en el que se ponen a consideración de la Asamblea los siguientes puntos:
1.- La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Comisionada del Instituto nacional de Migración, Cecilia Romero Castillo, un informe pormenorizado respecto al procedimiento y justificación de la expulsión del Doctor Miguel Ángel Beltrán Villegas, realizada el pasado 22 de mayo de 2009.
2.-La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión acuerda solicitar al Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que dé seguimiento del proceso seguido en contra del Doctor Miguel Ángel Beltrán Villegas, por la justicia colombiana, a fin de evitar violaciones a sus derechos humanos y garantizar su integridad personal.
II. En sesión celebrada el 27 de mayo de 2009, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la Proposición con Punto de Acuerdo a la Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
La Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:
Consideraciones
Se afirma entre otras consideraciones de los promoventes que el profesor Miguel Ángel Beltrán Villegas fue expulsado de nuestro país el pasado 22 de mayo por autoridades del Instituto Nacional de Migración. Señalan así mismo que éste hecho se encuentra rodeado de múltiples dudas en lo que respecta al procedimiento o causas de expulsión que llevaron a la salida de dicho individuo de México.
De acuerdo con la información pública disponible, Miguel Ángel Beltrán Villegas se desempeñaba como catedrático en la Universidad Nacional Autónoma de México. Su ingreso a territorio mexicano fue autorizado el 27 de mayo de 2008 a través de la forma migratoria FM3-2077691, en la que se le permite la entrada a nuestro país para “realizar trámites ante el Instituto Nacional de Migración (INM) para hacer estudios posdoctorales en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad Nacional Autónoma de México”.
Posteriormente según las mismas fuentes públicas, inició el trámite correspondiente para obtener la visa que le permitiría residir en nuestro país en calidad de visitante académico, presentando la solicitud 3- 12687 el 7 de agosto de 2008. El día 22 de mayo del presente año, Beltrán Villegas se presentó en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en donde fue detenido y posteriormente expulsado de nuestro país.
Afirman los promoventes que las autoridades mexicanas competentes omitieron el cumplir con el resguardo de las garantías individuales de Beltrán Villegas y así mismo acusan de que no se siguieron los principios fundamentales del debido proceso para expulsar al ciudadano colombiano ya mencionado de nuestro país. En éste sentido también señalan los promoventes que según las autoridades colombianas, el 14 de abril de éste año se registró “Circular Roja” de INTERPOL, en contra de Miguel Angel Beltrán Villegas, por los delitos de “Concierto para delinquir con fines terroristas, Financiación del terrorismo y Administración de Recursos relacionados con actividades terroristas”.
Se ha podido destacar desde la expulsión del ciudadano colombiano mencionado que distintas versiones periodísticas han señalado a Miguel Angel Beltrán Villegas como presunto colaborador de la organización terrorista de origen colombiano Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y por lo mismo es exigible a la autoridad competente proporcione la información necesaria para conocer los motivos de su expulsión
Esta comisión dictaminadora resalta además que México ha sostenido un importante rol activo en la promoción y defensa de los derechos humanos como parte de su política exterior en los años recientes y de la misma forma ha expresado su intención firme de apoyar los esfuerzos de la comunidad internacional en contra del terrorismo internacional, por lo que, en congruencia con lo anterior, resulta de especial importancia esclarecer los hechos relacionados con la expulsión de Miguel Ángel Beltrán Villegas.
Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta Soberanía el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración, así como a las instancias competentes que hayan ejercido acciones en el caso expuesto, informen a esta soberanía respecto al procedimiento migratorio seguido a Miguel Ángel Beltrán Villegas, explicando las razones que motivaron su expulsión de territorio mexicano el pasado 22 de mayo de 2009.
Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 9 de junio de 2009.
SEGUNDA COMISIÓN
Por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación información respecto al procedimiento migratorio seguido al Señor Miguel Ángel Beltrán Villegas.
FUE APROBADO EN VOTACIÓN ECONÓMICA.
Dictamen de la Segunda Comisión por el que se solicita a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración así como a las instancias competentes que hayan ejercido acciones en el caso expuesto, informen a esta soberanía respecto al procedimiento migratorio seguido a Miguel Ángel Beltrán Villegas.
Honorable Asamblea
La Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública de la Comisión Permanente, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 116 y 127 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 58, 60, 85 párrafo segundo, 87, 88, 175 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración de la H. Asamblea el siguiente:
DICTAMEN
Antecedentes
I. El 25 de mayo de 2009, los diputados Javier González Garza, José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, Jesús Humberto Zazueta Aguilar, Cuauhtémoc Sandoval Ramírez, Armando Barreiro Pérez y Cuauhtémoc Velasco Oliva del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentaron una Proposición con Punto de Acuerdo relativo al esclarecimiento del proceso de expulsión de Miguel Ángel Beltrán Villegas, en el que se ponen a consideración de la Asamblea los siguientes puntos:
1.- La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Comisionada del Instituto nacional de Migración, Cecilia Romero Castillo, un informe pormenorizado respecto al procedimiento y justificación de la expulsión del Doctor Miguel Ángel Beltrán Villegas, realizada el pasado 22 de mayo de 2009.
2.-La H. Comisión Permanente del Congreso de la Unión acuerda solicitar al Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas que dé seguimiento del proceso seguido en contra del Doctor Miguel Ángel Beltrán Villegas, por la justicia colombiana, a fin de evitar violaciones a sus derechos humanos y garantizar su integridad personal.
II. En sesión celebrada el 27 de mayo de 2009, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión turnó la Proposición con Punto de Acuerdo a la Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
La Segunda Comisión de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública presenta el siguiente dictamen de acuerdo a las siguientes:
Consideraciones
Se afirma entre otras consideraciones de los promoventes que el profesor Miguel Ángel Beltrán Villegas fue expulsado de nuestro país el pasado 22 de mayo por autoridades del Instituto Nacional de Migración. Señalan así mismo que éste hecho se encuentra rodeado de múltiples dudas en lo que respecta al procedimiento o causas de expulsión que llevaron a la salida de dicho individuo de México.
De acuerdo con la información pública disponible, Miguel Ángel Beltrán Villegas se desempeñaba como catedrático en la Universidad Nacional Autónoma de México. Su ingreso a territorio mexicano fue autorizado el 27 de mayo de 2008 a través de la forma migratoria FM3-2077691, en la que se le permite la entrada a nuestro país para “realizar trámites ante el Instituto Nacional de Migración (INM) para hacer estudios posdoctorales en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Universidad Nacional Autónoma de México”.
Posteriormente según las mismas fuentes públicas, inició el trámite correspondiente para obtener la visa que le permitiría residir en nuestro país en calidad de visitante académico, presentando la solicitud 3- 12687 el 7 de agosto de 2008. El día 22 de mayo del presente año, Beltrán Villegas se presentó en las instalaciones del Instituto Nacional de Migración en donde fue detenido y posteriormente expulsado de nuestro país.
Afirman los promoventes que las autoridades mexicanas competentes omitieron el cumplir con el resguardo de las garantías individuales de Beltrán Villegas y así mismo acusan de que no se siguieron los principios fundamentales del debido proceso para expulsar al ciudadano colombiano ya mencionado de nuestro país. En éste sentido también señalan los promoventes que según las autoridades colombianas, el 14 de abril de éste año se registró “Circular Roja” de INTERPOL, en contra de Miguel Angel Beltrán Villegas, por los delitos de “Concierto para delinquir con fines terroristas, Financiación del terrorismo y Administración de Recursos relacionados con actividades terroristas”.
Se ha podido destacar desde la expulsión del ciudadano colombiano mencionado que distintas versiones periodísticas han señalado a Miguel Angel Beltrán Villegas como presunto colaborador de la organización terrorista de origen colombiano Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y por lo mismo es exigible a la autoridad competente proporcione la información necesaria para conocer los motivos de su expulsión
Esta comisión dictaminadora resalta además que México ha sostenido un importante rol activo en la promoción y defensa de los derechos humanos como parte de su política exterior en los años recientes y de la misma forma ha expresado su intención firme de apoyar los esfuerzos de la comunidad internacional en contra del terrorismo internacional, por lo que, en congruencia con lo anterior, resulta de especial importancia esclarecer los hechos relacionados con la expulsión de Miguel Ángel Beltrán Villegas.
Por lo anteriormente expuesto, esta comisión somete a consideración de esta Soberanía el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración, así como a las instancias competentes que hayan ejercido acciones en el caso expuesto, informen a esta soberanía respecto al procedimiento migratorio seguido a Miguel Ángel Beltrán Villegas, explicando las razones que motivaron su expulsión de territorio mexicano el pasado 22 de mayo de 2009.
Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 9 de junio de 2009.
SEGUNDA COMISIÓN
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