Publicado en el # 51 de la revista Código Topo de Excélsior, 10 de diciembre de 2012
Era un 3 de octubre de 1927 el General Francisco Serrano, y los generales Vidal, Peralta y demás acompañantes fueron masacradas por compañeros de armas: El general Claudio Fox operó la matanza. Un capitulo negro en nuestro historia. Fox en abuso de sus funciones ordenó que se les ataran las manos y al no tener cordeles, lo hicieron con alambre de púas que arrancaron de las cercas. Todos los cadáveres tenían las marcas en las muñecas. Las autopsias nunca fueron dadas a conocer. Eso fue en 1927.
Años después hubo otro hecho lamentable cerca de ese lugar. Presumiblemente policías federales cometieren una serie de irregularidades. contra ciudadanos estadounidenses. El caso quizá nunca se haya aclarado si le hubiera pasado a un ciudadano común, pero le sucedió a dos agentes de la CIA y a un capitán de la Marina.
¿Qué paso en Tres Marías? Es la pregunta que me hice y compartí en un un artículo anterior. (El caso de Huitzilac/Fred Álvarez, Código Topo # 49 de Excélsior, 1 de octubre de 2012). Escribí “El caso Tres Marías pudo causar un grave daño a las relaciones diplomáticas de México y EU, pero lo que se creyó una “emboscada”, quedó calificado como una “confusión”. Y es que todo apuntaba por ahí, sobretodo debido a las declaraciones de Luis Cárdenas Palomino, jefe de la División de Seguridad Regional de SSP, quien ante una pregunta expresa dio la versión de la equivocación y del uso excesivo de la fuerza. El almirante secretario Francisco Saynez también se manifestó en esos términos.
Entrevistado
al término de la ceremonia del Sexto Informe de Gobierno del presidente
Calderón -¿Hubo errores?- le preguntaron. Respondió: “pues tal vez sí
hubo errores, esperemos que nada (grave), por supuesto; entiendo que hay
errores, pero nada malintencionado; sin embargo, se deben revisar los
procedimientos y ver en qué se falló y castigar, por supuesto, claro que sí
(castigar esos errores).
Acuerdo 04/2012, reglas del uso de la fuerza en la SSP
DOF: 23/04/2012
ACUERDO 04/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública.
CAPITULO I
Artículo 3.- Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
(…)
XVIII. Uso Legítimo de la Fuerza: la aplicación de métodos, técnicas y tácticas con base en distintos niveles de fuerza, en el ejercicio de las funciones, de conformidad con la legislación aplicable, los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de armas de fuego así como por el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer la Ley y los presentes Lineamientos.
Artículo 4.- El uso de la fuerza pública se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio de las funciones de los integrantes de las instituciones policiales y deberá ser: legal, necesaria, proporcional, racional, y oportuna para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, honradez, eficacia, eficiencia, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 5.- El uso de la fuerza necesaria se destinará a neutralizar y a controlar conductas que generen amagos de violencia y que tengan propensión a causar daños a la integridad de otras personas o a la de los elementos de los cuerpos policiales federales.
Artículo 6.- El Uso Legítimo de la Fuerza podrá emplearse también para restablecer el orden público causado por disturbios colectivos y por actos tumultuarios que generen violencia o daños a terceros, propiedades e integridad física de otras personas, así como en situaciones de alteración grave del orden y la paz públicos.
(…)
Artículo 18.- Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los integrantes de las Instituciones Policiales encargados de hacer cumplir la ley:
a) Ejercerán moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga;
b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones, asimismo respetarán y protegerán la vida humana;
c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas, y
d) Notificará lo sucedido, sin dilación alguna, a los familiares de las personas heridas o afectadas.
Artículo 19.- Los integrantes de las Instituciones Policiales, en el ejercicio de sus funciones, podrán hacer uso de sus armas en forma racional y proporcional para asegurar la defensa oportuna de las personas o derechos de terceros o de los propios.
Dichos servidores públicos podrán hacer uso gradual de la fuerza en legítima defensa, en cumplimiento de un deber o en defensa de un bien jurídico.
Artículo 20.- Los integrantes de las Instituciones Policiales informarán de los hechos cuando se haya participado en algún acto en que se hubiere tenido que hacer uso de la fuerza y elaborarán una narración de los hechos el Informe Policial Homologado.”
Es evidente que algunos policías federales no siguieron el librito.
-¿Los
confundieron? ¿Dicen que (los federales) estaban investigando un secuestro?, se
le inquiere de nuevo. “Probablemente estuvieran investigando un
secuestro. Pienso que todo eso que dice
oficialmente la Policía Federal debe ser cierto, pero tiene que comprobarse en
los hechos…”
Pero semanas más tarde las investigaciones de PGR son
contundentes: hay 14 policías federales –no doce como se dijo originalmente-
involucrados por su probable responsabilidad en la comisión de los delitos de homicidio calificado en grado de
tentativa; daño en propiedad ajena; falsedad en declaraciones y portación
de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército. Todo ellos se encuentran
internados en cárceles federales de Jalisco y Chihuahua. El caso lo lleva Griselda Sáenz Horta, jueza Cuarto de
Distrito en el Estado de Morelos.
La jueza emitió órdenes de aprehensión contra otros cinco mandos de la policía, de los cuales únicamente
se sabe el nombre de uno de ellos: Juan
Manuel Pacheco Salgado, por cierto libre bajo fianza. Fue consignado por
encubrimiento; no participó directamente en el incidente violento, empero, se
le atribuyen haber concentrado a los involucrados, el día de los hechos, y ordenarles
que se cambiaran la ropa de civil por el uniforme para presentarse a declarar
ante el Ministerio Público Federal (MP) Los
demás son mandos de la policía de coordinación Estatal de Morelos y también
fueron consignados por el delito de encubrimiento y actualmente están
amparados.
Además hubo uso excesivo de la fuerza como lo comente
entonces. (Leer el Acuerdo 04/2012, reglas del uso de la fuerza en la SSP, DOF:
23/04/2012 en anexo)
Sabemos que quien lo ordeno fue el subinspector Uriel Garrido Franco una vez -dicen la
oficina de Asuntos Internos de la SSP, que
personal de la CIA “disparó al aire”, al ver policías “armados” y
“vestidos de civil”. Dicha versión fue narrada originalmente por Noé Ramos García y José Cruz Ortega
Sánchez, y después por Ivonne Moreno: “los tripulantes de la camioneta
negra se detuvieron pero cuando observaron que de los autos particulares
bajaban hombres armados y vestidos de civil, lanzaron un disparo al aire y
emprendieron la huida. En respuesta, el subinspector Garrido ordenó repeler la
agresión”, detalló uno de ellos. En tanto, la suboficial Moreno dijo que al intentar escapar, el conductor de la camioneta negra atropelló a un policía federal,
al que ella levantó del piso (no dice el nombre ni presenta pruebas de lesiones)
Entonces se inició la persecución y la balacera.
¡Un
buen guion para un filme hollywoodense!
El caso obviamente no está cerrado.
La investigación sigue abierta pero el caso no se
investigó por vínculos con la delincuencia organizada, como algunos analistas
lo comentaron inicialmente. Por cierto, personal del Federal Bureau of Investigation
(FBI) ha participado en la
investigación, las autoridades les han dado información.
Aunado a todo lo anterior fue inusual, atípico la renuncia
–o despido- del titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación en
Delincuencia Organizada, Cuitláhuac Salinas Martínez, a muy pocos días del
término del gobierno del Presidente Calderón. ¿Tendrá que ver con el caso?
El Subprocurador renunció la tarde del día 15 de noviembre
justamente el día que se “actualizaron” las investigaciones del caso. Un
reportero le pregunta eso precisamente a la Maestra Maribel Cervantes Guerrero,
comisionada de la policía Federal, a lo que respondió: “no es una información
que yo tenga” “desconozco los motivos de
la renuncia del subprocurador”.
¿Y que dice el comunicado
de la PGR del 19 de noviembre?
El domingo 18 de noviembre-la PGR “actualiza el caso Tres
Marías – AP/PGR/DGCAP/ZCB-IV/174-A/2012-”, y emite el Boletín 382/12 con las
declaraciones de la Subprocuradora de Control Regional Procedimientos Penales y
Amparo Victoria Pacheco Jiménez, que
dice:
·
“La PGR presentó hoy información que sustenta la averiguación previa
relacionada con el incidente registrado en la carretera federal
México-Cuernavaca, en las inmediaciones de Huitzilac, Morelos, misma que continuará abierta hasta el total
esclarecimiento de esos hechos.”
·
Y
aunque se relatan los hechos, no dicen los nombres de las victimas ni tampoco
reconoce que son de la CIA, sino que hablan de “funcionarios
de la Embajada de EU(…) viajaban en un vehículo que fue agredido por elementos de la Policía Federal, con 152 impactos
de bala, de los cuales el 40 por ciento se dirigió a las ventanillas del piloto
y copiloto; 19 por ciento a la parte posterior, tapa y defensa; 19 por ciento
en el medallón; 15 por ciento costados; y, 7 por ciento en la parte frontal de
la unidad.”
·
Los inculpados fueron internados en los
CEFERESOS número 2 "Occidente" y número 9 "Norte", ubicados
en Jalisco y Chihuahua, respectivamente, así como en el Centro de Readaptación
Social número 3, en Chihuahua (Ellos son Carlos Sánchez Durán, Jorge Alberto
Vargas Camacho, Emir Suárez García, José Uriel Garrido Franco "El Jefe
Puma", Héctor Francisco Martínez Leyva, Ángel Mauricio Sotelo Martínez,
Ranulfo Ruelas López, Gerardo Ramírez Garduño "El Anfibio", Rafael
Rivera Córdova, Raúl Sánchez Fonseca, Francisco Humberto Segovia Domínguez,
José Cruz Ortega Ortega, Tomás Romanillo
Armenta e Ivonne Moreno Romero
·
Su
“probable responsabilidad” “se sustenta en las indagatorias
contenidas en los 26 tomos y siete anexos de la averiguación previa
correspondiente con un total de 25 mil 754 fojas, que contienen 354
declaraciones de indiciados, testigos y víctimas, entre las que se encuentran
las de los dos lesionados de nacionalidad norteamericana obtenida por medio de
la asistencia jurídica internacional correspondiente, así como la declaración
del elemento de la Secretaría de Marina (…)y que de acuerdo con los elementos
de prueba, no realizó disparo alguno.”
¿Qué
sucedió esa mañana del 24 de agosto de 2012?
Hay en efecto varios comunicados oficiales. (Recomiendo
leerlos en Código Topo # 49 de Excélsior, 1 de octubre de 2012): Tres se
emitieron el día 24 de agosto; el
primero emitido conjuntamente por la Secretaría de Marina y de la SSP, el
segundo, por la PGR boletín 291/12 y el tercero por la oficina de la embajada
de EU en México. Días después -el 28 de agosto- la Marina hace unas precisiones
para informar que el capitán de Corbeta no era el conductor del vehículo; el 17
de septiembre la SSP emite un comunicado No 348 donde se informa que han entregado al MP relacionada con
el secuestro de Salvador Vidal Flores.
Meses después -18
de noviembre-, la PGR emite el boletín 382/12 mencionado arriba.
Recordemos que la acusación más sólida originalmente en
contra de los policías era por abuso de
autoridad y uso excesivo de la fuerza.
Más tarde las cosas cambiaron de acuerdo a los informes de la Subprocuradora Victoria
Pacheco Jiménez
Hay, de acuerdo al informe pruebas continentes de la
culpabilidad de los agentes; no hay pruebas de los dichos de que los agentes de
la CIA dispararon al aire..
El asunto sigue… Los policías contrataron a su propia
defensa. La PFP no los defiende.
La
versión de los agentes de la CIA
Esa mañana del viernes 24 de agosto de 2012, Jesús Hoods Garner y Stan Dove Boss, agentes de la CIA, así
como el capitán Fabian Molina Yera fueron
“confundidos con delincuentes” por un numerosos grupo de policías federales por
lo que fueron perseguidos y recibieron múltiples impactos de armas de fuego.
Las balas de los rifles de asalto que penetraron el blindaje número siete se
incrustaron en el Toyota Land Cruiser y e hirieron a los estadunidenses; el marino tuvo sólo leves
heridas. Pudieron salvar la vida gracias a que iban en un vehículo blindado.
Se dijo que hubo “una confusión por persecución del
delito”, pera la embajada de EU señaló categórica en un comunicado que se trato
de “una emboscada”. Nunca ha cambiado la versión, aunque la Secretaria de
Estado Hilary Clinton haya dicho que se trato de un incidente.
Algunos analistas hablaron de complicidad con el crimen
organizado. La investigación no va por ahí. Aunque haya habido arraigo a los
policías federales.
¿Cuál
es la versión de los agentes de la CIA manifestada al MP?
Una nota de Abel Barajas para el periódico Reforma
publicado el 22 de noviembre difunde la versión asentados en la causa penal 83/2012 del Juzgado Cuarto
de Distrito en Morelos, a cargo de la jueza Griselda Sáenz Horta:
“Acorralados (…) el agente de la CIA Stan Boss, conductor de la camioneta (…) le dijo a sus compañeros
que se "haría el muerto" para que (les) dejaran de disparar( …) sin
embargo no lo hacen y continúan disparándole al vehículo, entonces, mientras
disparan, el piloto recibe dos impactos adicionales de bala, uno en el brazo
derecho y otro en el muslo derecho.”
"Unos cuantos segundos después de eso dejaron de
disparar y miré por las ventanas, percatándome que se veían entre ellos como si
no trajeran más municiones, quedando todo muy quieto, entonces los pistoleros
no nos hablan, no se acercan al vehículo y el piloto sigue haciéndose el
muerto", narró el también agente Chese
Garner. (Jesús Hoods Garner)
“A Stan, su compañero al volante, el rozón de un tiro le
destrozó la mitad de la oreja derecha, le incrustó los lentes en la cara y
produjo un desmayo momentáneo, pero reaccionó cuando recibió otro balazo en el
brazo y se dio cuenta que también empezaba a sangrar de una pierna. "El
primer impacto que sentí fue en la cabeza, en la zona del oído derecho, de
atrás hacia adelante y en la mejilla, me lesionó con un rozón, de hecho me
destrozó la oreja en la parte media, a consecuencia de ello perdí el sentido.
"Cuando vuelvo en sí me percato que fui impactado en
el brazo derecho, pero tenía diferentes esquirlas, aproximadamente 10, las
cuales no tuvieron salida, sentí otra lesión en la pierna derecha, en el muslo,
igual por una bala; en ese momento me dedico a hacerme el muerto para que
dejaran de atacarnos", recuerda Stan
Boss (Stan Dove Boss)
“Uno de los federales vestido de civil fue el más
perseverante. Al frente de su grupo, con un arma larga que en un principio a
los estadounidenses les pareció que era
una AK-47, disparó directamente a la altura de la ventanilla del conductor,
luego en el parabrisas y el cristal del copiloto. "¡Son diplomáticos! ¡son
diplomáticos!", gritaba el Capitán de Fragata Fabián Molina Llera, quien también iba en el asiento posterior del
vehículo, desesperado porque no salía su llamada de celular para pedirle ayuda
al Teniente de Fragata Leonardo Ruiz
Canche, entrenador del campo de adiestramiento en "El Capulín".
Las últimas imágenes que Boss recuerda resumen un episodio
sangriento. "Yo estaba tratando de usar mi celular, pero había tanta
sangre en mis manos que no pude hacer nada. "Vi que (Garner) se desplomaba
enfrente del vehículo y alcancé a ver que sus piernas y toda la parte de atrás
estaba llena de sangre, entonces yo intentaba abrir la puerta del
vehículo".
"Después
se me extrajo (una bala) del muslo al ser atendido en el hospital de la Marina
en la Ciudad de México, misma que me fue entregada y yo a su vez
se la entregué al investigador del Departamento de Estado adscrito la Embajada
de Estados Unidos en México", contó.
Los agentes relatan con detalle lo que sucedió desde que
salieron del Hotel Fiesta Inn de
Cuernavaca poco más de las 7 de la mañana de ese viernes 24 de agosto. “Cuando
el vehículo de los agentes se empató abruptamente por el lado izquierdo con la
camioneta de placas diplomáticas, el estadounidense Boss advirtió que el
copiloto de la Voyager llevaba un
arma larga entre las piernas, al parecer
un AR-15, y le hizo señas para detenerse. El agente de la CIA al volante
detuvo la marcha y la Voyager paró
unos 20 metros delante de la Toyota. Dos de los federales vestidos de civil,
empuñando sus rifles de asalto, bajaron de la camioneta y es cuando Stan Boss pisa el acelerador en reversa
y le comienzan a disparar.”
Aunque
la agente Ivonne Moreno dice sobre este pasaje que el primer
disparo lo escuchó como a 20 centímetros de la ventanilla de Boss, luego de que
éste bajara el cristal…La investigación de la fiscalía comprobó que los agentes de la CIA y el marino no iban armados; “la PGR nunca
halló un indicio balístico distinto al de las armas de los policías.”
Al parecer la investigación es contundente. Pero eso lo
decidirá la autoridad judicial: la jueza Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos.
Po cierto, por alguna razón -que se desconoce, aunque la
procuradora Marisela Morales lo justificó, los diplomáticos no declararon de
inmediato ante el Ministerio Público como lo mandata a ley. Lo hicieron semanas
después y en EU.
La investigación profunda de la fiscalía se debe, sin
duda, a la magnitud de los hechos; ¿se hubiera investigado igual si las
victimas no fueran agentes de la CIA? ¿Y que pasó con averiguación previa que
se inicio originalmente AP/PGR/MOR/TV/611/1/2012? ¿Fue absorbida por oficinas centrales?
Por otro lado, el Senado
de la República aprobó el pasado jueves 15 de noviembre una propuesta de punto
de Acuerdo en el sentido de que el Ombusdman
nacional “investigue los hechos que constituyan una violación grave a los
derechos humanos relacionados con el ataque ocurrido a un vehículo diplomático
en el Estado de Morelos; en el mismo sentido el Senado “exhorta,
respetuosamente” al secretario de Seguridad Pública “a remitir un informe
detallado y por escrito, explicando el actuar de sus elementos en relación con
el ataque ocurrido (…) en el Estado de Morelos.”
Anexo
Declaraciones
de la comisionada Maribel Cervantes Guerrero a varios medios, entre el 19 y 21
de noviembre:_
Desde la tarde del lunes 19 de noviembre emitió los
siguientes posicionamientos ante preguntas expresas:
·
Que quede claro que la Policía Federal desde
el primer momento, desde las 8:30 de la mañana del 24 de agosto, ha actuado con
absoluta transparencia y honestidad aportando absolutamente toda la información
que –el MP- ha requerido. A la fecha se han atendido más de 59 oficios de
solicitud de información requerimientos por parte de la PGR ,además de haber
presentado a más de 75 policías federales
·
El día de los hechos dos suboficiales declaran
que responden o comienzan a disparar, luego de que perciben el disparo al aire
de una persona que venía en el interior de la camioneta.
·
No existe información de acuerdo a como nos lo
han reportado, que vincule a este evento con el crimen organizado.
·
Los 14 policías involucrados tienen su propia
defensa nombrada por ellos mismos. La
Policía Federal nunca los ha defendido.
-¿cuál
es el móvil del ataque directo?
-No, no tengo idea porqué
ellos dicen que es un ataque directo (…) desconozco bajo que elementos
llegaron (en la PGR) a esta conclusión. Yo tengo conocimiento, porque tengo en
mi poder los informes a los que tuve acceso de la Unidad de Asuntos Internos de
la propia investigación que ellos realizaron, donde efectivamente (…) concluyen que hasta ese momento hay un
segundo informe, con el que hacen una ampliación de declaración ante el
Ministerio Público no encuentran elementos donde se presuma o se establezca la
participación o algún vínculo con el con el crimen organizado.
-¿Por
qué los policías dispararon 152 tiros contra esta camioneta?
-De acuerdo a la investigación de la Unidad de Asuntos
Internos (…), la suboficial Ivonne
Moreno (…) manifiesta que fueron por
instrucciones del que era su jefe inmediato (Uriel Garrido Franco ) que salió a
investigar el secuestro (del funcionario del INAH) para buscar la camioneta que
no había sido recuperada (…) Ella refiere en su declaración (…) que una persona
que iba en la camioneta hace disparos al aire y que eso detona que ellos
empiecen a disparar.
Ahora, ¿por qué
disparan de esa manera? (…) por supuesto que estas 14 personas, se alejaron
y no respetaron el manual para el uso de los protocolos contra el uso de la
fuerza.
Me
parece que fue un acto pues de absoluta irresponsabilidad, como dice que no
siguieron los protocolos que están marcados para la actuación
policial..
-Vámonos
por partes, ustedes dicen que el primer disparo surgió de la camioneta donde
iban los agentes de la CIA y el marino, ¿si? …
-Así, es cuando se registra el hecho….
-¿No
le despierta sospechas a usted? ( el que no iban uniformados)
-No, no me despierta sospechas, es una falta, evidentemente es una falta el haber utilizado sus
vehículos particulares…
-¿Actuaron
mal los policías federales?
-Por supuesto actuaron mal, se alejaron de todos los
protocolos contra el uso excesivo de la fuerza, se alejaron y se apartaron de
todos los protocolos que marcan nuestros manuales para la actuación policial…
-¿La
Secretaría de Seguridad Pública federal está protegiendo a estos policías?
-No, de ninguna manera y lo hemos enfatizado en todo
momento…
-¿Ellos
están involucrados con el crimen organizado?
-Hasta ahora y de acuerdo a la propia investigación
interna y de la Unidad de Asuntos Internos y de acuerdo a lo que también
declaró la PGR, no hay una línea de investigación que vincule este hecho con el
crimen organizado y nosotros no hemos estado protegiendo en ningún momento a
nadie…
-¿cuándo
se habla que andaban ahí tras la búsqueda de un supuesto secuestro, esto es
algo real o es algo que inventaron o esto es un elemento que hay que tomar en
cuenta?
No. Esto es absolutamente real (…) nuestra ley, la ley de
la PF, nos faculta para que con la simple denuncia, ya sea anónima o de algún
ciudadano, podamos iniciar las investigaciones de secuestro o de cualquier otro
delito del orden federal.
-Ellos
estaban plenamente identificados como policías federales.
-Ellos venían vestidos de civil ahora lo sabemos, venían
vestidos de civil aunque haya alguna evidencia de que por lo menos el jefe de
esa célula que está ahora consignado portaba una chamarra con los logotipos de
la Policía Federal.
-Se
da un disparo, la camioneta es blindada, cómo salió el disparo, o sea se
pararon y dispararon.
-Lo que declaran es que bajan el vidrio y de ahí sale un
disparo al aire.
-Normalmente
las blindadas no se puede bajar el vidrio y menos con ese blindaje.
-En esas blindadas las ventanillas de enfrente, las del
piloto y del copiloto siempre se pueden bajar aunque sea un poquito. Ellos
dicen e insisto aquí solamente estoy refiriendo la declaración de los policías
federales reciben ese disparo y eso es lo que según ellos detona que ellos
empiecen a disparar absolutamente de manera irresponsable.
-…si
se abre el cristal de un auto blindado a nivel siete o tuvieron que
Perdón insisto la pregunta o
tuvieron que abrir la puerta porque todo el vehículo está sellado
-Normalmente los vehículos blindados, las ventanillas de
la parte del piloto y el copiloto bajan un poquito y hay algunos que ni
siquiera bajan hasta la mitad y otros que bajan hasta la mitad.
-¿Quién
asegura toda la zona cuando ya, digamos, ubican que es un vehículo diplomático
y que dentro iba un capitán de la Armada de México?
-La zona queda asegurada por la Secretaría de Marina, por
efectivos de la Secretaría de Marina, la Policía Federal, como te he comentado,
brinda los primeros auxilios a los heridos, los traslada y es la Secretaría de
Marina quien asegura el lugar hasta que llegan los peritos de la PGR, es decir,
nosotros, la Policía Federal, nunca tuvo el control del lugar una vez que
sucedió el incidente.
-¿Traen
broncas, la Secretaría de Seguridad Pública federal y la PGR? Esto no lo
habíamos visto nunca…
No, absolutamente no (…)
cada uno trabaja dentro el ámbito de sus competencias, la PGR es una
instancia encargada de la investigación de este hecho, es obligación de la
Policía Federal aportar toda la información que nos sea requerida, toda la
información de que dispongamos como lo hemos hecho, incluso hemos respondido oficios del Departamento de Justicia
relacionados con este caso
¿qué
saldo políticopoliciaco,
por decirlo así
administrativopenal
deja este hecho, hay disculpas o condena para alguien en especial?
-¿Qué saldo nos deja? En primer lugar, un saldo de mucha
vergüenza (…) a mi como Comisionada General me avergüenza, me apena la falta de
responsabilidad y comisión de delitos, pero el saldo para mí, siempre y la
convicción para mí siempre es pelear por la Policía Federal, por lo que es la
institución de la Policía Federal con personal, más de 35 mil personas
profesionales trabajando con métodos, con procedimientos y cuando alguien se
equivoca, como fue este caso (…) y en todos los casos en que haya policías
federales involucrados siempre estaremos dando la cara, siempre contestando con
honestidad, siempre presentando toda la información que se nos requiera y
siempre respetando las resoluciones de las autoridades competentes en materia
de investigación de cualquier delito.
Acuerdo 04/2012, reglas del uso de la fuerza en la SSP
DOF: 23/04/2012
ACUERDO 04/2012 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se emiten los lineamientos generales para la regulación del uso de la fuerza pública por las instituciones policiales de los órganos desconcentrados en la Secretaría de Seguridad Pública.
CAPITULO I
Artículo 3.- Para los efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:
(…)
XVIII. Uso Legítimo de la Fuerza: la aplicación de métodos, técnicas y tácticas con base en distintos niveles de fuerza, en el ejercicio de las funciones, de conformidad con la legislación aplicable, los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de armas de fuego así como por el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer la Ley y los presentes Lineamientos.
Artículo 4.- El uso de la fuerza pública se realizará estrictamente en la medida que lo requiera el ejercicio de las funciones de los integrantes de las instituciones policiales y deberá ser: legal, necesaria, proporcional, racional, y oportuna para garantizar el cumplimiento de los principios de legalidad, objetividad, honradez, eficacia, eficiencia, responsabilidad, diligencia, profesionalismo y respeto a los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 5.- El uso de la fuerza necesaria se destinará a neutralizar y a controlar conductas que generen amagos de violencia y que tengan propensión a causar daños a la integridad de otras personas o a la de los elementos de los cuerpos policiales federales.
Artículo 6.- El Uso Legítimo de la Fuerza podrá emplearse también para restablecer el orden público causado por disturbios colectivos y por actos tumultuarios que generen violencia o daños a terceros, propiedades e integridad física de otras personas, así como en situaciones de alteración grave del orden y la paz públicos.
(…)
Artículo 18.- Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los integrantes de las Instituciones Policiales encargados de hacer cumplir la ley:
a) Ejercerán moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga;
b) Reducirán al mínimo los daños y lesiones, asimismo respetarán y protegerán la vida humana;
c) Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas, y
d) Notificará lo sucedido, sin dilación alguna, a los familiares de las personas heridas o afectadas.
Artículo 19.- Los integrantes de las Instituciones Policiales, en el ejercicio de sus funciones, podrán hacer uso de sus armas en forma racional y proporcional para asegurar la defensa oportuna de las personas o derechos de terceros o de los propios.
Dichos servidores públicos podrán hacer uso gradual de la fuerza en legítima defensa, en cumplimiento de un deber o en defensa de un bien jurídico.
Artículo 20.- Los integrantes de las Instituciones Policiales informarán de los hechos cuando se haya participado en algún acto en que se hubiere tenido que hacer uso de la fuerza y elaborarán una narración de los hechos el Informe Policial Homologado.”
Es evidente que algunos policías federales no siguieron el librito.
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