Pepe ha sido distinguido con la Medalla “Manuel Alonso Muñoz” como mejor comunicador social en 2005 y Premio Nacional de Periodismo en 1987. Es licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM, cuenta con el Master of Public International Law por la Rijks Universiteit Leiden y un Doctorado en Comunicación Pública por la Universidad de Navarra en España.
Actualmente es Coordinador del Área de Periodismo y del Programa “Comunicación, Derecho y Democracia del Departamento de Comunicación de la Universidad Iberoamericana desde 2004 y conductor del espacio “Agenda Pública” por el canal Foro TV de Grupo Televisa.
Fue director de Comunicación Social de la Presidencia de la República (1992-1994), subdirector del diario “La Jornada” (1986-1988), Subdirector de “El Universal” (1985) y desde 1978 a la fecha, miembro del Consejo Editorial y colaborador de la revista “Nexos”.
Y hoy se publican en el DOF modificaciones al Estatuto Orgánico del Fondo de Cultura Económica.
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DOF: 15/01/2013
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico del Fondo de Cultura Económica.
Al margen un logotipo, que dice: Fondo de Cultura Económica.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE CULTURA ECONOMICA, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL GOBIERNO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 15, PARRAFO SEGUNDO Y 58, FRACCION VIII DE LA LEY FEDERAL DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES; 8o., FRACCION V DEL DECRETO DE CREACION DEL FONDO DE CULTURA ECONOMICA; 6o., 8o., FRACCIONES I Y VI Y 55 DE SU ESTATUTO ORGANICO, ASI COMO EN LOS ACUERDOS NUMEROS SO/IV-10/01,S Y SO/I-11/09,R APROBADOS EN LA CUARTA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA 14 DE DICIEMBRE DE 2010 Y PRIMERA SESION ORDINARIA CELEBRADA EL 8 DE MARZO DE 2011, RESPECTIVAMENTE, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR LAS SIGUIENTES:
MODIFICACIONES AL ESTATUTO ORGANICO DEL FONDO DE CULTURA ECONOMICA
ARTICULO UNICO.- Se REFORMAN los
artículos 5o., fracciones V, en su numeral 4., VII, en su numeral 6.; 14,
Apartado B), fracción I; 15; 17, fracción XV; 18, fracciones III, IV, y V; 20,
fracciones VI y VII; 22 fracciones VII y VIII; 23, fracciones II, IV, V, y IX;
24, fracción V; 25, fracción VIII; 26, fracciones I, II, III, V, VII, IX, X, y
XII; 28; 34 en su segundo párrafo; 38 en su primer párrafo; 39, fracción IV; 41
en su primer párrafo, 44, 46, 51 y 52; se ADICIONAN a los artículos 5o.,
fracción VII, en su numeral 7.; 20 fracciones VIII, IX, X y XI; 22, fracciones
IX, X y XI; 51, fracción VI; y se DEROGAN de los artículos 5o., fracción V, el
numeral 3.; del 20 el último párrafo; del 21, la fracción VII y el artículo 27,
del Estatuto Orgánico del Fondo de Cultura Económica, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2002 y modificado el día 5 de
noviembre de 2010 para quedar en los siguientes términos:
" Capítulo Primero
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o. al 3o. ...
Capítulo Segundo
DE LA ADMINISTRACION Y ESTRUCTURA ORGANICA
Artículo 4o. ...
Artículo 5o. ...
I. a IV. ...
V. ...
1. ...
2. ...
3. (Se deroga)
4. Unidad de Planeación
Editorial y Proyectos Estratégicos.
VI. ...
VII. ...
1. a 5. ...
6. Comité de Control y
Desempeño Institucional; y
7. Comisión para el
Destino final y Baja de Material Bibliográfico y Productos Culturales.
Artículo 6o. ...
Capítulo Tercero
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 7o. al 13. ...
Artículo 14. ...
A) ...
I. a VI. ...
B) ...
I. Apoyar al Secretario de
la Junta Directiva en el cumplimiento de sus funciones y suplirlo en sus
ausencias
II. a IV. ...
...
Artículo 15. El Secretario de la
Junta Directiva, en cumplimiento del capítulo II, Sección B de la Ley Federal
de las Entidades Paraestatales, deberá proceder a obtener las protocolizaciones
necesarias y expedir, cuando se le requiera, constancia de los acuerdos tomados
en las sesiones.
Capítulo Cuarto
DE LA DIRECCION GENERAL
Artículo 16. ...
Artículo 17. ...
I. a XIV. ...
XV. Presidir las reuniones
de la Comisión Interna de Administración y Programación, del Comité Interno de
Selección de Obras, de los Comités Editoriales, del Comité de Control y
Desempeño Institucional y de los demás órganos colegiados con que cuente el
organismo, con la facultad de delegar su representación cuando lo considere
oportuno; y
XVI. ...
Capítulo Quinto
DE LA GERENCIA GENERAL
Artículo 18. ...
I. y II. ...
III. Apoyar al Director
General en la evaluación de las actividades realizadas por las gerencias,
coordinaciones generales y la Unidad de Planeación Editorial y Proyectos
Estratégicos, mediante el establecimiento de indicadores de gestión y calidad y
en general en el correcto funcionamiento del Fondo de Cultura Económica;
IV. Autorizar, por
delegación del Director General, el ejercicio del presupuesto de las unidades
administrativas del Fondo de Cultura Económica, así como las transferencias,
ampliaciones y modificaciones presupuestales que requieran;
V. Asistir al Director
General en la coordinación de las actividades de las empresas subsidiarias;
VI. a XV. ...
Capítulo Sexto
DE LAS GERENCIAS Y COORDINACIONES GENERALES
Artículo 19. ...
Artículo 20. ...
I. a V. ...
VI. Establecer los
lineamientos de los proyectos de promoción a la lectura, en especial en el
ámbito escolar, que sean congruentes con el objeto del Fondo de Cultura
Económica;
VII. Elaborar programas de
promoción de la lectura y participar en la elaboración de los programas de
ventas, promoción y difusión en materia de obras
para niños y jóvenes;
VIII. Coordinar la participación de las distintas áreas de la
Gerencia en el programa de ferias, exposiciones, talleres y eventos;
IX. Proponer la reimpresión
de obras de acuerdo con criterios de vigencia editorial;
X. Editar y mantener
actualizados los catálogos de obras publicadas por la entidad; y
XI. Organizar y administrar
la biblioteca.
(Se deroga el último párrafo)
Artículo 21. ...
I. a VI. ...
VII. (Se deroga)
Artículo 22. ...
I. a VI. ...
VII. Aplicar los criterios y
las políticas autorizadas para las compras y consignaciones de otros fondos
editoriales;
VIII. Coordinar y administrar
las librerías del Fondo de Cultura Económica, incluyendo las operaciones que se
realicen por Internet;
IX. Planear y establecer
políticas en materia de mercadotecnia y difusión para incentivar las ventas en
el mercado nacional y por medio de las librerías del Fondo de Cultura
Económica;
X. Instrumentar
estrategias, políticas y programas de mercadotecnia y difusión con el objeto de
incrementar las ventas en el mercado nacional y por medio de las librerías del
Fondo de Cultura Económica; y
XI. Dictaminar sobre la
viabilidad comercial de las obras susceptibles de ser editadas con base en los
criterios metodológicos.
Artículo 23. ...
I. ...
II. Asegurar y vigilar el
cumplimiento de las normas de carácter administrativo y financiero vigentes y
los lineamientos que establezcan la Coordinadora de Sector, las dependencias
globalizadoras y las que dicten las instancias superiores de la entidad;
III. ...
IV. Proponer al Director
General la autorización de transferencias, ampliaciones y modificaciones
presupuestales que se requieran, conforme a la normatividad interna aplicable;
V. Determinar e
instrumentar las políticas y mecanismos para la administración y desarrollo de
los recursos humanos;
VI. a VIII. ...
IX. Establecer las
políticas de otorgamiento de créditos y recuperación de carteras de clientes; y
X. ...
Artículo 24. ...
I. a IV. ...
V. Administrar las
actividades para brindar el soporte y asesoría técnica al personal, así como el
mantenimiento preventivo y correctivo a la infraestructura tecnológica del
Fondo de Cultura Económica;
VI. ...
Artículo 25. ...
I. a VII. ...
VIII. Recopilar los
ordenamientos jurídicos aplicables a la entidad y distribuirlos en las unidades
administrativas, así como los criterios de interpretación y de aplicación,
cuando le sean solicitados;
IX. a XI. ...
Artículo 26. ...
I. Coordinar la operación
de los proyectos y programas de las subsidiarias del Fondo de Cultura Económica
en el extranjero;
II. Establecer relaciones
internacionales en procesos productivos, editoriales y comerciales con las
subsidiarias del Fondo de Cultura Económica;
III. Organizar y coordinar
la participación del Fondo de Cultura Económica en ferias internacionales del
libro, exposiciones y conferencias en eventos organizados por las subsidiarias,
así como en países en donde no se tiene representación;
IV. ...
V. Coordinar la
integración y formulación del presupuesto anual de las subsidiarias del Fondo
de Cultura Económica en el extranjero con base en las políticas, lineamientos y
criterios establecidos por la Gerencia General;
VI. ...
VII. Asegurar que todas las
subsidiarias del Fondo de Cultura Económica en el extranjero, conozcan los
acuerdos, políticas y directrices que regulan su operación;
VIII. ...
IX. Evaluar periódicamente
la operación de las subsidiarias en el extranjero, con el apoyo de la áreas
especializadas de la casa matriz en los aspectos administrativo, financiero,
editorial y comercial, con la finalidad de precisar los aspectos que requieran
de ajuste o fortalecimiento;
X. Coordinar las acciones
que permitan difundir la imagen institucional del Fondo de Cultura Económica en
las subsidiarias;
XI. ...
XII. Dar seguimiento a los
programas editoriales de las subsidiarias y coordinar las gestiones
relacionadas con la coedición de obras entre la casa matriz y las subsidiarias,
y
XIII. ...
Artículo 27. (Se deroga)
Artículo 28. El Titular de la Unidad
de Planeación Editorial y Proyectos Estratégicos tiene las siguientes
facultades y obligaciones:
I. Proponer la
reestructuración o recomposición de colecciones y obras que puedan incorporarse
al Programa Editorial;
II. Evaluar ediciones
realizadas por las subsidiarias en el extranjero, susceptibles de ser editadas
en Casa Matriz;
III. Opinar sobre la
elaboración de las publicaciones periódicas que edite la entidad;
IV. Emitir los documentos
en que se asienten los objetivos estratégicos de la entidad;
V. Proponer proyectos
estratégicos que involucren a las gerencias o coordinaciones generales;
VI. Propiciar un
acercamiento con autores y negociar la publicación de sus obras;
VII. Realizar estudios
estadísticos del desempeño comercial y de producción de la entidad; y
VIII. Desarrollar
herramientas gremiales y programas de capacitación dirigidos a la industria
editorial
Capítulo Séptimo
DE LOS ORGANOS DE VIGILANCIA Y DE CONTROL INTERNO
Artículo 29. al 33. ...
Artículo 34. ...
Asimismo, con fundamento en el precepto invocado en
último término, para la programación y realización de auditorías, inspecciones
o visitas de cualquier tipo por parte de los servidores públicos a que se
refiere el artículo 33 de este Estatuto, a las subsidiarias en el extranjero
del Fondo de Cultura Económica en apoyo de las funciones encomendadas a las
unidades administrativas de dicha entidad, se requiere previamente la solicitud
expresa debidamente fundada y motivada del Director General de la misma y del
acuerdo expreso que apruebe dicha solicitud, por parte del Coordinador General
de Organos de Vigilancia y Control de la Secretaría de la Función Pública.
Artículo 35. al 37. ...
Capítulo Octavo
DE LAS COMISIONES Y COMITES INTERNOS
Artículo 38. La Comisión Interna de
Administración y Programación estará integrada por el Director General, quien
la presidirá, el Gerente General y los Titulares de las Gerencias y las
Coordinaciones Generales.
...
I. a IV. ...
Artículo 39. ...
I. a III. ...
IV. Evaluar los resultados
del Programa Operativo del Fondo de Cultura Económica y corroborar que éste sea
congruente con el Plan Nacional de Desarrollo, los programas sectoriales del
mismo y el Programa Institucional de Mediano Plazo del organismo; y
V. ...
Artículo 40. ...
Artículo 41. El Comité Interno de Selección
de Obras lo integran el Director General, quien fungirá como Presidente;
el Gerente General y los Titulares de las Gerencias Editorial, de Producción,
de Comercialización, de Administración y Finanzas, la Unidad de Planeación
Editorial y Proyectos Estratégicos y la Subgerencia de Comunicación y
Relaciones Públicas, quienes fungirán como Vocales; el Coordinador
General de Asuntos Jurídicos como Asesor, y el Secretario de Actas y
Acuerdos como Secretario.
...
Artículo 42. y 43. ...
Artículo 44. Cada Comité Editorial
está integrado por el Director General, quien lo preside; por un secretario
designado por el Presidente del Comité; por los servidores públicos de la
entidad que designe el Director General y por aquellas personas de reconocido
prestigio cultural o académico en áreas temáticas específicas que invite el
Director General.
Artículo 45. ...
Artículo 46. El Comité Interno de
Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública lo integran el Gerente
de Administración y Finanzas quien fungirá como Presidente; el
Subgerente de Recursos Materiales y Servicios Generales, quien fungirá como Secretario
Ejecutivo; el titular de la Subgerencia de Finanzas; los encargados de las
funciones administrativas en las áreas requirentes y el titular del área
responsable de la administración central de los almacenes, como Vocales;
por un servidor público designado por la Coordinación General de Asuntos
Jurídicos; un servidor público designado por el Organo Interno de Control y, en
su caso, un servidor público designado por el área normativa de la Secretaría
de la Función Pública, en calidad de Asesores.
Artículo 47. al 50. ...
Artículo 51. El Comité de Control y
Desempeño Institucional es una instancia auxiliar de la Junta Directiva en
asuntos relacionados con control y auditoría, a quien le corresponde:
I. Contribuir al
cumplimiento oportuno de los objetivos y metas institucionales con enfoque a
resultados;
II. Impulsar el
establecimiento y actualización del Sistema de Control Interno Institucional,
con el seguimiento permanente a la implementación del Modelo Estándar de
Control Interno;
III. Contribuir a la
administración de riesgos institucionales con el análisis y seguimiento de las
estrategias y acciones determinadas en el PTAR, dando prioridad a los riesgos
de atención inmediata;
IV. Impulsar la prevención
de la materialización de riesgos, a efecto de evitar la recurrencia de las
observaciones de órganos fiscalizadores, atendiendo la causa raíz de las
mismas;
V. Promover el
cumplimiento de programas de la Institución y temas transversales de la
Secretaría, y
VI. Agregar valor a la
gestión institucional con aprobación de acuerdos que se traduzcan en
compromisos de solución a los asuntos que se presenten.
Artículo 52. El Comité de Control y
Desempeño Institucional lo integran el Director General, quien fungirá como Presidente;
el Gerente General, quien fungirá como Presidente Suplente; el
Titular del Organo Interno de Control, quien fungirá como Vocal Ejecutivo;
y como Vocales un representante de la Coordinadora Sectorial y el
titular de la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público; así como aquellas personas que deban
asistir como invitados de conformidad con lo establecido en el Manual
Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno.
Capítulo Noveno
DE LA AUSENCIA Y SUPLENCIA DE LOS SERVIDORES
PUBLICOS
Artículo 53. y 54. ...
Capítulo Décimo
DE LAS MODIFICACIONES AL ESTATUTO
Artículo 55. ... "
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Las presentes
modificaciones al Estatuto Orgánico del Fondo de Cultura Económica entrarán en
vigor al día siguiente de su aprobación por su Junta Directiva, debiéndose
publicar en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se
derogan las demás disposiciones internas de carácter administrativo que se
opongan a lo previsto en las presentes modificaciones.
México, Distrito Federal, a 7 de diciembre de
2011.- El Presidente Suplente, Francisco Ciscomani Freaner.- Rúbrica.-
La Secretaria Técnica, María Alejandra Albarrán Hernández.- Rúbrica.
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