DECRETO por el que se reforma la fracción II del artículo 46 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus
habitantes sabed:
Que el
Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
DECRETO
"EL
CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E
C R E T A :
SE
REFORMA LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 46 DEL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO
FEDERAL.
Artículo
Único.- Se
reforma la fracción II del artículo 46 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal, para quedar como sigue:
ARTÍCULO
46.- ...
I. ...
II. Al Tribunal Superior de Justicia del Distrito
Federal, en todo lo relacionado con la organización y funcionamiento de la
administración de justicia;
III. y
IV. ...
TRANSITORIOS
Primero.- El presente Decreto entrará en
vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Segundo.- Posterior a la aprobación de la
presente reforma y a la entrada en vigor del Decreto, la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal deberá promover las reformas conducentes a la Ley Orgánica
y al Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, dentro de los 90 días posteriores, a efecto de realizar las
modificaciones correspondientes.
México, D. F., a 28 de noviembre de 2012.- Sen. Ernesto Cordero
Arroyo, Presidente.- Dip. Jesús Murillo Karam, Presidente.- Sen. María
Elena Barrera Tapia, Secretaria.- Dip. Ángel Cedillo Hernández,
Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida
publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del
Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a cuatro de
enero de dos mil trece.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.-
Rúbrica.
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