11 ago 2014

DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Deuda Pública.

DOF: 11/08/2014
DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley General de Deuda Pública.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y DE LA LEY GENERAL DE DEUDA PÚBLICA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman los artículos 2, fracción VIII; 5, párrafo último; 17, párrafos octavo y décimo; 19, fracciones I, párrafo segundo, IV, en su inciso c) y sus párrafos segundo y quinto, y V; 21, fracción II, párrafo primero; y, 40, fracción II, inciso f); se adicionan los artículos 2, con las fracciones XXIII Bis, XXX Bis, XLVII Bis y LIV Bis; 21 Bis; 35, con un último párrafo; 40, fracción II, con un inciso g); un Título Quinto denominado "De las transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo" que incluye los artículos 87 a 97, y se derogan los artículos 17, párrafo noveno; 19, fracción IV, inciso b); 21, fracción II, párrafo tercero, y 41, fracción II, inciso n), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:

Artículo 2.- ...
I. a VII. ...
VIII.         Dependencias: las Secretarías de Estado, incluyendo a sus respectivos órganos administrativos desconcentrados; órganos reguladores coordinados en materia energética y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Asimismo, aquellos ejecutores de gasto a quienes se les otorga un tratamiento equivalente en los términos del artículo 4 de esta Ley;
IX. a XXIII. ...
XXIII Bis.  Fondo Mexicano del Petróleo: el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, a que se refieren el artículo 28, párrafo sexto de la Constitución y los transitorios Décimo Cuarto y Décimo Quinto del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013;
XXIV. a XXX. ...
XXX Bis.  Ingresos Petroleros: los recursos que reciba el Gobierno Federal por la suma de las transferencias desde el Fondo Mexicano del Petróleo que se incluyan en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos para cubrir los conceptos señalados en el artículo 16, fracción II, incisos a) a g) de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo y la recaudación por el impuesto sobre la renta que se genere por los contratos y asignaciones a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
XXXI. a XLVII. ...
XLVII Bis. Reserva del Fondo: los activos del Fondo Mexicano del Petróleo destinados al ahorro de largo plazo en términos del Título Quinto de esta Ley;
XLVIII. a LIV. ...
LIV Bis.   Transferencias del Fondo Mexicano del Petróleo: aquéllas a que se refiere el artículo 16 de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, que el Fondo Mexicano del Petróleo debe realizar en los términos del Título Quinto de la presente Ley;
LV. a LVII. ...
...
Artículo 5.- ...
I. a III. ...
Los ejecutores de gasto público que cuenten con autonomía presupuestaria deberán sujetarse a lo previsto en esta Ley y a las disposiciones específicas contenidas en las leyes de su creación, sujetándose al margen de autonomía establecido en el presente artículo. Las empresas productivas del Estado y sus
empresas productivas subsidiarias se sujetarán exclusivamente a lo dispuesto en sus respectivas leyes.


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