Revista Proceso # 2097, a 8 de enero de 2017.
La inconformidad, a los tribunales/JESUSA CERVANTES
Contra el gasolinazo también se lleva a cabo una lucha jurídica. Hasta el momento la justicia federal le ha dado entrada a una demanda individual de amparo y a tres colectivas, cuyos autores explican en sendas entrevistas su estrategia y sus fundamentos. Sin embargo el dirigente nacional de El Barzón, Alfonso Ramírez Cuéllar, aclara que para su organización lo principal son las protestas y la movilización pacífica.
moreCiudadanos, colectivos sociales y asociaciones civiles, como El Barzón –que aglutina gente del campo y la ciudad, de todos los sectores productivos y de trabajo–, interpusieron amparos colectivos e individuales ante el Poder Judicial para detener el aumento a las gasolinas, en paralelo a los bloqueos de carreteras y manifestaciones cerca de las estaciones de servicio.
Por lo menos en 10 estados ya se prepara la cascada de amparos ante los jueces federales. El lunes 2, el abogado José Óscar Valdés Ramírez interpuso ante el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México el primer amparo individual, alegando violación a diversos artículos de la Constitución.
“Fue una violación al proceso y omisión de la Secretaría de Economía, que debe fijar los precios de los productos básicos, y no la Comisión Federal de Competencia”, dice Valdés Ramírez en entrevista.
En tanto, en Puebla se interpusieron el mismo día, ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil, tres amparos colectivos de 20 personas cada uno, para exigir la derogación del Impuesto Especial sobre Productos y Servicios (IEPS) a los combustibles, que va de 3.52 a 4.16 pesos.
Dicha solicitud de amparo es encabezada por el abogado de la Asociación Civil El Barzón a escala nacional, Alejandro Carbajal, quien sostiene en entrevista que el aumento es inconstitucional y argumenta que la Carta Magna marca el principio de proporcionalidad y equidad al establecer tarifas e impuestos a la población.
En ambos amparos, ya sea bajo la modalidad individual o colectiva, se argumenta la inconstitucionalidad, aunque señalan como responsables a distintas autoridades. A los dos, los jueces federales les dieron entrada el pasado miércoles 4 y fijaron fechas para sus audiencias constitucionales: el 31 de enero y el 13 de febrero.
Alfonso Ramírez Cuéllar, dirigente nacional de El Barzón, aclara en entrevista que la vía legal es una medida más para dar marcha atrás al gasolinazo, pero que la estrategia descansa principalmente en la protesta y la movilización. Los bloqueos, dice, fueron sólo la primera etapa.
El Barzón bloqueó carreteras federales y vías de ferrocarril en varios estados, como Chihuahua, con apoyo de organizaciones de transportistas, pero mientras la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha llamado a sus representantes a fin de acordar estímulos fiscales para el combustible de uso agrícola y pesquero, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes los amenazó con retirarles la concesión si continuaban en los bloqueos.
En consecuencia, los transportistas ya no acudieron el jueves 5 a los bloqueos en las cercanías de La Piedad, Michoacán. El gobierno recurre a la estrategia “del garrote y la zanahoria”, pero también a la campaña de terror para que la gente ya no salga a manifestarse, sostiene Ramírez Cuellar.
La “omisión” de la SE
El 20 de octubre los diputados federales aprobaron la propuesta del Ejecutivo Federal para modificar los artículos 11 y 12 transitorios de la Ley de Ingresos de la Federación, que remiten al artículo 14 transitorio, primer inciso de la Ley de Hidrocarburos y a la Ley del Impuesto Sobre Productos y Servicios (IEPS) en su artículo 2, I, inciso d). Después se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto para que tales modificaciones entraran en vigor el primer día de 2017, lo que detonó el aumento a las gasolinas.
El lunes 2, por separado, el abogado Valdés Ramírez interpuso su amparo individual y El Barzón los tres colectivos ya mencionados.
En ninguno de esos recursos se solicitó la “suspensión provisional”, la cual hubiera implicado que se pospusiera la aplicación de los nuevos precios en tanto se resolvía el fondo de la demanda.
En entrevistas aparte, los dos abogados explicaron que no se trató de una omisión, sino de estrategia, pues se desconoce qué interpretación realice cada juez federal e incluso podrían considerar que en materia de impuestos no procede tal suspensión y rechazarían el amparo sin darle entrada.
Valdés Ramírez relata que algunos colegas lo criticaron por no solicitar esa suspensión provisional, pero ello no impidió que su solicitud del primer amparo individual provocara revuelo. El abogado, radicado en la Ciudad de México, abrió la página de Facebook oscarvaldes.mx, donde asesora gratuitamente a quien pretenda interponer el recurso. Ahí está disponible el formato de demanda listo para imprimirse.
Hasta el viernes de la semana pasada ese formato de demanda había sido descargado 150 mil veces, sin embargo Valdés Ramírez considera que sólo 50 mil podrían traducirse en amparos interpuestos antes diversos jueces federales.
Ello, dice, porque abogados de Zacatecas, Oaxaca, Baja California, Nuevo León, Tamaulipas, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz, el Estado de México y la Ciudad de México lo han contactado para que les ayude a tramitarlos. Aclara que no interpondrá demandas colectivas, ya que cada documento se debe acompañar de 15 copias y él no tiene dinero para pagarlas.
Para interponer el amparo, dice, basta con acudir ante un juez federal, acreditar el interés jurídico –lo cual se logra por ser consumidor de gasolina–, llevar un documento oficial que acredite su persona, la tarjeta de circulación de su vehículo, tarjetón si son taxistas o transportistas, y los recibos de pago del combustible, además de la demanda de amparo.
De acuerdo con el amparo individual 4/2017, al aprobarse y aplicarse el aumento en las gasolinas se violentaron los artículos 1, 17, 28, fracción I y II y el 31 fracción IV de la Constitución. Es contra la Secretaría de Economía y el acto que se reclama es “omisión” de la dependencia al no haber fijado los nuevos precios de los combustibles.
“Reclamo la omisión de aplicar lo dispuesto por el artículo 28 constitucional párrafos primero y segundo, donde tiene facultades constitucionales para fijar precios; a la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos: formular y conducir las políticas generales de la industria, comercio exterior, interior, abasto y precios del país, esto es la conducta omisiva de no fijar los precios del combustible”, se indica en la demanda.
En seguida remite a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que en su artículo 34, fracción VII, señala como obligación de dicha secretaría “establecer la política de precios”:
“La Secretaría de Economía ha sido omisa en cumplir la facultad constitucional que le fue conferida, dañando con ello el derecho al consumo y a la defensa del consumidor… así las cosas, al no fijar precios en el combustible y zonificar los precios, dejan en estado de indefensión al quejoso como consumidor y no dan un trato de igualdad, por lo que los precios son desproporcionales e inequitativos.”
Al referirse a las regiones en que se dividió al país para fijar los precios de los combustibles, Valdés Ramírez alega violación al artículo 31 de la Constitución, fracción IV, pues en ella se establece, entre otras, la obligación del mexicano de contribuir para los gastos públicos de la federación, estado o municipio “de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, pero al fijarse precios distintos en dichas regiones no es equitativo.
Para que tales contribuciones sean obligatorias, alega, deben ser creadas por ley: “Es decir, que sea el Poder Legislativo el que cree tales contribuciones mediante normas generales, abstractas, impersonales, de tal suerte que los impuestos, así como elementos referentes al sujeto, objeto, base y tasa o tarifa, se deben establecer por medio de leyes”.
Según explica Valdés Ramírez en la entrevista, su alegato es que hubo una falla en el debido proceso, por lo que pide que regresen las cosas al estado en que se encontraban. En caso de ganar el amparo, considera, el gobierno interpondría un recurso de revisión y él a su vez recurriría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de resolver a su favor nuevamente, la Corte o la Secretaría de Economía ordenarían a Hacienda que deje de cobrar el aumento.
Recursos colectivos
Las demandas colectivas que encabeza El Barzón son contra el Senado, la Cámara de Diputados, el Ejecutivo federal, el secretario de Gobernación y la Secretaria de Hacienda. El acto reclamado son los cambios en el IEPS para combustibles, que provocaron un aumento en el precio de las gasolinas.
En entrevista, Alejandro Carbajal detalla que en la reciente medida gubernamental se violan los siguientes artículos de la Constitución: 1, 4, 14, 16, 25, 28 y 31 fracción IV.
Con este último, dice, se viola el principio de proporcionalidad, por eso en el texto de la demanda de amparo se indica: “La ley del IEPS es desproporcionada, ya que rebasa la capacidad contributiva de los gobernados. Es importante señalar que si bien el IEPS está indexado al precio final del combustible, el costo es trasladado al ciudadano; se trata de un impuesto que grava el consumo al momento de la enajenación del energético y se ve reflejado con el aumento en el costo de la gasolina en perjuicio de los gobernados”.
Recuerda que el salario mínimo subió 7% mientras la gasolina magna lo hizo en 14.2%, la Premium 20.1% y el diésel 16.5%: “Esto ha generado una ola inflacionaria y un aumento de precios de bienes y servicios en toda la nación, provocando que el poder adquisitivo de las familias mexicanas se vea disminuido y poniendo en riesgo la nutrición de los niños y la población en general”, se indica en el amparo colectivo.
El Barzón tiene su audiencia constitucional programada para el 13 de febrero.
En ambos amparos se pide un informe de las autoridades responsables o acusadas, en el que expliquen el motivo de los aumentos. Los jueces les dieron a las autoridades 10 días para que los entreguen, de no hacerlo en ese tiempo, las audiencias constitucionales se diferirán a otra fecha. Una vez que la autoridad entrega el informe, los demandantes pueden ampliar la demanda y alegar otras violaciones.
Carbajal indica que si se les niega el amparo pueden recurrir al llamado “recurso de revisión ante el mismo juez de distrito”, quien a su vez lo remite a un tribunal colegiado, “pero también cabe la posibilidad de que sea atraído por la Corte en razón de la importancia y trascendencia del asunto”.
El abogado aclara que quien desee tramitar un amparo individual o colectivo tiene 15 días hábiles después de la entrada en vigor de la ley para hacerlo, es decir, el plazo vence el viernes 20.
Señala que dos colectivos de transportistas ya manifestaron su intención de ampararse, además de asociaciones de ganaderos y comerciantes de San Martín Texmelucan y la mixteca poblana.
Indica que también están asesorando a grupos de Zacatecas, Nuevo León, Veracruz y la Ciudad de México. Quien desee ampararse, añade, puede acudir a las oficinas de El Barzón en cualquiera de los 22 estados donde tienen presencia.
A su vez Ramírez Cuéllar resume que la “masificación” de los amparos es una medida de presión para el gobierno, pero que la base de su movimiento contra el aumento de gasolina es la protesta y la movilización pacífica. El tema de los bloqueos, dijo, ya quedó atrás. Lo que sigue, sostuvo, es la toma de casetas de peaje a fin de dar paso libre a los conductores.
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