México,
D.F., a 27 de febrero de 2014 DGCS/NI: 24/2014
NOTA
INFORMATIVA
CASO:
Tomás Jesús Yarrigton Ruvalcaba. Sobree y niega amparos.
ASUNTO:
El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal
da a conocer que en el juicio de amparo indirecto 1298/2012-5 promovido por
Tomás Jesús Yarrigton Ruvalcaba se decretó el sobreseimiento por
inexistencia de los actos reclamados al Juez Segundo de Distrito en Materia de
Procesos Penales Federales en el Estado de Tamaulipas, consistentes en la orden
de aprehensión librada en su contra por el delito de Delincuencia Organizada,
previsto por el artículo 2°, párrafo primero, fracción I y sancionado en el
numeral 4°, párrafo primero, fracción I, incisos a y b) de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada, en términos del precepto 13, fracción II
del Código Penal Federal, así como por el delito de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita, previsto y sancionado en el artículo 400 bis del
Código Penal Federal.
Asimismo,
negó el amparo al justiciable contra los actos que reclamó del Juez Segundo
de Distrito en Materia de Procesos Penales Federales en el Estado de
Tamaulipas, consistentes en la orden de aprehensión librada en su contra por
considerarlo presunto responsable en la comisión del delito contra la salud en
la modalidad de colaboración al fomento para posibilitar la ejecución de
delitos de esa misma naturaleza, previsto y sancionado por el artículo 194,
fracción III, en relación con el precepto 193, párrafos primero y segundo,
con la agravante contenida en el artículo 196, párrafo primero, fracción I,
en términos del dispositivo 13, fracción II, del Código Penal Federal, y su
ejecución por parte del procurador General de
la República y titular de la Policía Federal Ministerial de la Procuraduría
General de la República (PGR).
Por
último, este órgano jurisdiccional negó también la protección de la
justicia federal al quejoso contra los actos que reclamó del agente del
Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Especializada de
Investigación de Delitos contra la Salud de la Subprocuraduría Especializada
en Investigación de Delincuencia Organizada de la Procuraduría General de la
República, así como del Director General de Asuntos Policiales
Internacionales INTERPOL de la PGR, consistentes en la emisión del oficio
CG/TAM/1380/2012 en la averiguación previa PGR/SIEDO/UEIDCS/240/2012 mediante
el cual el Ministerio Público Federal solicitó al director general de Asuntos
Policiales Internacionales e INTERPOL su intervención, a efecto de que
instruyera a sus distintas agencias en otros países la captura del quejoso
Tomás Jesús Yarrigton Ruvalcaba por encontrarse sustraído a la acción de la
justicia.
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