14 may 2014

CASO: Auto de formal prisión a Elba Esther Gordillo Morales y otros


NOTA INFORMATIVA: CJF
CASO: Auto de formal prisión a Elba Esther Gordillo Morales y otros
ASUNTO: El Juzgado Sexto de Distrito de Procesos Penales Federales en el Distrito Federal informa que a fin de justificar el cabal cumplimiento de la concesión de la Justicia Federal, otorgada en el juicio de amparo en revisión 227/2013, del índice del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, así como en el juicio de garantías 354/2013-3 y sus acumulados 367/2013-5 y 368/2013-1, instruido en el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, resolvió:

Se decreta el auto de formal prisión contra Isaías Gallardo Chávez, José Manuel Díaz Flores y Elba Esther Gordillo Morales, como probables responsables de la comisión de los delitos de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, previsto y sancionado en el artículo 2, fracción I, en relación con el diverso 4, fracción II, inciso a), respecto de la última de los mencionados y, los restantes, en el inciso b) del mismo ordenamiento legal; y Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, previsto y sancionado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal.
Este órgano jurisdiccional determina la apertura del Procedimiento ordinario para el trámite de la causa.
Remítase copia autorizada de esta resolución al Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito y al Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal.
La autoridad jurisdiccional notificó personalmente a las partes, haciéndoles saber a los inculpados el derecho y término de tres días que tienen para apelar esta resolución si no estuvieren conforme con la misma, así como el efecto devolutivo en que procede; así como al Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación.
Consejo de la Judicatura Federal
Dirección General de Comunicación Social Insurgentes Sur 2417, San Ángel
Del. Álvaro Obregón, CP 01000, México DF Teléfono 54908000,


No hay comentarios.: