México, D.F., a 24 de noviembre de 2014
DGCS/NI: 157/2014
NOTA INFORMATIVA
Caso: Rinden declaración preparatoria
y solicitan duplicidad del término legal los once detenidos el pasado 20 de
noviembre, en el Zócalo de la ciudad de México
Asunto: El Juzgado Decimoséptimo de
Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, da a conocer que
dentro de la causa penal 45/2014, iniciada en contra de once personas detenidas
en el Zócalo de la ciudad de México el pasado 20 de noviembre de este año,
en el Distrito Federal, lo siguiente:
El pasado 22 de noviembre, a las
16:30 horas, este Juzgado de Distrito recibió el oficio número
SEIDO/UEITA/14791/2014, suscrito por el Agente del Ministerio Público de la
Federación, adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo,
Acopio y Tráfico de Armas, de la Subprocuraduría Especializada en
Investigación de Delincuencia Organizada, de la Procuraduría General de la
República, al que anexó original y duplicado de la averiguación previa
número PGR/SEIDO/UEITA/194/2014, que se instruye contra once personas, a saber
tres mujeres y ocho hombres, uno de ellos extranjero.
A las personas se les atribuye su
probable responsabilidad en la comisión de los siguientes delitos:
a) Homicidio en grado de tentativa,
previsto en el artículo 302, en relación con el 12, párrafos primero y
segundo, y sancionado en los diversos numerales 63 y 307 del Código Penal
Federal, cometido en agravio de una persona;
b) Asociación delictuosa, previsto y
sancionado en el artículo 164, párrafo primero, del Código Penal Federal; y
c) Motín, previsto y sancionado en el
artículo 131, párrafo primero, del Código Penal Federal.
Las tres mujeres fueron ingresadas al
Centro Federal Femenil “Noroeste”, con sede en Tepic, Nayarit, a las 09:02
horas del pasado 22 de noviembre de los corrientes; mientras que los ocho
hombres lo fueron al Centro Federal de Readaptación Social número Cinco, en
Cerro de León, municipio de Villa Aldama, Veracruz, a las 11:40 horas de la
misma fecha.
Con esa fecha, la autoridad
jurisdiccional radicó la causa penal número 45/2014, quedando los referidos
inculpados sujetos a tal jurisdicción.
Es de señalar que en el caso
específico del probable responsable de nacionalidad extranjera, se le
informaron los derechos que por su calidad migratoria le consagra el artículo
20, apartado A, de la Constitución Política Federal, es decir su derecho a
contar con asistencia consular de su país al momento de rendir su declaración
preparatoria, derecho del cual gozó en todo momento.
A todos les informó que no tenían
derecho al beneficio de la libertad provisional bajo caución, dado que uno de
los delitos que les atribuyó el Agente del Ministerio Público Federal está
catalogado como grave, en términos del artículo 194 del Código Federal de
Procedimientos Penales.
El desahogo de la diligencia de la
declaración preparatoria de los presuntos inculpados se realizó por exhorto a
los juzgados de turno en el lugar de su reclusión tanto en Tepic, Nayarit como
en Villa Aldama, Veracruz.
Las referidas diligencias se
desahogaron el 23 de noviembre de los corrientes, en las que los once presuntos
inculpados solicitaron la ampliación del plazo constitucional para la
definición de su situación jurídica, lapso que vence a las 10:40 horas del
próximo sábado 29 de los corrientes para las mujeres; y a las 12:30 horas de
esa misma fecha para los varones.
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