4 abr 2016

Comunicado del SAT ante “Los papeles de Panamá“

Ciudad de México, a 03 de abril de 2016 (20:36 horas)
  • Procederá SAT conforme a derecho respecto a contribuyentes señalados de contratar empresas offshore
  • La autoridad tributaria de México actúa en todos los casos en el marco de la observancia de las leyes y acuerdos internacionales en la materia.

Con relación a la reciente publicación de información periodística sobre el uso de estructuras o empresas constituidas en países de los denominados paraísos fiscales, el Servicio de Administración Tributaria de México abrirá revisión, en los casos que sea procedente, a los contribuyentes referidos, tratándose de ciudadanos o empresas con obligaciones fiscales en México.
La información publicada se revisará ante la evidencia de la información institucional existente, con el objetivo de valorar si hay elementos que configuren la comisión de actos de evasión fiscal, y en su caso, a fin de iniciar el ejercicio de las facultades de Ley.
 Asimismo, la autoridad fiscal invocará los acuerdos de intercambio de información que se tienen establecidos con distintos países, para hacerse llegar de más elementos, de ser necesario.


Cabe destacar que el 29 de octubre de 2014, México y 50 países más firmaron en la ciudad de Berlín, Alemania, el Acuerdo Multilateral de Autoridad Competente, en el marco de la 7a Reunión Plenaria del Foro Global de Transparencia e Intercambio de Información en Materia Fiscal organizado por la OCDE.
Dicho acuerdo –que entrará en vigor a partir de 2017, permitirá el intercambio automático de información, mediante reportes estandarizados de las inversiones, transferencias y cuentas financieras que tengan los mexicanos y sus empresas en más de 80 países, entre ellos, los que hoy se citan como paraísos fiscales.
Invariablemente el SAT actuará conforme a las facultades y obligaciones que las leyes mexicanas le otorgan para combatir la evasión fiscal en el país, incluyendo el no hacer pública información sobre contribuyentes específicos, en términos de la reserva fiscal establecida en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.
 Asimismo, el SAT podrá solicitar la colaboración de la Unidad de Inteligencia Financiera (que dirige Alberto Bazbaz Sacal) u otras áreas de la administración pública, en el marco de sus respectivas facultades.
 Última modificación:
03 de abril de 2016 a las 20:36


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