17 oct 2012

Hubo acuerdo en San Lázaro; los diputados incrementaron comisiones

Simplemente a los diputados se les ocurrió aumentar de 44 a 56 comisiones or4idinas- más las que que sumen (especiales).
¡Ojalá –quiera Alá-, sea para bien!, por lo pronto  habrá incremento en gastos...
Y claro todos felices, y más en la bancada del PRI  que se quedó con 23 comisiones, incluidas las más importantes; el PAN tendrá 13 comisiones,  11 del PRD y los chiquitos tendrán también su comisión.
¡Faltaba más!
DOF: 17/10/2012
DECRETO aprobado por el Honorable Congreso de la Unión, por el que se reforma el numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.- Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.


Artículo Único.- Se reforma el numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39.

1. ...

2. La Cámara de Diputados contará con las comisiones ordinarias y especiales que requiera para el cumplimiento de sus funciones. Las comisiones ordinarias serán:

I. Agricultura y Sistemas de Riego;

II. Agua Potable y Saneamiento;

III. Asuntos Frontera Norte;

IV. Asuntos Frontera Sur-Sureste;

V. Asuntos Indígenas;

VI. Asuntos Migratorios;

VII. Atención a Grupos Vulnerables;

VIII. Cambio Climático;

IX. Ciencia y Tecnología;

X. Competitividad;

XI. Comunicaciones;

XII. Cultura y Cinematografía;

XIII. Defensa Nacional;

XIV. Deporte;

XV. Derechos de la Niñez;

XVI. Derechos Humanos;

XVII. Desarrollo Metropolitano;

XVIII. Desarrollo Municipal;

XIX. Desarrollo Rural;

XX. Desarrollo Social;

XXI. Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial;

XXII. Economía;

XXIII. Educación Pública y Servicios Educativos;

XXIV. Energía;

XXV. Equidad y Género;

XXVI. Fomento Cooperativo y Economía Social;

XXVII. Fortalecimiento al Federalismo;

XXVIII. Ganadería;

XXIX. Gobernación;

XXX. Hacienda y Crédito Público;

XXXI. Infraestructura;

XXXII. Justicia;

XXXIII. Juventud;

XXXIV. Marina;

XXXV. Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XXXVI. Pesca;

XXXVII. Población;

XXXVIII. Presupuesto y Cuenta Pública;

XXXIX. Protección Civil;

XL. Puntos Constitucionales;

XLI. Radio y Televisión;

XLII. Recursos Hidráulicos;

XLIII. Reforma Agraria;

XLIV. Relaciones Exteriores;

XLV. Salud;

XLVI. Seguridad Pública;

XLVII. Seguridad Social;

XLVIII. Trabajo y Previsión Social;

XLIX. Transparencia y Anticorrupción;

L. Transportes;

LI. Turismo, y

LII. Vivienda.

3. ...

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 16 de octubre de 2012.- Dip. Jesús Murillo Karam, Presidente.- Rúbrica.- Sen. Ernesto Javier Cordero Arroyo, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Fernando Bribiesca Sahagún, Secretario.- Rúbrica.- Sen. Lilia Guadalupe Merodio Reza, Secretaria.- Rúbrica.

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