La verdad es que el gobierno no compró...Alguién le dió a una institución del gobierno facturas apócrifas por un servicio.
El SAT presentó a las empresas en calidad de "presuntos" y les dio un plazo de 15 días para aclarar su situación.
Compró Gobierno facturas falsas
El SAT presentó a las empresas en calidad de "presuntos" y les dio un plazo de 15 días para aclarar su situación.
Compró Gobierno facturas falsas
Nota de Sergio
Lozano y Abraham Saucedo
Reforma, 11 de enero de 2014
El Gobierno federal -incluida la
Secretaría de Hacienda- y algunas administraciones estatales habrían usado el
mismo mecanismo de defraudación fiscal que ahora persiguen.
El
Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó ayer un listado de 163
empresas a las que señala por presuntamente simular operaciones y, por lo
tanto, realizar emisión apócrifa de facturas digitales.
Varias
de esas compañías, entre las que figuran proveedoras del Gobierno, ofrecen
servicios de asesoría, consultoría, mercadotecnia, administración de recursos
humanos y maquila textil.
Una
de ellas es Asesorías Integrales Apolo, S. A. de C. V., contratada por
Pronósticos -entidad agrupada en Hacienda- para dar un "curso de técnicas
de sometimiento y manejo ofensivo y defensivo y protección a
funcionarios".
De
acuerdo con el Portal de Obligaciones y Transparencia del IFAI, ese curso
habría tenido lugar el 3 y el 4 de diciembre de 2009 y se facturó en 36 mil 800
pesos.
Una
búsqueda en internet reveló que otras de esas empresas vendieron servicios a la
Secretaría de Salud, a la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, a la
Lotería Nacional y a gobiernos estatales como los de Chihuahua y el Estado de
México.
En
la lista también se encuentran Comercio Internacional Integral,
Comercializadora y Distribuidora Cádiz y Comercializadora y Distribuidora Suri,
compañías que, junto con Edicom, son investigadas por la Unidad de Inteligencia
Financiera de Hacienda por supuestamente haber participado en una red de lavado
de dinero.
El
SAT presentó a las empresas en calidad de "presuntos" y les dio un
plazo de 15 días para aclarar su situación.
Cinco
días después les notificará una resolución y en 30 días más publicará la lista
definitiva en el Diario Oficial.
Según
el Servicio de Administración Tributaria, los contribuyentes que usaron una
factura emitida por alguna de esas 163 presuntas firmas defraudadoras también
cometen delito si no aclaran su situación.
Esos
causantes disponen de 30 días para acudir al SAT y demostrar que la compañía en
cuestión le vendió un bien o servicio, o bien, para hacer una corrección
fiscal.
En
caso de no hacerlo y si es detectado, podrían fincarles un adeudo fiscal o
hacerlos acreedores a una penalización.
**
DOF:
10/01/2014
LISTADO
de contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales que simulan operaciones
inexistentes.
Al
margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración
Tributaria.- Administración General de Auditoría Fiscal Federal.-
Administración Central de Fiscalización Estratégica.
Oficio:
500-05-2014-1175
Asunto:
Se comunica la presunción de operaciones inexistentes de conformidad con el
artículo 69-B, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación,
respecto a los contribuyentes que se indican.
El
Administrador Central de Fiscalización Estratégica, adscrito a la
Administración General de Auditoría Fiscal Federal, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1, 7, fracciones VII, XII y XVIII y 8, fracción III de la Ley
del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario oficial de la
Federación del 15 de diciembre de 1995, reformada por Decreto publicado en el
propio Diario Oficial de la Federación del 12 de junio de 2003; 2 primer
párrafo, apartado B, fracción III, inciso e); 10 primer párrafo, fracción I, en
relación con el artículo 9 primer párrafo, fracción XXXVII y penúltimo párrafo,
del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria publicado en
el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, y reformado
mediante Decretos publicados el 29 de abril de 2010, 13 de julio de 2012 y 30
de diciembre del 2013 en el mismo órgano oficial; artículo tercero, fracción
III, del Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a Servidores
Públicos del Servicio de Administración Tributaria que en el mismo se indican,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de enero del 2014, así
como en los artículos 33, último párrafo y 69-B, primer y segundo párrafos del
Código Fiscal de la Federación, notifica lo siguiente:
Derivado
del ejercicio de las atribuciones y facultades conferidas en las disposiciones
fiscales vigentes, esta unidad administrativa ha detectado que los
contribuyentes que se listan en el presente oficio, emitieron comprobantes
fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad
material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los
bienes que amparan tales comprobantes, razón por la cual se presume la
inexistencia de las operaciones amparadas con dichos comprobantes.
En
razón de lo anterior, con fundamento en el artículo tercero, fracción III, del
Acuerdo mediante el cual se delegan diversas atribuciones a servidores públicos
del Servicio de Administración Tributaria, se ordena la publicación en el
Diario Oficial de la Federación, así como en la página de internet del Servicio
de Administración Tributaria, a que se refiere el segundo párrafo del artículo
69-B del Código Fiscal de la Federación, respecto de los contribuyentes que
enseguida se detallan:
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