Acuerdo de
Tepalcatepec /Fred Alvarez.
Publicado en La Silla Rota, 30 de enero de 2014
Arturo Cano reportero de La Jornada le pregunta al General Daniel Velazco Ramírez, comandante de la 12 Zona Militar -de quien depende las zonas militares 21ª y 43ª, ubicadas en Morelia y Apatzingán, Michoacán-, respecto a la temporalidad de los cuerpos de autodefensa que se convertirán en Cuerpos de Defensa Rurales.
Publicado en La Silla Rota, 30 de enero de 2014
Arturo Cano reportero de La Jornada le pregunta al General Daniel Velazco Ramírez, comandante de la 12 Zona Militar -de quien depende las zonas militares 21ª y 43ª, ubicadas en Morelia y Apatzingán, Michoacán-, respecto a la temporalidad de los cuerpos de autodefensa que se convertirán en Cuerpos de Defensa Rurales.
–¿Qué
tan temporales?-
Y
éste responde.–Pueden durar tres, cuatro, seis años..
–¿Cuáles
son las armas que podrán registrar?
Y
éste responde:
–“Ahorita las
que tengan se hará una excepción. Seguramente después, cuando las cosas
estén más tranquilas, se les va a decir que sólo deben tener las armas
permitidas por la ley”.
Eso
si precisa el jefe militar que la ‘‘excepción’’ tiene sus límites ‘‘Ni Barret ni cosas así”..
¡Las
que tengan dijo el alto mando militar!
¡Hasta
donde sabemos nadie –ni un acuerdo- puede estar por encima de la Ley!
La
Ley de Armas de Fuego y Explosivos debe ser simplemente aplicada
¿Que dice la
Ley? por
cierto, aplicable para todo el territorio nacional, sin excepción, dice:
Artículo 8º.- No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por
la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y
Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción
señalados en esta Ley.
Artiíulo 9º.-
(...)
Los
ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas,
podrán poseer y portar con la sola manifestacioó, un arma de las ya
mencionadas, o un rifle de calibre .22,
o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañoó de longitud
inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).
El
artículo 11 señala claramente cuales son las armas y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea..
Es
evidente que las armas que tiene los grupos de autodefensas, por lo menos que
lo que hemos visto en los medios son
armas reservadas para uso exclusivo de nuestras fuerzas armadas: Hay de todo
como en botica; la mayoría son armas de alto calibre, incluso la del tipo Barret
M82, fusil de alta potencia llamado "Cincuenta Ligero" por su calibre
.50 (12,7 mm).
¿Estamos ante un estado de excepción en Michoacán?
¿Estamos ante un estado de excepción en Michoacán?
¡Por
supuesto que no!
Nadie ha
invocado al artículo
29 Constitucional. Y en dado caso debe ser aprobado por el Congreso, en este
caso la Comisión Permanente que se encuentra sesionando en este periodo.
¿Un acuerdo está
por encima de la Ley?
Parece
que sí y eso es grave.
Entendemos
la situación en Michoacán, pero como dice el poeta británico Wystan Hugh Auden “La Ley es la Ley. (...) y no acierta ni
se equivoca”
¿Qué dice el
Acuerdo de Tepalcatepec, por cierto todavía no publicado en el Diario Oficial
de la Federación (DOF)?
Dice
el comunicado oficial “En respuesta al llamado del Secretario de Gobernación,
Miguel Ángel Osorio Chong, y en el marco del Acuerdo para el Apoyo Federal a la
Seguridad de Michoacán, los gobiernos de la República y de esta entidad, así
como los grupos de ciudadanos organizados firmaron hoy un acuerdo de ocho
puntos que tiene como propósito que estos grupos se incorporen a la normalidad institucional.
Agrega
el comunicado que “los Gobiernos de la
República y del estado de Michoacán concurren a este acuerdo con la convicción
de reconstruir la tranquilidad y el orden públicos desde un enfoque integral
que abarque los aspectos sociales, económicos y culturales, para lo cual es
indispensable utilizar todas las herramientas y mecanismos legales para lograr
un ambiente de institucionalidad duradera y estable.”
De los ocho
puntos del Acuerdo, los tres son los cuestionables, a saber:.
I) Las
autodefensas se institucionalizan al incorporarse a los Cuerpos de Defensa Rurales. Para este fin, los
líderes de las autodefensas presentarán una lista con todos los nombres de sus
integrantes, los cuales serán validados con la formación del expediente
respectivo, controlado por la Secretaría de la Defensa Nacional. Estos cuerpos serán temporales y
estarán bajo el mando de la autoridad en los términos de las disposiciones
aplicables.
2). Para la protección de sus
comunidades, personal de las
autodefensas podrá formar parte de la Policía Municipal siempre y cuando
acrediten los requisitos de ley (incluyendo los controles de confianza) y
cuenten con el aval del Cabildo de su Ayuntamiento para ser propuesto para
formar parte de dicha policía.
3). Las autodefensas se obligan a registrar las armas que actualmente
poseen o portan ante la Secretaría de la Defensa Nacional. Por su parte, el
Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública o, en su caso,
la Secretaría de la Defensa Nacional, se
comprometen a dotarlos de las herramientas necesarias para su comunicación,
traslado y operación....”
Firmaron
el acuerdo; el Comisionado para la Seguridad y el Desarrollo Integral de
Michoacán, Alfredo Castillo Cervantes;
el gobernador de Michoacán, Fausto
Vallejo Figueroa, y por parte de los grupos organizados, los representantes
de las comunidades de Churumuco de Morelos, Nueva Italia de Ruíz, La Huacana,
Parácuaro, Tancítaro, Cualcomán de Vázquez Pallares, Aquila y Coahuayana de
Hidalgo. En la firma del acuerdo estuvo presente la presidenta de Ciudadanos
por una Causa en Común A.C., María Elena
Morera de Galindo.
Por
cierto, el Acuerdo de Tepalcatepec, quizá no le hayan dado tanta importancia y
por eso no fue publicado en el DOF como si lo fue el decreto por el que se crea la Coordinación
Nacional Antisecuestro.
Hay
limitaciones para conformar al Cuerpo de Rurales.
De entrada se
entiende que
sólo podrá pertenecer a los cuerpos de autodefensa los ejidatarios, por lo menos así lo dice la Ley Orgánica del
Ejército y de la Fuerza Aérea Mexicanos en su capitulo VI:
CUERPOS
DE DEFENSAS RURALES
ARTICULO 117.- Los Cuerpos de Defensa
Rurales se formaran con personal
voluntario de ejidatarios mexicanos por nacimiento que no adquieran otra
nacionalidad, mandados por militares profesionales, de acuerdo con sus
planillas orgánicas particulares y tienen como misión cooperar con las tropas
en las actividades que estas lleven a cabo, cuando sean requeridos para ello
por el mando militar.
(...)
ARTICULO 120. El personal de ejidatarios que integran dichos cuerpos, quedará
sujeto al fuero de guerra, cuando se encuentre desempeñando actos del servicio
que le sean encomendados.
ARTICULO 121. Los ejidatarios miembros de estos cuerpos, cuando desempeñen los
servicios para los que sean requeridos, tendrán derecho a las retribuciones,
prestaciones o estímulos, conforme a las previsiones presupuestales.
**
¿Quienes son
los grupos de Autodefensa en Michoacán?
Ellos
mismo se consideran un “grupo de personas con armas (...) formada por empresarios, campesinos
, presidentes municipales, regidores, huerteros, limoneros estudiantes , padres de familia etc. etc.”
O
sea entre los grupos de autodefensa hay ejidatarios; éstos son campesinos, pero
no todos los campesinos son ejidatarios. Para ser ejidatario se requiere tener
una parcela. El artículo 12 de la Laye Agraria dice: “Son ejidatarios los
hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales.”
La
pregunta es ¿cuántas personas de los grupos de Autodefensa son ejidatarios y que
podría serán incorporados a los Cuerpos de Defensa Rurales?
No sabemos.
Quizá hay excepciones
como con las armas.
Es
evidente que esos grupos de autodefensas están “hasta la madre” y han surgido
en donde se conjugan la pobreza extrema y la presencia de bandas delictivas –delincuencia
organizada, y también común- que se dedican a golpear, extorsionar y dañar a la
sociedad, y celebramos que haya ciudadanos que se la juegan ante la falta de
Gobierno. (En Michoacán ¡aplicar la Ley ya!
http://www.lasillarota.com/component/k2/item/86462-en-michoacán-¡aplicar-la-ley-ya
Pero
creemos que sólo debemos aplicar la Ley, y sino funciona cambiarla, adecuarlas
a las necesidades de hoy.
Ahora
bien el acuerdo signado no habla de
entregar las armas, sino de registrarlas solamente. Algunos legisladores no
han leído el acuerdo. ( el PVEM)
Por
lo que es evidente que lo que pretende el gobierno es por lo menos tener un
control de las armas que existen en al región. No les importa el origen de las
mismas.. Aunque la PGR haya dicho lo contrario.
Muchas
de las armas decomisadas últimamente son fusiles AK-47, AR-15, Galil y
ametralladoras Uzi, pistolas 9 mm y 45 mm, y hasta pistolas 5.7, de las
denominadas mata policías.
Michoacán es
diferente
El Secretario de
Gobernación manifestó el pasado 13 de enero en Morelia, Michoacán cuando se
firmó el Acuerdo para el Apoyo Federal a la Seguridad de Michoacán que “Lo que
ha ocurrido en esta región durante estos años, no tiene paralelo ni precedente
en ningún otro lugar de la República.”
Y
tiene razón.
Con
respecto a los grupos de autodefensas lo dijo claramente que algunos de ellos
surgieron por “por no encontrar
oportunamente respuesta a sus demandas de seguridad en las instituciones
encargadas de hacerlo” Ahí aprovechó para emplazarlos para que regresen a sus
lugares de origen y los invitó para que trabajen en las labores de coadyuvancia
“con las autoridades proporcionando la información con que cuenten para detener
a los delincuentes.”
Agregó: “Al mismo tiempo
se invita a los integrantes de estos grupos para que en caso de considerar que
su vocación de servicio esté orientada hacia las tareas de seguridad y
protección de sus comunidades, puedan hacerlo y mediante los procesos reglamentarios pertinentes cumplan con los
requisitos para ser reclutados y adiestrados..”
Y
alzó la voz cuando dijo que habría cero tolerancia
“Las
autoridades federales y las del gobierno del estado, aplicarán la ley de manera
rigurosa e indiscriminada, por lo que no
habrá tolerancia alguna para cualquier persona que sea sorprendida en posesión
de armas sin contar con la autorización que para tal efecto señalan las leyes.”
· Pero las cosas cambiaron después
La
realidad se impuso, y los grupos de autodefensas se negaron a regresar a sus
lugar de origen y menos dejar las armas. Ahora se les pide que las registren y
que en su caso se incorporen a los grupos de Rurales.
¿Por
qué se reculó?
Si
los grupos dejaban las armas serían eliminados por el crimen organizado.
Y
hasta donde podemos ver las fuerzas de seguridad pública no tienen la capacidad
para dar a los ciudadanos
michoacanos la seguridad que merecen.
Es
evidente la falta de estado.
Días
antes de la firma del Acuerdo donde se plantean lo de la institucionalización
de los grupos de autodefensa sucedieron dos cosas. La primera fue el posicionamiento
del Presidente Enrique Peña Nieto en
la reunión de Davos, Suiza, el 23 de enero y la otra la salida anticipada del
general Colombiano Naranjo Trujillo, quizá por no estar de acuerdo con la
estrategia gubernamental de incorporar a las autodefensas a la legalidad
En
Davos el Presidente dijo que los grupos
–algunos de ellos- de autodefensa ,”genuinamente (alguien publicó
“legítimamente”) se han organizado para defenderse de la incursión del crimen
organizado, ante esto, el Estado ha reaccionado. Primero, convocando a aquellos que genuinamente quieran
participar en las tareas de seguridad, que lo hagan, atendiendo a los
principios y a la formalidad que prevé la ley, cumpliendo los requisitos de ley para ser parte de los cuerpos de
seguridad.”
Pero
días antes el Presidente habría dicho en una entrevista que “El Estado mexicano
no puede ser permisivo ni tolerar la presencia de grupos, por más genuinos que
sean en materia de querer defenderse o de autodefenderse”. Y precisó en la entrevista
con CNN que “El Estado mexicano es el único responsable y el único con atribuciones
para realmente establecer condiciones de seguridad” en Michoacán.
La idea de los
Rurales
Ya la traía en
mente el comisionado Alfredo Castillo Cervantes. En una charla
con periodistas extranjeros –el martes
21- habría hablado por primera vez de que las autodefensas podrían convertirse
en “policías rurales”.
Dijo:
“Lo que hemos estado haciendo con el
llamado es solicitar que los que tengan vocación de servicio en temas de
seguridad lo hagan por los cauces institucionales. En el caso de la Policía
Federal hay un reglamento, y tiene otras condiciones, tal vez hasta unos
estudios mayores, como preparatoria y demás. Pero en el caso de los cuerpos
rurales tienen hasta su propio instructivo de actuación y existen las plazas
donde podrían llegar a ser dados de alta; tienen servicio médico y
alimentación. “Es un tema que se está buscando, sobre todo poder asignarlos en
estas regiones, pero bajo la supervisión del Estado mexicano”, dijo Castillo,
según la versión estenográfica del encuentro. (Nota de /José Gil Olmos Revista
Proceso # 1943, 25 de enero de 2014).
· Luego vino el retiro anticipado del General Naranjo
Trujillo.
El
argumento fue que se regresaba a su país para apoyar el proceso de paz y la
campaña a la reelección de Juan Manuel Santos, y nos enteramos de la salida del
asesor presidencial gracias a las redes sociales, un tuit de Santos: “Hablamos con el Presidente Peña Nieto para que el
General Naranjo se puede dedicar de lleno al proceso de paz y a la campaña".
Un
día después, Gobernación emitió un comunicado oficial el día 26 de enero, dándole las
gracias “las autoridades mexicanas agradecen y reconocen ampliamente la labor
que desempeñó el general Naranjo Trujillo, así como su contribución en materia
del diseño de estrategias de seguridad para nuestro país. Asimismo, le desean
el mayor de los éxitos en las nuevas tareas que desempeñará para su Nación.”
En
lo personal tengo la percepción que el general colombiano no estuvo de acuerdo
con esta propuesta de “institucionalizar a las autodefensas” y por eso adelantó
su salida de México, curiosamente dos días antes de que se diera a conocer el Acuerdo de Tepalcatepec.
De
todos modos su ciclo se había cerrado. En los últimos meses Naranjo ya no estaba tan
metido en México, ya no le quedaba tiempo para cumplir todos los compromisos
que tenía; sobretodo porque debía pasar largas temporadas en La Habana, Cuba.
La
salida de Naranjo se da en ese marco; incluso algunos legisladores de la
oposición lo acusaron de incluso de tener algún vínculos con presuntos
paramilitares mexicanos, pero José Miguel Vivanco, director de Human Rigth
Watch, salió en su defensa, o sólo calificó de falsas las acusaciones contra Naranjo, sino que dijo
que él había sido, justamente, el hombre que más había combatido a los
paramilitares en Colombia. Debemos recordar que Naranjo había advertido desde
el surgimiento de las autodefensas que el Estado mexicano no debía
consentirlas, ni tolerarlas porque se convertirían en un monstruo
incontrolable.
¡Y vaya que lo pueden ser!
En México, al igual que Colombia, se toleraron por ser un “mal necesario” y hoy no será fácil desarmarlas.
Las autodefensas llegaron para quedarse; en unos días -24 de febrero-,cumplirán un año.
No
será fácil hacerlos a un lado, y seguramente habrán más grupos en el país, ayer
surgió otro en Michoacán.
¡Espero
estar equivocado!
Por
cierto se firma el Acuerdo en Tepalcatepec, Michoacán lugar de donde e DR José
Manuel Mireles Valverde, es el consejero general del Consejo Ciudadano de
Autodefensa
Y
ojala –quiera Alá- el general Naranjo nos diga la verdad de su salida.
Al
margen:
· Los partidos políticos están divididos...
Por
ejemplo el gobernador de Guerrero, Ángel
Aguirre Rivero, dijo que las policías comunitarias de Guerrero no necesitan
de su legalización como sucedió en Michoacán. Durante su participación en la
inauguración de la reunión plenaria de los diputados federales del PRD, que se
lleva a cabo en Acapulco, detalló que la actuación de estos grupos –en
Guerrero- está regulada por una ley que les permite, de acuerdo a sus usos y
costumbres, participar en tareas de seguridad. En el tema de los grupos de
autodefensa, explicó que desde hace años se contempla en la Ley 701, la cual
reconoce los derechos y cultura de los pueblos y comunidades indígenas del
estado y regula las actividades de las policías rurales y comunitarias.
Dijo que existe
una marcada diferencia entre los grupos de autodefensa de Michoacán y las
policías comunitarias de Guerrero, ya que las comunidades guerrerenses
eligen abiertamente, mediante una asamblea democrática, a sus elementos,
sancionándolos si no cumplen con sus tareas.
En
tanto, diputados del PRI y del PVEM se
pronunciaron porque el gobierno federal extienda a otros estados el convenio
firmado en Michoacán para incorporar a los grupos de autodefensa al ejército
rural o a la policía local. Los integrantes de grupos de autodefensa que
realmente quieran legalizarse “aquéllos que quieran participar realmente en las
fuerzas de seguridad, tendrán que hacerlo por la vía que marque la ley …
tendrían que pasar los niveles de exámenes de confianza que hoy se prevén,
(para ser) policías federales y estatales, a efecto de participar por la vía
institucional”, comentó en una entrevista el coordinador del PVEM en San Lá
zaro, Arturo Escobar y Vega. Puntualizó que
los llamados del gobierno federal eran muy claros, en cuanto a que los
integrantes de grupos de autodefensa deben
regresar las armas y, en su caso, incorporarse a las fuerzas
institucionales bajo el reglamento previsto, pues de lo contrario, su actuar se
considerará en el marco de la ilegalidad.
También señaló que lo anterior debe implementarse en las entidades del
país donde surjan grupos de autodefensa; es decir, tanto para Michoacán como
para Guerrero, otorgándoles el beneficio de la duda de que buscan la paz en su
región.
Por
su parte, Manuel Añorve,
vicecoordinador de los diputados del PRI, expresó que “es una excelente vía de legalización
de estos grupos llamados autodefensas. Porque se está abriendo una posibilidad
real de darle cauce legal; o sea el gobierno está abriendo esa posibilidad a
las autodefensas”.
En
tanto, que para el coordinador de la diputados del PRD, Silvano Aureoles Conejo, regulación de los grupos de autodefensa en
Michoacán sólo dará resultados si el gobierno cumple con su obligación de
brindar seguridad en todo el país. “Si el Estado hubiese atendido a tiempo
estos problemas, no estaríamos viendo esto por todo el país”, dijo. Aseveró que la regulación de las
autodefensas es positiva, aunque manifestó la posibilidad de que se
infiltren intereses de particulares en sus tareas.
Ricardo Anaya
Cortés (PAN),
presidente de la Comisión Permanente hizo un llamado a la unidad nacional. “Reitero
que la gravedad de la situación que está viviendo el estado de Michoacán bajo
ninguna circunstancia se debe politizar” Dijo que los integrantes de los grupos
de autodefensa que decidan incorporarse a los cuerpos de defensa rural o a las
policías municipales, necesariamente deberán hacerlo cumpliendo los requisitos
de ley y subordinándose a la propia ley y a las autoridades legalmente
constituidas. En el caso de las autodefensas no incorporadas a los organismos
oficiales, están al margen de la ley y debe hacerse valer el Estado de derecho.
Por lo tanto, agregó, “quienes no se incorporen cumpliendo los requisitos de
ley, necesariamente deberán ser desarmados”.
En
tanto, el diputado Ricardo Mejía del
MC manifestó en el pleno de la Comisión Permanente que “el acuerdo que
suscribió el procónsul Castillo con las autodefensas es insuficiente y no
garantiza ni el desarme ni la pacificación, ni mucho menos el combate efectivo
a la delincuencia organizada. Tan es así, que ya hay avance de grupos de
autodefensa a otros municipios, lo cual pone en entredicho el que haya habido
ya un acuerdo que se haga efectivo; nos parece que es parte de la parafernalia
del gobierno federal que le urge poner punto final sobre este tema.”
**
¿Qué les piden a las autodefensas para ser legales?
Las personas que deseen incorporarse a los Cuerpos de Defensa Rurales deberán cumplir con 11 requisitos básicos
Nota de La Silla Rota,,,,
Este miércoles inició el proceso de registro para la incorporación de los grupos de autodefensa de Michoacán a los Cuerpos de Defensa Rurales, entes avalados por el artículo 53 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y regulados por el Instructivo para la Organización, Funcionamiento y Empleo de los Cuerpos de Defensas Rurales.
De acuerdo con dicho documento, las personas que deseen incorporarse a la institucionalidad deberán cumplir con 11 requisitos básicos.
Dichos requerimientos, contemplados en el Artículo 23 del citado instructivo, establecen que: “El personal para organizar una Unidad de Defensas Rurales de nueva creación o para cubrir las vacantes que ocurran, será reclutado dentro de los miembros de las comunidades ejidales, que satisfagan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
I. Ser mexicano por nacimiento en pleno uso de sus derechos ciudadanos;
II. Ser ejidatario en posición legal de su parcela o descendiente directo de éste, con derechos a dicha parcela;
III. Estar comprendido dentro de la edad militar;
IV. Haber cumplido con su Servicio Militar Nacional;
V. Estar apto física y mentalmente para el servicio de las armas;
VI. Ser de buena conducta y no tener antecedentes penales ni policíacos;
VII. Ser afín con la política del Gobierno de la República;
VIII. Residir dentro de la jurisdicción territorial del Pelotón de Defensas Rurales al que deba ingresar, desde tres años antes de ser elegido para Rural;
IX. No estar desempeñando cargos públicos ni de elección popular, ni aún en la directiva ejidal a que pertenezca;
X. No ser propietario de centros de vicio ni de negocios ilícitos o prohibidos por la ley, ni dirigir, administrar o regentear alguno de ellos; y
XI. Haber sido elegido por mayoría de votos, en asamblea celebrada por la Comunidad Ejidal a que pertenezca.
Aunado a dichos requerimientos, el artículos 24 de dicho instructivo señala que “queda estrictamente prohibido que en el Pelotón de Defensas Rurales existan dos o más individuos con parentesco en primer grado de consanguinidad y cuatro o más con cualquier grado de parentesco”.
Además, según el Artículo 28, los policías comunitarios sólo podrán durar tres años en su cargo, “pero podrán causar baja antes por mala conducta, enfermedad u otras causas a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena)”.
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¿Qué les piden a las autodefensas para ser legales?
Las personas que deseen incorporarse a los Cuerpos de Defensa Rurales deberán cumplir con 11 requisitos básicos
Nota de La Silla Rota,,,,
Este miércoles inició el proceso de registro para la incorporación de los grupos de autodefensa de Michoacán a los Cuerpos de Defensa Rurales, entes avalados por el artículo 53 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y regulados por el Instructivo para la Organización, Funcionamiento y Empleo de los Cuerpos de Defensas Rurales.
De acuerdo con dicho documento, las personas que deseen incorporarse a la institucionalidad deberán cumplir con 11 requisitos básicos.
Dichos requerimientos, contemplados en el Artículo 23 del citado instructivo, establecen que: “El personal para organizar una Unidad de Defensas Rurales de nueva creación o para cubrir las vacantes que ocurran, será reclutado dentro de los miembros de las comunidades ejidales, que satisfagan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
I. Ser mexicano por nacimiento en pleno uso de sus derechos ciudadanos;
II. Ser ejidatario en posición legal de su parcela o descendiente directo de éste, con derechos a dicha parcela;
III. Estar comprendido dentro de la edad militar;
IV. Haber cumplido con su Servicio Militar Nacional;
V. Estar apto física y mentalmente para el servicio de las armas;
VI. Ser de buena conducta y no tener antecedentes penales ni policíacos;
VII. Ser afín con la política del Gobierno de la República;
VIII. Residir dentro de la jurisdicción territorial del Pelotón de Defensas Rurales al que deba ingresar, desde tres años antes de ser elegido para Rural;
IX. No estar desempeñando cargos públicos ni de elección popular, ni aún en la directiva ejidal a que pertenezca;
X. No ser propietario de centros de vicio ni de negocios ilícitos o prohibidos por la ley, ni dirigir, administrar o regentear alguno de ellos; y
XI. Haber sido elegido por mayoría de votos, en asamblea celebrada por la Comunidad Ejidal a que pertenezca.
Aunado a dichos requerimientos, el artículos 24 de dicho instructivo señala que “queda estrictamente prohibido que en el Pelotón de Defensas Rurales existan dos o más individuos con parentesco en primer grado de consanguinidad y cuatro o más con cualquier grado de parentesco”.
Además, según el Artículo 28, los policías comunitarios sólo podrán durar tres años en su cargo, “pero podrán causar baja antes por mala conducta, enfermedad u otras causas a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena)”.
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