Punto de Acuerdo de la Tercera Comisión, la que contiene punto de acuerdo:
Que
exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación a tomar las medidas correspondientes de sanidad en
cuanto a investigación, análisis y prevención de la enfermedad que causa la
mortandad temprana dentro de las granjas acuícolas productoras de camarón del
estado de Sinaloa.
TERCERA
COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y
OBRAS PÚBLICAS.
HONORABLE
ASAMBLEA:
A la
Tercera Comisión de la Comisión Permanente correspondiente al Segundo Receso
del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXII Legislaturadel H.
Congreso de la Unión, le fue turnada la Proposición con Punto de Acuerdo que
exhorta al Ejecutivo Federal a tomar las medidas correspondientes de sanidad en
cuanto a investigación, análisis y prevención de la enfermedad que causa la
mortandad temprana dentro de las granjas acuícolas productoras de camarón
pertenecientes al Estado de Sinaloa, suscrita por la Diputada Tania Margarita
Morgan Navarrete, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.
Con
fundamento en los artículos 78, fracción III de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 176 y demás aplicables del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos, los miembros de esta Tercera Comisión, someten a la consideración
del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente
dictamen, el cual se realiza de acuerdo con los siguientes:
I.
ANTECEDENTES.
1.- La
Proposición que se cita en el proemio fue registrada en la Sesión del Plenode
la Comisión Permanente de fecha 21 de mayo de 2014.
2.- En la
misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente,
dispuso que la Proposición citada se turnara a la Tercera Comisión de Hacienda
y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, para
su estudio y dictamen correspondiente.
3.- En
sesión ordinaria, los integrantes de esta Comisión revisaron el contenido de la
citada proposición y expresaron sus observaciones y comentarios a la misma.
II.
CONTENIDO.
La
proposición señala que en estimaciones del periodo comprendido entre 1990 y
2005, la producción global del cultivo de camarón alcanzó pérdidas económicas
cercanas a los 15 mil millones de dólares y, de acuerdo con datos
proporcionados por la Alianza Global de Acuacultura, aproximadamente el 60% de
dichas pérdidas puede ser atribuido a enfermedades virales.
También
describe que la enfermedad conocida como Síndrome de Mortalidad Temprana o
síndrome de necrosis hepatopancreática aguda ha provocado en los dos últimos
años la mortandad masiva en las exploraciones acuícolas en varios países de
Asia.
La cepa
de la bacteria Vibrio parahaemolyticus que se encuentra habitualmente en las
aguas costeras salobres de todo el mundo, es la principal causante de la
destrucción de un órgano vital llamado hepatopáncreas, provocando que el animal
pierda energía, se debilite, pierda el apetito y finalmente la muerte.
Datos
reportados en el presente año en el estado Sinaloa sugieren que alrededor de 20
granjas acuícolas han presentado la Enfermedad de Mortandad Temprana,
significando pérdidas monetarias y encareciendo el costo del camarón, en este sentido
propone lo siguiente:
PUNTO DE
ACUERDO
ÚNICO.
Por el que se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que a través
de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA), y de su órgano desconcentrado, el Servicio Nacional de
Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), y el órgano
descentralizado, el Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA), se tomen las
medidas correspondientes de sanidad en cuanto a investigación, análisis, y
prevención de la enfermedad que causa la Mortandad Temprana dentro de las
granjas acuícolas productoras de camarón pertenecientes al Estado de Sinaloa.
Así como fortalecer el marco normativo necesario que permita la identificación
y atención oportuna de este síndrome.
III.
CONSIDERACIONES.
El punto
de acuerdo refiere el encarecimiento del precio del camarón, así como la baja
producción del mismo, dentro de tres entidades federativas, primordialmente del
estado de Sinaloa, derivado de la alta tasa de mortandad por el Síndrome de
Mortalidad Temprana.
Al
respecto, el artículo 109 de la Ley General de Pesca y Acuacultura
Sustentables, faculta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo
Rural, Pesca y Alimentación, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad
y Calidad Agroalimentaria, para establecer las medidas sanitarias que tienen
por objeto prevenir, controlar, combatir y erradicar enfermedades y plagas de
las especies acuáticas vivas, con la finalidad de proteger su salud y la del
hombre.
Asimismo,
en el artículo 29 de la ley referida, se autoriza al Instituto Nacional de
Pesca a efecto de coadyuvar en la realización del análisis de riesgo sobre la
introducción, establecimiento y diseminación de plagas y enfermedades
acuícolas.
Cabe
destacar que para la aplicación de medidas sanitarias, la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación es la encargada
de declarar el estatus sanitario de las entidades federativas, las medidas de
diagnóstico, detección, erradicación, prevención, y control para evitar la
introducción y dispersión de enfermedades, determinar y clasificar las
patologías de alto riesgo; así como para evaluar los daños, restaurar las áreas
afectadas y establecer procesos de seguimiento.
Lo
anterior, en coordinación con las entidades federativas con el objeto de
inducir las medidas de seguridad de sanidad acuícola y realizar acciones de
saneamiento acuícola.
En este
contexto, esta dictaminadora solicita que sea atendida la petición de la
legisladora, en el marco de aplicación por parte de la autoridad en materia de
sanidad acuícola, determinando el grado de afectación, la incidencia y
prevalencia del síndrome, así como los riesgos de dispersión y medidas y/o
recomendaciones para atender la situación en comento.
Por lo
anteriormente expuesto, la Tercera Comisión de Trabajo de Hacienda y Crédito
Público, Agricultura yFomento, Comunicaciones y Obras Públicas, somete a la
consideración del Pleno, el siguiente:
PUNTO DE
ACUERDO
ÚNICO.-La
Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al
titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación (SAGARPA), para que a través del Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA); así como del Instituto Nacional
de Pesca (INAPESCA), tomen las medidas correspondientes de sanidad en cuanto a
investigación, análisis, y prevención de la enfermedad que causa la Mortandad
Temprana dentro de las granjas acuícolas productoras de camarón pertenecientes
al Estado de Sinaloa. Así como en el ámbito de sus atribuciones fortalecer el
marco normativo necesario que permita la identificación y atención oportuna de
este síndrome.
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