11 jul 2016

Instruye EPN a PGR presentar ante la SCJN acciones de inconstitucionalidad en

 Instruye EPN a PGR presentar ante la SCJN acciones de inconstitucionalidad en contra de Congresos y Gobernadores de Quintana Roo y Veracruz
 El objetivo es evitar la violación de los principios del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA.
Para evitar la violación de los principios del SNA, por instrucciones del Presidente Enrique Peña Nieto “esta mañana la Procuraduría General de la República (PGR) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acciones de inconstitucionalidad en contra de los Congresos y los Gobernadores de Quintana Roo y Veracruz”, informó el Coordinador General de Comunicación Social de la Presidencia y Vocero del Gobierno de la República, Eduardo Sánchez Hernández.
 “Ello, porque recientemente los congresos estatales de Quintana Roo y Veracruz aprobaron reformas que se oponen a los lineamientos generales del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA)”, abundó, en una conferencia de prensa ofrecida en conjunto con el Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la PGR, Salvador Sandoval Silva.

“Queda en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver sobre este asunto”.
El Vocero del Gobierno de la República enfatizó que “México requiere de un marco institucional sólido y confiable para prevenir y combatir la corrupción. Éste es un desafío nacional que nos compromete a todos”.
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Mensaje a medios del Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la PGR, Salvador Sandoval Silva. Comunicado 1020/16
Ciudad de México, 11 de julio de 2016
 SALVADOR SANDOVAL SILVA (SSS): Muy buenos días a las y los representantes de los medios de comunicación.
La reforma constitucional en materia de combate a la corrupción publicada el 27 de mayo de 2015, estableció la creación del Sistema Nacional Anticorrupción el cual conlleva la creación de Sistemas Locales que deben instituirse en cada entidad federativa del país.
Un Sistema Nacional Anticorrupción que permita abatir la corrupción, requiere homogeneidad, coordinación y un pulso adecuado. Por tanto, dicho Sistema Nacional, así como los Sistemas estatales, deben ser coherentes, ya que de otra forma la aspiración no podrá concretarse.
Por ello, la reforma constitucional mandató que el Sistema Nacional Anticorrupción –Federación y entidades federativas-, fuera diseñado a partir de dos leyes que aún no se han publicado y que no han entrado en vigor: la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Serán esas leyes generales el medio que el Congreso de la Unión utilice para marcar la misión y la visión que debe tener ese Sistema Nacional Anticorrupción.
La reforma constitucional de mayo de 2015, previó además dos cuestiones fundamentales:
Primero: que los Estados deben esperar a la expedición de las leyes generales a efecto de que sus sistemas locales anticorrupción se ajusten al Sistema Nacional.
Segundo: que hasta que eso ocurra, las leyes de responsabilidad administrativa y de fiscalización de las entidades federativas, continuarán en vigor.
Como es del conocimiento, los Congresos de los Estados de Veracruz y Quintana Roo, han aprobado diversas reformas y realizado diversos actos que no son acordes al sentido y fin de la reforma constitucional del 27 de mayo de 2015, que tuvo como objetivo concretar un sistema de mecanismos que permitan frenar el abuso del poder, no propiciarlo.
Es por ello, que el día de hoy la Procuraduría General de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las acciones de inconstitucionalidad que tienen como objetivo el que nuestro Máximo Tribunal revise las reformas locales de los Estados de Veracruz y Quintana Roo con base en los principios y reglas de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción.
Dichas acciones tienen sustento en lo previsto por el artículo 105, fracción II, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Resulta conveniente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, analice tales reformas, toda vez que ante la falta de competencia de los Congresos de las entidades federativas mencionadas, se generará, en perjuicio del propio Sistema Nacional Anticorrupción, una inseguridad jurídica que pondría en duda las reglas de dicho Sistema.
Lo que en esencia se ha solicitado en las acciones de inconstitucionalidad, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta que las entidades federativas mencionadas, carecen de facultades para crear sus Sistemas Locales Anticorrupción sin que se hayan publicado las leyes generales correspondientes y, lo que es más, que se advierta que no pueden hacer nombramientos de funcionarios en dichas materias.
De subsistir los decretos que hemos impugnado a través de las acciones de inconstitucionalidad, los actos emanados de ellos adolecerían de vicios de inconstitucionalidad, pues serían emitidos con base en normas jurídicas que carecen de sustento constitucional, tales como:
         Los nombramientos de los Contralores Generales de los Estados, de Fiscales Especializados en Combate a la Corrupción, así como de los magistrados en materia anticorrupción, en dichas entidades federativas.
         La creación de Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción dependiente de la Fiscalía General del Estado de Veracruz.
         La designación que realice el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción de los Fiscales, peritos, policías y demás personal que se requiera para cumplir con esas atribuciones.
         La creación ex profeso de la Sala Superior especializada en materia anticorrupción que dependerá del Tribunal de lo Contencioso Administrativo para dar cumplimiento a la legislación en materia anticorrupción.
         El deslinde de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos y particulares vinculados con faltas graves, así como las sanciones que correspondan.
         Las resoluciones que condenen al pago de las indemnizaciones y sanciones que deriven de los daños y perjuicios que afecten la hacienda pública estatal.
Las sanciones a las personas físicas que actúen a nombre o representación de una persona moral y en beneficio de ella, así como la suspensión de las actividades, disolución o intervención de la persona moral, cuando se trate de faltas administrativas graves; entre otras.
Las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Procuraduría General de la República, se encaminan a atender problemas muy concretos, ya que de subsistir las normas y actos que se han impugnado, provocarán que varias de las actuaciones de combate a la corrupción sean contrarias a la Constitución Federal.
Es conveniente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación analice las reformas en materia de combate a la corrupción que hoy impugnamos, toda vez que no podemos dejar a la incertidumbre la consolidación del Sistema Nacional Anticorrupción.
Muchas gracias.
SESIÓN DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS:
PREGUNTA: -Muy buenos días. Mencionaba actos que están contra ésta reforma contra el Sistema Nacional Anticorrupción, hicieron por ahí algunos nombramientos pero si nos pudiera puntualizar exactamente a qué actos se está refiriendo.
Y aprovechar si me lo permite, Ochoa Reza renunció a la Comisión Federal de Electricidad para saber cuándo se va a hacer este nuevo nombramiento para cuando lo prevé la presidencia.
También si me lo permite la Procuraduría, preguntar ¿en qué va esta investigación hacia Duarte de estas empresas que aparentemente hicieron desvío de recursos, de qué giró son estas empresas, de cuántas empresas se trata y si nos pudieran hablar al respecto? Gracias.
RESPUESTA: Con su permiso señor Vocero. Por lo que hace a la primera pregunta, como lo precisamos hace rato en las palabras que señalamos, efectivamente la Reforma Constitucional de mayo de 2015 que es la cuestión genérica previó cuestiones fundamentales que es la que tenemos que considerar como parte genérica.
Primera, que los estados son los que deben esperar a la expedición de las leyes generales a efecto de que sus sistemas locales anticorrupción se ajusten al Sistema Nacional, porque la Reforma Constitucional del 27 de mayo de 2015 establece en su Artículo Cuarto Transitorio que el Sistema Nacional Anticorrupción entrará cuando se expiden las leyes a que se refiere el segundo Transitorio, es decir, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Hasta en tanto no se expidan estas leyes, por lógica, las legislaturas de los estados no pueden armonizar sus leyes secundarias a estas leyes generales.
Y segundo, que también se estableció en el Artículo Quinto Transitorio que hasta en tanto no se haga la expedición de estas leyes continuarán vigentes las leyes de responsabilidades administrativas o las leyes de responsabilidades que estuvieran vigentes al momento de la publicación de la Reforma Constitucional de mayo de  2015. Eso es lo que hace a la primera pregunta.
Por lo que hace a la segunda pregunta de las empresas del señor, del Gobernador Duarte, quiero comentar que la Procuraduría General de la República, en ésta como en todas las investigaciones, realiza una investigación exhaustiva apegada a derecho y como ustedes saben la etapa de integración, la etapa de integración es secreta y por secrecía de la investigación yo no puedo proporcionar ninguna información al respecto por lo que hace a las líneas de investigación que se llevan a cabo.
PREGUNTA: -Buenas tardes. Subprocurador nos puede precisar si se trata realmente de una investigación más por estas reformas que están haciendo estos dos estados que se están cubriendo particularmente al parecer las espaldas los gobernadores salientes que son del PRI o si se trata realmente de una investigación más política.
Le pregunto por los tiempos también, porque la Corte cuánto tiempo va a tardar en realizar dos acciones de inconstitucionalidad cuando si ustedes también le pidieron a la Corte celeridad en este asunto, hay que recordar que ya ellos también ya se van estos gobernadores y los congresos locales por lo mientras van a seguir aplicando sus leyes mientras la Corte no intervenga.
Si nos puede precisar en esta denuncia que presenta el SAT sobre las empresas particularmente en el caso de Veracruz, ¿hay alguna mención directa al Gobernador Javier Duarte?
RESPUESTA: Por lo que hace a la primera pregunta, efectivamente nosotros presentamos la acción de inconstitucionalidad el día de hoy. Como ustedes saben la acción de inconstitucionalidad es una acción que entre otros lo puede proponer o lo puede interponer el Procurador o la Procuradora General de la República en turno en términos del Artículo 105 Fracción II índice “C” de la Constitución. En este  sentido la acción se interpone 30 días después de la publicación de la norma que se pretenda impugnar que en sentido se vencía el día de ayer domingo pero en términos de la ley reglamentaria del artículo 105 se puede interponer un día siguiente hábil.
Así las cosas, nosotros nos regimos por plazos, ¿por qué puse este ejemplo?, porque cualquier procedimiento que se lleve a cabo ante un Órgano Jurisdiccional como es la Suprema Corte de Justicia de la Nación está sujeto a plazos, a términos legales.
Términos legales que se deben de respetar para precisamente escuchar a la contra parte, escuchar los informes en este caso de los congresos locales, de los gobernadores locales en turno, efectivamente la Procuraduría presentar sus alegatos, cerrar la instrucción y esto requiere tiempos, tiempos que la Corte tendrá que considerar y estaremos sujetos a esos términos.
Desde luego nosotros le daremos la celeridad que nos permita la ley para que esto se resuelva en los términos que correspondan.
Po lo que hace a la segunda pregunta de si está determinada persona involucrada en cierta denuncia, insisto, en términos de la secrecía de la averiguación previa de cualquiera que se trate yo no les puedo proporcionar ninguna información al respecto.
PREGUNTA: -Preguntarle al funcionario de la PGR, insistir un poco ¿cuántas denuncias hay en contra de los gobernadores Borge y Duarte y si el Gobierno Federal para ambos está comprometido a que una vez que terminen sus periodos sí habrá alguna investigación sobre actos de corrupción porque al final parecería que se van a ir como si nada?
RESPUESTA: Por lo que se refiere a las denuncias contra cualquier gobernador, sea del estado de Veracruz, Quintana Roo o cualquier otro que fuese, todas las investigaciones se dirigen considerando los principios de eficiencia, eficacia, exhaustividad que deben de llevarse a cabo en cualquier investigación, no porque se trate de cierta persona deberán o no considerarse sus principios, esos son principios que debemos agotar en cualquier investigación, en ese sentido tengan la certeza y la confianza de que la investigación de que se trate sea con quien se trate en la Procuraduría General de la República se agotarán todas y cada una de las líneas de investigación que nos obligue derivado de los hechos que se estén denunciando y se dará la certeza jurídica al denunciante de la denuncia que puso en conocimiento de la autoridad.
PREGUNTA: -Preguntarles ¿por qué no se incluyó también en este recurso de inconstitucionalidad al gobierno de Chihuahua de César Duarte quien también está siendo señalado por buscar blindarse ante el presunto desvío de recursos públicos y enriquecimiento ilícito?
Por otra parte, siguen creciendo las acusaciones en contra del ex gobernador Moreira, el presunto, el que lleva el financiamiento a los Zetas está declarando en una corte en Texas que pagaban sobornos al gobierno de Moreira para que les dejara operar libremente y que incluso usaban helicópteros del gobierno.
Saber si también van a seguir permitiendo que este caso siga impune. Gracias.
RESPUESTA: Respecto a la primer pregunta por lo que hace al gobierno o al estado de Chihuahua efectivamente también se publicó en el Periódico Oficial del estado una reforma que va de la mano de las reformas del Sistema Nacional Anticorrupción, estamos en estos momentos si se cumple o si se adecua a los mismos  parámetros de los estados de Veracruz y Quintana Roo de los criterios que acabamos de señalar con base a la Reforma constitucional del 27 de mayo de 2015, estamos en etapa de valoración en esa gaceta o en ese Periódico Oficial.
Y por lo que hace a la segunda pregunta insisto, la Procuraduría General de la República agotará todas las líneas de investigación en cualquier investigación. En cualquier investigación se llevará a cabo una investigación bajo el principio de exhaustividad.
Muchas gracias.

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