El
“crimen” del teniente Mendoza/ARTURO
RODRÍGUEZ GARCÍA
Revista Proceso # 1931, 2 de noviembre de 2013;
Fue
agredido a tiros por un superior con quien tenía una historia de rencillas
personales. Salvó la vida pero no pudo poner fin al hostigamiento: ahora está
preso, acusado de insubordinación y agresión. En realidad el fondo de la trama
es otro: el teniente Mendoza fue quien denunció en las páginas de este
semanario que el operativo calderonista contra Luz y Fuerza del Centro lo
realizaron militares disfrazados de policías federales… Además, él y otros de
sus compañeros de armas han sostenido una larga lucha por eliminar el fuero
militar –fuente de numerosas violaciones a los derechos humanos– y participa en
el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad que encabeza el poeta Javier
Sicilia.
La tarde
del 19 de septiembre de 2012 el teniente Marcos Gerardo Mendoza Pérez fue a la
primaria del Instituto Educativo Las Américas, en Naucalpan, para saludar a su
hijo. Ahí, frente al pequeño y sus compañeros, maestros y padres de familia, el
militar fue atacado a tiros.
Desde
hacía meses se quejaba de que el concubino de su expareja, el coronel de
justicia militar José Raúl Celedón Lamas, le impedía ver a su hijo. La
jerarquía era el argumento: Mendoza tenía que obedecer.
Ese 19 de
septiembre, hacia las 2:30 de la tarde, cuando cientos de padres convergen en
la caótica hora pico, Mendoza llegó a la escuela donde se encontró con Celedón.
Sin mucha puntería el coronel disparó al menos cinco veces. Sólo dos tiros
impactaron al teniente: uno en el costado izquierdo y otro en la espalda.
Entre la
muchedumbre aterrorizada se escuchaban los gritos acusadores: “¡Fue el pelón,
fue el pelón!”, decían y señalaban al agresor.
Según la
primera declaración de los testigos (Vivian Prieto y Juan Manuel Samperio, en
cuyo automóvil hubo impactos de bala), el teniente pedía clemencia mientras el
coronel seguía disparando. Herido, Mendoza se arrastró hasta quedar junto a la
pared del deportivo El Huizachal, donde unos soldados lo subieron a una
camioneta para llevarlo al Hospital Militar. Tenía perforado el pulmón derecho.
Celedón
huyó con el hijo del teniente y seis horas después se entregó a la justicia
militar, ante la que dio una versión distinta: que había sido él quien resultó
agredido –“a cabezazos”–, por lo que respondió a tiros en “legítima defensa”. A
esa hora, en el lugar del tiroteo ya no quedaban ni los casquillos percutidos.
Además acusó al teniente de insubordinación.
Mendoza
estuvo internado varias semanas en el Hospital General Militar.
Cuando
estaba a punto de ser dado de alta, oficiales de la Policía Judicial Federal
Militar irrumpieron en el nosocomio, lo arrestaron y se lo llevaron a la
prisión del Campo Militar Número Uno, donde permanece hasta ahora.
La
justicia castrense desestimó las lesiones por arma de fuego y la justicia civil
no se quiso hacer cargo de la denuncia por intento de homicidio interpuesta
contra el coronel, que está libre y en funciones en la sede judicial militar de
Mazatlán, mientras que por el supuesto cabezazo el teniente está preso, acusado
de “insubordinación en vías de hecho causando lesiones al superior”.
Cuando
ocurrieron los hechos, ninguno de los dos iba uniformado –no forman parte de la
misma área ni tienen relación directa de supra-subordinación–, estaban fuera de
servicio en una zona de civiles y no en instalaciones castrenses.
Con todo,
los jueces militares y un juzgado constitucional le negaron a Mendoza Pérez la
petición de llevar su causa al fuero civil, quien desde hace años ha sido un
activo promotor de la erradicación del fuero militar, por considerarlo una
medida injusta que favorece las violaciones a los derechos humanos.
Marchaba
por la paz
Un año
antes del tiroteo, el teniente Marcos Gerardo Mendoza Pérez se había sumado al
Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD), surgido a instancias del
poeta Javier Sicilia y de familiares de víctimas de la violencia desatada
durante el sexenio de Felipe Calderón.
Indignados,
varios oficiales del Ejército y la Marina denunciaban abusos de la justicia
castrense, a la que acusaban de propiciar la vulneración de derechos humanos de
civiles y militares por igual.
A Mendoza
y otros de sus compañeros en activo se les veía marchando junto con integrantes
de dicho movimiento, enviaban oficios a la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos y a los titulares de los tres poderes y participaban en foros y
audiencias de la Cámara de Diputados para pedir una reforma al fuero militar.
Por
ejemplo, el 26 de junio de 2012 el MPJD peregrinó a la Basílica de Guadalupe,
donde el obispo de Saltillo, Raúl Vera López, ofició una misa. El teniente y
sus compañeros, en procesión, ingresaron al templo del brazo de familiares de
víctimas de militares.
Para
entonces el teniente había hecho público su testimonio como comandante de un
batallón: reveló que el 19 de octubre de 2009 miles de militares fueron
disfrazados de policías federales para tomar las instalaciones de Luz y Fuerza
del Centro (LFC), extinguida esa noche por decreto de Calderón.
El
testimonio fue dado a conocer por Proceso en su edición 1841, del 12 de febrero
de 2012. En la entrevista con este semanario Mendoza explicó que le habían
fincado el delito de abandono de funciones. Él había cuestionado en diferentes
ocasiones el operativo de custodia de LFC, pues aseguraba que sus soldados
estaban en condiciones infrahumanas, con órdenes de no dejar entrar a
trabajadores y mantener en secreto su condición de militares.
“La
verdad, lo único que hacían (los trabajadores) era que iban y colocaban sus
mantas. Yo nunca vi que hubiera violencia ni agresiones como para mandarnos,
pues aunque desarmados, somos soldados de armas. Ellos (los trabajadores)
exigían lo que les correspondía, pues. Nunca nos agredieron”, dijo a este
semanario esa vez.
También
relató su primer desencuentro con el coronel Celedón cuando en mayo de 2010
acudió a ver a su hijo a una unidad habitacional militar de Irapuato y fue
retenido en el acceso por la Policía Militar. Afirmó que esa orden provino del
coronel, quien lo amenazó con acusarlo de insubordinación si intentaba ir otra
vez a ver al niño. De todas maneras quedó acusado.
“Le dije
que era una violación a mis derechos, pues en todo caso se trataba de un asunto
familiar y yo tenía derecho de visita y convivencia con el niño. Pero así es en
el Ejército: deciden hasta en derecho de familia”, explicó entonces.
Casos y
testimonios aparte, los militares y marinos que participaban en el MPJD, con
Mendoza incluido, tenían una serie de exigencias: transparentar el destino de
las nóminas retenidas a militares en juicio, investigar la cadena de mando en
las acusaciones por muerte o agresión a civiles, erradicar el fuero militar y
crear un tribunal especial (similar al electoral) integrado por jueces y
magistrados civiles.
El
desamparo
Concluida
su convalecencia en el Hospital General Militar, el teniente quedó preso. Se le
abrió la causa penal 462/2012 y el 26 de noviembre de 2012 el Juzgado Primero
Militar adscrito a la I Región le dictó formal prisión, lo que quedó confirmado
el pasado 8 de abril por el Tribunal Superior de Justicia Militar.
La
denuncia del teniente por “intento de homicidio” –interpuesta contra Celedón–
fue archivada por la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y el
coronel quedó libre, enfrentando sólo un cargo en el sistema judicial militar
por abuso de autoridad simple; es decir, sin tener en cuenta los disparos.
Conforme
a los autos asentados en el juicio de amparo 463/2013-IX-B, del Juzgado Primero
de Distrito de Amparo en Materia Penal, el teniente rechazó haber cometido el
delito que se le imputa.
Luego de
que el coronel Celedón le prohibiera visitar a su hijo en su domicilio, Mendoza
solía visitarlo a la salida de la escuela. Conforme a los antecedentes
expuestos en la demanda de amparo, no existe ninguna orden que impidiera que
Mendoza visitara a su hijo, lo que fue corroborado en la declaración
testimonial de su exmujer, la capitana Maribel Vázquez Vélez.
En el
juicio de amparo Mendoza probó que el día de los hechos no estaban en servicio
el coronel ni él mismo, que todo ocurrió fuera de instalaciones militares y que
si bien Celedón tiene mayor grado, sus respectivas áreas de trabajo no se
relacionan ni él se encontraba bajo el mando orgánico del coronel, razón por la
cual no es posible que se haya insubordinado.
Subrayó
que Celedón utilizó un arma de fuego en zona de civiles sin estar en funciones
militares ni tener participación en operación alguna, y realizó más de cinco
disparos que, según el coronel, hizo en legítima defensa.
Los
testigos civiles corroboraron que el agresor fue el coronel, a quien Mendoza
acusó por homicidio en grado de tentativa ante la Agencia Investigadora del
Ministerio Público, Mesa II, del fuero común, que hasta ahora no ha consignado
el expediente.
En el
juicio de amparo, Mendoza argumentó que el asunto debía ser tratado en el fuero
común. Esgrimió la tesis aislada 313 404, tomo XXXVIII, de 1933, donde se
establece que si un militar fuera de servicio mata a otro, el delito es
competencia del fuero común. A ésta se añadieron 11 tesis resueltas en años
recientes para exigir el proceso en el fuero común.
Durante
el juicio Celedón se contradijo. Por ejemplo, en una primera declaración
sostuvo que fue agredido y para defenderse sacó su arma y disparó, pero se le
encasquilló, así que siguió jalando el gatillo y hasta cuando vio al teniente
herido se dio cuenta de que era el padre del menor.
En una
segunda declaración afirmó que vio llegar al teniente, quien se dirigió a él
para agredirlo, por lo que debió disparar en legítima defensa.
No
obstante, los testigos confirmaron que fue el coronel quien inició la agresión;
unos dicen que a cabezazos y otros que ambos manotearon, tras lo cual el
coronel sacó su arma y disparó.
Para el
juzgado y el tribunal castrenses el delito de insubordinación se configuró en
los hechos del 19 de septiembre pues ambos son militares –hayan estado en
servicio o no– y Mendoza conocía el grado de Celedón, a quien le causó lesiones
con el supuesto cabezazo.
La
justicia militar dio por buena la denuncia por insubordinación en vías de hecho
causando lesiones al superior, aunque durante el juicio no se acreditó ninguna
lesión provocada por el teniente.
Con sus
argumentos, Mendoza pretendía demostrar que se violaron en su perjuicio los
artículos 14 y 16 constitucionales, así como disposiciones de tratados
internacionales suscritos por México; sin embargo, se le negó el amparo, con lo
que se confirmó el auto de formal prisión con el mismo argumento: el teniente
conocía la graduación de Celedón.
Y preso
se queda
Marcos
Gerardo Mendoza fue juzgado por el general Rogelio Rodríguez Correa, quien
–afirma el teniente– es compañero del agresor.
Rodríguez
Correa ya había encausado al teniente Mendoza en 2011 tras la otra acusación
por faltas a la disciplina militar hecha por Celedón la primera vez que se
opuso a que el teniente viera a su hijo. Además el coronel fue titular del
Juzgado Sexto Militar, donde se radicó la causa contra el teniente; ésta se
sumó a la número 426/2012. En dicho juzgado permanece el secretario de acuerdos
que sirvió también durante la titularidad de Celedón en esa instancia.
El
general Rodríguez, uno de los altos mandos supuestamente dedicados a promover
los derechos humanos en las Fuerzas Armadas durante el gobierno de Calderón, se
ha visto envuelto en diferentes casos polémicos; entre ellos el juicio a los
soldados que violaron a 14 mujeres en Castaños, Coahuila, en julio de 2006,
cuya sentencia (demasiado leve) fue criticada por defensores de los derechos
humanos.
El
recurso que intentó interponer Mendoza se radicó en el Juzgado Primero de
Amparo en Materia Penal, cuya titular es la juez Sandra Leticia Robledo Magaña,
envuelta con frecuencia en controversias por sus fallos.
Robledo
amparó al narcotraficante Miguel Ángel Treviño Morales, El Z-40, el pasado
julio; en 2008 al líder textilero Fermín Lara Jiménez, acusado de fraude a
Bacomext por más de 40 millones de dólares; en 2006 al expresidente
guatemalteco Alfonso Portillo contra una orden de extradición y, en 2005, a
Osiel Cárdenas Guillén, capo que lideró el Cártel del Golfo.
Pero a
Mendoza le negó el amparo. La defensa del teniente hace dos observaciones: la
juez difirió cinco veces la audiencia, dando tiempo a que se resolviera el caso
de abuso de autoridad contra Celedón en el fuero militar, y desoyó el criterio
emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 4 de septiembre de
2012, el cual establece que los delitos del orden común cometidos entre
militares deben procesarse por la justicia civil.
Con todo,
para la justicia castrense y para Robledo Magaña –según sus respectivas
argumentaciones–, si bien los hechos analizados pudieron derivar de cuestiones
personales, el teniente Mendoza trastocó y lesionó la disciplina castrense, lo
que es constitutivo de delito en ese fuero, por lo cual debe permanecer preso.
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