7 ene 2011

DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012.

06/01/2011
DECRETO por el que se aprueba el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 9o., 22, 26, 27, 29 y 32 de la Ley de Planeación, 27, 28, 30 Bis, 31, 32, 36 a 40 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 10 y 12, fracción I de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, así como 4 y 7, fracción III, de su Reglamento y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1o., señala que en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que la misma otorga, y prohíbe la esclavitud, salvaguardando la dignidad humana como valor intrínseco e inalienable de todo ser humano;
Que la trata de personas se ha considerado por los organismos internacionales como una nueva forma de esclavitud del siglo XXI, ya que el ser humano es tratado como objeto de explotación sexual y laboral, de remoción de órganos o formas análogas y se obtiene de él un provecho físico y económico, bajo condiciones de engaño, amenaza o violencia;
Que durante la última década nuestro país ha reconocido que el combate a la trata de personas en todas sus modalidades representa una de las áreas de política pública de mayor relevancia para el desarrollo armónico y de seguridad de México, por lo que ha ratificado instrumentos de vital importancia como la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños (Protocolo de Palermo) e impulsó la entrada en vigor de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de noviembre de 2007 y su respectivo Reglamento;
Que los artículos 10 y 12 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, señalan que la Comisión Intersecretarial para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas deberá elaborar el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, el cual deberá incluir, las políticas públicas en materia de prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección y atención a las víctimas del delito;
Que en cumplimiento del mandato legal antes referido, la citada Comisión Intersecretarial aprobó el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas;
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, mandata en el Eje rector 1, "Estado de Derecho y seguridad", en su objetivo 12 denominado "Asegurar el respeto irrestricto a los derechos humanos y pugnar por su promoción y defensa", específicamente en la estrategia 12.2, que se debe asegurar el respeto a los derechos humanos en toda la Administración Pública Federal, a través de acciones preventivas de capacitación, concientización y sensibilización de los servidores públicos, así como del establecimiento de medidas punitivas en contra de quienes incurran en prácticas violatorias a los derechos humanos;
Que el Programa Nacional de Derechos Humanos 2008-2012 en su objetivo 3, estrategia 3.3, señala que se deberá establecer un proceso de formación y actualización profesional a las y los servidores públicos que estén a cargo de la aplicación e implementación de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, que garantice el cumplimiento de los derechos humanos;
Que la atención al delito de trata de personas es una tarea que implica la actuación conjunta del gobierno y la sociedad, en el marco de los señalamientos de este programa, y
Que en términos de lo dispuesto por la Ley de Planeación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha sometido a la consideración del Ejecutivo Federal a mi cargo el referido programa, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012 es de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las unidades de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO TERCERO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las unidades administrativas de la Presidencia de la República, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, elaborarán sus respectivos programas anuales, mismos que servirán de base para la integración de sus anteproyectos de presupuesto, a efecto de que se prevean los recursos presupuestarios necesarios para el eficaz cumplimiento de los objetivos y metas del programa, en concordancia con las prioridades del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría de Gobernación con el auxilio de la Comisión Intersecretarial para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, y con la participación que conforme a sus atribuciones le corresponde a las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, evaluará de manera periódica el avance del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012, los resultados de su ejecución, así como su incidencia en la consecución de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012. Asimismo, realizará las acciones necesarias para hacer las correcciones procedentes y, en su caso, modificarlo.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de su competencia, vigilará el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la Procuraduría General de la República y las unidades administrativas de la Presidencia de la República, llevarán a cabo las acciones correspondientes al programa que se aprueba a través de este Decreto, con cargo a su presupuesto autorizado.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 5 de enero de 2011.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo.- Rúbrica.- El Secretario de Desarrollo Social, Jesús Heriberto Félix Guerra.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Juan Francisco Molinar Horcasitas.- Rúbrica.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.- Rúbrica.- El Secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos.- Rúbrica.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón.- Rúbrica.- La Secretaria de Turismo, Gloria R. Guevara Manzo.- Rúbrica.

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DOF: 06/01/2011
PROGRAMA Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas 2010-2012.

COMISIóN INTERSECRETARIAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS

PROGRAMA NACIONAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS 2010-2012

índice
Introducción
I. Fundamentación Normativa del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
II. Ejes a los que contribuye el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
III. Planeación Estratégica del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
3.1 Alineación de los Objetivos con los indicadores y metas al 2012
3.2 Vinculación de los Objetivos con las estrategias y líneas de acción
Introducción
Los efectos perniciosos de la trata sobre las personas en el orden internacional, regional y local convulsionan los sentimientos de las víctimas, afectan su libertad y dignidad, además de que atentan contra los valores más sensibles del ser humano como la igualdad y la no discriminación.
La trata de personas es un delito que por lo general se comete en un contexto de impunidad y de cierta tolerancia social, y en el cual, la mayoría de sus víctimas no conocen sus derechos, o se encuentran amenazadas por lo que no exigen su cumplimiento.
Asimismo, la trata de personas se considera un delito grave1 que comparte el escenario de comisión de otros delitos de igual naturaleza, donde también participa la delincuencia organizada.
Según el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) el 50% de las víctimas de trata son niños y niñas; asimismo, determina como principales condiciones de vulnerabilidad al delito: la pobreza, la desigualdad existente de niñas y mujeres, la baja tasa de matriculación escolar, los niños en situación de desamparo, la falta de registro de nacimientos, la alta demanda de servicios de explotación sexual y de mano de obra barata, así como las tradiciones y valores culturales.2 En el caso de México, las condiciones de vulnerabilidad también están asociadas al fenómeno migratorio.
La posición geográfica del país lo convierte en escenario de una intensa dinámica migratoria, agravando así el delito de trata de personas y conllevando a que el país sea considerado como un territorio de tránsito, origen y destino de víctimas de trata (fundamentalmente de niñas, niños y mujeres) que son trasladadas, tanto al interior como al exterior, para ser sujetas a la explotación sexual y laboral principalmente.3
No obstante el panorama anterior, la invisibilidad de la explotación en el país imposibilita la determinación de las causas y formas del sometimiento; por lo que la construcción de un diagnóstico que pudiera dimensionar la magnitud del delito resulta compleja y aún no ha sido desarrollada en México.
Ante esto, se reitera la necesidad de que el Estado Mexicano no sólo elabore políticas públicas para consolidar los esfuerzos para prevenir y erradicar este lacerante delito, si no también se elabore un diagnóstico específico en la materia.
Las políticas públicas parten de la convicción de que el respeto al estado de derecho y a los derechos humanos son condiciones indispensables para consolidar la democracia y la gobernabilidad nacional.
El Estado ha emprendido una estrategia integral para combatir el delito de trata que comprende, entre otros, la construcción de un marco jurídico y mecanismos de coordinación que se complementa con el establecimiento del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (PNPSTP).
El PNPSTP es resultado de la participación activa de diferentes instancias de gobierno, de la sociedad civil, de la academia y de los organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos.
Este programa parte del respeto de la dignidad de la persona y tiene como ejes fundamentales la continuidad que reconoce y recupera los avances en la materia, así como la integralidad que potencializa los beneficios para las víctimas de trata de personas y la sociedad.

Asimismo, prevé que el combate al delito de trata de personas debe buscar la solución de las diversas causas y consecuencias de la trata, trascendiendo el ámbito penal.
I. Fundamentación Normativa del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en su artículo 1, señala que en el país todo individuo gozará de las garantías que la misma otorga, y prohíbe la esclavitud, salvaguardando la dignidad humana como valor intrínseco e inalienable de todo ser humano.
De la misma forma, el artículo 133 de la CPEUM señala que la Constitución, las leyes del Congreso de la Unión y los Tratados que estén de acuerdo con la misma, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
En seguimiento a lo estipulado por la CPEUM y en cumplimiento a las obligaciones que se derivan de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo)4, del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo)5 y al compromiso del Estado de prevenir y perseguir el delito de trata de personas, se creó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (LPSTP)6.
En el artículo 5 de la LPSTP se tipifica la trata estableciendo que: "Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre o la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes".
En esta misma Ley, el Gobierno Federal establece la creación de la Comisión Intersecretarial para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (CIPSTP) a efecto de coordinar las acciones de sus miembros en la materia y con el objetivo de elaborar y poner en práctica el PNPSTP.
Es por ello que la Subcomisión Consultiva redactó el PNPSTP, por encargo de la CIPST, con la participación de servidores públicos, organismos sociales e instituciones académicas.
1.1 Propósito General del PNPSTP
El PNPST tiene como propósito general el prevenir y combatir el delito de trata de personas, así como proveer a las víctimas atención y protección a través de la coordinación, colaboración y concientización de los sectores público, social y privado.
1.2 Objetivos específicos del PNPSTP
El Programa cuenta con cuatro objetivos específicos, todos ellos articulados para cumplir con el propósito general, así como el compromiso en el ordenamiento respectivo que es implementar las políticas públicas necesarias para prevenir, perseguir y sancionar el delito de trata de personas.
Los objetivos del Programa son:
Objetivo 1. Conocer el contexto actual en materia de trata de personas, así como sus causas y consecuencias en el país.
Objetivo 2. Prevenir el delito de trata de personas y transformar el contexto de los patrones culturales de tolerancia hacia la explotación sexual, laboral y demás conductas vinculadas al mismo.
Objetivo 3. Coadyuvar en el mejoramiento de la procuración de justicia en materia de trata de personas.
Objetivo 4. Proporcionar una atención integral y de calidad a las personas en situación de trata, así como a familiares y testigos.
II. Ejes a los que contribuye el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
El PNPSTP se vincula con la mayoría de los objetivos del Eje 1 "Estado de Derecho y Seguridad" del Plan
Nacional de Desarrollo 2007-2012, al tomar en consideración la prevención del delito, la cooperación internacional, la seguridad fronteriza y los derechos humanos. Asimismo, existe vinculación con el Eje 5 "Democracia Efectiva y Política Exterior Responsable" al plantearse la promoción y aplicación de instrumentos internacionales sobre la trata y tráfico de personas.
Al estar asociada esta problemática con el fenómeno migratorio, algunos de los objetivos del PNPSTP contribuyen a consolidar una política exterior responsable al fomentar la cooperación internacional para alcanzar una efectiva prevención, persecución y atención del delito de trata de personas.
PND
PNPSTP

Ejes rectores
Objetivos
Objetivo 1
Objetivo 2
Objetivo 3
Objetivo 4

Eje 1. Estado
de Derecho y
Seguridad
OBJETIVO 1
Garantizar la certeza jurídica y predictibilidad en la aplicación de la ley para toda la población.
OBJETIVO 2
Garantizar el acceso de todos los ciudadanos a un sistema de justicia eficaz.
OBJETIVO 4
Modernizar el sistema de justicia penal encaminado a lograr un marco normativo que garantice justicia pronta y eficaz
OBJETIVO 5
Combatir la impunidad para disminuir los niveles de incidencia delictiva.
OBJETIVO 7
Establecer mecanismos y procesos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones del fenómeno delictivo en México, y aseguren la disponibilidad de información confiable y oportuna.
OBJETIVO 10
Combatir a la corrupción de forma frontal.
Eje 1. Estado
de Derecho y
Seguridad
OBJETIVO 11
Fomentar el desarrollo de una cultura de la legalidad.
OBJETIVO 12
Asegurar el respeto irrestricto a los derechos humanos y pugnar por su promoción y defensa.
OBJETIVO 14
Salvaguardar la seguridad en las fronteras, así como la integridad y el respeto a los derechos humanos tanto de los habitantes de estas zonas, como de los migrantes.
OBJETIVO 18
Fomentar la participación ciudadana en la prevención y combate del delito.

Eje 5.
Democracia
efectiva y
política exterior
responsable
OBJETIVO 7
Contribuir a los esfuerzos de la comunidad internacional para ampliar la vigencia de los valores y principios democráticos, las libertades fundamentales y los derechos humanos, así como el desarrollo sustentable.


III. Planeación Estratégica del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
3.1 Alineación de los Objetivos con los indicadores y metas al 2012
OBJETIVO DEL
PNPSTP
NOMBRE DEL INDICADOR
UNIDAD DE MEDIDA
SITUACIóN
ACTUAL
META 2012

OBJETIVO 1
Diagnóstico nacional en materia de trata de personas Número de diagnósticos
0
1

OBJETIVO 2
Campañas de Trata en la APF Número de campañas de
trata realizadas por la APF
116 7
Aumentar en 30% número
de campañas de trata

Mecanismos de coordinación establecidos en los tres órdenes de gobierno % Convenios establecidos

No de Entidades
Federativas con
convenios/No total de
Entidades
Federativas*100
No disponible 8
Cubrir el 100% de las
entidades federativas

OBJETIVO 3
Averiguaciones previas en la PGR en materia de trata de personas Número de
averiguaciones previas
34 9
Aumentar el número de
integración de
averiguaciones al 80%

Incremento en la armonización de leyes % de leyes armonizadas
en entidades federativas
No disponible 10
Armonizar el 100% de las
leyes en las entidades

OBJETIVO 4
Víctimas de trata atendidas Número de víctimas
atendidas
FEVIMTRA, INAMI,
SRE

32 11, 21 12, 107 13
Atender el 100% de
víctimas de trata
detectadas

Instrumentos de atención a víctimas de trata Cantidad de instrumentos
de atención a víctimas de
trata (normas oficiales,
protocolos y circulares)
1 14
Incrementar en 100 %

OBJETIVOS 1, 2, 3 y 4
Informes semestrales del cumplimiento de las líneas de acción del PNPSTP % de líneas de acción
cumplidas
Ninguno 15
100%

Acuerdos cumplidos en el marco de la CIPSTP % de acuerdos cumplidos
de la CIPSTP
22 16
Cumplir el 80% de los
acuerdos

OBJETIVOS 2 Y 3
Capacitaciones y formación en materia de trata de personas Número de capacitaciones
y formación en materia de
trata de personas
2,817 17
Aumentar en un 20% el
porcentaje de acciones de
formación



3.2 Vinculación de los Objetivos con las estrategias y líneas de acción
Objetivo 1.
Conocer el contexto actual en materia de trata de personas así como sus causas y consecuencias en el país.
Estrategia 1.1 Realizar estudios e investigaciones en los sectores público, social y privado, que permitan conocer las causas y contexto del delito para prevenir y erradicar la trata de personas.
Líneas de acción.
· Elaborar un diagnóstico nacional del delito de trata de personas.
· Elaborar un estudio del perfil delincuencial de los tratantes que permita sustentar la prevención del delito, enriquecer las políticas públicas y estrategias de persecución del delito.
· Elaborar un mapeo georeferencial que permita identificar las particularidades e incidencia de la trata en el territorio nacional.

· Elaborar un estudio de las costumbres y tradiciones de los diversos pueblos indígenas para conocer su creencia y prácticas, respecto de matrimonios forzados, servidumbres, venta de niños y niñas, explotación laboral de menores de edad y demás conductas que pudieran vincularse con el delito de trata de personas.
Objetivo 2.
Prevenir el delito de trata de personas y transformar el contexto de los patrones culturales de tolerancia hacia la explotación sexual, laboral y demás conductas vinculadas al mismo.
Estrategia 2.1 Impulsar la creación de mecanismos para prevenir las modalidades de la trata de personas
Líneas de acción.
· Proponer el diseño e implementación de un sistema eficiente y ágil para la búsqueda de personas desaparecidas.
· Proponer la creación de un sistema de monitoreo de los contenidos en medios de comunicación para evitar que se promuevan conductas vinculadas a la trata de personas.
· Impulsar la adopción de un código de conducta entre los medios de comunicación a través del cual se comprometan a no difundir anuncios que fomenten la trata de personas.
· Proponer la creación de directrices a los prestadores de servicios de transporte y hospedaje, para impedir la consumación del delito en sus instalaciones y denunciar hechos que pudieran derivar en la posible trata de personas.
Estrategia 2.2. Propiciar la colaboración y coordinación con los gobiernos locales en materia de trata de personas.
Líneas de acción.
· Proponer la celebración de un convenio marco con las entidades federativas para prevenir y sancionar la trata de personas.
· Impulsar, mediante acuerdos y propuestas específicas, la creación de comisiones especializadas en los congresos locales, así como de instancias municipales, para la realización de programas de prevención, persecución y erradicación del delito de trata de personas.
· Promover acciones para propiciar el registro de niños al momento de su nacimiento.
Estrategia 2.3 Informar y sensibilizar a la población en materia de trata de personas
Líneas de acción:
· Diseñar y difundir campañas sobre la no tolerancia del delito, la sanción y el repudio a los tratantes y consumidores.
· Diseñar y difundir campañas en contra de la pornografía, prostitución forzada, explotación sexual y laboral, y las diversas conductas y riesgos de la trata de personas.
· Implementar actividades de prevención y de denuncia del delito de trata de personas en escuelas públicas y privadas.
· Dar orientación, llevar a cabo acciones y difundir materiales de prevención de trata de personas a organizaciones, sindicatos, confederaciones y empresas.
· Establecer mecanismos de participación conjunta con medios de comunicación para impulsar el rechazo social hacia la explotación sexual y laboral, así como prostitución, tráfico ilícito de personas y
demás conductas vinculadas con la trata de personas.
· Promover los sitios de Internet para denunciar páginas Web que ofrezcan servicios de prostitución, pornografía infantil y demás delitos conexos, vinculando a las redes sociales.
· Proponer que los entes públicos realicen acciones de información y orientación sobre los derechos laborales de las personas.
Estrategia 2.4 Desarrollar herramientas de capacitación y formación dirigidas a los servidores públicos de los tres ámbitos de gobierno sobre dignidad humana y prevención del delito de trata de personas.
Líneas de acción:
· Diseñar e impulsar un programa integral de capacitación y formación en los tres órdenes de gobierno en materia de trata de personas.
· Promover a través de la CIPSTP acciones de capacitación especializada sobre la prevención de la trata de personas y delitos relacionados.
· Promover la formación de personal especializado capaz de multiplicar sus conocimientos para trasmitir información sobre derechos humanos y la prevención del delito de trata de personas.
Estrategia 2.5 Priorizar a los niños y niñas18 como el grupo más vulnerable del delito de trata de personas.
Líneas de acción:
· Diseñar e implementar una campaña de difusión en medios de comunicación que visualice a niños y niñas como un grupo de alta vulnerabilidad, promoviendo una cultura de respeto a los derechos de los niños y de la prohibición de someterlo a cualquier forma de explotación.
· Impulsar la armonización del marco jurídico nacional a efecto de adecuarlo a la definición de "niño" prevista en la Convención sobre los derechos del niño.
· Crear mecanismos de control para impedir que los niños utilicen servicios de transporte público sin el consentimiento de sus padres o tutores.
· Promover entre los prestadores de servicios de hospedaje la denuncia ante posibles conductas asociadas al delito de trata de personas en niños.
Objetivo 3. Coadyuvar en el mejoramiento de la procuración de justicia en materia de trata de personas
Estrategia 3.1 Implementar procedimientos ágiles y seguros para las personas en situación de trata.
Líneas de acción:
· Identificar a través de un ejercicio de evaluación los obstáculos que impiden el adecuado acceso a la procuración e impartición de justicia a las víctimas de trata.
· Proponer mecanismos que faciliten el acceso a la justicia de las personas en situación de trata.
· Impulsar mecanismos que faciliten la coordinación interinstitucional en el proceso de procuración e impartición de justicia.
· Fomentar la coordinación de las procuradurías de justicia para la persecución y sanción del delito de trata de personas.
· Proponer la implementación de mecanismos que aseguren que los centros de salud atiendan y canalicen a las personas en situación de trata a las instancias de procuración de justicia.
· Impulsar la realización de estudios jurídicos para detectar las limitaciones de los códigos sustantivos y procesales para alcanzar un sistema de justicia efectivo y eficaz.

Estrategia 3.2 Incentivar la denuncia del delito.
Líneas de acción:
· Mejorar y difundir el sistema de denuncia anónima existente.
· Incentivar a través de la difusión masiva la participación de la sociedad en la denuncia del delito.
· Fomentar que los entes públicos refieran los casos de trata de personas a las autoridades competentes.
Estrategia 3.3 Fomentar la cooperación internacional para la persecución del delito.
Líneas de acción:
· Reforzar los sistemas de colaboración e intercambio de información de inteligencia con los países de acuerdo con los tratados internacionales existentes.
· Crear mecanismos ágiles y eficaces para el intercambio de información entre los países acerca de presuntos tratantes, redes de delincuencia y de personas en situación de trata.
· Intercambiar información con otros países sobre prácticas efectivas para prevenir y sancionar el delito de trata de personas.
· Propiciar la armonización legislativa para la efectiva aplicación de los diversos acuerdos e instrumentos internacionales vinculados a la trata de personas y crimen organizado.
Estrategia 3.4 Promover la capacitación de personal encargado de la seguridad pública y de la procuración y administración de justicia en los tres órdenes de gobierno.
Líneas de acción:
· Capacitar a los servidores públicos sobre la obligación que tienen de aplicar en el ámbito de su competencia jurisdiccional los diversos instrumentos internacionales que México ha firmado y ratificado en materia de trata de personas y delincuencia organizada, la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, con su reglamento.
· Difundir el contenido de los protocolos de atención a niños víctimas de trata de personas.
Estrategia 3.5 Analizar el marco jurídico nacional y, en su caso, proponer reformas al mismo.
Líneas de acción:
· Realizar un análisis del marco jurídico nacional en materia de trata de personas.
· Proponer la tipificación como delito grave el consumo19 o aprovechamiento de la trata de personas, así como de los delitos vinculados a la trata de personas.
· Propiciar la creación de un mecanismo conjunto para identificar y corregir posibles actos de revictimización durante el proceso judicial.
· Proponer la revisión y adecuación de la LPSTP y su Reglamento, así como de los diversos códigos penales a la definición de niño, prevista en la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo primero establece que se entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
Objetivo 4. Proporcionar una atención integral y de calidad a las personas en situación de trata, así como a familiares y testigos.
Estrategia 4.1 Fortalecer la coordinación de los entes públicos de los diferentes órdenes de gobierno para la atención integral a las personas en situación de trata.
Líneas de acción:
· Establecer convenios de coordinación entre los entes rectores de los diferentes órdenes de gobierno para la atención integral de las personas en situación de trata.
· Proponer la creación de un modelo integrador que garantice, a través de la referencia, la atención integral correspondiente fundamentada en la valoración de cada una de las modalidades de trata.
· Propiciar la homologación de la atención en materia de salud que brindan las instituciones públicas, privadas y sociales a las personas en situación de trata.

· Promover la incorporación de la obligación de atender la trata de personas en los códigos de conducta y de ética de las dependencias y entidades de la APF.
· Diseñar un protocolo de actuación policial y ministerial para la atención de personas en situación de trata.
· Proponer la creación de un mecanismo de apoyo a las víctimas de trata de personas con el fin de que recuperen su proyecto de vida, a través de: becas educativas, capacitación para el trabajo, acceso a programas productivos y a programas de trabajo temporal, entre otros.
· Proponer la creación de refugios temporales para víctimas de trata de personas.
· Impulsar que se garantice la asistencia material, médica y psicológica, en todo momento, a las víctimas del delito, la cual según sea el caso deberá ser en su lengua o idioma;
· Ejecutar y promover el desarrollo y ejecución de planes para la construcción de albergues específicamente creados para las víctimas de trata de personas, donde se les brinden las condiciones para garantizar el respeto a sus derechos humanos, así como alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica y psicológica, alimentación y los cuidados mínimos atendiendo a las necesidades particulares de las víctimas con especial referencia a las niñas, niños, adolescentes y mujeres.
· Impulsar que se proteja, y dé seguridad y salvaguarda de su integridad y la de sus familiares ante amenazas, agresiones, intimidaciones o venganzas de los responsables del delito o de quienes estén ligados con ellos.
Estrategia 4.2 Dar seguimiento a los servicios de atención proporcionados a las personas en situación de trata por entes de los sectores público, privado y social.
Líneas de acción:
· Establecer directrices y mecanismos para que los responsables de brindar atención médica, psicológica, de asistencia social y jurídica a las víctimas de trata, recaben y sistematicen información de los servicios proporcionados.
· Proponer la integración de una base de datos sistematizada y homologada sobre los servicios de atención otorgados a las personas en situación de trata, que permitan darle un seguimiento a su condición jurídica, atención, tratamiento y ubicación.
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1 En términos del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.
2 Publicación, Contra la trata de niñas, niños y adolescentes, UNICEF, Unión Interparlamentaria, marzo, 2005.
3 Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que propician la Trata de Personas en México, Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, México, 2009.
4 Adoptada el 15 de noviembre de 2000. Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de abril de 2003.
5 Adoptado el 15 de noviembre de 2000. Publicado en el DOF el 10 de abril de 2003.
6 Publicada en el DOF el 27 de noviembre de 2007.
7 Información solicitada el 28 de septiembre de 2010 a las dependencias que integran la Comisión, referida al año 2010.
8 No disponible, en virtud de ser una acción por implementarse específicamente al tema de trata de personas.
9 Averiguaciones previas sobre trata de personas iniciadas por la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA), en el periodo de septiembre 2009 al 31 de julio de 2010; de las cuales correspondientes al periodo enero a junio de 2010 se reportan 12 averiguaciones previas y del periodo 2008 a 2010 se reportan 5 averiguaciones previas consignadas. Fuente: Cuarto informe de labores de la Procuraduría General de la República (PGR).
10 No disponible, no obstante son la mayoría de las entidades federativas las que han legislado en la materia para tipificar el delito de trata de personas, no se ha llevado a cabo el análisis de armonización del tipo penal con el Protocolo de Palermo ni con la Convención sobre los Derechos del Niño, sus Protocolos facultativos, la LPSTP y demás instrumentos aplicables.
11 Víctimas de trata de personas atendidas por la FEVIMTRA, en el periodo enero a junio de 2010. Fuente: Cuarto informe de labores de la PGR.
12 Víctimas de trata atendidas por el Instituto Nacional de Migración (INAMI) de enero a septiembre de 2010, de las cuales 7 fueron repatriadas. El Instituto reporta un total de 125 víctimas atendidas de 2008 a septiembre de 2010, de las cuales 82 fueron repatriadas. Información solicitada el 28 de septiembre de 2010 a las dependencias que integran la Comisión, referida al año 2010.
13 Víctimas que reporta la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) que se han atendido a través de las representaciones diplomáticas de enero a octubre de 2010. Reportan un total de 577 víctimas atendidas a través de las representaciones diplomáticas en el periodo comprendido del 2007 a octubre de 2010. Información solicitada el 28 de septiembre de 2010 a las dependencias que integran la Comisión, referida al año 2010.
14 Lineamientos regionales para la protección especial en casos de repatriación de niños, niñas y adolescentes víctimas de trata de personas
del INAMI
15 Aún no existen acciones, en virtud de la próxima implementación del Programa.
16 Total de acuerdos celebrados en la CIPSTP.
17 Total de acciones de capacitación de las dependencias que integran la Comisión. Información solicitada el 28 de septiembre de 2010 a las dependencias que integran la Comisión, referida al año 2010.
18 Considerando la definición del artículo 1o. de la Convención sobre los Derechos del Niño del niño como todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
19 Al no estar tipificada la conducta, no existe un término jurídico para la conducta de quienes consumen, se aprovechan o son partícipes del alquiler de seres humanos; no obstante, estos términos son de aceptación generalizada para hacer referencia a la conducta de consumo.

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