20 sept 2008

Modelo Nacional de Control de Confianza

Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, en el marco de la XXIII Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública, celebrada en Palacio Nacional el día 21 de agosto de 2008,
Compromisos:
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Federal se compromete a alcanzar los siguientes objetivos:
I. Depuración y fortalecimiento de instituciones de seguridad y procuración de justicia.
1.1 Crear un modelo nacional de evaluación y control de confianza.
Las secretarías de Seguridad Pública y Gobernación se comprometen a diseñar un protocolo de evaluación y control de confianza e impulsar su aprobación por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
• Tiempo de ejecución: 1 año.
1.3 Sujetar a evaluación permanente y de control de confianza, a través de organismos certificados, al personal de las instituciones policiales, de procuración de justicia, del Instituto Nacional de Migración, de Aduanas y de los centros de readaptación social federales.
Las secretarías de Seguridad Pública, Gobernación, Hacienda y Crédito Público así como la Procuraduría General de la República se comprometen a evaluar a su personal en áreas sensibles; a dar seguimiento a elementos dados de baja y a comunicar sus resultados a un observador ciudadano.
• Tiempo de ejecución: un año
XXIV Sesión del Consejo Nacional se Seguridad Pública,
Palacio Naciomal a 19 de septiembre de 2008;
Protocolo para el Centro de Control de Confianza, a cargo del licenciado Guillermo Valdez, director del CISEN
Guillermo Valdés: Con su permiso señor Presidente, Señor Secretario, señores, señoras gobernadoras, Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
En cumplimiento a dos compromisos del Acuerdo por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, firmado apenas hace un mes, están dos compromisos.
1.1 Crear un modelo Nacional de Evaluación y Control de Confianza.
La Secretaría de Seguridad Pública y Gobernación se comprometen a diseñar un protocolo de evaluación y control de confianza e impulsar su aprobación por el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
1.2 Impulsar la creación de centros estatales de control de confianza certificados, la Secretaría de Seguridad Pública y Gobernación se comprometen a regular el funcionamiento de organismos públicos y privados, certificación e impulsar la creación en coordinación con las entidades federativas de centros estatales de control de confianza certificados.
Esta pequeña presentación tiene carácter meramente informativo, todavía no es el momento de someter a la aprobación de este Consejo Nacional de Seguridad Pública este documento, simplemente se esta poniendo a consideración de ustedes, este modelo de evaluación y Control de Confianza.
Si leemos con atención el acuerdo firmado hace un mes, un componente central de esos 75 compromisos, es el fortalecimiento de toda la estructura institucional del Estado mexicano responsable de la seguridad pública y la procuración de justicia.
Ese fortalecimiento de las instituciones tiene que ver con muchos aspectos y uno de ellos central, es el control y la evaluación de la confianza del personal que trabaje en ellos, de ahí la importancia de este protocolo.
¿En qué consiste el proceso de evaluación y control de confianza? Vemos la siguiente lámina, por favor.
Es un proceso, el control y la evaluación de confianza, es un proceso que tiene dos objetivos:
Primero garantizar niveles de profesionalismo, confiabilidad y seguridad en las instituciones de seguridad y procuración de justicia, mediante la aplicación de un proceso de rigurosa selección y evaluación del personal que desea ingresar a las instituciones, pero también del personal ya en activo de que participa en ella.
En segundo grado, el objetivo consiste en detectar vulnerabilidades para detectar riesgos de corrupción, impunidad y penetración del crimen organizado que puedan dañar el patrimonio y el cumplimiento de los objetivos de las instituciones. Como ven son dos objetivos centrales y fundamentales para poder contar con instituciones al servicio de los ciudadanos.
El proceso de control y evaluación de confianza, se define a partir de perfiles de puestos en las distintas instituciones, los policías preventivos, los policías de investigación, los policías de reacción, etcétera, o el ministerio público, los auxiliares del ministerio público, se definen perfiles de puesto, criterios de evaluación para cada uno de esos puestos y esto dentro de normas y políticas generales para el personal de estas instituciones, y contiene cuatro fases o cuatro estampas el proceso de control y evaluación de confianza.
El primero es la evaluación psicológica que se aplica tanto en el caso del personal de nuevo ingreso, para identificar a aquellos candidatos que tienen las características de personalidad, que tienen las competencias, que tienen las capacidades y habilidades de desempeñar ciertos puestos.
Además la aplicación generalizada de estos exámenes al personal de nuevo ingreso, permite identificar las necesidades de capacitación posteriores.
La evaluación psicológica aplicada al personal en activo ya de las instituciones, permite identificar cuáles son los factores de éxito en el cumplimiento de las funciones, cuáles son los recursos, cuál es el potencial del recurso humano que se tiene en las instituciones.
Asimismo se pueden detectar, qué vulnerabilidades tiene este personal, qué áreas de oportunidad para el crecimiento de los recursos humanos y establecer mejores planes de capacitación y profesionalización.
La segunda fase tiene que ver con la evaluación poligráfica, este instrumento permite en el caso del personal de nuevo ingreso, garantizar que este sea confiable, que este apegado, que sus hábitos personales, que sus valores y sus principios sean acorde a los que la institución requiere, y por tanto de esa manera, se previenen riesgos en la actuación del personal que puedan dañar a la institución y su funcionamiento.
Cuando este instrumento, el polígrafo se aplica de manera permanente y sistemática al personal que esta inactivo en todas las instituciones, se puede verificar el apego del personal en funciones a los principios, a las normas y a los valores institucionales.
Permite a demás identificar los riesgos en la actuación del personal, riesgos que puedan vulnerar el cumplimiento de objetivos y fortalecer en el personal los niveles de seguridad, disciplina y doctrina para garantizar un funcionamiento adecuado de las instituciones.
La tercera parte del proceso de evaluación, consiste en realizar una investigación socioeconómica del personal que en el caso de los aspirantes a pertenecer a policías, ministerios públicos o procuradurías, habría que este examen permite verificar la congruencia del estilo de vida con sus ingresos, nos permite verificar antecedentes penales, personales, profesionales, sociales y laborales.
En el caso del personal en el activo, también es importante estar realizando periódicamente este examen, estas pruebas para verificar la congruencia entre nivel de ingreso y situación patrimonial de los servidores de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia.
Y, además, ayuda a verificar riesgos en función de la naturaleza del puesto que se desempeña.
Finalmente la cuarta parte, o cuarta parte del proceso de control y evaluación de confianza, consiste en la evaluación médica y toxicológica, que en este sentido tanto para personal en activo como el de nuevo ingreso, nos permite verificar el estado de salud e integridad física del personal, les haga posible cumplir con sus funciones y responsabilidades, además de detectar el consumo de drogas o fármacos que generen efectos adictivos y que dañen la tarea.
Este es el proceso de control y evaluación de confianza, que se pretende instaurar en todas las instituciones policíacas y de procuración de justicia en todo el país, para ello será necesario idear Centros de Control y Evaluación de confianza, que tendrán la siguiente misión:
Garantizar márgenes de seguridad, confiabilidad, eficiencia y competencia en instituciones de seguridad y procuración de justicia, mediante mecanismos rigurosos de control y evaluación de confianza al personal, que garanticen la operatividad eficacia y cumplimiento de objetivos institucionales y nacionales.
Estos centros tendrían cuatro objetivos específicos a conseguir que sería el primero:
Depurar y fortalecer las instituciones de seguridad y procuración de justicia, al estar cumpliendo con este primer objetivo habremos dado un paso fundamental en el fortalecimiento del Estado en tanto proveedor de Estado de derecho y de seguridad para los ciudadanos, este primer objetivo es fundamental.
Segundo, asegurar la identificación de perfiles competentes, confiables que destaquen por principios de honestidad, éticos, vocación de servicio y preparación profesional.
Tercero, aportar elementos que orienten la toma de decisiones en materia en las carreras de desarrollo, tanto policial, como de procuración de justicia mediante la identificación oportuna de riesgos, áreas de oportunidad, la potencialidad de los recursos, necesidades de capacitación, etc.
Cuarto objetivo, facilitar la identificación de riesgos que en procesos de investigación auxilien la procuración de justicia y fortalezcan la seguridad pública.
Esto sería la presentación, señores secretarios.
Monte Alejandro Rubido García: Muchas gracias señor director, Guillermo Valdés, como siguiente punto del orden del día, se consulta a los señores consejeros, si existe algún comentario sobre los puntos hasta ahora abordados.
¡Ningún comentario!
Mmm.

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