5 dic 2011

La guerra de Calderón ante la CPI

La guerra de Calderón ante la CPI/ Netzaí Sandoval Ballesteros, Licenciado y maestro en Derecho por la UNAM. Enfoque de Reforma, 04-Dic-201El 25 de noviembre presentamos información al fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) que documenta la presencia de crímenes de guerra y de lesa humanidad en México, con la solicitud de que inicie una investigación sobre la situación. El saldo del conflicto iniciado por Felipe Calderón en diciembre de 2006 es de más de 50 mil personas muertas, por lo menos 10 mil desaparecidos y 230 mil desplazados.  
Pedimos que se sancionen conductas del Ejército mexicano y otras corporaciones gubernamentales como la práctica sistemática de la tortura para obtener confesiones, realización de desapariciones forzadas, violaciones sexuales a mujeres e incluso a niñas como forma de represión, venta de migrantes a los cárteles de la droga en calidad de esclavos, agresiones y homicidios en contra de civiles así como la práctica de ejecuciones extrajudiciales.
Particularmente solicitamos que se juzgue la responsabilidad de los altos mandos militares y civiles. Quienes sostienen que para procesar a Calderón o a Genaro García Luna se necesitan órdenes expresas de ataques a la población, se llevarán una triste decepción cuando lean el artículo 28 del Estatuto de Roma: Calderón debió tomar medidas para evitar las agresiones y debió sancionar a los responsables, en lugar de garantizarles impunidad. En cuanto a los cárteles del narcotráfico, señalamos que practican la mutilación de forma cotidiana, dimos cuenta de diversos ataques a hospitales y centros de rehabilitación, del reclutamiento de niños menores de 15 años para participar en el conflicto armado, de secuestros y desapariciones forzadas, de ataques a civiles y de asesinatos masivos de migrantes centroamericanos que son enterrados en "narcofosas".
En estos 5 años Calderón debió tomar medidas para evitar una investigación internacional. Pudo ordenar a la Procuraduría General de la República aplicar realmente el Protocolo de Estambul y dejar de utilizar declaraciones obtenidas mediante tortura; estaba obligado a ordenarle al Ejército que presentara de inmediato a los detenidos ante las autoridades civiles y dejara de interrogarlos en bases militares; tenía facultades para poner en funcionamiento el registro inmediato de detenciones (señalado en la Constitución mexicana) para que las familias tengan la posibilidad de saber si una persona está en poder de autoridades o se puede sospechar una desaparición forzada o un secuestro; pero sobre todo, debió atender a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que le hizo notar una absoluta ausencia de protocolos de actuación en materia de seguridad pública que "ponía en un estado de sensible vulnerabilidad los derechos de las personas".
El último factor demuestra una grave realidad en México: las personas no saben qué derechos tienen frente a un retén militar o durante un operativo; ni si deben informar su destino o permitir acceso a sus vehículos; no saben en qué momento los soldados están autorizados para disparar. Pero lo más peligroso es que los soldados tampoco lo saben, porque en México no existen protocolos que les permitan responder a diversas situaciones críticas. Esto ha provocado muertes de ciudadanos e incluso de policías y militares: ello es responsabilidad directa del Ejecutivo federal.
La crisis humanitaria es tan evidente, que tres aspirantes con posibilidades de alcanzar la Presidencia ya se han comprometido con el regreso paulatino del Ejército a los cuarteles: López Obrador, Creel y Peña Nieto.
El principio de complementariedad plantea que las jurisdicciones nacionales deben llevar a cabo procesos penales imparciales y que en caso de que ello no sea posible la CPI puede ejercer su jurisdicción. Uno de los elementos más aterradores del caso es que en México los crímenes de guerra y de lesa humanidad no son considerados delitos.
Incluso si existiera voluntad para juzgar a los responsables, los jueces mexicanos no podrán llevar procesos en contra de quienes cometieron y ordenaron estos actos. Tan sólo por citar un ejemplo, el reclutamiento de niños por parte de los cárteles de la droga no es un delito.
La desaparición forzada de personas tampoco constituye un delito en 24 de las 32 entidades federativas. Ello explica la proliferación de la terrible práctica de los "levantones". Cuando los familiares denuncian ante las autoridades, ni siquiera se abre una investigación, pues la conducta no es por sí misma perseguible.
La violenta y amenazante reacción del gobierno federal genera interrogantes preocupantes: ¿las conductas de los cárteles tampoco son perseguibles por la CPI?, ¿también está defendiendo a todos los narcotraficantes que fueron señalados en nuestro escrito?, ¿el Ejecutivo aplicará todo el peso de la ley contra los 23 mil ciudadanos que acudimos a buscar justicia?
México se encuentra hoy ante una disyuntiva clara: la CPI o más impunidad y persecución.
@Netzai_Sandoval

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