Amnistía Internacional (AI) presenta a diputadas informe sobre torturaAI recomendó al Congreso mexicano adoptar sin demora la Ley General contra la Tortura.
En
la presentación del informe realizado por Amnistía Internacional (AI)
“Sobrevivir a la muerte. Tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en
México”, organizada por la diputada Claudia Corichi García (del Movimiento Ciudadano), legisladoras
de Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano, Revolución Democrática y del PRI urgieron
incluir la perspectiva de género en el marco jurídico contra la tortura.
El
Estado informó -dice Corichi- en abril de 2015, que la PGR contaba con 2 mil 420 investigaciones sobre tortura y existen sólo 15
sentencias condenatorias por este delito.
AI urge a que tomen medidas todas las instancias de gobierno, a fin
de atajar el grave problema de violencia sexual. “Ninguna mujer merece ser
torturada sexualmente ni en otras formas. No se justifica bajo ningún
argumento”, reiteró.
Al
presentar el informe, Madeleine Penman, investigadora de AI en México, señaló
que la tortura despuntó de 2003 a 2013, y el número de quejas ante la CNDH
aumentó en más de 600 por ciento. En un solo año, hubo más de 12 mil quejas en
todo el país por tortura o malos tratos.
El
documento muestra la realidad de cien mujeres detenidas y entrevistadas entre
2015 y 2016, recluidas en centros penitenciarios, acusadas de delitos federales
como delincuencia organizada, contra la salud y secuestro.
Detalló
que durante el arresto, del total, 97 denunciaron que fueron víctimas de
violencia física, 72 sexual y 33 de violación.
Mencionó
que es frecuente que sean arrestadas en grupo y acusadas de ser novias de
delincuentes o cómplices de actos delictivos, sin que existan pruebas sólidas
que respalden esas acusaciones.
Un
hallazgo es que las mujeres consideran la violencia sexual como algo normal.
Además, las víctimas no tienen acceso a ginecólogos después de ser abusadas y
las heridas pueden borrarse en una semana.
“De
los miles de denuncias de tortura realizadas desde 1991, sólo 15 han concluido
en sentencias condenatorias a nivel federal”, comentó.
Pese
al elevado número de denuncias presentadas por mujeres víctimas de violencia
sexual, incluida la tortura u otros malos tratos a manos de las fuerzas
armadas, el Ejército informó a AI que no se había suspendido del servicio ni un
solo soldado por estos delitos entre 2010 y 2015, mientras que, en la Marina,
se suspendió a cuatro elementos durante ese mismo periodo.
Precisó
que sólo un marino fue condenado por abusos sexuales, que fue dado de baja
temporalmente, lo que permite reintegrarse a la corporación, una vez cumplida
su pena en prisión.
Hasta
el momento, recalcó, la PGR no ha publicado datos desglosados sobre víctimas de
tortura. Esto ha tenido como efecto “rodear el problema con un velo de
secretismo y ha impedido dar respuestas informadas con las que abordar la
violencia contra las mujeres durante el arresto y la detención”.
En
la policía y en las fuerzas armadas, agregó, se realizan cientos de sesiones de
capacitación sobre género, violencia y derechos humanos, pero no parecen haber
tenido un impacto apreciable a la hora de reducir las violaciones de los
derechos humanos de las mujeres.
Amnistía
Internacional recomendó al Congreso mexicano adoptar sin demora la Ley General
contra la Tortura, garantizando que incluya los siguientes elementos:
-Penalizar
la tortura y otros malos tratos con arreglo a las normas internacionales, en
concreto a la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
-Excluir
de las actuaciones judiciales, todas las declaraciones y pruebas obtenidas bajo
tortura u otros malos tratos quedan, excepto en contra de un posible
perpetrador, como evidencia de que la tortura ocurrió.
-Garantizar
en la ley que, cuando se presenten pruebas obtenidas bajo tortura u otros malos
tratos, el juez excluya dichas pruebas desde el principio e inicie una
investigación dentro del juicio, con el fin de adoptar una decisión final.
-Además,
que la carga de la prueba debe recaer sobre el Estado, para comprobar más allá
de toda duda razonable que la evidencia fue obtenida legalmente.
Así
también, modificar el artículo 48 de la Ley de la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos, para obligar a la CNDH a proporcionar copias de los
resultados de los exámenes médicos y psicológicos a las víctimas y a sus
representantes, con independencia de que lo exija un juez.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario