Una
ejecución en la horca en la India/Shashi Tharoor, a former UN under-secretary-general and former Indian Minister of State for Human Resource Development and Minister of State for External Affairs, is currently an MP for the Indian National Congress and Chairman of the Parliamentary Standing Committee on External Affairs. His most recent book is Pax Indica: India and the World of the 21st Century. '
Traducido del inglés por Carlos Manzano.
Project
Syndicate |15 de agosto de 2015
El
pasado 30 de julio, Yakub Memon, contable colegiado y hermano de un tristemente
famoso gángster que ahora vive autoexiliado, fue ahorcado por complicidad en la
planificación y la ejecución de explosiones de bombas consecutivas que mataron
a 257 personas en Mumbai en 1993. Esa ejecución, la primera en tres años, ha
suscitado reacciones comprendidas entre la consternación y la sed de sangre
apenas encubierta y ha intensificado el debate nacional sobre la pena de
muerte.
Desde
luego, nadie pretende decir que el sistema judicial de la India no haya
funcionado apropiadamente en el caso de Memon. Fue declarado culpable conforme
al debido proceso legal y su pena se ajustaba a la legislación vigente. Durante
sus veintiún años tras los barrotes, Memon agotó todas las apelaciones posibles
a su disposición, incluida una de clemencia presidencial. El Tribunal Supremo
celebró incluso una audiencia de emergencia a las 2:30 de la mañana, unas horas
antes de aquella en que estaba fijada la ejecución, antes de decidir que
siguiera su curso.
una-ejecucion-en-la-horca-en-la-indiaPero
sigue siendo necesario preguntarse: ¿debe figurar la pena capital en la
legislación?
Como
legislador de la oposición, yo me granjeé considerable oprobio por haber
expresado, en la mañana de la ejecución de Memon, mi opinión de que no debería
figurar en ella. Expresé mi tristeza por que nuestro Gobierno hubiese matado a
un ser humano, fueran cuales fuesen sus crímenes. La muerte patrocinada por el
Estado nos degrada a todos, añadí, al reducirnos a la condición de asesinos,
exactamente como aquellos a los que castigamos.
Mi
opinión no es popular en la India y mi propio partido desautorizó mí
declaración, pero mi posición se basa en una extensa documentación, en el
sentido de que la pena de muerte no disuade, en realidad, de la comisión de los
crímenes que castiga. La recogida de datos a cargo del proyecto Pena de Muerte
en la Universidad Nacional de Derecho de Delhi demuestra concluyentemente que
no existe una correlación estadística entre la aplicación de la pena de muerte
y la prevención del asesinato. Esa documentación coincide con conclusiones
similares obtenidas en otros países.
Mis
declaraciones estuvieron motivadas también por problemas relativos a la forma
como se aplica la pena de muerte en la India. El Tribunal Supremo ha declarado
que se debe aplicar la pena de muerte sólo en los casos “muy poco comunes”. Y,
de hecho, las tres últimas ejecuciones habidas en este país correspondieron a
delitos de terrorismo que amenazaron un gran número de vidas o acabaron con
ellas.
Pero
la decisión de imponer la pena capital sigue siendo muy subjetiva. De hecho, la
aplicación de la pena de muerte depende de varias variables, comenzando por los
prejuicios judiciales y sociales. La indignación pública –posiblemente
instigada por unas informaciones incendiarias de los medios de comunicación–
puede contribuir a que se aplique una sentencia más dura, en particular en
casos relativos al terrorismo o a crímenes de los que sean víctimas mujeres. La
situación económica también interviene, pues se ejecuta con mucha mayor
frecuencia a criminales pobres que a adinerados, entre otras cosas porque no
pueden costearse una defensa legal de máxima calidad. Y la decisión por parte
del Presidente de conmutar una sentencia es subjetiva.
En
una causa judicial de 1983 se sostuvo que una forma de determinar si un crimen
correspondía al criterio de los “muy poco comunes” era la de si la “conciencia
colectiva” de la comunidad se había sentido “tan escandalizada”, que esperaba
que quienes ejercen el poder judicial infligieran la pena de muerte,
independientemente de sus opiniones personales, lo que deja mucho margen para
una aplicación arbitraria y desproporcionada de la pena capital.
De
2010 a 2013, los tribunales inferiores dictaron 436 penas de muerte. De ellas
280 fueron conmutadas por la reclusión perpetua y es probable que muchas de las
demás causas permanezcan en el limbo durante decenios. En cuanto a las
sentencias de pena capital que ya se han aplicado –dos en ese período de cuatro
años–, resulta imposible determinar los criterios objetivos por los que se
consideraron los crímenes de que se trataba más execrables o “menos comunes”
que los que no merecieron la ejecución.
La
ambigüedad y la subjetividad están fuera de lugar en asuntos de vida o muerte.
Sin embargo, por lo que se refiere a la imposición de la pena capital, las dos
tienen una presencia destacada, con lo que resulta más difícil justificar ese
procedimiento.
Tan
sólo dos semanas antes de la ejecución de Memon, la Comisión de Derecho de la
India, órgano gubernamental compuesto por jueces jubilados y expertos jurídicos
que se ocupa de las reformas jurídicas, organizó consultas para evaluar la eficacia
de las disposiciones que rigen la pena capital en la India y el objeto de la
pena misma. No debe sorprender que, basándose en la documentación y los
dictámenes presentados en las audiencias de la Comisión de Derecho, hubiera un
consenso general en el sentido de que los tribunales no pueden adoptar un
planteamiento justo y no discriminatorio de la pena de muerte y el apoyo a su
abolición fue abrumador.
No
ocurrirá en un futuro previsible. El público indio apoya abrumadoramente la
pena de muerte, en particular para los terroristas convictos. El debate sobre
la ejecución de Memon fue con frecuencia emocional y los medios de comunicación
entrevistaron a los supervivientes de las explosiones de Mumbai.
Además,
se ha indicado que la opción substitutiva de la pena de muerte –la cadena
perpetua– volvería a la India vulnerable a los secuestros y otros asaltos por
parte de grupos terroristas que intentaran liberar a sus camaradas
encarcelados. En vista de semejantes preocupaciones en materia de seguridad, mi
argumento de que quitar la vida a seres humanos no es correcto y de que el
Estado no debe agravar la delincuencia con la suya propia, tuvieron poca
resonancia.
A
escala mundial, la India forma parte de una minoría menguante. Más de 130
países han abolido la pena de muerte. Veinticinco países cuentan con ella en su
legislación, pero no han ejecutado a nadie durante decenios. Así, pues, quedan
unos treinta países que siguen aplicándola.
La
pertenencia de la India a ese grupo tiene repercusiones internacionales; por
ejemplo, los países de la Unión Europea no extraditarán a criminales a países
en los que puedan ser ejecutados, pero el problema real es más profundo: la
pena capital consiste esencialmente, en
una pura y simple represalia.
Puede
ser tentador declarar que quienquiera que mate a personas inocentes (o
participe en su asesinato) no merece vivir, pero, ¿acaso es la venganza un
motivo digno para las acciones de un Estado, en particular para con sus propios
ciudadanos?
El
mayor hijo de la India, Mahatma Gandhi, observó que “el ojo por ojo vuelve
ciego al mundo entero”. De momento, la India sigue ciega ante el argumento en
pro de la abolición de la pena de muerte. Algún día verá –estoy seguro– la luz.
Hasta entonces, la solitaria batalla en pro de su abolición debe continuar.
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