26 dic 2007

La vetada Ley de la Familia

El gobernador José Natividad González Parás, vetó la Ley de la Familia, aprobada la madrugada del sábado 22 de diciembre con los votos de la mayoría panista en el Congreso del estado de Nuevo León.
La norma aprobada por los 22 legisladores panistas y rechazada por 19 (de los demás partidos), buscaba constituir un instituto estatal de la familia (IEF) que, según el gobernador González, duplicaría las funciones del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia (DIF) e invadiría las atribuciones de las dependencias responsables de salud, educación y desarrollo social, entre otras.
La Jornada dedica este miércoles su Editorial
Ley de la Familia: la marca de la reacción
El gobernador de Nuevo León, José Natividad González Parás, vetó el lunes la llamada Ley de la Familia impulsada por la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso local y aprobada la madrugada del sábado. Entre otras cosas, la polémica normativa define al matrimonio como la “unión del hombre y la mujer”, plantea que la familia es una “institución de carácter natural”, establece la responsabilidad del Estado para defender “el matrimonio tradicional y sus valores” y, para tal efecto, promueve la creación de un instituto estatal de la familia. Al respecto, González Parás argumentó que la ley atenta contra la facultad exclusiva del Poder Ejecutivo de crear dependencias y entidades de orden administrativo, como el mencionado instituto, el cual además duplicaría las funciones del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia e invadiría distintas atribuciones de las dependencias ya existentes, como las secretarías de Salud, Educación y Desarrollo Social. Asimismo, el gobernador subrayó la falta de consenso con respecto a la ley dentro y fuera del Congreso, por lo que consideró imprescindible “que se haga una amplia consulta a la población y no se dejen fuera los derechos de nadie”.
Debe reconocerse la pertinencia del veto del mandatario nuevoleonés a una ley que, por decir lo menos, es excluyente y absurda, y que, como lo ha señalado ya la Cámara de Diputados mediante un extrañamiento emitido al Congreso de Nuevo León, es contraria a las garantías individuales establecidas en la Constitución, al discriminar a las personas que no encajan en los patrones de la familia tradicional, especialmente a las madres solteras. Además, al pretender la inclusión de miembros de asociaciones religiosas en el órgano directivo del instituto citado, se estaría consumando un duro golpe en contra el Estado laico. En tal contexto, lo menos que podía esperarse es que el gobernador de Nuevo León hiciera uso de su facultad constitucional y vetara la normativa.
En las últimas décadas, la sociedad mexicana en su conjunto ha experimentado cambios importantes en materia de ejercicio y defensa de las libertades ciudadanas, situación que ha alcanzado una de sus expresiones más acabadas en la capital del país: el reconocimiento y las exigencias de una ciudadanía plural y tolerante como la capitalina ha sido un factor fundamental para consolidar una modernidad social y legislativa en el Distrito Federal, y adecuar el marco jurídico vigente a una realidad social mediante leyes como la de Sociedades en Convivencia, la despenalización del aborto y la recién aprobada Ley de Voluntad Anticipada. En Nuevo León, sin embargo, pareciera que las decisiones del Congreso estatal no sólo no se ajustan a las condiciones que demandan las sociedades en la actualidad, sobre todo en temas como el ejercicio de la sexualidad y la planificación familiar, sino que buscan imponer visiones retrógradas y contrarias al interés común, como ocurre con la Ley de la Familia.
Por cierto, no resulta extraño –aunque sí lamentable– que el partido en el poder reafirme, con posturas como la que subyace a la normativa referida, su carácter moralista, ultraconservador e intolerante: el mismo talante han revestido, por ejemplo, las desafortunadas declaraciones hechas en agosto pasado por el gobernador de Jalisco, Emilio González Márquez, en el sentido de que proporcionar anticonceptivos a los jóvenes equivale a que el Estado pague “las chelas y el motel”, y los cavernarios argumentos antiabortistas del PAN capitalino.
En suma, cabe esperar que el veto del gobernador nuevoleonés sea atendido por los legisladores panistas, para que éstos revisen y den marcha atrás con ese engendro legislativo aberrante. La población, por su parte, debiera rechazar cualquier tipo ley que, como la que se comenta, implique un retroceso jurídico y el desconocimiento de la soberanía ciudadana en ámbitos que deben ser estrictamente de la libertad individual, al margen de los poderes externos –seculares o religiosos–, en tanto que no se afecten los derechos de terceros.
Antes, el pasado 12 de diciembre, el pleno de la LX legislatura de Cámara de Diputados federal aprobó un punto de acuerdo -avalado por la Junta de Cordinación Política- por el que se exhortaba a los diputados locales de Nuev León a realizar un análisis minuciosos de la -entonces- iniciativa de Ley de la Familia.
Punto de Acuerdo
Único. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los diputados locales integrantes de la LXXI Legislatura del Congreso del estado de Nuevo León, promoventes de la iniciativa de Ley de Familia para el estado de Nuevo León, a realizar un análisis minucioso acorde a la realidad actual, en aras de que se impida la aprobación de normas que pudieran ser violatorias a los derechos constitucionales de los neoleoneses.
Diputada federal Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión Presente.
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos, diputados federales, someten a la consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo a fin de que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión manifiesta un extrañamiento a los diputados integrantes del grupo legislativo del Partido Acción Nacional de la LXXI Legislatura al Congreso del estado de Nuevo León, promoventes de la iniciativa de Ley de Familia para el estado de Nuevo León, basado en las siguientes
Consideraciones
En fecha 7 de noviembre de 2007, diputados integrantes del grupo legislativo del PAN en el Congreso del estado de Nuevo León por la LXXI Legislatura presentaron en sesión ordinaria, iniciativa de Ley de Familia para el estado de Nuevo León.
Misma que pretende ir más allá de la constitucionalidad que deben contener nuestras leyes, que desde su visión conservadora, excluye a diversos grupos que integran la sociedad sobrepasando lo promulgado en las garantías individuales.
La iniciativa en comento no sólo muestra fallas de redacción y de conceptualización, sino atenta y lesiona los derechos humanos de los ciudadanos, iniciando con pretender establecer un concepto de familia sin considerar que en la actualidad existen una diversidad de agrupaciones que pueden estimarse como familias, que no pueden enfrascarse en un concepto tradicional como lo es el de una "institución de carácter natural reconocida por la ley, integrada por el grupo de personas que se encuentran vinculada por alguna relación de parentesco en términos del Código Civil del estado de Nuevo León".
Dejando fuera de esta percepción al propio matrimonio, ya que es un contrato y no existe entre los cónyuges algún parentesco consanguíneo, civil o de afinidad, como lo señala el precepto mencionado.
Aunado a lo anterior, se comete el grave error de no concebir a la familia sin la unión de padre y madre, excluyendo a las madres solteras y negándoles el derecho de decisión sobre la educación que reciban sus hijos, al considerar la iniciativa que los "padres" son quienes conservan el derecho único y responsabilidad de educación de los menores, entendiendo el concepto de "padres" como "matrimonio".
Es aberrante e inconcebible que a las madres "solas" no se les brinde el lugar que les pertenece como base de familia, a sabiendas que existe un gran porcentaje de hogares encabezados por mujeres solas, quienes se han esforzado para mantener integrada a su "familia" y sacarla adelante sin el apoyo de un hombre.
Además, con la iniciativa presentada, no sólo se excluyen las relaciones de madres solteras con sus hijos sino también las paterno-filiales.
Adicional a esto, se pretende imponer una estructura familiar rígida y ultra conservadora fuera del ámbito real y actual, que representa un retroceso a un esquema ya superado al pretender imponer nuevamente con su definición de "institución de carácter natural" un concepto desaparecido como lo es el de hijos naturales; no olvidemos algo, todos somos iguales ante la ley sin distinción alguna.
En este tenor de ideas, cabe destacar que la iniciativa en comento violenta una serie de artículos constitucionales y establecidos como garantías individuales, iniciando con el máximo precepto señalado en el artículo 10 de nuestra Carta Magna, el cual a la letra dice "queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas", toda vez que en la iniciativa de ley citada anteriormente se quebrantan los derechos de personas que tienen relaciones del mismo sexo, madres solteras, hijos fuera del matrimonio, sólo por señalar algunos casos.
Adicionalmente transgrede lo estipulado en el artículo 4 de nuestra máxima ley, que refiere que "toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos", acotando el documento multicitado, dicha disposición, a solamente a "los cónyuges quienes lo decidirán de manera conjunta".
Aunado a lo anterior, invade lo plasmado en el artículo 6 constitucional al tratar de imponer de forma irresponsable obligaciones a los medios de comunicación y electrónicos, respecto de su programación y contenido, constituyendo un intento de censura de la libertad de expresión. Resulta además ofensivo traspasar el derecho del libre albedrío al intentar precisar elementos rectores de convivencia, incluyendo aspectos religiosos y espirituales, sin considerar que ello resulta violatorio al artículo 24 de la Constitución política federal, que estipula que "todo hombre es libre de profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley", limitando este derecho con la iniciativa de diputados locales panistas, al establecer que los integrantes de una familia tendrán presentes las convicciones morales, religiosas, tradiciones y costumbres de los padres, bastante conservadora y moralista dicha disposición.
Sin ser lo descrito suficiente, es de recalcar que se vulnera un tratado internacional signado por México como lo es la Convención Internacional sobre los Derechos Humanos, al pretender trasladar a la familia, el interés superior y prioritario otorgado en dicha Convención al niño.
Es evidente además que los legisladores promoventes de la iniciativa, incurren en graves faltas de conocimiento legislativo al proponer una ley reiterativa, que pretende reglamentar preceptos que constitucional y orgánicamente ya existen en la legislación local y federal como lo son en las áreas de salud, desarrollo social, trabajo y educación, invadiendo y afectando atribuciones de dependencias ya establecidas legalmente.
Igualmente se invade la esfera de atribuciones y autonomía de los municipios, consagrada en el artículo 115 constitucional, al interferir en el control que los municipios posean sobre bares, discotecas y centros nocturnos.
Asimismo, el documento de referencia indica que se pretende crear un nuevo organismo, el Instituto Estatal de Política Familiar, mismo al cual se le arrogan atribuciones que ya corresponden y realiza el sistema DIF estatal, y que son las mismas que llevan a cabo por la misma dependencia a nivel nacional.
Ahora bien, la sociedad cree, conoce y reconoce las instituciones ya existentes por años. Es inadmisible que por una iniciativa mal fundada y con tintes populistas se vulnere e invada la esfera de atribuciones de una dependencia que tanto ha brindado apoyo a los mexicanos, y que sólo pretende a través de sus programas, lo único, el desarrollo de las personas y el mejoramiento de la calidad de vida de las familias, coartando su espacio de facultades por un nuevo Instituto creado sin la valoración y aprobación de la sociedad.
De todo lo anteriormente descrito, se concluye que la iniciativa de ley presentada por diputados locales panistas de Nuevo León contiene un sinnúmero de fallas, contradicciones jurídicas y ambigüedades que, tratándose de un tema tan delicado, como lo es la familia, debe ser analizado y razonado en el tiempo que sea necesario y ajustarse a los tiempos actuales.
No podemos permitir que se pisoteen y sobrepasen los derechos primordiales de los ciudadanos, por una propuesta de iniciativa excluyente, discriminatoria, inoperante y con falta de pluralidad, misma que no representa más que a un grupo moralista y conservador político, que no tiene una verdadera visión ciudadana y con la que se pretende popularizar con un tema de gran importancia para los mexicanos como lo es la familia.
No nos cerremos entre colores tradicionalistas y conservadores, mejor seamos receptores de las verdaderas necesidades de la sociedad mexicana y ocupémonos de realizar una verdadera y adecuada legislación, que es nuestro trabajo y responsabilidad última fundada y motivada en beneficio de los mexicanos.
En mérito de lo anteriormente expuesto, nos permitimos solicitar a esta honorable asamblea la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. Se emite un extrañamiento a los diputados promoventes de la iniciativa de Ley de Familia para el estado de Nuevo León, integrantes del grupo legislativo del Partido Acción Nacional por la LXXI Legislatura del Congreso del estado de Nuevo León, por ser inconstitucional y lesiva a las garantías individuales.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a los diputados integrantes de la LXXI Legislatura al Congreso del estado de Nuevo León a realizar el análisis minucioso de la iniciativa de ley de la familia para el estado de Nuevo León acorde a la realidad actual, en aras de que se impida la aprobación de normas violatoria a los derechos constitucionales de los mexicanos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 11 de diciembre de 2007.
Diputado Gustavo Fernando Caballero Camargo (rúbrica)

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