Renunciemos al pensamiento maniqueo/Tzvetan Todorov, lingüista, historiador y filósofo.
Publicado en EL PAÍS, 13/11/2007;
Cada vez son más frecuentes las voces que se elevan para tratar de alertarnos contra la aparición de un supuesto nuevo enemigo al que se designa con diversas etiquetas, de las que la más común parece ser la de islamo-fascismo.
El término “enemigo” tiene un significado claro y sencillo cuando se aplica a una situación de guerra: designa al país cuyo ejército trata de vencer al nuestro y que, por consiguiente, se dispone a aniquilarnos; nuestra reacción consiste en tratar de neutralizar y destruir al enemigo. Entonces, el asesinato deja de ser un crimen para convertirse en deber.
Sin embargo, los regímenes totalitarios utilizaban el término en un sentido mucho más amplio; durante mi infancia comunista, oíamos hablar de “enemigos” a diario, pese a que vivíamos en paz. La falta de logros económicos se achacaba invariablemente a los enemigos exteriores -entre ellos, sobre todo, los imperialistas angloamericanos- y a los enemigos interiores -espías y saboteadores-, nombre que se daba a todos los que no manifestaban suficiente entusiasmo por la ideología marxista-leninista. El régimen totalitario imponía el vocabulario guerrero en situaciones de paz y no admitía matices: cualquiera que fuese diferente era considerado un adversario, y cualquier adversario, un enemigo, al que era legítimo, e incluso loable, exterminar como una alimaña.
A esta visión del mundo se le podrían reprochar, para empezar, sus deficiencias morales e intelectuales. El odio es un sentimiento humano, sin duda, pero eso no quiere decir que sea indispensable que exista un enemigo para reafirmar la identidad, ni individual, ni colectiva. Para definirse -para vivir, en realidad-, todo ser humano debe situarse en relación con los demás, pero esa relación no se limita a la guerra: amar, respetar, pedir el reconocimiento, imitar, envidiar, rivalizar, negociar, son cosas tan humanas como odiar. Como toda visión maniquea que excluye otras posiciones, la división entre amigos y enemigos simplifica en exceso el mundo de las relaciones humanas. Tiende a transformar un grupo humano en chivo expiatorio, responsable de todos nuestros males.
Además, la reducción de las relaciones internacionales al par “aliados-enemigos” no garantiza, ni mucho menos, la victoria del ideal que se pretende defender. Hoy, los atentados terroristas contra Estados Unidos justifican, en opinión de su Gobierno, las torturas sistemáticas en la prisión de Abu Ghraib y en el campo de Guantánamo y el abandono de los principios en los que apoya el Estado de derecho. Esa actitud, a su vez, hace que sus enemigos consideren legítimo llevar a cabo nuevos actos terroristas, todavía más asesinos. Es decir, cada uno contribuye a lavar la conciencia del otro.
El resultado es que unos y otros se contaminan del que querían combatir. Si para vencer al enemigo se toman prestadas de él sus características más odiosas, es él quien gana.
Para el adversario, las ventajas obtenidas por una brutalidad acrecentada se ven contrarrestadas por la pérdida de prestigio moral y político (los profesionales de la guerra a toda cosa siempre subestiman el poder de las ideas y las pasiones). Al mismo tiempo, la insistencia en una oposición frontal condena al enemigo a actos cada vez más extremos, como demuestra la evolución del conflicto entre Israel y Palestina. Conseguir una victoria militar sobre el “enemigo” no es garantía de convencer a su pueblo: ésa es la lección del Tratado de Versalles en 1919, la batalla de Argel en 1957, la ocupación de Bagdad en este comienzo del siglo XXI. Aquellos a los que estigmatizamos como enemigos son seres humanos como nosotros, seres racionales como nosotros; para protegernos de ellos no basta con poner en peligro su propia existencia.
¿Cómo escapar de la escalada a la que nos arrastra el modelo del enemigo, proyectado sobre la complejidad del mundo? No conformándonos con cambiar de enemigo (como hacen los antiguos izquierdistas convertidos en halcones y defensores agresivos del “mundo libre”: anteayer el capitalismo mundial, ayer el comunismo, hoy el “islamo-fascismo”), sino renunciando al pensamiento maniqueo en sí. Es decir, trasladando el énfasis del actor al acto: en vez de convertir las identidades en esencias inmutables, debemos analizar las situaciones, siempre particulares.
Tenemos todo que ganar: no son las identidades hostiles las que provocan los conflictos, sino los conflictos los que hacen hostiles las identidades. Los pueblos poseen una identidad múltiple y maleable, pero las guerras les obligan a aferrarse a una sola dimensión, a comprometerse por completo, cada persona, en la lucha para vencer al enemigo. Las situaciones no se dejan encerrar en oposiciones simplistas y son imposibles de reducir a las categorías del bien y el mal. La imagen del mundo como una guerra de todos contra todos no sólo es falsa, sino que contribuye a hacer que el mundo sea más peligroso.
Ego sum qui sum; analista político, un soñador enamorado de la vida y aficionado a la poesía.
14 nov 2007
Afganistán
- Afganistán, ¿hacia el abismo?/Barnett R. Rubin, director de Estudios del Centro para la Cooperación Internacional de la Universidad de Nueva York.
Traducción de María Luisa Rodríguez Tapia (EL PAÍS, 13/11/07):
El atentado terrorista que el pasado 6 de noviembre mató a 70 personas, entre ellas 59 escolares, en la provincia de Baghlan, en el norte de Afganistán, simboliza la situación en la que se encuentra hoy el país: los avances que había hecho en los últimos años corren grave peligro a causa del deterioro de la seguridad.
La comisión económica de la Cámara Baja de la Asamblea Nacional había ido allí, procedente de Kabul, para celebrar la reestructuración de una fábrica de azúcar de propiedad estatal. Es un proyecto para el que habían prestado ayuda técnica tanto el Gobierno alemán como varias empresas alemanas. La Organización de la ONU para la Agricultura y la Alimentación había contribuido a organizar a los agricultores con el fin de garantizar el abastecimiento constante de las materias primas. Un programa financiado por USAID había ayudado al Gobierno a reestructurar la empresa para su privatización.
Esta fábrica es el tipo de empresa que el Gobierno afgano considera fundamental para escapar de las garras de la pobreza, la inseguridad, el desempleo y el narcotráfico. La fábrica de azúcar crea puestos de trabajo porque añade valor a una cosecha comercial, la remolacha azucarera, con lo que garantiza a los campesinos unos ingresos lícitos estables.
En la delegación de Kabul figuraban varios de los más destacados líderes de la Asamblea Nacional afgana, elegida en el otoño de 2005 después de más de tres decenios en los que el país ha vivido prácticamente sin ningún órgano electo. El presidente de la comisión económica, Sayed Mustafa Kazemi, que murió en el atentado, era un dirigente político de la minoría chií del país. Perteneciente a un grupo cuyos miembros ni siquiera habían disfrutado de igualdad como ciudadanos durante gran parte de la historia de Afganistán, se convirtió en destacado portavoz de la oposición. Fue a Baghlan acompañado de parlamentarios de todas las regiones y todos los grupos étnicos de la zona.
Al comenzar su visita, la delegación fue recibida por funcionarios locales y por ancianos de todas las comunidades de esta provincia. Niños vestidos con el traje nacional se reunieron para darle la bienvenida con cantos patrióticos. La expansión del sistema escolar es uno de los logros de los que más se enorgullece el país. Este año se han inscrito en los colegios más de seis millones de niños. Por primera vez en la historia, esa cifra constituye más de la mitad de la población en edad escolar. Pero cuando los niños se disponían a cantar, se produjo una explosión, seguramente causada por un terrorista suicida, que mató a Kazemi, a otros cinco parlamentarios y a 59 niños y profesores. Fue el mayor atentado terrorista desde la instauración del nuevo Gobierno afgano, a finales de 2001.
¿Quién llevó a cabo el atentado? La primera sospecha recayó sobre los talibanes, los antiguos gobernantes, que han establecido bases seguras en las áreas tribales de Pakistán y su provincia de Baluchistán. Junto al líder de Al Qaeda, Osama bin Laden, y otros grupos islamistas afganos, han aprovechado la desatención de Washington y la connivencia de Islamabad para reestablecer gran parte de la base logística que poseían en Afganistán. Según un reciente informe de la ONU, algunos talibanes han establecido bases de entrenamiento para cometer atentados suicidas en zonas tribales de Pakistán, donde reciben ayuda de Al Qaeda. Efectivamente, Pakistán se ha convertido, más que en un área para actuar en Afganistán, en un nuevo escenario de una guerra regional.
Mientras el presidente paquistaní, Pervez Musharraf, lucha contra las que considera las principales amenazas para su poder personal -el sistema legal y judicial del país, los políticos de la oposición, los medios independientes y la sociedad civil-, en las zonas tribales de su país está asentándose un emirato islámico, dirigido por talibanes afganos y paquistaníes, que gana cada vez más terreno.
En cuanto a Afganistán, los combatientes talibanes se encuentran ya a menos de una hora de la capital. Para poder construir nuevas torres de telefonía móvil, necesarias por el rápido crecimiento que está teniendo dicho sector, las empresas tienen que llegar a acuerdos con los talibanes en todo el sur, el este y gran parte del oeste del país.
Las compensaciones por la telefonía móvil no son la única fuente de ingresos de los talibanes. Este año, la producción de opio ha crecido un 40% y se ha asentado, sobre todo, en zonas controladas por ellos. Las presiones de Estados Unidos para implantar un programa como el de Colombia, de fumigación aérea de las cosechas en las zonas controladas por los rebeldes, ha suscitado polémica con las autoridades y entre los gobiernos aliados. En especial, los británicos afirman que esa política represiva no detendría realmente a los talibanes y haría que los agricultores dieran la espalda al Gobierno y se aliaran con los rebeldes.
Sin embargo, un portavoz de los talibanes ha negado que su organización tuviera que ver con la matanza de Baghlan. En general, los antiguos gobernantes, cada vez más sensibles a la opinión pública, y envueltos en un intento de diálogo con el Gobierno, no suelen realizar atentados contra grandes concentraciones de gente. Han utilizado a sus terroristas suicidas contra el ejército y la policía, así como contra contingentes militares de la OTAN. Este incidente, en cambio, recuerda más a las tácticas empleadas por los extremistas suníes asociados con Al Qaeda en Irak.
Hace un año, un funcionario iraní me advirtió de que estaban yendo árabes de Irak a Pakistán y Afganistán para entrenar a afganos y paquistaníes en esas tácticas. Quería transmitir esa información al Gobierno de EE UU pero, debido a la escalada del conflicto entre Washington y Teherán, sólo podía hablar conmigo, que era un ciudadano particular. El objetivo de esos atentados sería desencadenar luchas étnicas y sectarias en Afganistán.
Por desgracia, es posible que lo consigan. Después del atentado, los partidarios de Kazemi han denunciado que él era el objetivo principal y que los responsables son los miembros de otro grupo enfrentado al Gobierno, el Hizb-I Islami (Partido Islámico) de Gulbuddin Hikmatyar, viejo cliente de Pakistán, que en otro tiempo contó con el sólido respaldo de la CIA y ahora es aliado de Al Qaeda. Algunos de los jefes de este grupo apoyaron a los talibanes, pero luego se incorporaron al Gobierno de Karzai.
Algunos seguidores de Kazemi aseguran que su asesinato forma parte de un plan más amplio. Las conversaciones entre el Gobierno y los talibanes, dicen, forman parte de un plan para formar una alianza pashtún, apoyada por Pakistán y Estados Unidos, con el fin de desplazar a la Alianza del Norte, mayoritariamente no pashtún y que ha recibido ayuda de Irán. Kazemi estaba considerado como uno de los parlamentarios afganos más próximos a Irán, sobre todo por parte de los servicios de seguridad.
El enfrentamiento creciente entre Estados Unidos e Irán contribuye a desestabilizar Afganistán. Estos dos países respaldaron la coalición de la Alianza del Norte con el presidente Karzai y otros dirigentes pashtunes en 2001. A medida que se avecina el choque entre Washington y Teherán por el programa nuclear iraní y la situación en Irak, cada una de las partes está tratando de consolidar sus alianzas en Afganistán. El responsable de la Guardia Revolucionaria iraní ha advertido que, si Estados Unidos ataca, Irán llevaría a cabo una serie de atentados devastadores en Irak y Afganistán.
Los afganos tienen cada vez más miedo de que también esté en juego la supervivencia de su país. En 2001, daba la impresión de que todas las potencias regionales y mundiales estaban de acuerdo sobre unas nuevas condiciones políticas para estabilizar la situación, que incluían el apoyo a una amplia coalición. Ahora, esa coalición está a punto de romperse, tanto dentro de Afganistán como en el ámbito internacional. Si
Reforma electoral a partir de hoy!
La Secretaría de Gobernación publicó ayer el decreto de la reforma electoral.
A partir de ayer el Congreso cuenta con 30 días para proceder a los relevos en el organismo electoral.
El decreto incluye la reforma en los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122 de la Constitución, además de adicionar el 134 y derogar un párrafo del 97.Determina que los consejeros electorales y el consejero presidente del IFE continuarán en sus cargos hasta que la Cámara baja dé cumplimiento lo dispuesto en el decreto
DECRETO que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:
Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LA MAYORÍA DE LAS HONORABLES LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS, DECLARA REFORMADOS LOS ARTÍCULOS 6o., 41, 85, 99, 108, 116 Y 122; ADICIONADO EL ARTÍCULO 134 Y DEROGADO UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 97 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ÚNICO. Se reforma el primer párrafo del artículo 6o.; se reforman y adicionan los artículos 41 y 99; se reforma el párrafo primero del artículo 85; se reforma el párrafo primero del artículo 108; se reforma y adiciona la fracción IV del artículo 116; se reforma el inciso f) de la fracción V de la Base Primera el artículo 122; se adicionan tres párrafos finales al artículo 134; y se deroga el párrafo tercero del artículo 97, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
...
Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.
La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las siguientes bases:
I. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.
Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señalen esta Constitución y la ley.
II. La ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los propios partidos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
El financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico. Se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:
a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
b) El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan Presidente de la República, senadores y diputados federales, equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; cuando sólo se elijan diputados federales, equivaldrá al treinta por ciento de dicho financiamiento por actividades ordinarias.
c) El financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
La ley fijará los límites a las erogaciones en los procesos internos de selección de candidatos y las campañas electorales de los partidos políticos. La propia ley establecerá el monto máximo que tendrán las aportaciones de sus simpatizantes, cuya suma total no podrá exceder anualmente, para cada partido, al diez por ciento del tope de gastos establecido para la última campaña presidencial; asimismo ordenará los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten y dispondrá las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento de estas disposiciones.
De igual manera, la ley establecerá el procedimiento para la liquidación de las obligaciones de los partidos que pierdan su registro y los supuestos en los que sus bienes y remanentes serán adjudicados a la Federación.
III. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social.
Apartado A. El Instituto Federal Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, de acuerdo con lo siguiente y a lo que establezcan las leyes:
a) A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Federal Electoral cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión, en el horario referido en el inciso d) de este apartado;
b) Durante sus precampañas, los partidos políticos dispondrán en conjunto de un minuto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión; el tiempo restante se utilizará conforme a lo que determine la ley;
c) Durante las campañas electorales deberá destinarse para cubrir el derecho de los partidos políticos al menos el ochenta y cinco por ciento del tiempo total disponible a que se refiere el inciso a) de este apartado;
d) Las transmisiones en cada estación de radio y canal de televisión se distribuirán dentro del horario de programación comprendido entre las seis y las veinticuatro horas;
e) El tiempo establecido como derecho de los partidos políticos se distribuirá entre los mismos conforme a lo siguiente: el treinta por ciento en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo a los resultados de la elección para diputados federales inmediata anterior;
f) A cada partido político nacional sin representación en el Congreso de la Unión se le asignará para radio y televisión solamente la parte correspondiente al porcentaje igualitario establecido en el inciso anterior, y
g) Con independencia de lo dispuesto en los apartados A y B de esta base y fuera de los periodos de precampañas y campañas electorales federales, al Instituto Federal Electoral le será asignado hasta el doce por ciento del tiempo total de que el Estado disponga en radio y televisión, conforme a las leyes y bajo cualquier modalidad; del total asignado, el Instituto distribuirá entre los partidos políticos nacionales en forma igualitaria un cincuenta por ciento; el tiempo restante lo utilizará para fines propios o de otras autoridades electorales, tanto federales como de las entidades federativas. Cada partido político nacional utilizará el tiempo que por este concepto le corresponda en un programa mensual de cinco minutos y el restante en mensajes con duración de veinte segundos cada uno. En todo caso, las transmisiones a que se refiere este inciso se harán en el horario que determine el Instituto conforme a lo señalado en el inciso d) del presente Apartado. En situaciones especiales el Instituto podrá disponer de los tiempos correspondientes a mensajes partidistas a favor de un partido político, cuando así se justifique.
Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.
Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero.
Las disposiciones contenidas en los dos párrafos anteriores deberán ser cumplidas en el ámbito de los estados y el Distrito Federal conforme a la legislación aplicable.
Apartado B. Para fines electorales en las entidades federativas, el Instituto Federal Electoral administrará los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate, conforme a lo siguiente y a lo que determine la ley:
a) Para los casos de los procesos electorales locales con jornadas comiciales coincidentes con la federal, el tiempo asignado en cada entidad federativa estará comprendido dentro del total disponible conforme a los incisos a), b) y c) del apartado A de esta base;
b) Para los demás procesos electorales, la asignación se hará en los términos de la ley, conforme a los criterios de esta base constitucional, y
c) La distribución de los tiempos entre los partidos políticos, incluyendo a los de registro local, se realizará de acuerdo a los criterios señalados en el apartado A de esta base y lo que determine la legislación aplicable.
Cuando a juicio del Instituto Federal Electoral el tiempo total en radio y televisión a que se refieren este apartado y el anterior fuese insuficiente para sus propios fines o los de otras autoridades electorales, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante, conforme a las facultades que la ley le confiera.
Apartado C. En la propaganda política o electoral que difundan los partidos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.
Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
Apartado D. Las infracciones a lo dispuesto en esta base serán sancionadas por el Instituto Federal Electoral mediante procedimientos expeditos, que podrán incluir la orden de cancelación inmediata de las transmisiones en radio y televisión, de concesionarios y permisionarios, que resulten violatorias de la ley.
IV. La ley establecerá los plazos para la realización de los procesos partidistas de selección y postulación de candidatos a cargos de elección popular, así como las reglas para las precampañas y las campañas electorales.
La duración de las campañas en el año de elecciones para Presidente de la República, senadores y diputados federales será de noventa días; en el año en que sólo se elijan diputados federales, las campañas durarán sesenta días. En ningún caso las precampañas excederán las dos terceras partes del tiempo previsto para las campañas electorales.
La violación a estas disposiciones por los partidos o cualquier otra persona física o moral será sancionada conforme a la ley.
V. La organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.
El Instituto Federal Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. El Consejo General será su órgano superior de dirección y se integrará por un consejero Presidente y ocho consejeros electorales, y concurrirán, con voz pero sin voto, los consejeros del Poder Legislativo, los representantes de los partidos políticos y un Secretario Ejecutivo; la ley determinará las reglas para la organización y funcionamiento de los órganos, así como las relaciones de mando entre éstos. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral. Una Contraloría General tendrá a su cargo, con autonomía técnica y de gestión, la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto. Las disposiciones de la ley electoral y del Estatuto que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las relaciones de trabajo con los servidores del organismo público. Los órganos de vigilancia del padrón electoral se integrarán mayoritariamente por representantes de los partidos políticos nacionales. Las mesas directivas de casilla estarán integradas por ciudadanos.
El consejero Presidente durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y no podrán ser reelectos. Según sea el caso, uno y otros serán elegidos sucesivamente por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios, previa realización de una amplia consulta a la sociedad. De darse la falta absoluta del consejero Presidente o de cualquiera de los consejeros electorales, el sustituto será elegido para concluir el periodo de la vacante. La ley establecerá las reglas y el procedimiento correspondientes.
El consejero Presidente y los consejeros electorales no podrán tener otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen en representación del Consejo General y de los que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia, no remunerados. La retribución que perciban será igual a la prevista para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El titular de la Contraloría General del Instituto será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes a propuesta de instituciones públicas de educación superior, en la forma y términos que determine la ley. Durará seis años en el cargo y podrá ser reelecto por una sola vez. Estará adscrito administrativamente a la presidencia del Consejo General y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la entidad de fiscalización superior de la Federación.
El Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General a propuesta de su Presidente.
La ley establecerá los requisitos que deberán reunir para su designación el consejero presidente del Consejo General, los consejeros electorales, el Contralor General y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral; quienes hayan fungido como consejero Presidente, consejeros electorales y Secretario Ejecutivo no podrán ocupar, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, cargos en los poderes públicos en cuya elección hayan participado.
Los consejeros del Poder Legislativo serán propuestos por los grupos parlamentarios con afiliación de partido en alguna de las Cámaras. Sólo habrá un Consejero por cada grupo parlamentario no obstante su reconocimiento en ambas Cámaras del Congreso de la Unión.
El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica, geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los partidos políticos, al padrón y lista de electores, impresión de materiales electorales, preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez y otorgamiento de constancias en las elecciones de diputados y senadores, cómputo de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales, así como la regulación de la observación electoral y de las encuestas o sondeos de opinión con fines electorales. Las sesiones de todos los órganos colegiados de dirección serán públicas en los términos que señale la ley.
La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos nacionales estará a cargo de un órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, dotado de autonomía de gestión, cuyo titular será designado por el voto de las dos terceras partes del propio Consejo a propuesta del consejero Presidente. La ley desarrollará la integración y funcionamiento de dicho órgano, así como los procedimientos para la aplicación de sanciones por el Consejo General. En el cumplimiento de sus atribuciones el órgano técnico no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal.
El órgano técnico será el conducto para que las autoridades competentes en materia de fiscalización partidista en el ámbito de las entidades federativas puedan superar la limitación a que se refiere el párrafo anterior.
El Instituto Federal Electoral asumirá mediante convenio con las autoridades competentes de las entidades federativas que así lo soliciten, la organización de procesos electorales locales, en los términos que disponga la legislación aplicable.
VI. Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votados y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución.
En materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado.
Artículo 85. Si al comenzar un periodo constitucional no se presentase el presidente electo, o la elección no estuviere hecha o declarada válida el 1o. de diciembre, cesará, sin embargo, el Presidente cuyo periodo haya concluido y se encargará desde luego del Poder Ejecutivo, en calidad de Presidente interino, el que designe el Congreso de la Unión, o en su falta con el carácter de provisional, el que designe la Comisión Permanente, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.
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Artículo 97. ...
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Se deroga
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Artículo 99. El Tribunal Electoral será, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de esta Constitución, la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funcionará en forma permanente con una Sala Superior y salas regionales; sus sesiones de resolución serán públicas, en los términos que determine la ley. Contará con el personal jurídico y administrativo necesario para su adecuado funcionamiento.
La Sala Superior se integrará por siete Magistrados Electorales. El Presidente del Tribunal será elegido por la Sala Superior, de entre sus miembros, para ejercer el cargo por cuatro años.
Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:
I. Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores;
II. Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.
Las salas Superior y regionales del Tribunal sólo podrán declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en las leyes.
La Sala Superior realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.
III. Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal, distintas a las señaladas en las dos fracciones anteriores, que violen normas constitucionales o legales;
IV. Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones. Esta vía procederá solamente cuando la reparación solicitada sea material y jurídicamente posible dentro de los plazos electorales y sea factible antes de la fecha constitucional o legalmente fijada para la instalación de los órganos o la toma de posesión de los funcionarios elegidos;
V. Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen esta Constitución y las leyes. Para que un ciudadano pueda acudir a la jurisdicción del Tribunal por violaciones a sus derechos por el partido político al que se encuentre afiliado, deberá haber agotado previamente las instancias de solución de conflictos previstas en sus normas internas, la ley establecerá las reglas y plazos aplicables;
VI. Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores;
VII. Los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores;
VIII. La determinación e imposición de sanciones por parte del Instituto Federal Electoral a partidos o agrupaciones políticas o personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que infrinjan las disposiciones de esta Constitución y las leyes, y
IX. Las demás que señale la ley.
Las salas del Tribunal Electoral harán uso de los medios de apremio necesarios para hacer cumplir de manera expedita sus sentencias y resoluciones, en los términos que fije la ley.
Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 105 de esta Constitución, las salas del Tribunal Electoral podrán resolver la no aplicación de leyes sobre la materia electoral contrarias a la presente Constitución. Las resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta facultad se limitarán al caso concreto sobre el que verse el juicio. En tales casos la Sala Superior informará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cuando una sala del Tribunal Electoral sustente una tesis sobre la inconstitucionalidad de algún acto o resolución o sobre la interpretación de un precepto de esta Constitución, y dicha tesis pueda ser contradictoria con una sostenida por las salas o el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, cualquiera de los Ministros, las salas o las partes, podrán denunciar la contradicción en los términos que señale la ley, para que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decida en definitiva cuál tesis debe prevalecer. Las resoluciones que se dicten en este supuesto no afectarán los asuntos ya resueltos.
La organización del Tribunal, la competencia de las salas, los procedimientos para la resolución de los asuntos de su competencia, así como los mecanismos para fijar criterios de jurisprudencia obligatorios en la materia, serán los que determinen esta Constitución y las leyes.
La Sala Superior podrá, de oficio, a petición de parte o de alguna de las salas regionales, atraer los juicios de que conozcan éstas; asimismo, podrá enviar los asuntos de su competencia a las salas regionales para su conocimiento y resolución. La ley señalará las reglas y los procedimientos para el ejercicio de tales facultades.
La administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal Electoral corresponderán, en los términos que señale la ley, a una Comisión del Consejo de la Judicatura Federal, que se integrará por el Presidente del Tribunal Electoral, quien la presidirá; un Magistrado Electoral de la Sala Superior designado por insaculación; y tres miembros del Consejo de la Judicatura Federal. El Tribunal propondrá su presupuesto al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su inclusión en el proyecto de Presupuesto del Poder Judicial de la Federación. Asimismo, el Tribunal expedirá su Reglamento Interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento.
Los Magistrados Electorales que integren las salas Superior y regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La elección de quienes las integren será escalonada, conforme a las reglas y al procedimiento que señale la ley.
Los Magistrados Electorales que integren la Sala Superior deberán satisfacer los requisitos que establezca la ley, que no podrán ser menores a los que se exigen para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y durarán en su encargo nueve años improrrogables. Las renuncias, ausencias y licencias de los Magistrados Electorales de la Sala Superior serán tramitadas, cubiertas y otorgadas por dicha Sala, según corresponda, en los términos del artículo 98 de esta Constitución.
Los Magistrados Electorales que integren las salas regionales deberán satisfacer los requisitos que señale la ley, que no podrán ser menores a los que se exige para ser Magistrado de Tribunal Colegiado de Circuito. Durarán en su encargo nueve años improrrogables, salvo si son promovidos a cargos superiores.
En caso de vacante definitiva se nombrará a un nuevo Magistrado por el tiempo restante al del nombramiento original.
El personal del Tribunal regirá sus relaciones de trabajo conforme a las disposiciones aplicables al Poder Judicial de la Federación y a las reglas especiales y excepciones que señale la ley.
Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.
...
...
...
Artículo 116. ...
...
I a III. ...
IV. Las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:
a) Las elecciones de los gobernadores, de los miembros de las legislaturas locales y de los integrantes de los ayuntamientos se realicen mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; y que la jornada comicial tenga lugar el primer domingo de julio del año que corresponda. Los Estados cuyas jornadas electorales se celebren en el año de los comicios federales y no coincidan en la misma fecha de la jornada federal, no estarán obligados por esta última disposición;
b) En el ejercicio de la función electoral, a cargo de las autoridades electorales, sean principios rectores los de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad;
c) Las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones;
d) Las autoridades electorales competentes de carácter administrativo puedan convenir con el Instituto Federal Electoral se haga cargo de la organización de los procesos electorales locales;
e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución;
f) Las autoridades electorales solamente puedan intervenir en los asuntos internos de los partidos en los términos que expresamente señalen;
g) Los partidos políticos reciban, en forma equitativa, financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales. Del mismo modo se establezca el procedimiento para la liquidación de los partidos que pierdan su registro y el destino de sus bienes y remanentes;
h) Se fijen los criterios para establecer los límites a las erogaciones de los partidos políticos en sus precampañas y campañas electorales, así como los montos máximos que tengan las aportaciones de sus simpatizantes, cuya suma total no excederá el diez por ciento del tope de gastos de campaña que se determine para la elección de gobernador; los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten los partidos políticos; y establezcan las sanciones por el incumplimiento a las disposiciones que se expidan en estas materias;
i) Los partidos políticos accedan a la radio y la televisión, conforme a las normas establecidas por el apartado B de la base III del artículo 41 de esta Constitución;
j) Se fijen las reglas para las precampañas y las campañas electorales de los partidos políticos, así como las sanciones para quienes las infrinjan. En todo caso, la duración de las campañas no deberá exceder de noventa días para la elección de gobernador, ni de sesenta días cuando sólo se elijan diputados locales o ayuntamientos; las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales;
k) Se instituyan bases obligatorias para la coordinación entre el Instituto Federal Electoral y las autoridades electorales locales en materia de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, en los términos establecidos en los dos últimos párrafos de la base V del artículo 41 de esta Constitución;
l) Se establezca un sistema de medios de impugnación para que todos los actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente al principio de legalidad. Igualmente, que se señalen los supuestos y las reglas para la realización, en los ámbitos administrativo y jurisdiccional, de recuentos totales o parciales de votación;
m) Se fijen las causales de nulidad de las elecciones de gobernador, diputados locales y ayuntamientos, así como los plazos convenientes para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales, y
n) Se tipifiquen los delitos y determinen las faltas en materia electoral, así como las sanciones que por ellos deban imponerse.
V. a VII. ...
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Artículo 122. ...
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A ...
B. ...
C ...
BASE PRIMERA.- ...
I. a IV. ...
V. La Asamblea Legislativa, en los términos del Estatuto de Gobierno, tendrá las siguientes facultades:
a) al e) ...
f) Expedir las disposiciones que garanticen en el Distrito Federal elecciones libres y auténticas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno, las cuales cumplirán los principios y reglas establecidos en los incisos b) al n) de la fracción IV del artículo 116 de esta Constitución, para lo cual las referencias que los incisos j) y m) hacen a gobernador, diputados locales y ayuntamientos se asumirán, respectivamente, para Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y Jefes Delegacionales;
g) al o) ...
BASE SEGUNDA a BASE QUINTA ...
D al H ...
Artículo 134. ...
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...
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Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Por única vez el Instituto Federal Electoral deberá establecer, conforme a las bases legales que se expidan, tope de gastos para campaña presidencial en el año 2008, sólo para efecto de determinar el monto total del financiamiento privado que podrá obtener anualmente cada partido político.
Artículo Tercero. El Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes federales en un plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del inicio de la vigencia de este Decreto.
Artículo Cuarto. Para los efectos de lo establecido en el tercer párrafo de la base V del artículo 41 de esta Constitución, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Cámara de Diputados procederá a integrar el Consejo General del Instituto Federal Electoral conforme a las siguientes bases:
a) Elegirá a un nuevo consejero Presidente, cuyo mandato concluirá el 30 de octubre de 2013; llegado el caso, el así nombrado podrá ser reelecto por una sola vez, en los términos de lo establecido en el citado párrafo tercero del artículo 41 de esta Constitución;
b) Elegirá, dos nuevos consejeros electorales, cuyo mandato concluirá el 30 de octubre de 2016.
c) Elegirá, de entre los ocho consejeros electorales en funciones a la entrada en vigor de este Decreto, a tres que concluirán su mandato el 15 de agosto de 2008 y a tres que continuarán en su encargo hasta el 30 de octubre de 2010;
d) A más tardar el 15 de agosto de 2008, elegirá a tres nuevos consejeros electorales que concluirán su mandato el 30 de octubre de 2013.
Los consejeros electorales y el consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán en sus cargos hasta en tanto la Cámara de Diputados da cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo.
Queda sin efectos el nombramiento de consejeros electorales suplentes del Consejo General del Instituto Federal Electoral establecido por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de octubre de 2003.
Artículo Quinto. Para los efectos de la renovación escalonada de los Magistrados Electorales de la Sala Superior y de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a que se refiere el artículo 99 de esta Constitución, se estará a lo que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Artículo Sexto. Las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán adecuar su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en este Decreto, a más tardar en un año a partir de su entrada en vigor; en su caso, se observará lo dispuesto en el artículo 105, fracción II, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los Estados que a la entrada en vigor del presente Decreto hayan iniciado procesos electorales o estén por iniciarlos, realizarán sus comicios conforme lo establezcan sus disposiciones constitucionales y legales vigentes, pero una vez terminado el proceso electoral deberán realizar las adecuaciones a que se refiere el párrafo anterior en el mismo plazo señalado, contado a partir del día siguiente de la conclusión del proceso comicial respectivo.
Artículo Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
México, D.F., a 6 de noviembre de 2007.- Dip. Ruth Zavaleta Salgado, Presidenta.- Sen. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Dip. Antonio Xavier López Adame, Secretario.- Sen. Adrian Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de noviembre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña.- Rúbrica.
A partir de ayer el Congreso cuenta con 30 días para proceder a los relevos en el organismo electoral.
El decreto incluye la reforma en los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122 de la Constitución, además de adicionar el 134 y derogar un párrafo del 97.Determina que los consejeros electorales y el consejero presidente del IFE continuarán en sus cargos hasta que la Cámara baja dé cumplimiento lo dispuesto en el decreto
DECRETO que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:
Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 135 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LA MAYORÍA DE LAS HONORABLES LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS, DECLARA REFORMADOS LOS ARTÍCULOS 6o., 41, 85, 99, 108, 116 Y 122; ADICIONADO EL ARTÍCULO 134 Y DEROGADO UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 97 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
ÚNICO. Se reforma el primer párrafo del artículo 6o.; se reforman y adicionan los artículos 41 y 99; se reforma el párrafo primero del artículo 85; se reforma el párrafo primero del artículo 108; se reforma y adiciona la fracción IV del artículo 116; se reforma el inciso f) de la fracción V de la Base Primera el artículo 122; se adicionan tres párrafos finales al artículo 134; y se deroga el párrafo tercero del artículo 97, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
...
Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.
La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, conforme a las siguientes bases:
I. Los partidos políticos son entidades de interés público; la ley determinará las normas y requisitos para su registro legal y las formas específicas de su intervención en el proceso electoral. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones estatales, municipales y del Distrito Federal.
Los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo. Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremiales o con objeto social diferente en la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa.
Las autoridades electorales solamente podrán intervenir en los asuntos internos de los partidos políticos en los términos que señalen esta Constitución y la ley.
II. La ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los propios partidos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
El financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico. Se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley:
a) El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
b) El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan Presidente de la República, senadores y diputados federales, equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; cuando sólo se elijan diputados federales, equivaldrá al treinta por ciento de dicho financiamiento por actividades ordinarias.
c) El financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias. El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
La ley fijará los límites a las erogaciones en los procesos internos de selección de candidatos y las campañas electorales de los partidos políticos. La propia ley establecerá el monto máximo que tendrán las aportaciones de sus simpatizantes, cuya suma total no podrá exceder anualmente, para cada partido, al diez por ciento del tope de gastos establecido para la última campaña presidencial; asimismo ordenará los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten y dispondrá las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento de estas disposiciones.
De igual manera, la ley establecerá el procedimiento para la liquidación de las obligaciones de los partidos que pierdan su registro y los supuestos en los que sus bienes y remanentes serán adjudicados a la Federación.
III. Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social.
Apartado A. El Instituto Federal Electoral será autoridad única para la administración del tiempo que corresponda al Estado en radio y televisión destinado a sus propios fines y al ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales, de acuerdo con lo siguiente y a lo que establezcan las leyes:
a) A partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral quedarán a disposición del Instituto Federal Electoral cuarenta y ocho minutos diarios, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión, en el horario referido en el inciso d) de este apartado;
b) Durante sus precampañas, los partidos políticos dispondrán en conjunto de un minuto por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión; el tiempo restante se utilizará conforme a lo que determine la ley;
c) Durante las campañas electorales deberá destinarse para cubrir el derecho de los partidos políticos al menos el ochenta y cinco por ciento del tiempo total disponible a que se refiere el inciso a) de este apartado;
d) Las transmisiones en cada estación de radio y canal de televisión se distribuirán dentro del horario de programación comprendido entre las seis y las veinticuatro horas;
e) El tiempo establecido como derecho de los partidos políticos se distribuirá entre los mismos conforme a lo siguiente: el treinta por ciento en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo a los resultados de la elección para diputados federales inmediata anterior;
f) A cada partido político nacional sin representación en el Congreso de la Unión se le asignará para radio y televisión solamente la parte correspondiente al porcentaje igualitario establecido en el inciso anterior, y
g) Con independencia de lo dispuesto en los apartados A y B de esta base y fuera de los periodos de precampañas y campañas electorales federales, al Instituto Federal Electoral le será asignado hasta el doce por ciento del tiempo total de que el Estado disponga en radio y televisión, conforme a las leyes y bajo cualquier modalidad; del total asignado, el Instituto distribuirá entre los partidos políticos nacionales en forma igualitaria un cincuenta por ciento; el tiempo restante lo utilizará para fines propios o de otras autoridades electorales, tanto federales como de las entidades federativas. Cada partido político nacional utilizará el tiempo que por este concepto le corresponda en un programa mensual de cinco minutos y el restante en mensajes con duración de veinte segundos cada uno. En todo caso, las transmisiones a que se refiere este inciso se harán en el horario que determine el Instituto conforme a lo señalado en el inciso d) del presente Apartado. En situaciones especiales el Instituto podrá disponer de los tiempos correspondientes a mensajes partidistas a favor de un partido político, cuando así se justifique.
Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.
Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero.
Las disposiciones contenidas en los dos párrafos anteriores deberán ser cumplidas en el ámbito de los estados y el Distrito Federal conforme a la legislación aplicable.
Apartado B. Para fines electorales en las entidades federativas, el Instituto Federal Electoral administrará los tiempos que correspondan al Estado en radio y televisión en las estaciones y canales de cobertura en la entidad de que se trate, conforme a lo siguiente y a lo que determine la ley:
a) Para los casos de los procesos electorales locales con jornadas comiciales coincidentes con la federal, el tiempo asignado en cada entidad federativa estará comprendido dentro del total disponible conforme a los incisos a), b) y c) del apartado A de esta base;
b) Para los demás procesos electorales, la asignación se hará en los términos de la ley, conforme a los criterios de esta base constitucional, y
c) La distribución de los tiempos entre los partidos políticos, incluyendo a los de registro local, se realizará de acuerdo a los criterios señalados en el apartado A de esta base y lo que determine la legislación aplicable.
Cuando a juicio del Instituto Federal Electoral el tiempo total en radio y televisión a que se refieren este apartado y el anterior fuese insuficiente para sus propios fines o los de otras autoridades electorales, determinará lo conducente para cubrir el tiempo faltante, conforme a las facultades que la ley le confiera.
Apartado C. En la propaganda política o electoral que difundan los partidos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.
Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.
Apartado D. Las infracciones a lo dispuesto en esta base serán sancionadas por el Instituto Federal Electoral mediante procedimientos expeditos, que podrán incluir la orden de cancelación inmediata de las transmisiones en radio y televisión, de concesionarios y permisionarios, que resulten violatorias de la ley.
IV. La ley establecerá los plazos para la realización de los procesos partidistas de selección y postulación de candidatos a cargos de elección popular, así como las reglas para las precampañas y las campañas electorales.
La duración de las campañas en el año de elecciones para Presidente de la República, senadores y diputados federales será de noventa días; en el año en que sólo se elijan diputados federales, las campañas durarán sesenta días. En ningún caso las precampañas excederán las dos terceras partes del tiempo previsto para las campañas electorales.
La violación a estas disposiciones por los partidos o cualquier otra persona física o moral será sancionada conforme a la ley.
V. La organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordene la ley. En el ejercicio de esta función estatal, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.
El Instituto Federal Electoral será autoridad en la materia, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño; contará en su estructura con órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia. El Consejo General será su órgano superior de dirección y se integrará por un consejero Presidente y ocho consejeros electorales, y concurrirán, con voz pero sin voto, los consejeros del Poder Legislativo, los representantes de los partidos políticos y un Secretario Ejecutivo; la ley determinará las reglas para la organización y funcionamiento de los órganos, así como las relaciones de mando entre éstos. Los órganos ejecutivos y técnicos dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio profesional electoral. Una Contraloría General tendrá a su cargo, con autonomía técnica y de gestión, la fiscalización de todos los ingresos y egresos del Instituto. Las disposiciones de la ley electoral y del Estatuto que con base en ella apruebe el Consejo General, regirán las relaciones de trabajo con los servidores del organismo público. Los órganos de vigilancia del padrón electoral se integrarán mayoritariamente por representantes de los partidos políticos nacionales. Las mesas directivas de casilla estarán integradas por ciudadanos.
El consejero Presidente durará en su cargo seis años y podrá ser reelecto una sola vez. Los consejeros electorales durarán en su cargo nueve años, serán renovados en forma escalonada y no podrán ser reelectos. Según sea el caso, uno y otros serán elegidos sucesivamente por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, a propuesta de los grupos parlamentarios, previa realización de una amplia consulta a la sociedad. De darse la falta absoluta del consejero Presidente o de cualquiera de los consejeros electorales, el sustituto será elegido para concluir el periodo de la vacante. La ley establecerá las reglas y el procedimiento correspondientes.
El consejero Presidente y los consejeros electorales no podrán tener otro empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que actúen en representación del Consejo General y de los que desempeñen en asociaciones docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia, no remunerados. La retribución que perciban será igual a la prevista para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El titular de la Contraloría General del Instituto será designado por la Cámara de Diputados con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes a propuesta de instituciones públicas de educación superior, en la forma y términos que determine la ley. Durará seis años en el cargo y podrá ser reelecto por una sola vez. Estará adscrito administrativamente a la presidencia del Consejo General y mantendrá la coordinación técnica necesaria con la entidad de fiscalización superior de la Federación.
El Secretario Ejecutivo será nombrado con el voto de las dos terceras partes del Consejo General a propuesta de su Presidente.
La ley establecerá los requisitos que deberán reunir para su designación el consejero presidente del Consejo General, los consejeros electorales, el Contralor General y el Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral; quienes hayan fungido como consejero Presidente, consejeros electorales y Secretario Ejecutivo no podrán ocupar, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, cargos en los poderes públicos en cuya elección hayan participado.
Los consejeros del Poder Legislativo serán propuestos por los grupos parlamentarios con afiliación de partido en alguna de las Cámaras. Sólo habrá un Consejero por cada grupo parlamentario no obstante su reconocimiento en ambas Cámaras del Congreso de la Unión.
El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica, geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los partidos políticos, al padrón y lista de electores, impresión de materiales electorales, preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez y otorgamiento de constancias en las elecciones de diputados y senadores, cómputo de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales, así como la regulación de la observación electoral y de las encuestas o sondeos de opinión con fines electorales. Las sesiones de todos los órganos colegiados de dirección serán públicas en los términos que señale la ley.
La fiscalización de las finanzas de los partidos políticos nacionales estará a cargo de un órgano técnico del Consejo General del Instituto Federal Electoral, dotado de autonomía de gestión, cuyo titular será designado por el voto de las dos terceras partes del propio Consejo a propuesta del consejero Presidente. La ley desarrollará la integración y funcionamiento de dicho órgano, así como los procedimientos para la aplicación de sanciones por el Consejo General. En el cumplimiento de sus atribuciones el órgano técnico no estará limitado por los secretos bancario, fiduciario y fiscal.
El órgano técnico será el conducto para que las autoridades competentes en materia de fiscalización partidista en el ámbito de las entidades federativas puedan superar la limitación a que se refiere el párrafo anterior.
El Instituto Federal Electoral asumirá mediante convenio con las autoridades competentes de las entidades federativas que así lo soliciten, la organización de procesos electorales locales, en los términos que disponga la legislación aplicable.
VI. Para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, se establecerá un sistema de medios de impugnación en los términos que señalen esta Constitución y la ley. Dicho sistema dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales y garantizará la protección de los derechos políticos de los ciudadanos de votar, ser votados y de asociación, en los términos del artículo 99 de esta Constitución.
En materia electoral la interposición de los medios de impugnación, constitucionales o legales, no producirá efectos suspensivos sobre la resolución o el acto impugnado.
Artículo 85. Si al comenzar un periodo constitucional no se presentase el presidente electo, o la elección no estuviere hecha o declarada válida el 1o. de diciembre, cesará, sin embargo, el Presidente cuyo periodo haya concluido y se encargará desde luego del Poder Ejecutivo, en calidad de Presidente interino, el que designe el Congreso de la Unión, o en su falta con el carácter de provisional, el que designe la Comisión Permanente, procediéndose conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.
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Artículo 97. ...
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Se deroga
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Artículo 99. El Tribunal Electoral será, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de esta Constitución, la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.
Para el ejercicio de sus atribuciones, el Tribunal funcionará en forma permanente con una Sala Superior y salas regionales; sus sesiones de resolución serán públicas, en los términos que determine la ley. Contará con el personal jurídico y administrativo necesario para su adecuado funcionamiento.
La Sala Superior se integrará por siete Magistrados Electorales. El Presidente del Tribunal será elegido por la Sala Superior, de entre sus miembros, para ejercer el cargo por cuatro años.
Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:
I. Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores;
II. Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos que serán resueltas en única instancia por la Sala Superior.
Las salas Superior y regionales del Tribunal sólo podrán declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en las leyes.
La Sala Superior realizará el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos.
III. Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal, distintas a las señaladas en las dos fracciones anteriores, que violen normas constitucionales o legales;
IV. Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las entidades federativas para organizar y calificar los comicios o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones. Esta vía procederá solamente cuando la reparación solicitada sea material y jurídicamente posible dentro de los plazos electorales y sea factible antes de la fecha constitucional o legalmente fijada para la instalación de los órganos o la toma de posesión de los funcionarios elegidos;
V. Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen esta Constitución y las leyes. Para que un ciudadano pueda acudir a la jurisdicción del Tribunal por violaciones a sus derechos por el partido político al que se encuentre afiliado, deberá haber agotado previamente las instancias de solución de conflictos previstas en sus normas internas, la ley establecerá las reglas y plazos aplicables;
VI. Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores;
VII. Los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores;
VIII. La determinación e imposición de sanciones por parte del Instituto Federal Electoral a partidos o agrupaciones políticas o personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, que infrinjan las disposiciones de esta Constitución y las leyes, y
IX. Las demás que señale la ley.
Las salas del Tribunal Electoral harán uso de los medios de apremio necesarios para hacer cumplir de manera expedita sus sentencias y resoluciones, en los términos que fije la ley.
Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 105 de esta Constitución, las salas del Tribunal Electoral podrán resolver la no aplicación de leyes sobre la materia electoral contrarias a la presente Constitución. Las resoluciones que se dicten en el ejercicio de esta facultad se limitarán al caso concreto sobre el que verse el juicio. En tales casos la Sala Superior informará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cuando una sala del Tribunal Electoral sustente una tesis sobre la inconstitucionalidad de algún acto o resolución o sobre la interpretación de un precepto de esta Constitución, y dicha tesis pueda ser contradictoria con una sostenida por las salas o el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, cualquiera de los Ministros, las salas o las partes, podrán denunciar la contradicción en los términos que señale la ley, para que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación decida en definitiva cuál tesis debe prevalecer. Las resoluciones que se dicten en este supuesto no afectarán los asuntos ya resueltos.
La organización del Tribunal, la competencia de las salas, los procedimientos para la resolución de los asuntos de su competencia, así como los mecanismos para fijar criterios de jurisprudencia obligatorios en la materia, serán los que determinen esta Constitución y las leyes.
La Sala Superior podrá, de oficio, a petición de parte o de alguna de las salas regionales, atraer los juicios de que conozcan éstas; asimismo, podrá enviar los asuntos de su competencia a las salas regionales para su conocimiento y resolución. La ley señalará las reglas y los procedimientos para el ejercicio de tales facultades.
La administración, vigilancia y disciplina en el Tribunal Electoral corresponderán, en los términos que señale la ley, a una Comisión del Consejo de la Judicatura Federal, que se integrará por el Presidente del Tribunal Electoral, quien la presidirá; un Magistrado Electoral de la Sala Superior designado por insaculación; y tres miembros del Consejo de la Judicatura Federal. El Tribunal propondrá su presupuesto al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para su inclusión en el proyecto de Presupuesto del Poder Judicial de la Federación. Asimismo, el Tribunal expedirá su Reglamento Interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento.
Los Magistrados Electorales que integren las salas Superior y regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La elección de quienes las integren será escalonada, conforme a las reglas y al procedimiento que señale la ley.
Los Magistrados Electorales que integren la Sala Superior deberán satisfacer los requisitos que establezca la ley, que no podrán ser menores a los que se exigen para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y durarán en su encargo nueve años improrrogables. Las renuncias, ausencias y licencias de los Magistrados Electorales de la Sala Superior serán tramitadas, cubiertas y otorgadas por dicha Sala, según corresponda, en los términos del artículo 98 de esta Constitución.
Los Magistrados Electorales que integren las salas regionales deberán satisfacer los requisitos que señale la ley, que no podrán ser menores a los que se exige para ser Magistrado de Tribunal Colegiado de Circuito. Durarán en su encargo nueve años improrrogables, salvo si son promovidos a cargos superiores.
En caso de vacante definitiva se nombrará a un nuevo Magistrado por el tiempo restante al del nombramiento original.
El personal del Tribunal regirá sus relaciones de trabajo conforme a las disposiciones aplicables al Poder Judicial de la Federación y a las reglas especiales y excepciones que señale la ley.
Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía, quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones.
...
...
...
Artículo 116. ...
...
I a III. ...
IV. Las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral garantizarán que:
a) Las elecciones de los gobernadores, de los miembros de las legislaturas locales y de los integrantes de los ayuntamientos se realicen mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; y que la jornada comicial tenga lugar el primer domingo de julio del año que corresponda. Los Estados cuyas jornadas electorales se celebren en el año de los comicios federales y no coincidan en la misma fecha de la jornada federal, no estarán obligados por esta última disposición;
b) En el ejercicio de la función electoral, a cargo de las autoridades electorales, sean principios rectores los de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad;
c) Las autoridades que tengan a su cargo la organización de las elecciones y las jurisdiccionales que resuelvan las controversias en la materia, gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones;
d) Las autoridades electorales competentes de carácter administrativo puedan convenir con el Instituto Federal Electoral se haga cargo de la organización de los procesos electorales locales;
e) Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremiales, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa. Asimismo tengan reconocido el derecho exclusivo para solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular, con excepción de lo dispuesto en el artículo 2o., apartado A, fracciones III y VII, de esta Constitución;
f) Las autoridades electorales solamente puedan intervenir en los asuntos internos de los partidos en los términos que expresamente señalen;
g) Los partidos políticos reciban, en forma equitativa, financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales. Del mismo modo se establezca el procedimiento para la liquidación de los partidos que pierdan su registro y el destino de sus bienes y remanentes;
h) Se fijen los criterios para establecer los límites a las erogaciones de los partidos políticos en sus precampañas y campañas electorales, así como los montos máximos que tengan las aportaciones de sus simpatizantes, cuya suma total no excederá el diez por ciento del tope de gastos de campaña que se determine para la elección de gobernador; los procedimientos para el control y vigilancia del origen y uso de todos los recursos con que cuenten los partidos políticos; y establezcan las sanciones por el incumplimiento a las disposiciones que se expidan en estas materias;
i) Los partidos políticos accedan a la radio y la televisión, conforme a las normas establecidas por el apartado B de la base III del artículo 41 de esta Constitución;
j) Se fijen las reglas para las precampañas y las campañas electorales de los partidos políticos, así como las sanciones para quienes las infrinjan. En todo caso, la duración de las campañas no deberá exceder de noventa días para la elección de gobernador, ni de sesenta días cuando sólo se elijan diputados locales o ayuntamientos; las precampañas no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales;
k) Se instituyan bases obligatorias para la coordinación entre el Instituto Federal Electoral y las autoridades electorales locales en materia de fiscalización de las finanzas de los partidos políticos, en los términos establecidos en los dos últimos párrafos de la base V del artículo 41 de esta Constitución;
l) Se establezca un sistema de medios de impugnación para que todos los actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente al principio de legalidad. Igualmente, que se señalen los supuestos y las reglas para la realización, en los ámbitos administrativo y jurisdiccional, de recuentos totales o parciales de votación;
m) Se fijen las causales de nulidad de las elecciones de gobernador, diputados locales y ayuntamientos, así como los plazos convenientes para el desahogo de todas las instancias impugnativas, tomando en cuenta el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales, y
n) Se tipifiquen los delitos y determinen las faltas en materia electoral, así como las sanciones que por ellos deban imponerse.
V. a VII. ...
...
Artículo 122. ...
...
...
...
...
...
A ...
B. ...
C ...
BASE PRIMERA.- ...
I. a IV. ...
V. La Asamblea Legislativa, en los términos del Estatuto de Gobierno, tendrá las siguientes facultades:
a) al e) ...
f) Expedir las disposiciones que garanticen en el Distrito Federal elecciones libres y auténticas, mediante sufragio universal, libre, secreto y directo; sujetándose a las bases que establezca el Estatuto de Gobierno, las cuales cumplirán los principios y reglas establecidos en los incisos b) al n) de la fracción IV del artículo 116 de esta Constitución, para lo cual las referencias que los incisos j) y m) hacen a gobernador, diputados locales y ayuntamientos se asumirán, respectivamente, para Jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa y Jefes Delegacionales;
g) al o) ...
BASE SEGUNDA a BASE QUINTA ...
D al H ...
Artículo 134. ...
...
...
...
...
Los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar.
TRANSITORIOS
Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Por única vez el Instituto Federal Electoral deberá establecer, conforme a las bases legales que se expidan, tope de gastos para campaña presidencial en el año 2008, sólo para efecto de determinar el monto total del financiamiento privado que podrá obtener anualmente cada partido político.
Artículo Tercero. El Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes federales en un plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del inicio de la vigencia de este Decreto.
Artículo Cuarto. Para los efectos de lo establecido en el tercer párrafo de la base V del artículo 41 de esta Constitución, en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, la Cámara de Diputados procederá a integrar el Consejo General del Instituto Federal Electoral conforme a las siguientes bases:
a) Elegirá a un nuevo consejero Presidente, cuyo mandato concluirá el 30 de octubre de 2013; llegado el caso, el así nombrado podrá ser reelecto por una sola vez, en los términos de lo establecido en el citado párrafo tercero del artículo 41 de esta Constitución;
b) Elegirá, dos nuevos consejeros electorales, cuyo mandato concluirá el 30 de octubre de 2016.
c) Elegirá, de entre los ocho consejeros electorales en funciones a la entrada en vigor de este Decreto, a tres que concluirán su mandato el 15 de agosto de 2008 y a tres que continuarán en su encargo hasta el 30 de octubre de 2010;
d) A más tardar el 15 de agosto de 2008, elegirá a tres nuevos consejeros electorales que concluirán su mandato el 30 de octubre de 2013.
Los consejeros electorales y el consejero Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, en funciones a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán en sus cargos hasta en tanto la Cámara de Diputados da cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo.
Queda sin efectos el nombramiento de consejeros electorales suplentes del Consejo General del Instituto Federal Electoral establecido por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de octubre de 2003.
Artículo Quinto. Para los efectos de la renovación escalonada de los Magistrados Electorales de la Sala Superior y de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a que se refiere el artículo 99 de esta Constitución, se estará a lo que determine la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Artículo Sexto. Las legislaturas de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberán adecuar su legislación aplicable conforme a lo dispuesto en este Decreto, a más tardar en un año a partir de su entrada en vigor; en su caso, se observará lo dispuesto en el artículo 105, fracción II, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Los Estados que a la entrada en vigor del presente Decreto hayan iniciado procesos electorales o estén por iniciarlos, realizarán sus comicios conforme lo establezcan sus disposiciones constitucionales y legales vigentes, pero una vez terminado el proceso electoral deberán realizar las adecuaciones a que se refiere el párrafo anterior en el mismo plazo señalado, contado a partir del día siguiente de la conclusión del proceso comicial respectivo.
Artículo Séptimo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.
México, D.F., a 6 de noviembre de 2007.- Dip. Ruth Zavaleta Salgado, Presidenta.- Sen. Santiago Creel Miranda, Presidente.- Dip. Antonio Xavier López Adame, Secretario.- Sen. Adrian Rivera Pérez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de noviembre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Francisco Javier Ramírez Acuña.- Rúbrica.
México Unido contra la Delincuencia
México Unido surgió en 1997, luego de que la banda de secuestradores que encabezaba Daniel Arizmendi López, El Mochaorejas, plagiara y asesinara a Raúl Nava, hijo de Josefina Ricaño.
- Conmemoración del X Aniversario de México Unido contra la Delincuencia, celebrado en el museo Franz Mayer, 13/11/2007;
Discurso del Presidente Felipe Calderón.
Muy buenas noches, amigas y amigos.
Señora Josefina Ricaño, Presidenta Honoraria de México Unido Contra la Delincuencia.
Doctora María Elena Morera, Presidenta de México Unido Contra la Delincuencia.
Señores gobernadores, distinguidos líderes de la sociedad mexicana.
Señoras y señores, señor senador, señores legisladores:
Agradezco mucho esta invitación para celebrar este Décimo Aniversario de México Unido Contra la Delincuencia. Han sido 10 años de lucha, 10 años de denuncia, 10 años de dignidad.
Hace una década un grupo de ciudadanos se organizó y alzó su voz para denunciar la violencia, el crimen y la impunidad.
Madres y padres de familia, empresarios, trabajadores, todos ellos decidieron romper el silencio para exigir justicia ante el dolor y la impunidad, ante la frustración de haber sido víctimas de una delincuencia impune; exigían y exigen de las autoridades acciones concretas y eficaces para poner un freno a la inseguridad y a la violencia.
Mi mayor reconocimiento a los integrantes de México Unido Contra la Delincuencia por su actuar valiente y decidido en la lucha por un país más seguro y por cumplir 10 años promoviendo la cultura de la legalidad.
Su labor de conciencia social, su espíritu constructivo y de colaboración son una aportación invaluable para superar el reto que representa la inseguridad en México.
Hoy el combate a la delincuencia y a las organizaciones criminales siguen siendo una de las principales demandas de los mexicanos y por desgracia uno de los mayores desafíos que enfrenta la Nación.
Por ello, como Presidente de México, me comprometí a encabezar un Gobierno que retomara la iniciativa y que asumiera plenamente su obligación de garantizar la seguridad pública y el Estado de Derecho.
En el cumplimiento de ese compromiso no hemos escatimado ninguno de los recursos del Estado y hemos puesto en marcha una Estrategia Nacional de Seguridad que es un esfuerzo integral y de largo plazo, hay que decirlo, para articular las acciones del Estado mexicano en la materia.
En una primera etapa instrumentamos los operativos conjuntos que buscan restablecer condiciones de seguridad en las regiones más golpeadas por la delincuencia y dominadas, incluso, por el crimen organizado.
Hemos golpeado al crimen organizado con la captura de importantes capos y la detención de casi 15 mil criminales que amenazaban la vida y la integridad de nuestras familias.
Hemos asegurado armas y dinero producto de actividades criminales, así como grandes cantidades de droga que tenían como destino las calles, las escuelas y a nuestros hijos a final de cuentas.
Para darnos una idea de la magnitud del reto, en estos meses México logró el mayor decomiso de dinero en efectivo en el mundo y recientemente el mayor decomiso de cocaína en el mundo.
Precisamente el mes de octubre fue un mes negro para el crimen organizado, en total se aseguraron más de 35 toneladas de cocaína, es decir, en sólo un mes se decomisó casi 50 por ciento más de todo lo asegurado en el año de 2006.
De hecho, en una sola operación se decomisó más de todo lo decomisado el año pasado. Este ha sido uno de varios golpes importantes para la red del crimen organizado y su impacto se ha visto reflejado, incluso, en una escasez en el mercado de droga.
La cocaína en el mercado americano se registra con un incremento del 44 por ciento y las metanfetaminas con un incremento del 75 por ciento en los últimos tres meses.
La importancia de estos operativos, amigos, no sólo radica en los decomisos, sino que implica romper las redes del crimen organizado porque es así como podemos minar la estructura de criminalidad que representa una amenaza para la sociedad.
Hemos constatado cómo se entrelaza el crimen que sufre el ciudadano, con el crimen que cuenta con estructuras de complicidad y protección policíaca y política, es decir, el crimen organizado en sus más altas esferas.
Con estas acciones, nuestras fuerzas del orden, nuestros policías, soldados y marinos muestran, como nunca antes, un firme compromiso con la seguridad de los mexicanos.
Por desgracia también, desde que iniciamos esta batalla frontal contra la delincuencia, México ha perdido a 27 policías federales, a cinco marinos y a 33 soldados, además de a 200 policías de las diversas corporaciones estatales y municipales que cayeron en el cumplimiento del deber.
Este sacrificio no puede ser menospreciado, por el contrario, merece un justo reconocimiento de la sociedad.
Hoy reitero todo el apoyo de la Administración a los servidores públicos honestos que están en la primera línea de batalla arriesgando su vida en la guerra contra los delincuentes. Con el solo esfuerzo de las fuerzas del orden no es suficiente.
Para ganar esta batalla es necesario avanzar hacia una política integral que permita al Estado, como ya se dijo aquí por la doctora Morera, prevenir, prevenir eficazmente el delito y no sólo reaccionar ante él, por ello pusimos en práctica la estrategia Limpiemos México, Zona en Recuperación, que incluye los programas: Escuela Segura, Rescate de Espacios Públicos, y Prevención y Tratamiento de Adicciones, además de un sólido componente de participación ciudadana.
Estamos luchando para que nuestros parques, nuestras calles, nuestras escuelas sean recuperados por la sociedad, porque así ganamos espacios de acción a los delincuentes que amenazan la seguridad de nuestras comunidades y que intentan envenenar a nuestros hijos con las drogas.
Para tener éxito la participación decidida de la sociedad es indispensable, el México seguro por el que luchamos requiere de la vigilancia y la denuncia ciudadana, y un gran ejemplo de participación es, precisamente, el trabajo enorme que ha venido desempeñando México Unido Contra la Delincuencia.
Por eso, para rendir cuentas a la sociedad y transparentar los resultados de nuestras acciones en materia de seguridad, hemos trabajado en conjunto con ustedes y con otras organizaciones ciudadanas en la construcción de indicadores de medición del desempeño de las autoridades responsables de la seguridad pública.
Este es uno entre varios compromisos que asumí con ustedes y en los que hemos trabajado en la Administración.
Para mi Gobierno es fundamental fortalecer los vínculos maltrechos que hay entre el Gobierno y la sociedad a través del diálogo y la colaboración.
Por ello estamos trabajando para ofrecer a los ciudadanos vías confiables y seguras para denunciar. La consolidación de la Plataforma México permitirá, ese es nuestro objetivo, que los ciudadanos denuncien los delitos de manera segura y confiable mediante el uso de teléfonos celulares o de cualquier medio de comunicación a su alcance, que lo hagan de manera protegida y que las fuerzas del orden puedan integrar de manera segura una base de datos actualizada para construir el mapa que nos permita combatir eficazmente a la delincuencia.
Este combate exige también una transformación y modernización profunda de nuestros mecanismos de seguridad y procuración de justicia, por ello estamos impulsando un nuevo modelo de formación policial en México.
Con él vamos a poner al servicio de los mexicanos una nueva generación de policías que sean demostradamente confiables, que cumplan con elevados estándares de calidad profesional y que cuenten con la mejor preparación y la mejor tecnología para combatir al crimen.
Se trata de un cambio de fondo para contar con una policía científica, honesta y profesional; el objetivo debe de ser que los policías, no sólo del Gobierno Federal, sino de los tres órdenes de Gobierno, cuenten con este tipo de capacitación y con un proceso de selección cuidadoso para que respondan a cabalidad con su alta responsabilidad frente a los ciudadanos.
La tarea de garantizar la seguridad pública en todo el país sólo podrá ser exitosa cuando la cooperación y el compromiso sea asumido por igual en todos los órdenes de Gobierno.
Pero además de buenos policías, los ciudadanos debemos tener la certeza de que ante la comisión de un delito las instituciones del Estado cumplirán y harán cumplir la Ley.
Por ello, también, mi Gobierno ha presentado al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional en materia de justicia que propone, entre otras cosas, establecer reglas específicas en los casos de crimen organizado para brindar protección a las víctimas y a los denunciantes de este tipo de delitos.
Implementar mecanismos que garanticen la integridad y la seguridad de las víctimas como medidas para asegurar la secrecía de los nombres y los datos personales de los acusadores en los casos de la delincuencia organizada.
Establecer de manera gradual y ordenada un sistema acusatorio de juicios orales en materia penal que ayude a agilizar y a hacer más transparente, profesional, expedita y equitativa la procuración e impartición de justicia y, al mismo tiempo, que se posibilite la solución de conflictos por la vía judicial y extrajudicial.
Amigas y amigos:
Quiero, desde aquí, hacer un reconocimiento especial a las señoras y a los señores legisladores de todos los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados quienes con gran sentido de responsabilidad aprobaron el día de hoy el presupuesto, en las primeras horas del día, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008.
Éste contempla incrementos sustanciales para la tarea de seguridad pública, no sólo para el nivel Federal, sino también para estados y municipios.
Esto permitirá aumentar significativamente los recursos para atender las necesidades más apremiantes de los mexicanos y en especial de los que menos tienen.
Este presupuesto incluirá el gasto social y el gasto de infraestructura más alto de la historia del país. Con ese presupuesto, será posible también financiar como nunca antes la inversión que requiere México para dinamizar su crecimiento económico y generar más empleos.
Muy especialmente, se contempla un incremento de más del 43 por ciento en materia de seguridad pública respecto a este año 2007. Esto, sin duda, fortalecerá la capacidad del Gobierno Federal para combatir este flagelo social y lo hará también en los gobiernos estatales y municipales.
En este Décimo Aniversario de México Unido Contra la Delincuencia, reitero el compromiso indeclinable del Gobierno Federal para cumplir a cabalidad la función esencial de garantizar la seguridad pública.
El Gobierno Federal ha retomado las causas de la ciudadanía y se ha puesto, como nos comprometimos el 1 de diciembre, al frente, a la cabeza de la lucha contra la inseguridad.
El papel de la sociedad civil sigue siendo crucial para contribuir a la consolidación de una cultura de legalidad y de denuncia y para señalar y exigir a las autoridades de los tres órdenes de Gobierno, lo mucho que aún falta por hacer.
La lucha contra la inseguridad, la lucha por la seguridad de todos, es tarea de todos, por eso hoy más que nunca es fundamental que la sociedad se sume a este gran esfuerzo nacional, denunciando los delitos, retomando los espacios públicos, previniendo la cultura del crimen y sumándose a esta nueva cultura de respeto a la ley y a la convivencia respetuosa entre todos.
Con la valiosa colaboración de las organizaciones civiles, y en primerísimo lugar de México Unido Contra la Delincuencia, seguiremos avanzando en la construcción de un México más seguro para todos.
Muchísimas gracias y enhorabuena por este Décimo Aniversario.
Señora Josefina Ricaño, Presidenta Honoraria de México Unido Contra la Delincuencia.
Doctora María Elena Morera, Presidenta de México Unido Contra la Delincuencia.
Señores gobernadores, distinguidos líderes de la sociedad mexicana.
Señoras y señores, señor senador, señores legisladores:
Agradezco mucho esta invitación para celebrar este Décimo Aniversario de México Unido Contra la Delincuencia. Han sido 10 años de lucha, 10 años de denuncia, 10 años de dignidad.
Hace una década un grupo de ciudadanos se organizó y alzó su voz para denunciar la violencia, el crimen y la impunidad.
Madres y padres de familia, empresarios, trabajadores, todos ellos decidieron romper el silencio para exigir justicia ante el dolor y la impunidad, ante la frustración de haber sido víctimas de una delincuencia impune; exigían y exigen de las autoridades acciones concretas y eficaces para poner un freno a la inseguridad y a la violencia.
Mi mayor reconocimiento a los integrantes de México Unido Contra la Delincuencia por su actuar valiente y decidido en la lucha por un país más seguro y por cumplir 10 años promoviendo la cultura de la legalidad.
Su labor de conciencia social, su espíritu constructivo y de colaboración son una aportación invaluable para superar el reto que representa la inseguridad en México.
Hoy el combate a la delincuencia y a las organizaciones criminales siguen siendo una de las principales demandas de los mexicanos y por desgracia uno de los mayores desafíos que enfrenta la Nación.
Por ello, como Presidente de México, me comprometí a encabezar un Gobierno que retomara la iniciativa y que asumiera plenamente su obligación de garantizar la seguridad pública y el Estado de Derecho.
En el cumplimiento de ese compromiso no hemos escatimado ninguno de los recursos del Estado y hemos puesto en marcha una Estrategia Nacional de Seguridad que es un esfuerzo integral y de largo plazo, hay que decirlo, para articular las acciones del Estado mexicano en la materia.
En una primera etapa instrumentamos los operativos conjuntos que buscan restablecer condiciones de seguridad en las regiones más golpeadas por la delincuencia y dominadas, incluso, por el crimen organizado.
Hemos golpeado al crimen organizado con la captura de importantes capos y la detención de casi 15 mil criminales que amenazaban la vida y la integridad de nuestras familias.
Hemos asegurado armas y dinero producto de actividades criminales, así como grandes cantidades de droga que tenían como destino las calles, las escuelas y a nuestros hijos a final de cuentas.
Para darnos una idea de la magnitud del reto, en estos meses México logró el mayor decomiso de dinero en efectivo en el mundo y recientemente el mayor decomiso de cocaína en el mundo.
Precisamente el mes de octubre fue un mes negro para el crimen organizado, en total se aseguraron más de 35 toneladas de cocaína, es decir, en sólo un mes se decomisó casi 50 por ciento más de todo lo asegurado en el año de 2006.
De hecho, en una sola operación se decomisó más de todo lo decomisado el año pasado. Este ha sido uno de varios golpes importantes para la red del crimen organizado y su impacto se ha visto reflejado, incluso, en una escasez en el mercado de droga.
La cocaína en el mercado americano se registra con un incremento del 44 por ciento y las metanfetaminas con un incremento del 75 por ciento en los últimos tres meses.
La importancia de estos operativos, amigos, no sólo radica en los decomisos, sino que implica romper las redes del crimen organizado porque es así como podemos minar la estructura de criminalidad que representa una amenaza para la sociedad.
Hemos constatado cómo se entrelaza el crimen que sufre el ciudadano, con el crimen que cuenta con estructuras de complicidad y protección policíaca y política, es decir, el crimen organizado en sus más altas esferas.
Con estas acciones, nuestras fuerzas del orden, nuestros policías, soldados y marinos muestran, como nunca antes, un firme compromiso con la seguridad de los mexicanos.
Por desgracia también, desde que iniciamos esta batalla frontal contra la delincuencia, México ha perdido a 27 policías federales, a cinco marinos y a 33 soldados, además de a 200 policías de las diversas corporaciones estatales y municipales que cayeron en el cumplimiento del deber.
Este sacrificio no puede ser menospreciado, por el contrario, merece un justo reconocimiento de la sociedad.
Hoy reitero todo el apoyo de la Administración a los servidores públicos honestos que están en la primera línea de batalla arriesgando su vida en la guerra contra los delincuentes. Con el solo esfuerzo de las fuerzas del orden no es suficiente.
Para ganar esta batalla es necesario avanzar hacia una política integral que permita al Estado, como ya se dijo aquí por la doctora Morera, prevenir, prevenir eficazmente el delito y no sólo reaccionar ante él, por ello pusimos en práctica la estrategia Limpiemos México, Zona en Recuperación, que incluye los programas: Escuela Segura, Rescate de Espacios Públicos, y Prevención y Tratamiento de Adicciones, además de un sólido componente de participación ciudadana.
Estamos luchando para que nuestros parques, nuestras calles, nuestras escuelas sean recuperados por la sociedad, porque así ganamos espacios de acción a los delincuentes que amenazan la seguridad de nuestras comunidades y que intentan envenenar a nuestros hijos con las drogas.
Para tener éxito la participación decidida de la sociedad es indispensable, el México seguro por el que luchamos requiere de la vigilancia y la denuncia ciudadana, y un gran ejemplo de participación es, precisamente, el trabajo enorme que ha venido desempeñando México Unido Contra la Delincuencia.
Por eso, para rendir cuentas a la sociedad y transparentar los resultados de nuestras acciones en materia de seguridad, hemos trabajado en conjunto con ustedes y con otras organizaciones ciudadanas en la construcción de indicadores de medición del desempeño de las autoridades responsables de la seguridad pública.
Este es uno entre varios compromisos que asumí con ustedes y en los que hemos trabajado en la Administración.
Para mi Gobierno es fundamental fortalecer los vínculos maltrechos que hay entre el Gobierno y la sociedad a través del diálogo y la colaboración.
Por ello estamos trabajando para ofrecer a los ciudadanos vías confiables y seguras para denunciar. La consolidación de la Plataforma México permitirá, ese es nuestro objetivo, que los ciudadanos denuncien los delitos de manera segura y confiable mediante el uso de teléfonos celulares o de cualquier medio de comunicación a su alcance, que lo hagan de manera protegida y que las fuerzas del orden puedan integrar de manera segura una base de datos actualizada para construir el mapa que nos permita combatir eficazmente a la delincuencia.
Este combate exige también una transformación y modernización profunda de nuestros mecanismos de seguridad y procuración de justicia, por ello estamos impulsando un nuevo modelo de formación policial en México.
Con él vamos a poner al servicio de los mexicanos una nueva generación de policías que sean demostradamente confiables, que cumplan con elevados estándares de calidad profesional y que cuenten con la mejor preparación y la mejor tecnología para combatir al crimen.
Se trata de un cambio de fondo para contar con una policía científica, honesta y profesional; el objetivo debe de ser que los policías, no sólo del Gobierno Federal, sino de los tres órdenes de Gobierno, cuenten con este tipo de capacitación y con un proceso de selección cuidadoso para que respondan a cabalidad con su alta responsabilidad frente a los ciudadanos.
La tarea de garantizar la seguridad pública en todo el país sólo podrá ser exitosa cuando la cooperación y el compromiso sea asumido por igual en todos los órdenes de Gobierno.
Pero además de buenos policías, los ciudadanos debemos tener la certeza de que ante la comisión de un delito las instituciones del Estado cumplirán y harán cumplir la Ley.
Por ello, también, mi Gobierno ha presentado al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma constitucional en materia de justicia que propone, entre otras cosas, establecer reglas específicas en los casos de crimen organizado para brindar protección a las víctimas y a los denunciantes de este tipo de delitos.
Implementar mecanismos que garanticen la integridad y la seguridad de las víctimas como medidas para asegurar la secrecía de los nombres y los datos personales de los acusadores en los casos de la delincuencia organizada.
Establecer de manera gradual y ordenada un sistema acusatorio de juicios orales en materia penal que ayude a agilizar y a hacer más transparente, profesional, expedita y equitativa la procuración e impartición de justicia y, al mismo tiempo, que se posibilite la solución de conflictos por la vía judicial y extrajudicial.
Amigas y amigos:
Quiero, desde aquí, hacer un reconocimiento especial a las señoras y a los señores legisladores de todos los grupos parlamentarios de la Cámara de Diputados quienes con gran sentido de responsabilidad aprobaron el día de hoy el presupuesto, en las primeras horas del día, el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2008.
Éste contempla incrementos sustanciales para la tarea de seguridad pública, no sólo para el nivel Federal, sino también para estados y municipios.
Esto permitirá aumentar significativamente los recursos para atender las necesidades más apremiantes de los mexicanos y en especial de los que menos tienen.
Este presupuesto incluirá el gasto social y el gasto de infraestructura más alto de la historia del país. Con ese presupuesto, será posible también financiar como nunca antes la inversión que requiere México para dinamizar su crecimiento económico y generar más empleos.
Muy especialmente, se contempla un incremento de más del 43 por ciento en materia de seguridad pública respecto a este año 2007. Esto, sin duda, fortalecerá la capacidad del Gobierno Federal para combatir este flagelo social y lo hará también en los gobiernos estatales y municipales.
En este Décimo Aniversario de México Unido Contra la Delincuencia, reitero el compromiso indeclinable del Gobierno Federal para cumplir a cabalidad la función esencial de garantizar la seguridad pública.
El Gobierno Federal ha retomado las causas de la ciudadanía y se ha puesto, como nos comprometimos el 1 de diciembre, al frente, a la cabeza de la lucha contra la inseguridad.
El papel de la sociedad civil sigue siendo crucial para contribuir a la consolidación de una cultura de legalidad y de denuncia y para señalar y exigir a las autoridades de los tres órdenes de Gobierno, lo mucho que aún falta por hacer.
La lucha contra la inseguridad, la lucha por la seguridad de todos, es tarea de todos, por eso hoy más que nunca es fundamental que la sociedad se sume a este gran esfuerzo nacional, denunciando los delitos, retomando los espacios públicos, previniendo la cultura del crimen y sumándose a esta nueva cultura de respeto a la ley y a la convivencia respetuosa entre todos.
Con la valiosa colaboración de las organizaciones civiles, y en primerísimo lugar de México Unido Contra la Delincuencia, seguiremos avanzando en la construcción de un México más seguro para todos.
Muchísimas gracias y enhorabuena por este Décimo Aniversario.
Palabras de Josefina Ricaño:
Ciudadano Presidente de los Estados Unidos de México, licenciado Felipe Calderón; señor Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señores legisladores integrantes del Gabinete de Seguridad, señores gobernadores y presidentes municipales.
Representantes de gobiernos extranjeros, amigos fundadores, consejeros, dirigentes, asociados, voluntarios y donadores de México Unido Contra la Delincuencia, amigos de los medios de comunicación, integrantes de Organizaciones No Gubernamentales, académicos, a todos los que fueron parte de este movimiento y hoy ya no están con nosotros.
Señoras y señores:
La historia de México Unido Contra la Delincuencia no puede definirse en unas cuantas palabras, pero su esencia radica en la lucha y, en el compromiso y en la responsabilidad de unir esfuerzos e involucrarnos en la creación del México en el que todos queremos vivir.
Hoy, a 10 años de lucha constante, estamos aquí reunidos el presente y el futuro de México Unido Contra Delincuencia, es nuestro deber como sociedad involucrarnos y comprometernos en la búsqueda de soluciones, creando una sociedad participativa y dispuesta a hacer de la legalidad una cultura.
Es tiempo de perder el miedo, en todos y cada uno de nosotros reside la posibilidad de heredar un país a nuestros hijos y nietos, mejor.
La vida de nuestra asociación no ha sido fácil y en todos ustedes encuentra el aliento que la mantiene.
Hoy con su presencia demostramos la fuerza y vigencia de nuestro movimiento. Por ello, agradezco a mis cofundadores, quienes han sido los pilares de este movimiento, porque en ustedes se encuentra el alma y el corazón de México Unido.
A los voluntarios, porque sin ustedes nada de esto habría sido posible, en todos ustedes está la diferencia del mexicano que se compromete con su Patria.
A todos los donadores, porque por su participación nos han permitido generar y mantener todos nuestros programas activos.
A los jóvenes con su entrega y energía han enriquecido los alcances de nuestra asociación brindándole un toque agradable y profesional a nuestros logros.
A María Elena y a su Mesa Directiva, que con su compromiso y voluntad, ayudaron al fortalecimiento institucional de nuestra asociación.
Mi agradecimiento especial a mi esposo y a mis hijos y ahora a mis nietos.
A usted, señor Presidente, por su postura de compromiso que esperamos se convierta en hechos reales.
A Dios Nuestro Señor y a Raúl, que ha sido mi fuerza, mi luz, mi fe y mi inspiración.
Señores:
Esto no es una celebración, es la conmemoración de 10 años de lucha de México Unido Contra la Delincuencia que ha sido y será la voz constante de una sociedad, que hoy en día sigue clamando seguridad, justicia y paz. Muchas gracias.
Palabras de María Elena Morera de Galindo, Presidenta de México Unido Contra la Delincuencia.
Licenciado Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, secretarios de Estado, señores legisladores, gobernadores y presidentes municipales, representantes de los gobiernos extranjeros, amigos de los medios de comunicación.
Distinguidos académicos integrantes de Organizaciones No Gubernamentales, simpatizantes de México Unido Contra la Delincuencia, señoras y señores.
Desde hace una década México Unido Contra la Delincuencia se ha convertido en una voz de y para la sociedad, en un vínculo de ésta con las autoridades.
Su nacimiento responde a una exigencia inaplazable, la seguridad. Nuestra organización es producto de un cambio estructural en la vida pública del país, un cambio que ha exigido la construcción de una sociedad civil exigente, crítica y participativa.
Responde a nuestros más de 800 mil afiliados, y responder a ellos ha sido y es la razón de México Unido Contra la Delincuencia.
Y por ello trabajamos para reconstruir en indispensable vínculo, entre la ciudadanía y las autoridades, que en muchos estados y municipios este vínculo se encuentra roto.
Quiero reconocer que el Presidente Calderón y su Gabinete de Seguridad, que en ellos hemos encontrado un importante aliado, un aliado decidido a enfrentar con contundencia el delito.
Nos congratula que el Presidente de la República haya firmado con nosotros diez demandas que implican cambios sustanciales en seguridad y justicia.
Que el Gobierno del Distrito Federal también lo asumiera y que los gobiernos estatales estén en vías de suscribir su compromiso para atenderlas.
Pero exigimos que no queden como promesas incumplidas, para ello estas demandas tienen que estar y están unidas a un compromiso de evaluación y de seguimiento ciudadano.
Vemos avances, pero aún falta mucho por hacer, porque lo que queremos es que todos los mexicanos se sientan seguros y vean en sus instituciones fortaleza en darnos justicia.
Para esto, lo primordial es la corresponsabilidad interinstitucional, creer que desde la Presidencia se puede lograr el cambio sería iluso y contrario a nuestro esquema federal si consideramos el 95 por ciento de los delitos son del fuero común y el 90 por ciento de la fuerza policial es estatal y municipal.
Sin embargo, quiero señalar que la Federación aún no cumple a cabalidad con su parte, porque los delitos federales y especialmente el crimen organizado genera violencia, percepción de inseguridad y de debilidad del Estado, así como graves daños a la salud de los mexicanos.
Por ello, lo que necesitamos es unidad nacional para construir acuerdos y consensos, para superar la notoria diferencia y deficiencias que existen en el tema de prevención, en reconstrucción de las instituciones policiales, ministeriales y judiciales, así como la renovación del sistema de justicia penal.
La prevención, que es la más importante de las tareas, ha sido olvidada por muchos años, porque políticamente es poco rentable, porque no da frutos inmediatos para que lo puedan capitalizar nuestros políticos.
Se inició con algunos esfuerzos en prevención del delito en algunos estados y municipios, y tenemos y reconocemos un primer esfuerzo muy importante impulsado desde la Federación con el Programa Limpiemos México, al cual pedimos se incorporen también como otro programa, un programa muy importante, el de Violencia Intrafamiliar, queremos un programa que realmente vaya contra la violencia intrafamiliar.
Y la variable de seguridad en todas las políticas de desarrollo para cambiar el entorno social, fortalecer la cultura de la legalidad y reconstruir el tejido social.
Por ello, exigimos a todos los niveles de Gobierno atender el problema de fondo y voltear a la prevención, porque la inseguridad no se resuelve con sacar al Ejército a las calles ni con más policías, ni ministerios públicos, ni con más cárceles.
Esto no significa olvidar lo indispensable reconstrucción de nuestras instituciones policiales y de la justicia. Coincidimos en la imperiosa necesidad de transformar las policías, porque ese es el primer contacto entre la sociedad y el Gobierno, si la policía es corrupta, la percepción será la de un Estado corrupto, ineficiente, prepotente y arbitrario.
Este cambio en la percepción tiene que comenzar por la propia autoridad que hoy, hoy no da respuesta contundente a los homicidios de policías, hoy no reconoce el gran riesgo al que día a día se enfrentan.
Cuando nos matan a un policía los delincuentes matan una parte del Estado mexicano.
Sin la reconstrucción de la policía, sin su dignificación estaremos muy lejos de crear el indispensable binomio sociedad-Gobierno, este gran reto lo ha asumido la Secretaría de Seguridad Pública Federal y esperamos tener resultados ciertos y contundentes, en un compromiso de corto, mediano y largo plazo.
Confiamos que a través del nuevo modelo de policía se logre construir el consenso de los estados y municipios para tener una visión y una misión compartida de la policía en todo el país, que sin menoscabo del federalismo, estandarice los sistemas y las formas de operación a lo largo y ancho de la República.
Estaremos muy pendientes de evaluar los resultados, seremos los primeros en reconocer los logros o en reclamar los retrasos o los errores.
Con instituciones policiales fuertes en todos los niveles de Gobierno, daremos un importante paso para reducir la criminalidad, sin embargo, aún con prevención social y policial el sistema estaría trunco si no se reforma por completo la justicia penal, estamos atentos que se ejecuten los cambios orgánicos y estructurales que son impostergables en la Procuraduría General de la República y que los legisladores asuman su responsabilidad constitucional otorgando a los mexicanos una reforma penal de fondo, que modifique totalmente el sistema de justicia, que supere el histórico fracaso del Ministerio Público y la nula vigencia del derecho de los mexicanos a tener una justicia pronta, completa e imparcial.
Esta reforma deberá ser equilibrada para que al tiempo de garantizar nuestras libertades hagan más eficiente la investigación, la persecución y la sanción de los delitos.
No podemos temer al cambio y por ello señor Presidente, coincidimos con su promesa de campaña de transitar a un sistema acusatorio y oral, que ponga a México a la vanguardia dentro del Derecho Penal.
Para lograr estos cambios requerimos del compromiso de un factor real de poder, los medios de comunicación.
Necesitamos, por encima de la nota sensacionalista, la información seria y prudente, el compromiso con campañas de prevención, de reconstrucción de la cultura de legalidad y de los valores que dan fuerza al tejido social.
Señoras y señores:
Son ya 10 años de México Unido Contra la Delincuencia, que de manera muy honorable inició la señora Josefina Ricaño de Nava.
Gracias José.
Pero, por desgracia, nuestro reclamo en seguridad y justicia sigue vigente.
En este aniversario refrendamos nuestro compromiso social de representar a los ignorados por el poder público, de denunciar la ineficiencia y exigir los cambios de fondo, de sumar esfuerzos con todos los actores políticos que así demuestren su compromiso.
Los mexicanos no permitiremos que un puñado de criminales arrodillen al Estado, pero tampoco aceptaremos que algunos políticos suplan con discurso y acciones mediáticas su ineptitud.
El mensaje es inequívoco y contundente, somos muchísimos mexicanos dentro y fuera del Gobierno, que no daremos marcha atrás en la decisión de rescatar a México como un proyecto viable y promisorio.
Somos muchos los mexicanos los que exigimos que el rumbo del país esté marcado por oportunidades, por legalidad, por igualdad y por justicia social. Muchas gracias.
Representantes de gobiernos extranjeros, amigos fundadores, consejeros, dirigentes, asociados, voluntarios y donadores de México Unido Contra la Delincuencia, amigos de los medios de comunicación, integrantes de Organizaciones No Gubernamentales, académicos, a todos los que fueron parte de este movimiento y hoy ya no están con nosotros.
Señoras y señores:
La historia de México Unido Contra la Delincuencia no puede definirse en unas cuantas palabras, pero su esencia radica en la lucha y, en el compromiso y en la responsabilidad de unir esfuerzos e involucrarnos en la creación del México en el que todos queremos vivir.
Hoy, a 10 años de lucha constante, estamos aquí reunidos el presente y el futuro de México Unido Contra Delincuencia, es nuestro deber como sociedad involucrarnos y comprometernos en la búsqueda de soluciones, creando una sociedad participativa y dispuesta a hacer de la legalidad una cultura.
Es tiempo de perder el miedo, en todos y cada uno de nosotros reside la posibilidad de heredar un país a nuestros hijos y nietos, mejor.
La vida de nuestra asociación no ha sido fácil y en todos ustedes encuentra el aliento que la mantiene.
Hoy con su presencia demostramos la fuerza y vigencia de nuestro movimiento. Por ello, agradezco a mis cofundadores, quienes han sido los pilares de este movimiento, porque en ustedes se encuentra el alma y el corazón de México Unido.
A los voluntarios, porque sin ustedes nada de esto habría sido posible, en todos ustedes está la diferencia del mexicano que se compromete con su Patria.
A todos los donadores, porque por su participación nos han permitido generar y mantener todos nuestros programas activos.
A los jóvenes con su entrega y energía han enriquecido los alcances de nuestra asociación brindándole un toque agradable y profesional a nuestros logros.
A María Elena y a su Mesa Directiva, que con su compromiso y voluntad, ayudaron al fortalecimiento institucional de nuestra asociación.
Mi agradecimiento especial a mi esposo y a mis hijos y ahora a mis nietos.
A usted, señor Presidente, por su postura de compromiso que esperamos se convierta en hechos reales.
A Dios Nuestro Señor y a Raúl, que ha sido mi fuerza, mi luz, mi fe y mi inspiración.
Señores:
Esto no es una celebración, es la conmemoración de 10 años de lucha de México Unido Contra la Delincuencia que ha sido y será la voz constante de una sociedad, que hoy en día sigue clamando seguridad, justicia y paz. Muchas gracias.
Palabras de María Elena Morera de Galindo, Presidenta de México Unido Contra la Delincuencia.
Licenciado Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, secretarios de Estado, señores legisladores, gobernadores y presidentes municipales, representantes de los gobiernos extranjeros, amigos de los medios de comunicación.
Distinguidos académicos integrantes de Organizaciones No Gubernamentales, simpatizantes de México Unido Contra la Delincuencia, señoras y señores.
Desde hace una década México Unido Contra la Delincuencia se ha convertido en una voz de y para la sociedad, en un vínculo de ésta con las autoridades.
Su nacimiento responde a una exigencia inaplazable, la seguridad. Nuestra organización es producto de un cambio estructural en la vida pública del país, un cambio que ha exigido la construcción de una sociedad civil exigente, crítica y participativa.
Responde a nuestros más de 800 mil afiliados, y responder a ellos ha sido y es la razón de México Unido Contra la Delincuencia.
Y por ello trabajamos para reconstruir en indispensable vínculo, entre la ciudadanía y las autoridades, que en muchos estados y municipios este vínculo se encuentra roto.
Quiero reconocer que el Presidente Calderón y su Gabinete de Seguridad, que en ellos hemos encontrado un importante aliado, un aliado decidido a enfrentar con contundencia el delito.
Nos congratula que el Presidente de la República haya firmado con nosotros diez demandas que implican cambios sustanciales en seguridad y justicia.
Que el Gobierno del Distrito Federal también lo asumiera y que los gobiernos estatales estén en vías de suscribir su compromiso para atenderlas.
Pero exigimos que no queden como promesas incumplidas, para ello estas demandas tienen que estar y están unidas a un compromiso de evaluación y de seguimiento ciudadano.
Vemos avances, pero aún falta mucho por hacer, porque lo que queremos es que todos los mexicanos se sientan seguros y vean en sus instituciones fortaleza en darnos justicia.
Para esto, lo primordial es la corresponsabilidad interinstitucional, creer que desde la Presidencia se puede lograr el cambio sería iluso y contrario a nuestro esquema federal si consideramos el 95 por ciento de los delitos son del fuero común y el 90 por ciento de la fuerza policial es estatal y municipal.
Sin embargo, quiero señalar que la Federación aún no cumple a cabalidad con su parte, porque los delitos federales y especialmente el crimen organizado genera violencia, percepción de inseguridad y de debilidad del Estado, así como graves daños a la salud de los mexicanos.
Por ello, lo que necesitamos es unidad nacional para construir acuerdos y consensos, para superar la notoria diferencia y deficiencias que existen en el tema de prevención, en reconstrucción de las instituciones policiales, ministeriales y judiciales, así como la renovación del sistema de justicia penal.
La prevención, que es la más importante de las tareas, ha sido olvidada por muchos años, porque políticamente es poco rentable, porque no da frutos inmediatos para que lo puedan capitalizar nuestros políticos.
Se inició con algunos esfuerzos en prevención del delito en algunos estados y municipios, y tenemos y reconocemos un primer esfuerzo muy importante impulsado desde la Federación con el Programa Limpiemos México, al cual pedimos se incorporen también como otro programa, un programa muy importante, el de Violencia Intrafamiliar, queremos un programa que realmente vaya contra la violencia intrafamiliar.
Y la variable de seguridad en todas las políticas de desarrollo para cambiar el entorno social, fortalecer la cultura de la legalidad y reconstruir el tejido social.
Por ello, exigimos a todos los niveles de Gobierno atender el problema de fondo y voltear a la prevención, porque la inseguridad no se resuelve con sacar al Ejército a las calles ni con más policías, ni ministerios públicos, ni con más cárceles.
Esto no significa olvidar lo indispensable reconstrucción de nuestras instituciones policiales y de la justicia. Coincidimos en la imperiosa necesidad de transformar las policías, porque ese es el primer contacto entre la sociedad y el Gobierno, si la policía es corrupta, la percepción será la de un Estado corrupto, ineficiente, prepotente y arbitrario.
Este cambio en la percepción tiene que comenzar por la propia autoridad que hoy, hoy no da respuesta contundente a los homicidios de policías, hoy no reconoce el gran riesgo al que día a día se enfrentan.
Cuando nos matan a un policía los delincuentes matan una parte del Estado mexicano.
Sin la reconstrucción de la policía, sin su dignificación estaremos muy lejos de crear el indispensable binomio sociedad-Gobierno, este gran reto lo ha asumido la Secretaría de Seguridad Pública Federal y esperamos tener resultados ciertos y contundentes, en un compromiso de corto, mediano y largo plazo.
Confiamos que a través del nuevo modelo de policía se logre construir el consenso de los estados y municipios para tener una visión y una misión compartida de la policía en todo el país, que sin menoscabo del federalismo, estandarice los sistemas y las formas de operación a lo largo y ancho de la República.
Estaremos muy pendientes de evaluar los resultados, seremos los primeros en reconocer los logros o en reclamar los retrasos o los errores.
Con instituciones policiales fuertes en todos los niveles de Gobierno, daremos un importante paso para reducir la criminalidad, sin embargo, aún con prevención social y policial el sistema estaría trunco si no se reforma por completo la justicia penal, estamos atentos que se ejecuten los cambios orgánicos y estructurales que son impostergables en la Procuraduría General de la República y que los legisladores asuman su responsabilidad constitucional otorgando a los mexicanos una reforma penal de fondo, que modifique totalmente el sistema de justicia, que supere el histórico fracaso del Ministerio Público y la nula vigencia del derecho de los mexicanos a tener una justicia pronta, completa e imparcial.
Esta reforma deberá ser equilibrada para que al tiempo de garantizar nuestras libertades hagan más eficiente la investigación, la persecución y la sanción de los delitos.
No podemos temer al cambio y por ello señor Presidente, coincidimos con su promesa de campaña de transitar a un sistema acusatorio y oral, que ponga a México a la vanguardia dentro del Derecho Penal.
Para lograr estos cambios requerimos del compromiso de un factor real de poder, los medios de comunicación.
Necesitamos, por encima de la nota sensacionalista, la información seria y prudente, el compromiso con campañas de prevención, de reconstrucción de la cultura de legalidad y de los valores que dan fuerza al tejido social.
Señoras y señores:
Son ya 10 años de México Unido Contra la Delincuencia, que de manera muy honorable inició la señora Josefina Ricaño de Nava.
Gracias José.
Pero, por desgracia, nuestro reclamo en seguridad y justicia sigue vigente.
En este aniversario refrendamos nuestro compromiso social de representar a los ignorados por el poder público, de denunciar la ineficiencia y exigir los cambios de fondo, de sumar esfuerzos con todos los actores políticos que así demuestren su compromiso.
Los mexicanos no permitiremos que un puñado de criminales arrodillen al Estado, pero tampoco aceptaremos que algunos políticos suplan con discurso y acciones mediáticas su ineptitud.
El mensaje es inequívoco y contundente, somos muchísimos mexicanos dentro y fuera del Gobierno, que no daremos marcha atrás en la decisión de rescatar a México como un proyecto viable y promisorio.
Somos muchos los mexicanos los que exigimos que el rumbo del país esté marcado por oportunidades, por legalidad, por igualdad y por justicia social. Muchas gracias.
Fuente: Presidencia de la República.
Buena decisión de legisladores
A fin de que los indígenas cuenten con ayuda técnica y legal a través del Instituto Federal de Defensoría Pública y con ello garantizar su derecho a la defensa y asesoría jurídica, la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la iniciativa que adiciona el artículo 20 BIS a la Ley Federal de Defensoría Pública.
La ley vigente prevé el otorgamiento de asesoría jurídica para la defensa en asuntos de carácter penal, y la idea de la reforma es ampliar la asesoría a través de la traducción y asistencia en todas las materias, no sólo en la penal, para que los indígenas sepan qué está pasando y se les oriente sobre la pertinencia de tomar determinadas medidas que les favorezcan.
Con ello se busca darle mayor cobertura al servicio de defensa pública para los indígenas, y evitar que se “recurra al pretexto de que, como las materias familiar, civil o mercantil no están incluidas, no se les presta el servicio”, dijo en una entrevista el diputado César Camacho Quiroz (PRI), presidente de la Comisión de Justicia.
Añadió el legislador que, una vez aprobada por el Pleno de los diputados esta reforma, la institución de la defensa pública, adscrita al Poder Judicial de la Federación deberá brindar el servicio de traducción y de asesoría técnica a los indígenas involucrados en cuestiones de carácter, no sólo penal.
La ley vigente prevé el otorgamiento de asesoría jurídica para la defensa en asuntos de carácter penal, y la idea de la reforma es ampliar la asesoría a través de la traducción y asistencia en todas las materias, no sólo en la penal, para que los indígenas sepan qué está pasando y se les oriente sobre la pertinencia de tomar determinadas medidas que les favorezcan.
Con ello se busca darle mayor cobertura al servicio de defensa pública para los indígenas, y evitar que se “recurra al pretexto de que, como las materias familiar, civil o mercantil no están incluidas, no se les presta el servicio”, dijo en una entrevista el diputado César Camacho Quiroz (PRI), presidente de la Comisión de Justicia.
Añadió el legislador que, una vez aprobada por el Pleno de los diputados esta reforma, la institución de la defensa pública, adscrita al Poder Judicial de la Federación deberá brindar el servicio de traducción y de asesoría técnica a los indígenas involucrados en cuestiones de carácter, no sólo penal.
La JUCOPO decidirá a los nuevos consejeros
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 352 votos a favor, 12 en contra y 4 abstenciones, la minuta con proyecto de decreto que establece un artículo transitorio único de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
La corrección que hizo el Senado de la minuta para permitir que la Junta de Coordinación Política en San Lázaro, presente el procedimiento “por única vez” para elegir a los tres consejeros del IFE que serán relevados.
Se turnó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Con esta decisión, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados queda facultada, por única vez, para presentar al Pleno el procedimiento y convocatoria del proceso de integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) y las propuestas de nombres a ocupar los cargos de Consejero Presidente y consejeros electorales.
Lo anterior, se explica en la minuta, para dar cumplimiento a los artículos tercero y cuarto transitorios del decreto por el que se reforman los artículos seis, 41, 85, 99, 108, 116, 122, 134 y 97 constitucionales, en materia electoral.
Estos artículos transitorios establecen que el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes federales en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir del inicio de la vigencia del decreto que modifica diversos artículos constitucionales en materia electoral. Asimismo, se señala que en ese mismo lapso, la Cámara de Diputados procederá a integrar el Consejo General del IFE.
Cabe mencionar que dicho decreto fue publicado por el Ejecutivo en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer, por lo que hoy entra en vigor.
El diputado Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza) señaló que la Cámara de Senadores en ningún momento respetó lo que la Cámara de origen aprobó. “Si bien es cierto que la colegisladora es la revisora, se está asumiendo como la definitoria respecto de las propias leyes y ordenamientosque nos facultan”.
Antes de la votación, se dio a conocer la siguiente fe de erratas:
“Artículo único. Para efecto de dar cumplimiento al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman los artículos sexto, 41, 85, 99, 108, 116, 122, se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, por única vez, presentará al Pleno el procedimiento y convocatoria para la integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral y las propuestas de nombres para ocupar los cargos de Consejero Presidente y los consejeros electorales para su elección.
“El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Debe decir: “Artículo único. Para efecto de dar cumplimiento a los artículos tercero y cuarto transitorios del decreto por el que se reforman los artículos sexto, 41, 85, 99, 108, 116, 122, se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, por única vez, presentará al Pleno el procedimiento y convocatoria para la integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral y las propuestas de nombres para ocupar los cargos de Consejero Presidente y los consejeros electorales para su elección.
“El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
La corrección que hizo el Senado de la minuta para permitir que la Junta de Coordinación Política en San Lázaro, presente el procedimiento “por única vez” para elegir a los tres consejeros del IFE que serán relevados.
Se turnó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Con esta decisión, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados queda facultada, por única vez, para presentar al Pleno el procedimiento y convocatoria del proceso de integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) y las propuestas de nombres a ocupar los cargos de Consejero Presidente y consejeros electorales.
Lo anterior, se explica en la minuta, para dar cumplimiento a los artículos tercero y cuarto transitorios del decreto por el que se reforman los artículos seis, 41, 85, 99, 108, 116, 122, 134 y 97 constitucionales, en materia electoral.
Estos artículos transitorios establecen que el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que correspondan en las leyes federales en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir del inicio de la vigencia del decreto que modifica diversos artículos constitucionales en materia electoral. Asimismo, se señala que en ese mismo lapso, la Cámara de Diputados procederá a integrar el Consejo General del IFE.
Cabe mencionar que dicho decreto fue publicado por el Ejecutivo en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer, por lo que hoy entra en vigor.
El diputado Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza) señaló que la Cámara de Senadores en ningún momento respetó lo que la Cámara de origen aprobó. “Si bien es cierto que la colegisladora es la revisora, se está asumiendo como la definitoria respecto de las propias leyes y ordenamientosque nos facultan”.
Antes de la votación, se dio a conocer la siguiente fe de erratas:
“Artículo único. Para efecto de dar cumplimiento al artículo tercero transitorio del decreto por el que se reforman los artículos sexto, 41, 85, 99, 108, 116, 122, se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, por única vez, presentará al Pleno el procedimiento y convocatoria para la integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral y las propuestas de nombres para ocupar los cargos de Consejero Presidente y los consejeros electorales para su elección.
“El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Debe decir: “Artículo único. Para efecto de dar cumplimiento a los artículos tercero y cuarto transitorios del decreto por el que se reforman los artículos sexto, 41, 85, 99, 108, 116, 122, se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, por única vez, presentará al Pleno el procedimiento y convocatoria para la integración del Consejo General del Instituto Federal Electoral y las propuestas de nombres para ocupar los cargos de Consejero Presidente y los consejeros electorales para su elección.
“El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Respeto a migrantes en México
Nota de El Universal On line, 14/11/2007; 17:18 horas.
Garantiza Gobernación respeto a migrantes extranjeros
Señala la dependencia las nuevas normas de operación para las 48 estaciones migratorias en el país que, prevén entre otras cosas, la realización de un padrón para que organizaciones civiles y ministros de culto realicen sus labores en dichas estaciones
Jorge Ramos Pérez, reportero
La Secretaría de Gobernación (Segob) aseguró que respetará los derechos de los migrantes extranjeros que llegan a cualquiera de las 48 estaciones migratorias que opera en el país.
El proyecto de nuevas normas para estaciones migratorias, entre otras cosas, fija reglas para el ingreso de ministros de culto y organizaciones no gubernamentales que pretendan ingresar a dar apoyo espiritual o de asistencia social a las personas sin papeles.
De acuerdo con un documento de la dependencia federal, las nuevas normas para las estaciones migratorias además contaron con la participación de siete organizaciones sociales y hasta de la Organización de Naciones Unidas (ONU).
Gobernación informó que contó con la aportación de Marion Hofman, del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados; Hermana Arlina Barral, de la Comisión de Pastoral de Migrantes, Arquidiócesis Primada de México, A.R; Martha Villareal, de la Clínica de Derecho del ITAM; Diana Martínez, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, y Otras Organizaciones; Fabienne Venet, del Foro Migraciones; José Antonio García Gallegos, de la Comisión de Población y Desarrollo (Senado de la República), y Karla Gayo de UNICEF.
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), informó a la Segob mediante oficio número Cofeme/07/3140, fechado el 9 de noviembre, que en un plazo de 30 días hábiles emitirá su dictamen sobre las nuevas normas, por lo que se espera que a finales del presente mes sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación.
Según Gobernación, el proyecto “acota los márgenes de discrecionalidad de la autoridad migratoria, a efecto de garantizar el pleno respeto al Estado de Derecho”. Además, “garantiza el acceso la protección consular, la representación legal y la asistencia de las organizaciones de la sociedad civil y religiosas que atienden el fenómeno migratorio de todos los extranjeros custodiados”.
Incluso, explica que el establecimiento de un padrón de organizaciones sociales servirá para mantener el orden dentro de las instalaciones y regular la asistencia “espiritual” de ministros de culto.
“Los ministros de culto y organizaciones de la sociedad civil deberán inscribirse en dicho Padrón para desarrollar actividades de asistencia social, espiritual, recreativas, asesoría e investigación, entre otros, a efecto de que la autoridad migratoria cuente con instrumentos de supervisión y vigilancia que permita mantener el orden y la seguridad de las actividades diarias en las estaciones migratorias”, sostiene la dependencia.
Para Gobernación “una parte importante de este proyecto es garantizar el acceso al procedimiento de solicitud de refugio. Por otra parte, se imprime especial atención al tratamiento que recibirán los menores migrantes no acompañados, con una política y visión de género”.
Entre otras de los beneficios que ve Gobernación en la nueva reglamentación está el hecho que “permite a la autoridad distinguir claramente la capacidad de los inmuebles destinados a la custodia de los extranjeros”.
Y “hace explícitas las obligaciones de la autoridad, con el objeto de mantener informados a los extranjeros custodiados sobre sus derechos y obligaciones, en el transcurso del procedimiento administrativo que se les sigue”.
cvtp/dm
Garantiza Gobernación respeto a migrantes extranjeros
Señala la dependencia las nuevas normas de operación para las 48 estaciones migratorias en el país que, prevén entre otras cosas, la realización de un padrón para que organizaciones civiles y ministros de culto realicen sus labores en dichas estaciones
Jorge Ramos Pérez, reportero
La Secretaría de Gobernación (Segob) aseguró que respetará los derechos de los migrantes extranjeros que llegan a cualquiera de las 48 estaciones migratorias que opera en el país.
El proyecto de nuevas normas para estaciones migratorias, entre otras cosas, fija reglas para el ingreso de ministros de culto y organizaciones no gubernamentales que pretendan ingresar a dar apoyo espiritual o de asistencia social a las personas sin papeles.
De acuerdo con un documento de la dependencia federal, las nuevas normas para las estaciones migratorias además contaron con la participación de siete organizaciones sociales y hasta de la Organización de Naciones Unidas (ONU).
Gobernación informó que contó con la aportación de Marion Hofman, del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados; Hermana Arlina Barral, de la Comisión de Pastoral de Migrantes, Arquidiócesis Primada de México, A.R; Martha Villareal, de la Clínica de Derecho del ITAM; Diana Martínez, del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, y Otras Organizaciones; Fabienne Venet, del Foro Migraciones; José Antonio García Gallegos, de la Comisión de Población y Desarrollo (Senado de la República), y Karla Gayo de UNICEF.
La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), informó a la Segob mediante oficio número Cofeme/07/3140, fechado el 9 de noviembre, que en un plazo de 30 días hábiles emitirá su dictamen sobre las nuevas normas, por lo que se espera que a finales del presente mes sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación para su aplicación.
Según Gobernación, el proyecto “acota los márgenes de discrecionalidad de la autoridad migratoria, a efecto de garantizar el pleno respeto al Estado de Derecho”. Además, “garantiza el acceso la protección consular, la representación legal y la asistencia de las organizaciones de la sociedad civil y religiosas que atienden el fenómeno migratorio de todos los extranjeros custodiados”.
Incluso, explica que el establecimiento de un padrón de organizaciones sociales servirá para mantener el orden dentro de las instalaciones y regular la asistencia “espiritual” de ministros de culto.
“Los ministros de culto y organizaciones de la sociedad civil deberán inscribirse en dicho Padrón para desarrollar actividades de asistencia social, espiritual, recreativas, asesoría e investigación, entre otros, a efecto de que la autoridad migratoria cuente con instrumentos de supervisión y vigilancia que permita mantener el orden y la seguridad de las actividades diarias en las estaciones migratorias”, sostiene la dependencia.
Para Gobernación “una parte importante de este proyecto es garantizar el acceso al procedimiento de solicitud de refugio. Por otra parte, se imprime especial atención al tratamiento que recibirán los menores migrantes no acompañados, con una política y visión de género”.
Entre otras de los beneficios que ve Gobernación en la nueva reglamentación está el hecho que “permite a la autoridad distinguir claramente la capacidad de los inmuebles destinados a la custodia de los extranjeros”.
Y “hace explícitas las obligaciones de la autoridad, con el objeto de mantener informados a los extranjeros custodiados sobre sus derechos y obligaciones, en el transcurso del procedimiento administrativo que se les sigue”.
cvtp/dm
Desaparición forzada
Debate en el Senado sobre el dictamen donde se aprobó la Convención Intrnacional para la protcción de Todas las Personas contra la Desaparición Forzada, adoptada por la ONU en diciembre de 2006.
EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN:
A continuación tenemos la segunda lectura a un dictamen de comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; y de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se aprueba la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.
Debido a que el dictamen está publicado en la Gaceta del Senado. Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.
-EL C. SECRETARIO CUE MONTEAGUDO: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.
Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)
Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)
Sí se omite la lectura, señor presidente.
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, secretario.
En consecuencia, está a discusión el dictamen.
Han solicitado la palabra, la senadora Rosario Ybarra de la Garza y el senador Angel Alonso Díaz-Caneja. Y en ese orden, tiene la palabra la senadora Rosario Ybarra. Y en turno el senador Angel Alonso.
-LA C. SENADORA ROSARIO YBARRA DE LA GARZA: Señor presidente; señoras y señores senadores: El dictamen de las comisiones correspondientes, propone ratificar por el pleno del Senado, la Convención Internacional de las Naciones Unidas, para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Su aprobación formal, no hay duda, es un hecho de gran importancia, compromete al Estado mexicano en el reconocimiento de este delito, calificado por las propias Naciones Unidas, como de lesa humanidad.
Aunque la ratificación por México ha llevado tiempo, debe recordarse también que la misma Convención Internacional es relativamente reciente. Por eso, al mismo tiempo que hemos propuesto su ratificación y reconocemos su importancia, debo decir, que es también resultado de una larga y difícil lucha, para que Naciones Unidas diera este paso.
En nuestra experiencia, denunciando la desaparición forzadas de personas de nuestro país, es decir, la desaparición de nuestros propios hijos. Debo decir que muchas veces, acudimos a Naciones Unidas, 18 años para ser exacta, sin encontrar el apoyo que necesitábamos.
Por eso reconocemos que esta Convención, es, aunque tardía, un paso en la dirección correcta que era necesaria, desde hace más de tres décadas.
También debemos decir que su aprobación no debe de ser vista como el reconocimiento de un terrible delito y crimen que debe combatirse como un fenómeno internacional ajeno a nuestra realidad.
La práctica generalizada de la desaparición forzada en los años 70, no corresponde solamente a dictaduras militares, sino también a gobiernos civiles. No es un fenómeno que solamente azotó a los países del llamado Cono Sur, sino también ha ocurrido en México; todo lo sabemos.
Las razones y necesidades para aprobar esta Convención Internacional, son aplicables para México, donde sigue reinando la impunidad frente a este crimen.
Y no se trata de un fenómeno del pasado, del período de la Guerra Sucia, como la llaman algunos, sino que lamentablemente es una práctica que continúa vigente, como lo muestran los conocidos casos de los militantes del EPR, desaparecidos; o el caso más reciente de Francisco Paredes Ruiz, desaparecido en Morelia, Michoacán, a fines del mes de septiembre.
Quizá pueda decirse que afortunadamente el número y frecuencia de desapariciones ha disminuido, en comparación con lo ocurrido en los 70 y 80, pero también debe advertirse que lo grave es que nunca ha cesado y que amenaza con convertirse en una práctica generalizada, en la ola represiva y autoritaria que vivimos en los últimos tiempos.
Por la vigencia de esta práctica es importante destacar, la definición que recoge la propia Convención Internacional, sobre el delito y sobre el hecho de que no es prescriptible.
Ya ocurrió que al aprobarse en una legislatura anterior, y lo dijo René hace rato, la equivalente Convención Interamericana, se le incluyó una reserva que contradice la definición misma del delito, como es reconocido internacionalmente, es decir, como un delito continuado, mientras no se presente o haya conocimiento sobre la situación y suerte de la persona desaparecida.
Por lo anterior, es que el precedente de la reserva con que indebidamente se aprobó la Convención Interamericana, no debe confundirse con la formulación que se hace en el propio dictamen relativo a que los casos que conozca el Comité Internacional, que crea la Convención, serán aquellos que ocurran a partir de la creación del propio comité.
El comité sólo conocerá casos a partir de su creación, pero el compromiso que adquiere México, al suscribir la Convención Internacional, implica la definición del delito como imprescriptible, como señala este instrumento que hoy aprobaremos.
Por supuesto que para esta definición tenga efecto en México se requiere también la existencia de una ley particular sobre el tema.
Ese es el sentido de la iniciativa que se encuentra en comisiones, presentada desde la legislatura pasada por la senadora Leticia Burgos; de una ley contra la desaparición forzada de personas, que esperamos pueda ser aprobada en un futuro próximo, sin las pretensiones de reproducir la aviesa reserva impuesta a la Convención Interamericana.
La Convención Internacional también recoge el concepto relativo a la reparación del daño, relacionado con este crimen. Este concepto debe entenderse como el que la principal reparación del daño cometido con la desaparición forzadas de personas, tiene que ver con la necesidad de hacer justicia, es decir, responder al reclamo de presentación de los desaparecidos; a las madres de los desaparecidos no nos mueve el deseo de venganza contra los que desaparecieron a nuestros hijos; lo que exigimos es, repito, su libertad; insistimos, como dice nuestro grito, que tenemos la evidencia de que vivos se los llevaron y por eso los reclamamos vivos; vivos los queremos.
El daño principal ha sido desaparecerlos, después de detenerlos, y no reconocerles ningún derecho para su defensa. Y por eso, ese daño no puede ser reparado con indemnizaciones económicas; no puede sustituirse una cosa con otra, la reparación del daño es, en primer lugar, que se nos haga justicia.
En días recientes, nuevamente, se anunció una operación para pretender convencer a madres y familiares de desaparecidos, que aceptemos, como reparación del daño, una compensación económica.
Tal operación es un insulto a la dignidad de los desaparecidos y sus familias. No es reparación del daño, sino agravio adicional. Pero además es una maniobra, para salvar la responsabilidad de los criminales que realizaron la detención y desaparición de nuestros hijos.
Es pagar el permiso para matar. Se habla de cambiar la acusación de desaparición, por la de homicidio; delito que de acuerdo a la legislación mexicana, sí prescribe, y que además, si se mantiene el criterio de que los… se mantiene el criterio, de que los criminales que lleguen a la tercera edad, como Luis Echeverría Alvarez, puedan gozar de la prisión preventiva, en su hogar juntos con sus hijos y sus nietos.
Y se completa con esto, la idea de reparación del daño; y se completa con esto, repito, la reparación del daño; es una burla contra todas nosotros los familiares de los desaparecidos.
Finalmente, pero no por ello menos importante, hay otro problema sobre el que he insistido antes y sobre el cual yo incluí una propuesta en la iniciativa, sobre la reforma constitucional de derechos humanos.
El reconocimiento del delito de desaparición forzada, está incompleto, si se mantiene el fuero militar, como ya lo dijo aquí, también, René Arce; tomando en cuenta que en la mayoría de los casos de desapariciones, está implicado el ejército y las bases navales y campos militares han sido el lugar de reclusión ilegal de nuestros familiares.
Con las observaciones mencionadas, ratifico la propuesta de las comisiones respectivas, de aprobar, sin embargo y a pesar de todo la Convención Internacional.
Muchas gracias. (Aplausos)
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias a usted, senadora Ybarra.
Y tiene, ahora, la palabra el senador Angel Alonso Díaz-Caneja, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. Y en turno el senador García Zalvidea.
-EL C. SENADOR ANGEL ALONSO DIAZ-CANEJA: Muchas gracias, señor presidente.
Honorable Asamblea; senadoras, senadores: A las comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y de Derechos Humanos, les fue turnada para su estudio y dictaminación la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006.
La Convención, materia del dictamen, que hoy se pone a la consideración de este Honorable pleno, manifiesta la voluntad internacional para prohibir injusticias como la desaparición forzada de personas, ya que su ejecución constituye una grave violación a los derechos fundamentales del ser humano que ningún estado puede soslayar, dejar de perseguir y castigar, y menos aún erigirse como partícipes de ellos.
Atento a lo anterior, la Comunidad Internacional ha plasmado en diversas resoluciones su preocupación para tomar acciones y enfrentar este delito. Asimismo, se han adoptado instrumentos internacionales que consideran la prohibición y sanción al delito de desaparición forzada de personas.
Al respecto, es importante mencionar que nuestro país tiene ratificados tanto la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, como el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tratado que tipifica la desaparición forzada de personas como delito de lesa humanidad, y ahora con la proposición del senador Arce, tendremos que estar valorando su propuesta.
Ambos instrumentos son reconocidos como primarios en la lucha contra dicho flagelo, por lo que es conveniente la ratificación de este nuevo tratado, ya que con la adopción de nuevas y actuales medidas para la consecución de objetivos comunes, se podrá fortalecer el régimen de protección y seguridad de las personas, privadas de sus derecho de libertad, y en ciertos casos su derecho a la vida.
En efecto, al ser considerada la desaparición forzada de personas como una atroz violación al estado de derecho, a la dignidad humana, así como a los derechos humanos y al no limitarse a regiones en particular, o sistemas políticos, es tarea urgente de los estados luchar por erradicarla, no siendo ninguna causa política militar o religiosa justificación para soslayarla.
En ese orden de ideas, las Comisiones Unidas Dictaminadoras consideraron procedente la ratificación de la Convención previamente citada, ya que establece un marco legal que permitirá prevenir y eventualmente erradicar la comisión de actos ilícitos de tal naturaleza en contra del ser humano, fortaleciendo las tareas que los gobiernos desempeñan en la tutela de los derechos humanos como actividad prioritaria.
Así mismo, se reafirmará el compromiso de México en la misión que la Comunidad Internacional ha emprendido en la protección universal y efectiva de los derechos humanos y libertades fundamentales, pues sólo en esa medida se concretarán los fines que enarbola Naciones Unidas en beneficio de la humanidad.
Finalmente, la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas, contra las desapariciones forzadas, responde a la necesidad de intensificar la cooperación internacional entre los estados y entre las organizaciones y organismos internacionales a fin de prevenir, combatir y eliminar injusticias de tal gravedad, como la desaparición forzada.
De conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, ya que sólo en esa medida lograremos tan trascendente tarea.
Amigas, amigos senadores, les pido su voto a favor de esta resolución. Y agradezco a los compañeros miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales, el senador Salomón Jara, el senador Gerardo Montenegro, la senadora Rosalía Peredo, no sólo por la aprobación en comisiones de este instrumento, sino por todo su trabajo y especialmente agradezco también el trabajo de la senadora Rosario Ibarra como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, y de todos los miembros de su comisión. Muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias, senador. Tiene ahora la palabra el senador José Luis García Zalvidea, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para referirse al mismo tema.
-EL C. SENADOR JOSE LUIS GARCIA ZALVIDEA: Gracias, senador presidente. Con su permiso, compañeras y compañeros legisladores, también nos vamos a pronunciar a favor de este dictamen.
La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, sin lugar a dudas constituye un paso adelante en la lucha de la Comunidad Internacional en contra de uno de los delitos de lesa humanidad, más lacerantes de nuestro tiempo.
Bajo el régimen de partido hegemónico que mantuvo el control de este país durante décadas, la desaparición forzada de personas llegó a adquirir rango de política de estado, a partir de los años sesenta diversos fueron los gobiernos mexicanos que se erigieron en los principales cómplices y promotores de la práctica de la detención y la desaparición.
Por ello, para el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en el Senado de la República la aprobación de este instrumento internacional representa una actitud coherente, aunque no suficiente, con la reivindicación de la causa de quienes han luchado por la defensa de los derechos humanos, las libertades políticas y la justicia en este país.
Pero para refirmar el compromiso histórico adquirido con los cientos de mexicanos y mexicanos que durante más de 30 años fueron y han sido víctimas de la desaparición forzosa a causa de motivaciones políticas, no sólo es necesario garantizar que la historia no se vuelva a repetir, y que en futuro existan todos los instrumentos necesarios para acreditar y sancionar la responsabilidad de tan aberrantes conductas.
Para las legisladoras y legisladores del Partido de la Revolución Democrática, la verdadera tarea radica en señalar y sancionar a los responsables y a los cómplices de los diversos gobiernos mexicanos en los actos de persecución, tortura, encarcelamiento y desaparición de aquellas personas que se atrevieron a pensar diferente y actuar en consecuencia en la búsqueda de un México más democrático.
En el PRD vemos hacia delante, y no sumamos a tan significativo acto aprobatorio, sin embargo, y en esto queremos ser muy claros, no damos la espalda al pasado. Ver al presente no significa carta blanca o aprobación de la impunidad.
La aprobación de esta convención representa una contribución importante para la prominencia de la memoria sobre el olvido, y de la opción de la resistencia sobre la rendición, obligándonos a actuar en congruencia y hacer un llamado al titular del Poder Ejecutivo Federal para que asuma la responsabilidad de cumplir con la deuda pendiente que representa el esclarecimiento de los casos de desparecidos políticos en nuestro país.
De igual forma, hacemos propicia la ocasión para exigir que no se imponga el manto de la negación, el olvido, el encubrimiento, la mentira y la impunidad.
El silencia oficial sobre el paradero de personas secuestras por el Estado, y cuyo destino es sabido por el gobierno, es también un crimen abominable, todo jefe de estado que se jacte de se democrático, debe poner fin al ocultamiento del paradero de personas detenidas y desaparecidas en su territorio, especialmente si se considera a sí mismo como un adalid respetuoso de los derechos humanos.
El encubrimiento oficial de las desapariciones forzadas de personas no sólo crea complicidades, también carcome el tejido social de un país y alimenta la repetición de tales violaciones.
La impunidad prevaleciente sobre cientos de casos de desapariciones debidamente denunciadas y documentadas en México, principalmente por el Comité EUREKA, a partir de la década de los setenta, sin duda ha favorecido el resurgimiento de dicha práctica, tal y como lo ha afirmado y documentado Amnistía Internacional en sus últimos informes sobre las desapariciones en México.
En dichos informes, por ejemplo, se da cuenta de casos recientes de desapariciones en el marco de la lucha contra la insurgencia y el narcotráfico, situación absolutamente condenable que contradice el compromiso real de nuestro país en contra de esta práctica y a favor de los derechos humanos.
No se puede combatir un delito con la comisión de otro. Por todo ello, estimamos oportuno y necesario hacer un aporte concreto a la lucha por los derechos humanos misma que en caso de nuestro país pasa invariablemente por la respuesta satisfactoria del Estado Mexicano a todos y cada uno de los familiares de desaparecidos en ente país, sobre el paradero de sus seres queridos.
Compañeras y compañeros legisladores, el envío de instrumentos internacionales a esta soberanía , no puede ser el único argumento del gobierno federal para legitimar su compromiso con la causa de la protección y promoción de los derechos humanos, sobre todo cuando el manejo dogmático y retórico del tema contrasta visiblemente con la condición que el respeto a las libertades fundamentales guarda en nuestro país, en y este sentido queremos dejar muy claro que sólo la sanción a los responsables de tan aberrante práctica, podrá poner fin de una vez y para siempre, a las desapariciones forzadas en nuestro país.
Por su atención, muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias, senador García Zalvidea.
En razón de que se ha agotado la lista de oradores, ábrase el sistema electrónico de votación, por 3 minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto.
(Se abre el sistema electrónico de votación)
(Se recoge la votación)
-EL C. SECRETARIO CUE MONTEAGUDO: Señor Presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, se emitieron 102 votos en pro, ningún voto en contra. -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Aprobado el decreto que contiene la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.
-Pasa al Ejecutivo de la Unión para sus efectos constitucionales.
EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN:
A continuación tenemos la segunda lectura a un dictamen de comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales; y de Derechos Humanos, con proyecto de decreto por el que se aprueba la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.
Debido a que el dictamen está publicado en la Gaceta del Senado. Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si se omite su lectura.
-EL C. SECRETARIO CUE MONTEAGUDO: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se omite la lectura del dictamen.
Quienes estén porque se omita, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)
Quienes estén porque no se omita, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)
Sí se omite la lectura, señor presidente.
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Muchas gracias, secretario.
En consecuencia, está a discusión el dictamen.
Han solicitado la palabra, la senadora Rosario Ybarra de la Garza y el senador Angel Alonso Díaz-Caneja. Y en ese orden, tiene la palabra la senadora Rosario Ybarra. Y en turno el senador Angel Alonso.
-LA C. SENADORA ROSARIO YBARRA DE LA GARZA: Señor presidente; señoras y señores senadores: El dictamen de las comisiones correspondientes, propone ratificar por el pleno del Senado, la Convención Internacional de las Naciones Unidas, para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Su aprobación formal, no hay duda, es un hecho de gran importancia, compromete al Estado mexicano en el reconocimiento de este delito, calificado por las propias Naciones Unidas, como de lesa humanidad.
Aunque la ratificación por México ha llevado tiempo, debe recordarse también que la misma Convención Internacional es relativamente reciente. Por eso, al mismo tiempo que hemos propuesto su ratificación y reconocemos su importancia, debo decir, que es también resultado de una larga y difícil lucha, para que Naciones Unidas diera este paso.
En nuestra experiencia, denunciando la desaparición forzadas de personas de nuestro país, es decir, la desaparición de nuestros propios hijos. Debo decir que muchas veces, acudimos a Naciones Unidas, 18 años para ser exacta, sin encontrar el apoyo que necesitábamos.
Por eso reconocemos que esta Convención, es, aunque tardía, un paso en la dirección correcta que era necesaria, desde hace más de tres décadas.
También debemos decir que su aprobación no debe de ser vista como el reconocimiento de un terrible delito y crimen que debe combatirse como un fenómeno internacional ajeno a nuestra realidad.
La práctica generalizada de la desaparición forzada en los años 70, no corresponde solamente a dictaduras militares, sino también a gobiernos civiles. No es un fenómeno que solamente azotó a los países del llamado Cono Sur, sino también ha ocurrido en México; todo lo sabemos.
Las razones y necesidades para aprobar esta Convención Internacional, son aplicables para México, donde sigue reinando la impunidad frente a este crimen.
Y no se trata de un fenómeno del pasado, del período de la Guerra Sucia, como la llaman algunos, sino que lamentablemente es una práctica que continúa vigente, como lo muestran los conocidos casos de los militantes del EPR, desaparecidos; o el caso más reciente de Francisco Paredes Ruiz, desaparecido en Morelia, Michoacán, a fines del mes de septiembre.
Quizá pueda decirse que afortunadamente el número y frecuencia de desapariciones ha disminuido, en comparación con lo ocurrido en los 70 y 80, pero también debe advertirse que lo grave es que nunca ha cesado y que amenaza con convertirse en una práctica generalizada, en la ola represiva y autoritaria que vivimos en los últimos tiempos.
Por la vigencia de esta práctica es importante destacar, la definición que recoge la propia Convención Internacional, sobre el delito y sobre el hecho de que no es prescriptible.
Ya ocurrió que al aprobarse en una legislatura anterior, y lo dijo René hace rato, la equivalente Convención Interamericana, se le incluyó una reserva que contradice la definición misma del delito, como es reconocido internacionalmente, es decir, como un delito continuado, mientras no se presente o haya conocimiento sobre la situación y suerte de la persona desaparecida.
Por lo anterior, es que el precedente de la reserva con que indebidamente se aprobó la Convención Interamericana, no debe confundirse con la formulación que se hace en el propio dictamen relativo a que los casos que conozca el Comité Internacional, que crea la Convención, serán aquellos que ocurran a partir de la creación del propio comité.
El comité sólo conocerá casos a partir de su creación, pero el compromiso que adquiere México, al suscribir la Convención Internacional, implica la definición del delito como imprescriptible, como señala este instrumento que hoy aprobaremos.
Por supuesto que para esta definición tenga efecto en México se requiere también la existencia de una ley particular sobre el tema.
Ese es el sentido de la iniciativa que se encuentra en comisiones, presentada desde la legislatura pasada por la senadora Leticia Burgos; de una ley contra la desaparición forzada de personas, que esperamos pueda ser aprobada en un futuro próximo, sin las pretensiones de reproducir la aviesa reserva impuesta a la Convención Interamericana.
La Convención Internacional también recoge el concepto relativo a la reparación del daño, relacionado con este crimen. Este concepto debe entenderse como el que la principal reparación del daño cometido con la desaparición forzadas de personas, tiene que ver con la necesidad de hacer justicia, es decir, responder al reclamo de presentación de los desaparecidos; a las madres de los desaparecidos no nos mueve el deseo de venganza contra los que desaparecieron a nuestros hijos; lo que exigimos es, repito, su libertad; insistimos, como dice nuestro grito, que tenemos la evidencia de que vivos se los llevaron y por eso los reclamamos vivos; vivos los queremos.
El daño principal ha sido desaparecerlos, después de detenerlos, y no reconocerles ningún derecho para su defensa. Y por eso, ese daño no puede ser reparado con indemnizaciones económicas; no puede sustituirse una cosa con otra, la reparación del daño es, en primer lugar, que se nos haga justicia.
En días recientes, nuevamente, se anunció una operación para pretender convencer a madres y familiares de desaparecidos, que aceptemos, como reparación del daño, una compensación económica.
Tal operación es un insulto a la dignidad de los desaparecidos y sus familias. No es reparación del daño, sino agravio adicional. Pero además es una maniobra, para salvar la responsabilidad de los criminales que realizaron la detención y desaparición de nuestros hijos.
Es pagar el permiso para matar. Se habla de cambiar la acusación de desaparición, por la de homicidio; delito que de acuerdo a la legislación mexicana, sí prescribe, y que además, si se mantiene el criterio de que los… se mantiene el criterio, de que los criminales que lleguen a la tercera edad, como Luis Echeverría Alvarez, puedan gozar de la prisión preventiva, en su hogar juntos con sus hijos y sus nietos.
Y se completa con esto, la idea de reparación del daño; y se completa con esto, repito, la reparación del daño; es una burla contra todas nosotros los familiares de los desaparecidos.
Finalmente, pero no por ello menos importante, hay otro problema sobre el que he insistido antes y sobre el cual yo incluí una propuesta en la iniciativa, sobre la reforma constitucional de derechos humanos.
El reconocimiento del delito de desaparición forzada, está incompleto, si se mantiene el fuero militar, como ya lo dijo aquí, también, René Arce; tomando en cuenta que en la mayoría de los casos de desapariciones, está implicado el ejército y las bases navales y campos militares han sido el lugar de reclusión ilegal de nuestros familiares.
Con las observaciones mencionadas, ratifico la propuesta de las comisiones respectivas, de aprobar, sin embargo y a pesar de todo la Convención Internacional.
Muchas gracias. (Aplausos)
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias a usted, senadora Ybarra.
Y tiene, ahora, la palabra el senador Angel Alonso Díaz-Caneja, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. Y en turno el senador García Zalvidea.
-EL C. SENADOR ANGEL ALONSO DIAZ-CANEJA: Muchas gracias, señor presidente.
Honorable Asamblea; senadoras, senadores: A las comisiones unidas de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales y de Derechos Humanos, les fue turnada para su estudio y dictaminación la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006.
La Convención, materia del dictamen, que hoy se pone a la consideración de este Honorable pleno, manifiesta la voluntad internacional para prohibir injusticias como la desaparición forzada de personas, ya que su ejecución constituye una grave violación a los derechos fundamentales del ser humano que ningún estado puede soslayar, dejar de perseguir y castigar, y menos aún erigirse como partícipes de ellos.
Atento a lo anterior, la Comunidad Internacional ha plasmado en diversas resoluciones su preocupación para tomar acciones y enfrentar este delito. Asimismo, se han adoptado instrumentos internacionales que consideran la prohibición y sanción al delito de desaparición forzada de personas.
Al respecto, es importante mencionar que nuestro país tiene ratificados tanto la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, como el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tratado que tipifica la desaparición forzada de personas como delito de lesa humanidad, y ahora con la proposición del senador Arce, tendremos que estar valorando su propuesta.
Ambos instrumentos son reconocidos como primarios en la lucha contra dicho flagelo, por lo que es conveniente la ratificación de este nuevo tratado, ya que con la adopción de nuevas y actuales medidas para la consecución de objetivos comunes, se podrá fortalecer el régimen de protección y seguridad de las personas, privadas de sus derecho de libertad, y en ciertos casos su derecho a la vida.
En efecto, al ser considerada la desaparición forzada de personas como una atroz violación al estado de derecho, a la dignidad humana, así como a los derechos humanos y al no limitarse a regiones en particular, o sistemas políticos, es tarea urgente de los estados luchar por erradicarla, no siendo ninguna causa política militar o religiosa justificación para soslayarla.
En ese orden de ideas, las Comisiones Unidas Dictaminadoras consideraron procedente la ratificación de la Convención previamente citada, ya que establece un marco legal que permitirá prevenir y eventualmente erradicar la comisión de actos ilícitos de tal naturaleza en contra del ser humano, fortaleciendo las tareas que los gobiernos desempeñan en la tutela de los derechos humanos como actividad prioritaria.
Así mismo, se reafirmará el compromiso de México en la misión que la Comunidad Internacional ha emprendido en la protección universal y efectiva de los derechos humanos y libertades fundamentales, pues sólo en esa medida se concretarán los fines que enarbola Naciones Unidas en beneficio de la humanidad.
Finalmente, la ratificación de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas, contra las desapariciones forzadas, responde a la necesidad de intensificar la cooperación internacional entre los estados y entre las organizaciones y organismos internacionales a fin de prevenir, combatir y eliminar injusticias de tal gravedad, como la desaparición forzada.
De conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, ya que sólo en esa medida lograremos tan trascendente tarea.
Amigas, amigos senadores, les pido su voto a favor de esta resolución. Y agradezco a los compañeros miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organismos Internacionales, el senador Salomón Jara, el senador Gerardo Montenegro, la senadora Rosalía Peredo, no sólo por la aprobación en comisiones de este instrumento, sino por todo su trabajo y especialmente agradezco también el trabajo de la senadora Rosario Ibarra como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, y de todos los miembros de su comisión. Muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias, senador. Tiene ahora la palabra el senador José Luis García Zalvidea, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para referirse al mismo tema.
-EL C. SENADOR JOSE LUIS GARCIA ZALVIDEA: Gracias, senador presidente. Con su permiso, compañeras y compañeros legisladores, también nos vamos a pronunciar a favor de este dictamen.
La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, sin lugar a dudas constituye un paso adelante en la lucha de la Comunidad Internacional en contra de uno de los delitos de lesa humanidad, más lacerantes de nuestro tiempo.
Bajo el régimen de partido hegemónico que mantuvo el control de este país durante décadas, la desaparición forzada de personas llegó a adquirir rango de política de estado, a partir de los años sesenta diversos fueron los gobiernos mexicanos que se erigieron en los principales cómplices y promotores de la práctica de la detención y la desaparición.
Por ello, para el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en el Senado de la República la aprobación de este instrumento internacional representa una actitud coherente, aunque no suficiente, con la reivindicación de la causa de quienes han luchado por la defensa de los derechos humanos, las libertades políticas y la justicia en este país.
Pero para refirmar el compromiso histórico adquirido con los cientos de mexicanos y mexicanos que durante más de 30 años fueron y han sido víctimas de la desaparición forzosa a causa de motivaciones políticas, no sólo es necesario garantizar que la historia no se vuelva a repetir, y que en futuro existan todos los instrumentos necesarios para acreditar y sancionar la responsabilidad de tan aberrantes conductas.
Para las legisladoras y legisladores del Partido de la Revolución Democrática, la verdadera tarea radica en señalar y sancionar a los responsables y a los cómplices de los diversos gobiernos mexicanos en los actos de persecución, tortura, encarcelamiento y desaparición de aquellas personas que se atrevieron a pensar diferente y actuar en consecuencia en la búsqueda de un México más democrático.
En el PRD vemos hacia delante, y no sumamos a tan significativo acto aprobatorio, sin embargo, y en esto queremos ser muy claros, no damos la espalda al pasado. Ver al presente no significa carta blanca o aprobación de la impunidad.
La aprobación de esta convención representa una contribución importante para la prominencia de la memoria sobre el olvido, y de la opción de la resistencia sobre la rendición, obligándonos a actuar en congruencia y hacer un llamado al titular del Poder Ejecutivo Federal para que asuma la responsabilidad de cumplir con la deuda pendiente que representa el esclarecimiento de los casos de desparecidos políticos en nuestro país.
De igual forma, hacemos propicia la ocasión para exigir que no se imponga el manto de la negación, el olvido, el encubrimiento, la mentira y la impunidad.
El silencia oficial sobre el paradero de personas secuestras por el Estado, y cuyo destino es sabido por el gobierno, es también un crimen abominable, todo jefe de estado que se jacte de se democrático, debe poner fin al ocultamiento del paradero de personas detenidas y desaparecidas en su territorio, especialmente si se considera a sí mismo como un adalid respetuoso de los derechos humanos.
El encubrimiento oficial de las desapariciones forzadas de personas no sólo crea complicidades, también carcome el tejido social de un país y alimenta la repetición de tales violaciones.
La impunidad prevaleciente sobre cientos de casos de desapariciones debidamente denunciadas y documentadas en México, principalmente por el Comité EUREKA, a partir de la década de los setenta, sin duda ha favorecido el resurgimiento de dicha práctica, tal y como lo ha afirmado y documentado Amnistía Internacional en sus últimos informes sobre las desapariciones en México.
En dichos informes, por ejemplo, se da cuenta de casos recientes de desapariciones en el marco de la lucha contra la insurgencia y el narcotráfico, situación absolutamente condenable que contradice el compromiso real de nuestro país en contra de esta práctica y a favor de los derechos humanos.
No se puede combatir un delito con la comisión de otro. Por todo ello, estimamos oportuno y necesario hacer un aporte concreto a la lucha por los derechos humanos misma que en caso de nuestro país pasa invariablemente por la respuesta satisfactoria del Estado Mexicano a todos y cada uno de los familiares de desaparecidos en ente país, sobre el paradero de sus seres queridos.
Compañeras y compañeros legisladores, el envío de instrumentos internacionales a esta soberanía , no puede ser el único argumento del gobierno federal para legitimar su compromiso con la causa de la protección y promoción de los derechos humanos, sobre todo cuando el manejo dogmático y retórico del tema contrasta visiblemente con la condición que el respeto a las libertades fundamentales guarda en nuestro país, en y este sentido queremos dejar muy claro que sólo la sanción a los responsables de tan aberrante práctica, podrá poner fin de una vez y para siempre, a las desapariciones forzadas en nuestro país.
Por su atención, muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Gracias, senador García Zalvidea.
En razón de que se ha agotado la lista de oradores, ábrase el sistema electrónico de votación, por 3 minutos, para recoger la votación nominal del proyecto de decreto.
(Se abre el sistema electrónico de votación)
(Se recoge la votación)
-EL C. SECRETARIO CUE MONTEAGUDO: Señor Presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, se emitieron 102 votos en pro, ningún voto en contra. -EL C. PRESIDENTE GONZALEZ MORFIN: Aprobado el decreto que contiene la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.
-Pasa al Ejecutivo de la Unión para sus efectos constitucionales.
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