Caso: Los derechos humanos del paciente en hospitales privados ante cirugías innecesarias y mala praxis médica
DGCS/NI: 47/2011
NOTA INFORMATIVA del CJF, México, D.F., 8 de diciembre de 2011
El juez Sexto de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región, con sede en Cuernavaca, Morelos, Fernando Silva García, informa:
En la sentencia dictada en el Juicio de amparo 501/2011, el 22 de noviembre de 2011, se determinó que el derecho a la salud debe ser respetado inclusive por hospitales privados y su personal médico.
En un hospital privado ubicado en la ciudad de México, dos médicos realizaron una cirugía a una paciente por padecimientos en el colon extirpándole parte del intestino grueso, lo que le produjo diversas complicaciones. La paciente acudió a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico, la cual resolvió que dicha cirugía resultaba innecesaria e injustificada, que los médicos incurrieron en mala práctica médica y ordenó el pago de daños y perjuicios.
Los médicos solicitaron amparo en contra de dicha decisión, el cual les fue negado. En la sentencia se afirma que la Secretaría de Salud es responsable de vigilar y garantizar que los hospitales privados y su personal médico realicen la prestación del servicio de salud sin que se privilegie, bajo ningún esquema operativo y organizacional, el lucro empresarial y/o personal de los médicos sobre los derechos humanos a la integridad y salud de los pacientes, y agregó que dicha situación actualiza mala praxis médica, así como la obligación de pago de daños y perjuicios a favor de los pacientes e inclusive, en su caso, una conducta delictuosa.
Con base en dichas premisas, se negó el amparo solicitado por los médicos quejosos al estimar que éstos no justificaron la necesidad de separarse de la Guía de Práctica Clínica autorizada por la Secretaría de Salud para afrontar el padecimiento de la paciente, que señala que el tratamiento debe ser únicamente conservador a través de medicamentos, y la cirugía como último recurso.
De esa manera, la sentencia convalidó la resolución reclamada y se reconoció el derecho de la paciente a exigir el pago de daños y perjuicios por la afectación a los derechos a la salud e integridad personal por causa de una cirugía innecesaria e injustificada en un hospital privado.
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