11 feb 2015

A respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los niños migrantes deportados

Propuesta con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal a impulsar por la SRE una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de los niños migrantes deportados sin juicio previo por la autoridades migratorias de Estados Unidos de América,
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.
La propuesta es del diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
 Antecedentes
 La migración constituye hoy en día un tema de suma trascendencia en la agenda nacional, pero sobre todo en la agenda internacional de los países que se encuentran en zonas y regiones con un importante número de flujo de personas.
Su presencia cada vez mayor, obliga a los Estados a abordarlo, no sólo desde la política interior, sino también desde las relaciones bilaterales y regionales, e incluso en las agendas de seguridad nacional.
La Organización de las Naciones Unidas estima que hasta el mes de septiembre de 2013, el número de migrantes internacionales a nivel mundial alcanzó los 232 millones de personas, representando el 3.2% de la población mundial; de los cuales, 40 millones lo hacen con carácter de indocumentados.


Este organismo internacional afirmó durante el “Diálogo de Alto Nivel sobre la Migración Internacional y el Desarrollo”, que los países desarrollados acogen a 136 millones de migrantes internacionales, mientras que en los países en desarrollo residen 96 millones.

Por nuestra ubicación geográfica, México constituye un país de origen, tránsito y destino de un flujo importante de personas que, con el objetivo de encontrar un mejor futuro para sí y su familia en la búsqueda del llamado “Sueño Americano”, se encuentran con una serie de obstáculos que conlleva esta aventura tan riesgosa y que en muchas ocasiones, lamentablemente, ocurren desenlaces dolorosos, llegando incluso hasta la pérdida de la vida.

En el año 2013, el 50% de los migrantes internacionales vivían en 10 países, de los cuales, Estados Unidos albergaba el mayor número de estas personas con un total de 45.8 millones, nación que recibió entre los años 1990 a 2013 a casi 23 millones de personas, el mayor número de migrantes internacionales; es decir, el equivalente a un millón de migrantes internacionales por año.

Asimismo, los datos oficiales del Sistema de Información Estadística sobre las Migraciones en Mesoamérica y la Organización Internacional para las Migraciones reportan que la población latinoamericana representa el 52% de la población extranjera en Estados Unidos, de los cuáles, más de 30 millones de personas son de origen mexicano (57%).

En el mismo sentido, la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en su estudio “La Globalización de la Delincuencia: Una evaluación de la amenaza del crimen organizado transnacional”, estima que un tercio de los inmigrantes en Estados Unidos son ilegales y que un 80% de estos procede de Centro y Sudamérica, incluido México.

Generalmente el concepto “migración” se asocia como un problema social; sin embargo, en Nueva Alianza consideramos que esta palabra simboliza una valerosa expresión de la voluntad de una persona por superar la adversidad y acceder a una vida mejor para ellos y sus familias.

La migración puede producir beneficios sustanciales considerando que las economías, tanto de países desarrollados como de países en desarrollo, necesitan de las y los migrantes para satisfacer la demanda de trabajadores con diferentes grados de especialización.

Muchos migrantes, junto con sus familias, se ven obligados a trasladarse debido a diversos factores como la pobreza, la falta de un trabajo decente, las violaciones a sus derechos humanos, coexistir en medio de un conflicto armado, la persecución y la degradación del medio ambiente, entre muchos otros y cuando no existen posibilidades de una migración reglamentada, los migrantes recurren a mecanismos de migración irregular.

Si bien la migración es un asunto de primordial importancia e incluso de seguridad nacional, el tema de las y los niños migrantes se ha convertido en una cuestión sumamente alarmante, que ha traspasado los niveles de alerta para la región de Latinoamérica y de los Estados Unidos de América, convirtiéndose en una auténtica crisis humanitaria.

El tránsito de estos menores se realiza sin el acompañamiento o supervisión de sus padres o tutores, por lo que la condición de vulnerabilidad e indefensión aumenta seriamente, a lo que debemos de sumar al alto índice de violencia e inseguridad que se vive día a día en la frontera norte del territorio nacional.

En este contexto, la situación de las y los niños migrantes debe ser vista como una alta preocupación por parte del Estado mexicano y ser atendida de manera integral y en estricto apego a los Derechos Humanos.

Según datos de la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos, hasta el mes de mayo de 2014 las autoridades migratorias norteamericanas detuvieron a 47 mil menores de edad, cifra que supera el total de detenciones hechas en el año 2013, que fue de aproximadamente 38 mil 833.

Gran parte de estas detenciones ocurrieron en Río Grande, en el Estado de Texas, dónde se registra el 71% de los casos, representando un aumento del 168%, en comparación al año pasado y lo que más preocupa de esta situación es que 3 de cada 4 menores sin acompañante son originarios de Centroamérica.

A su vez, el Instituto Nacional de Migración estima que cada año, alrededor de 40 mil niños y niñas que migran son repatriados desde Estados Unidos a México, de los cuales 18,000 viajan solos.

Existen múltiples causas por las que estos infantes viajan solos en este largo y difícil camino hacia el vecino país del norte, entre los que se incluye el deseo de niños, niñas y adolescentes de reunirse con sus familiares, el anhelo de mejorar su nivel de vida a través del desempeño de un trabajo, o por la esperanza de escapar de la violencia familiar o social que viven en su país de origen.

Aunado a la situación a la que se enfrentan los menores que son detenidos para efectos de repatriación en los Estados Unidos de América, debemos de sumar los señalamientos que hacen instituciones como el DIF y la UNICEF, en el sentido de que existen autoridades migratorias en ambos lados de la frontera norte del país que persiguen, maltratan, discriminan, segregan e inclusive dan trato inadecuado a niños migrantes indocumentados.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) establece el llamado “Ciclo Migratorio”, entre los que enumera el procedimiento administrativo por el que atraviesan los niños migrantes no acompañados de la siguiente manera:

1) El niño sale del lugar de origen.

2) Llega a la frontera.

3) Cruza la frontera.

4) Es detenido por la autoridad migratoria del lugar de destino.

5) Es llevado a una estación migratoria.

6) El Consulado del país de origen coordina la repatriación.

7) Es trasladado al puerto de entrada de su país.

8) Se queda en un albergue de tránsito (si es que existe).

9) Se localiza a los padres o familiares.

10) Es trasladado de regreso a su lugar de origen.

De acuerdo con las cifras de repatriados que proporciona el Instituto Nacional de Migración, en 2012 ocurrieron 17 mil 129 eventos de repatriación de menores de 18 años provenientes de los Estados Unidos de América, de los cuales, el 79.3 por ciento no iban acompañados al momento de su repatriación.

Recientemente la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), organización humanitaria internacional, ha denunciado las flagrantes violaciones a los derechos humanos cometidas en contra de los menores migrantes mexicanos no acompañados al ser deportados, sin que medie un juicio previo y que su caso sea evaluado ante un juez migratorio.

Esto resulta aún más grave al ser discriminatorio respecto de otros menores de distinta nacionalidad como los centroamericanos, pues estos niños reciben un trato distinto por el simple hecho de no compartir frontera con Estados Unidos. El problema persiste debido a una legislación violatoria de los derechos humanos, puesto que no da un trato igualitario a todos los menores migrantes no acompañados que son detenidos por las autoridades migratorias, al discriminar a los menores migrantes mexicanos.

Esta legislación establece que los menores mexicanos deben ser entrevistados por agentes fronterizos dentro de las primeras 48 horas después de su detención y los agentes pueden obtener su consentimiento e irse durante la sesión, siendo su deportación la prioridad de estos agentes.

Para menores procedentes de otros países, la ley exige su traslado a refugios de detención dentro de las primeras 72 horas, lugar donde deben ser entrevistados para evaluar si son prospectos para ser asilados sin ser expulsados, sin que medie un juicio migratorio.

Las estimaciones indican que alrededor de 15 mil jóvenes mexicanos son detenidos cada año por la patrulla fronteriza mientras intentan cruzar la frontera y cerca del 60% de ellos mencionan la violencia como la razón por la que salieron de México; no obstante, menos de un 5% tiene la oportunidad de que su caso sea evaluado ante un juez migratorio.

El Coordinador Principal del Programa de México y Derechos de Migrantes de WOLA, Maureen Meyer afirmó que los niños mexicanos no deberían ser procesados de forma diferente sólo porque son de un país vecino y estimó que Estados Unidos recibió una avalancha de más de 68 mil menores migrantes que cruzaron solos la frontera, en su mayoría centroamericanos desplazados por los conflictos armados que persisten en sus respectivos países.

Otro aspecto discriminatorio que excluye a los menores migrantes mexicanos de las políticas migratorias de Estados Unidos de América se da en los visados para refugiados: con las mismas situación expuestas sobre las causas que motivan a los menores a dejar sus países de origen y con la constante presión de Naciones Unidas, el gobierno de los Estados Unidos de América anunció que aumentaría a 4 mil los visados de refugiados que se emiten anualmente para latinoamericanos; sin embargo, en estas emisiones se excluyen a las niñas y niños menores del país.

Las y los menores migrantes no acompañados deben ser tratados igualmente por todas las Naciones, el derecho internacional de los derechos humanos así lo establece.

En tal sentido, México cuenta con un vasto andamiaje jurídico nacional e internacional que busca garantizar los derechos humanos de las personas migrantes.

Conforme al artículo 1º de nuestra Carta Magna, que reconoce los derechos humanos contemplados tanto en la misma Constitución como en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, las familias migrantes son protegidos por diversas normas jurídicas, entre las que destacan:

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Artículos 4o. y 11);

• Convención Internacional Sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familias;

• Convención Sobre los Derechos del Niño;

• Ley de Migración;

• Memorándum de Entendimiento Sobre Protección Consular de Nacionales de México en Estados Unidos de América;

• Memorándum de Entendimiento Sobre Mecanismos de Consulta Sobre Funciones del Servicio de Inmigración, Naturalización y Protección Consular; y el

• Memorándum de Entendimiento Sobre Cooperación en Contra de la Violencia Fronteriza.

Asimismo, existen múltiples acuerdos bilaterales que se han celebrado entre México y los Estados Unidos de América con la finalidad de asegurar una repatriación segura y ordenada de migrantes:

• Procedimientos para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en las fronteras de Ciudad Acuña, Coahuila- Del Río, Texas y Piedras Negras, Coahuila – Eagle Pass, Texas y su Protocolo que lo Enmienda;

• Procedimientos para la Repatriación segura y ordenada de nacionales mexicanos, San Diego y sus Adiciones;

• Arreglo Local para la Repatriación de nacionales mexicanos, El Paso;

• Arreglo para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos entre las Autoridades Migratorias del Sector Laredo, el Consulado de México en Laredo, Texas y el Instituto Nacional de Migración en Tamaulipas;

• Acuerdo de Repatriación en las fronteras de Mc Allen y de Brownsville, Texas;

• Arreglo para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en las Fronteras de San Luis Río Colorado, Nogales y Agua Prieta, Sonora; y

• Procedimientos para la Repatriación Segura y Ordenada de Nacionales Mexicanos en Nogales, Phoenix, Yuma, Tucson y Douglas.

El Estado mexicano se encuentra obligado a garantizar, respetar y proteger los derechos humanos, permitiendo su goce con absoluta libertad; en este sentido, las autoridades deben privilegiar en todas sus actuaciones el cumplimiento integral y armónico de los derechos humanos, sin importar la situación migratoria.

Conforme al mandato constitucional, establecido en el artículo 89, fracción X, corresponde una obligación para el Presidente de la República dirigir la política exterior del Estado Mexicano, bajo la conducción del principio normativo de respeto, protección y promoción de los derechos humanos, máxime cuando se trata de un sector social vulnerable como son las y los niños migrantes.

Es en tal sentido que se dirige este respetuoso exhorto al Ejecutivo, pues es innegable que la discriminación atenta directamente contra el derecho a la igualdad, no es razón justificable el hecho de que un menor sea originario de un país vecino para deportarlo sin un juicio previo, violándose además su derecho humano del acceso a la justicia.

Todos los seres humanos, especialmente los menores y más aún si están en una condición de migrantes, deben ser tratados sin discriminación alguna y con el debido proceso legal, anteponiendo sobre todas las cosas, el interés superior de la niñez.

Por esta razón, el Grupo Parlamentario Nueva Alianza, preocupado por la situación que están viviendo nuestros menores migrantes connacionales en el país vecino del norte, presentamos este Punto de Acuerdo para exhortar de manera respetuosa al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores y en el ámbito de sus respectivas competencias, promueva una política eficaz con el gobierno de los Estados Unidos de América, la cual permita a nuestros menores migrantes, el respeto a sus derechos humanos de igualdad y acceso a la justicia ante las autoridades migratorias de ese país; lo anterior, en aras de construir una sociedad más justa entre ambos países.

Si bien existe un vasto andamiaje jurídico nacional e internacional que busca proteger y garantizar los derechos humanos de las y los migrantes, queda claro que estas normas están quedando sólo en el papel.

Se necesita más que una norma jurídica, se necesita la voluntad conjunta de todos los actores políticos para encaminar una política integral que sea eficaz, así como el compromiso y los resultados que la comunidad internacional espera recibir de quienes estamos involucrados en este problema.

En este contexto, la situación de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo debe ser vista como una alta preocupación por parte del Estado mexicano en la conducción de su política exterior, para ser atendida de manera integral y conforme al total respeto a los Derechos Humanos.

En Nueva Alianza tenemos una firme convicción sobre el irrestricto respeto por los derechos humanos. Estamos ciertos que la situación migratoria no debe ser un impedimento para que a las y los migrantes se les respeten sus derechos fundamentales, puesto que el espíritu humanista de nuestra Ley suprema nos obliga a adoptar una nueva y firme postura en la conducción de la Política Exterior, basada como eje principal, el respeto por los derechos humanos, modificando la visión del problema migratorio, no como un asunto policiaco o de seguridad nacional, sino más bien con una postura humanitaria.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con 


Punto de Acuerdo
 Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal, para que por conducto del titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, impulse una política exterior dirigida a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las y los niños migrantes que son deportados sin juicio previo por las autoridades migratorias de los Estados Unidos de América.


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2015.

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