Postura del Arzobispado de Pueba en torno a la Propuesta de Reforma al Artículo 24 Constitucional
Escrito por Arquidiócesis de Puebla
La propuesta de reforma del artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos votada por la Cámara de Diputados el pasado 15 de diciembre de 2011, y que ha pasado al Senado, introduce el término de “libertad de religión”, reconociendo un derecho humano fundamental. Algo que, por cierto, se encuentra en tratados internacionales firmados por nuestro país, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que aborda el tema en su artículo 18; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que también lo aborda en su artículo 18, y el Pacto de San José, que trata del tema en su artículo 12. Como se sabe, la reforma del artículo 12 constitucional del año pasado reconoce los derechos humanos de dichos tratados.
La propuesta de reforma aprobada por la Cámara de Diputados, con 199 votos a favor, 58 en contra y 3 abstenciones, dice textualmente:
“Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o a adoptar en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.
Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de éstos, se sujetarán a la ley reglamentaria”.
Analizando el texto, éste refleja una concepción restrictiva del término “libertad de religión”, limitando este derecho a la mera libertad de culto, lo que no sucede en los pactos antes citados, que consideran la “libertad religiosa” como un derecho que abarca otras libertades como las de creencia, expresión, manifestación y enseñanza. No obstante, la propuesta es un avance en el reconocimiento de un derecho de todos los mexicanos, que en su gran mayoría profesan alguna creencia religiosa.
Como se puede ver, la propuesta de reforma no privilegia a ninguna Asociación Religiosa en particular, ya que el reconocimiento del derecho a la libertad religiosa es para todos los ciudadanos, creyentes y no creyentes, lo que incluye a todas las creencias religiosas.
Tampoco atenta contra el Estado laico, si por estado laico entendemos un estado que no es confesional y que da cabida a todos los ciudadanos, respetando sus creencias religiosas o sus posturas ideológicas, sin discriminar a nadie. Además, la libertad de creencias ha sido reconocida por nuestro sistema constitucional desde la Constitución de 1857 y regulada en los textos constitucionales subsecuentes.
La propuesta de reforma no implica modificación alguna al artículo 3º constitucional, por lo que la educación que imparte el estado sigue siendo laica. Tampoco reconoce que los ministros de culto puedan ocupar cargos de elección popular. La actual prohibición no tiene que ver con la libertad religiosa, sino con los derechos políticos. Además, en el caso de la Iglesia Católica, el Código de Derecho Canónico prohíbe a los sacerdotes aceptar cargos y oficios civiles públicos (c. 285, § 3 y c. 289, § 2).
Es importante que la ciudadanía conozca todo esto y que tenga una idea clara de los verdaderos alcances de esta reforma, ya que sólo con una información objetiva y completa se puede conocer la realidad para tomar la decisión correcta.
Los representantes de los ciudadanos tienen la responsabilidad de reconocer, tutelar, promover los derechos de quienes los han elegido, entre los que se encuentra la libertad religiosa, como lo reconoce, tutela, promueve y defiende la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de San José y otros tratados internacionales que México ha firmado.
+ Víctor Sánchez Espinosa
Arzobispo de Puebla
+ Dagoberto Sosa Arriaga + Eugenio Lira Rugarcía
Obispo Auxiliar de Puebla Obispo Auxiliar de Puebla
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