DOF, 15 de febrero de 2012
ACUERDO por el que se designa al Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, como Secretario General de la organización de la Cumbre de Líderes del G20, durante el periodo que dure la Presidencia de México, y se le delegan las facultades necesarias para el desempeño del encargo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.
PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 14, 16, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 16, 22, 26, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y correlativos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 16, 25, 27, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y correlativos de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 1, 2, 5, 6 y 11, fracciones V y XXXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que los titulares de las Secretarías de Estado podrán delegar cualquiera de sus facultades en funcionarios subalternos de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior correspondiente;
Que el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores dispone que el trámite y resolución de los asuntos competencia de dicha Secretaría corresponde originalmente al Secretario, quien para la mejor distribución y desarrollo del trabajo podrá delegar en funcionarios de la dependencia, las facultades necesarias para el despacho de los asuntos de su competencia, con excepción de aquellas que deben ser ejercidas precisamente por dicho Titular;
Que las fracciones V y XXXIII del artículo 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, facultan al Oficial Mayor para desempeñar las funciones que el Secretario le encomiende o delegue;
Que de conformidad con los acuerdos adoptados en la Reunión Cumbre del Grupo de los Veinte (G20), del que México forma parte, celebrada en Toronto, Canadá, los días 26 y 27 de junio de 2010, se convino en que nuestro país organizaría los trabajos preparatorios y posteriores, así como la reunión Cumbre de Líderes del G20 del año 2012;
Que la experiencia de los Gobiernos de Canadá, Corea del Sur y Francia en la preparación y organización de las tres últimas Cumbres de Líderes del G20, celebradas en junio de 2010, noviembre de 2010 y noviembre de 2011, respectivamente, han requerido el establecimiento de un Secretariado General para el exitoso desarrollo de las mismas, a fin de coordinar las tareas de planeación, organización, producción, logística, seguridad y protocolo;
Que la Ley Federal de Presupuesto, Responsabilidad Hacendaria establece que la administración de los recursos públicos debe realizarse bajo criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas;
Que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, establecen los procedimientos para la contratación de bienes o servicios y de obra pública de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y
Que en virtud de que los días 18 y 19 de junio de 2012 se llevará a cabo la Reunión de Líderes del G20, en Los Cabos, Baja California Sur, es oportuno delegar en el Oficial Mayor las facultades necesarias para la eficaz y eficiente organización de los trabajos administrativo, operativo y de logística durante la Presidencia de México, que permitan el éxito de la Cumbre, de conformidad con los compromisos internacionales que el Estado mexicano ha adquirido en dicho foro multilateral, por lo que he tenido a bien dictar el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO PRIMERO.- Se designa al Oficial Mayor de la Secretaría de Relaciones Exteriores, como Secretario General de la organización de la Cumbre de Líderes del G20, durante el periodo que dure la Presidencia de México.
ARTICULO SEGUNDO.- Las atribuciones del Oficial Mayor en su carácter de Secretario General de la organización de los trabajos que se realicen con motivo de la Presidencia de México del G20, consistirán entre otras, en:
I. Coordinar con las dependencias del Gobierno Federal los aspectos de planeación, organización, producción, logística, protocolo y seguridad de los eventos;
II. Mantener un vínculo permanente con las autoridades del Gobierno del Estado de Baja California Sur y del Municipio de Los Cabos, y
III. Llevar el estricto control del presupuesto tanto para la Cumbre de Líderes del G20, como para las demás reuniones organizadas por la Secretaría de Relaciones Exteriores que resulten necesarias para el eficaz desarrollo de los trabajos del G20.
ARTICULO TERCERO.- Se delegan en el Oficial Mayor, en su carácter de Secretario General de la organización del G20, las facultades que se citan a continuación, de conformidad con la normatividad aplicable en la materia:
I. Dictaminar la procedencia para las contrataciones que se realicen con motivo de los trabajos previos, posteriores y durante la Cumbre de Líderes del G20, con fundamento en el artículo 16 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 16 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y
II. Autorizar, instruir y vigilar el ejercicio del presupuesto asignado a la Secretaría de Relaciones Exteriores durante el año fiscal 2012, para cubrir los gastos que se generen por los requerimientos de los eventos que con motivo de la Presidencia de México del G20, se lleven a cabo en territorio nacional de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como asegurar el adecuado resguardo de la documentación original comprobatoria de las erogaciones que se realicen con cargo al mismo. Para tal efecto, las áreas competentes de la Secretaría de Relaciones Exteriores le comunicarán oportunamente la información necesaria para los preparativos correspondientes.
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de febrero de dos mil doce.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.
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