Pese
a lo anterior, la Procuraduría dio por buena su declaración y procedió
penalmente contra él.
Un juez federal advirtió a la SEIDO de omisiones y hasta
actos ilegales en las acusaciones que presentó por la desaparición de los
normalistas, como por ejemplo, acusaciones repetidas contra las mismas
personas.
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Reportaje de Arturo Angel (@arturoangel20) en la web Animal Político, 1 de octubre de 2015.
La
Procuraduría General de la República (PGR) confirmó pericialmente que uno de
sus detenidos clave para sostener su hipótesis de que los normalistas de
Ayotzinapa fueron incinerados y arrojados a un río, Patricio Reyes Landa, alias
el Pato, tenía huellas de tortura tras su captura. Pese a ello, el Ministerio
Público validó su declaración y lo consignó.
Un
dictamen de mecánica de lesiones realizado por la Procuraduría bajo los
parámetros del Protocolo de Estambul –que sirve para verificar la existencia de
tortura– corroboró que las lesiones físicas de Reyes Landa eran compatibles con
las que se provocan mediante maltratos y tratos crueles.
El
expediente también revela que la PGR tardó casi un mes en autorizarle a la
Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) una revisión a otro detenido clave
que denunció tortura, Jonathan Orozco, alias el Jona. Y cuando lo hizo, citó a
los especialistas en un horario en el que ya no pudieron encontrarlo en el
Centro de Arraigos porque ya había sido trasladado a un penal federal.
El
Pato, el Jona y otras cuatro personas, cuyas declaraciones le sirvieron a la
PGR para sustentar su “verdad histórica” sobre lo ocurrido a los estudiantes de
la Normal Rural de Ayotzinapa, estuvieron arraigados casi 80 días antes de ser
consignados.
Ayer
30 de septiembre, Animal Político publicó que la mayoría de los presuntos
integrantes de Guerreros Unidos que participaron en el ataque a los estudiantes
fueron arrestados en condiciones similares: ebrios, en la calle y con golpes
que supuestamente ellos mismos se causaron.
El
expediente del caso Ayotzinapa también revela que en enero pasado, uno de los
jueces federales a cargo de los procesos penales iniciados este caso, advirtió
a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada
(SEIDO) respecto a las anomalías e incluso actos ilegales en sus consignaciones,
situaciones que incluso, podrían derivar en la libertad de varios de los
inculpados.
Tortura…
sin consecuencias
El
31 de diciembre de 2014 se integró a la averiguación previa del caso el
documento número SEIDO/UEIDMS/FE-C/11062/2014, el cual incluía los resultados
de un peritaje que técnicamente se denomina mecánica de lesiones y que consiste
en determinar cuál es el origen de las lesiones que pudo sufrir una persona.
Dicho
peritaje se realizó con la finalidad de establecer si las lesiones que presentaban
cerca de una decena de detenidos eran compatibles con lo que establece el
Manual para la Investigación y Documentación eficaces de la Tortura y otros
tartos crueles o inhumanos, conocido coloquialmente como Protocolo de Estambul.
Los
resultados en nueve casos, entre ellos el del expresidente municipal de Iguala,
José Luis Abarca, y su esposa María de los Ángeles Pineda, ambos fueron fueron
negativos en la existencia de lesiones compatibles con las que señala el
protocolo de tortura.
Sin
embargo, en un caso el resultado fue positivo. El nombre de esta persona
aparece sombreado a excepción de los que dieron negativo, pero la comparación y
eliminación con los nombres de la lista a los que se les practicó este
peritaje, permite establecer que se trata de Reyes Landa.
“En
el caso de (Reyes Landa) sí se encontraron elementos médicos periciales para
determinar la existencia de lesiones compatibles con lo que se describe en la
Investigación Médico Forense referida en el Manual para la Investigación y
Documentación eficaces de la Tortura y otros tartos crueles o inhumanos o
Protocolo de Estambul”, indica el análisis.
En
el mismo oficio de más de 30 cuartillas se establece que las lesiones que
presenta Reyes Landa son, entre otras, una herida de cinco centímetros de
longitud cuya ubicación no se describe, un edema, una escoriación con
puntiforma y dos laceraciones.
En
su primera declaración, tras su detención el 27 de octubre, el Pato dijo que
las heridas que presentaba se las había provocado por una caída, pero en una
ampliación de su declaración –fechada el 3 de noviembre– explicó que fue
torturado.
“Se
metieron a la casa y me empezaron a golpear y patear, me subieron al vehículo,
me vendaron los ojos, pies y manos y me empezaron a volver a golpear y dar toques
y me pusieron un trapo en las narices y me echaron agua, me dieron toques en
los testículos, me ponían una bolsa en la cara para no respirar, así se pasaron
varias horas”, dijo el detenido.
Agregó
que además de los maltratos físicos, los agentes que lo detuvieron lo
amenazaron verbalmente. Le dijeron que si no decía que los golpes que tenía era
producto de una caída atentarían contra su familia, y que a él “lo amenazaban
con que lo iban a hacer pedazos y echarlo en una bolsa”.
Pese
a estos resultados periciales en el expediente de la PGR, por lo menos en lo
que Animal Político ha podido revisar, no hay constancia de que se haya
iniciado una investigación por el tema específico de la tortura.
Por
el contrario, Reyes Landa fue consignado ante un juzgado federal en Tamaulipas
el 9 de enero acusado de delincuencia organizada, es decir, semana y media
después del referido peritaje.
La
declaración del Pato, que se encuentra en los expedientes consignadas por la
PGR, y a la que hizo referencia públicamente en noviembre de año pasado el
entonces procurador Jesús Murillo Karam, resalta que los normalistas fueron
llevados y asesinados en un basurero de Cocula, bajo la creencia de que eran
integrantes del grupo criminal de Los Rojos, y que sus cenizas fueron colocadas
en bolsas y arrojadas a un río.
La
revisión que no fue
Jonathan
Orozco, alias el Jona, otro de los que declaró que los normalistas murieron
quemados en Cocula, fue detenido junto con el Pato. Su captura quedó registrada
bajo investigación de la Primera Visitaduría de la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos (CNDH) ante la posibilidad de que también hubiera sido
torturado.
De
acuerdo con lo que revela la versión pública del expediente, la CNDH pidió el
12 de diciembre pasado –a través del oficio 73149– a la SEIDO que permitiera a
su personal hacer una valoración médica y psicológica de Reyes Landa en el
Centro de Arraigo, donde se encontraba cumpliendo con esa medida cautelar.
La
Procuraduría dio el visto bueno semanas después a través de oficio PGR/AIC/PFM/DGSESPP/DGACFA/0049/2015
en el que se instruyó al personal del Centro de Arraigo permitir el ingreso de
los visitadores de la Comisión a las 17 horas del 9 de enero.
Sin
embargo, la SEIDO también solicitó a la Policía Federal Ministerial que ese
mismo día Jonathan Orozco, junto con otros acusados, fueran trasladados a un
penal federal, luego de que un juez concedió una orden de aprehensión en su
contra. Esto fue en el oficio PGR/SEIDO/UEIDMS/FE-D/127/2015.
Un
oficio posterior de la Policía federal Ministerial confirmó que los detenidos
salieron del complejo de arraigos aproximadamente a las 16 horas para ser
trasladados a un penal de máxima seguridad; es decir, una hora antes de la cita
para que llegaran los especialistas de la CNDH.
El
expediente, por lo menos en el tomo 83, donde se encuentran estos oficios, no
incluía algún documento en el que se hubiera reagendado la referida revisión.
El
regaño del juez
El
5 de enero de este año, el Juzgado Tercero de Distrito en Procesos Penales
Federales con sede en Tamaulipas amonestó a la SEIDO por lo que calificó como
una actuación “omisa” y en algunos casos hasta “ilegal” en las consignaciones
hechas por la investigación de la desaparición de los 43 normalistas.
Esto
luego de que la SEIDO consignó la averiguación previa
PGR/SEIDO/UEIDMS/1017/2014 en la que solicitó auto de formal prisión y nuevas
órdenes de aprehensión en contra de más de medio centenar de personas.
Previamente ya había consignado las averiguaciones 439/2014, 849/2014 y
871/2014.
Antes
de conceder esas solicitudes, el juez pidió a los agentes ministeriales –bajo
protesta de decir verdad o de lo contrario serían denunciados– que informaran
exactamente a cuántos juzgados distintos se habían hecho ya consignaciones por
el mismo caso y qué resultado se obtuvo de las órdenes pedidas.
Y
es que el juzgado subrayó que había detectado una “práctica reiterada” de
agentes de la SEIDO para omitir en sus consignaciones la información antes
solicitada.
“En
esos casos excluyeron de sus averiguaciones las constancias de consignación
previa con lo cual imposibilitan a este juzgado de contar con los elementos
necesarios para resolver sobre su competencia legal y lo indujeron al error de
ejercer la acción penal de forma ilegal”, informó el juzgado.
Proceder
en contra de las mismas personas por el mismo delito, recordó el juzgado a la
PGR, es un hecho violatorio de los derechos humanos y por lo tanto ilegal y
anticonstitucional, y dejó como recordatorio que ya en enero del 2012 tuvo que
liberar a personas ya sujetas a proceso penal, luego de que estas se ampararon
y verificar la actuación irregular de la Procuraduría.
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