Hoy es lunes 12 de marzo de 2012
El Caso Cassez:
Este este el proyecto de Zaldívar : http://es.scribd.com/doc/84603656/Proyecto-Caso-Cassez-SCJN
Algunas reacciones:
Cuestiona PGR apertura de corte
La PGR cuestionó ayer la difusión que hizo la SCJN sobre del proyecto de resolución del Ministro Arturo Zaldívar, el cual plantea la libertad de la francesa Florence Cassez.
"La PGR respeta la opinión de tan eminente abogado evidentemente estaremos a las resultas del trámite que corresponda, quizás sería oportuno preguntarse si este aspecto (la difusión del proyecto) será una cuestión que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo va a ir haciendo ya como un tema recurrente. Nos llama la atención y bueno serán ellos quienes deberán precisar si en proyectos de sentencia los va a empezar a hacer públicos.
"Es un proyecto, y en todo caso, como se los comentaba, habrá que preguntarle a la Corte si a partir de ahora los jueces y los magistrados harán públicas las resoluciones antes de publicarlas oficialmente, es un detalle de forma", expresó en tono de molestia José Cuitláhuac Salinas, subprocurador de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada.
El titular de la SIEDO minimizó el documento de Zaldívar argumentando que no reúne "ni siquiera" el consenso de los cinco integrantes de la Primera Sala de la Corte. "No se trata de una resolución que haya causado estado, ni siquiera corresponde a la opinión jurídica de todos los integrantes de la Primera Sala. Yo reitero, es un proyecto de resolución, es en términos jurídicos, un antecedente, ni siquiera constituye un precedente que obligue a ninguna autoridad a actuar de ninguna forma.
"Por eso reitero y somos nosotros como institución muy respetuosos del tema, el proyecto corresponde a una opinión que ha manifestado públicamente, a través del boletín, el Ministro encargado del asunto, pero no constituye ninguna sentencia, jurídicamente hasta este momento, como lo hizo patente el boletín, no tiene valor jurídico", comentó el funcionario.
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Posicionamiento hoy del Dr. Alejandro Poiré:
Ante una pregunta en conferencia de prensa, con motivo de la Firma Protocolaria de los Convenios de Recursos Federales para la Seguridad Pública en los Estados y Municipios
México, D.F., 12/03/2012
-Qué tal, buenos días, Secretario. Ahora que nos habla de justicia penal, me gustaría sacar el tema de Florence Cassez, y concretamente compararlo con el Caso Avena. Por qué en el Caso Avena, México demandó a Estados Unidos por fallas al debido proceso, concretamente por no haberse dado la notificación consular; pero en el caso Cassez, esto resulta irrelevante para el Gobierno Federal.
- Secretario Poiré: El Gobierno Federal ha dado una postura clara respecto al caso Cassez, y en la medida en la que está pendiente una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya se ha dado una postura específica.
Por otro lado, el Gobierno de la República, invariablemente, hace en sus representaciones consulares, el ejercicio de defensa de los derechos de nuestros conciudadanos y lo seguirá haciendo de esa forma.
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Isabel Miranda de Wallace y Ezequiel Elizalde, víctima de secuestro, pidieron a la SCJN que escuche a las víctimas de Florence Cassez y que el caso, por su relevancia, no se decida en la Primera Sala sino en el Pleno de la Corte.
En conferencia de prensa conjunta con el Ombudsman nacional, Raúl Plascencia, Miranda cuestionó al Ministro Arturo Zaldívar por ventilar el proyecto que pide la liberación de Cassez antes de su discusión al considerar que sugestiona a la población como sugestionó el montaje televisivo del rescate.
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A propósito del caso Cassez/Eduardo Bertoni, profesor de Derecho Penal de las facultades de derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA) y de la Universidad de Palermo (UP). Director del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información -CELE- de la UP y ex director de la Due Process of Law Foundation. (ebertoni.blogspot.com).
Reforma11 de marzo de 2012En muchas investigaciones criminales, para llegar a buen puerto, esto es, descubrir a los culpables y sancionarlos adecuadamente, resulta fundamental el cuidado de la recolección de la evidencia y de los actos del proceso que puedan afectar las garantías individuales. Ello es muchas veces más importante de cuidar en los primeros actos de la investigación, dado que el resto de ella se construye muchas veces sobre la base de lo que se obtiene como prueba en el comienzo de la pesquisa. Si los cimientos de la investigación están viciados, una posible condena se derrumbará en cualquier estado de derecho que se precie de respetar las garantías individuales.
Esta idea es una de las primeras y más importantes que enseñamos a los estudiantes de derecho. El nombre de la doctrina, para ser más técnicos, varía en los distintos países, pero en general la llamamos la "regla de exclusión": toda la prueba o proceso realizados mediante actos que violen derechos fundamentales de las personas no son admisibles para fundar una condena.
Esta doctrina tiene base constitucional y legal en varios países. Sería extenso relatar estos aspectos en esta breve nota. Resulta más interesante reflexionar sobre la importancia de esta doctrina, la cual, por cierto, no está libre de críticas.
Una primera crítica está relacionada con el entorpecimiento al accionar de la policía y de la justicia al declarar inadmisibles procesos o pruebas, a veces concluyentes. Estamos habituados a escuchar ejemplos que pretenden mostrar el alto precio que paga la sociedad cuando los criminales quedan libres porque la policía no cumplió con sus mandatos legales. Quienes defienden la "regla de exclusión" explican que gracias a ella se disuade a la policía de actuar en violación a los derechos de las personas, porque aun en la legítima lucha contra el crimen no conseguirán los efectos buscados. La crítica en este caso se refiere a la inexistencia de elementos empíricos que permitan sostener la defensa de la regla por el argumento del efecto disuasorio. Finalmente, también se critica la "regla de exclusión" dado que ella se aplica en todos los casos por igual, sin discriminar los casos donde la policía actúa, aun con errores de buena fe, de aquellos casos en donde el accionar policial está fundado en reprimendas ilegales u otros motivos igualmente ilegítimos.
Estas críticas deben ser descartadas. La "regla de exclusión" se funda en valores éticos de las sociedades respetuosas del estado de derecho. Esos valores se verían afectados si quienes deben respetar las reglas (la policía) son los primeros en violarlas, y luego la condena se funda en actos o pruebas que muchas veces podrán ser consecuencia también de un delito.Pero creo que lo más importante es no perder la perspectiva de la discusión: cuando el acusado de un delito no es declarado culpable por aplicación de la regla que venimos tratando, ello no se debe derechamente a esa regla sino, antes bien, a las garantías de las personas que se encuentran en la Constitución y en los tratados de derechos humanos. Por supuesto que podríamos eliminar esas garantías y con ello condenar a más personas, incluso que lo merezcan. Pero ello depende del tipo de sociedad donde queramos vivir: aquella que, aun a riesgo de liberar ciertos "culpables", me proteja de la actividad ilegal de la policía (ser torturado, interrogado sin abogados, allanamientos sin control de los jueces, y un largo etcétera); u otra sociedad donde esos principios o reglas no existen. Claramente mi inclinación es por el primer modelo. ¿Usted, lector, cuál elige?
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Madruguete a favor de Cassez
Zaldívar violó debido proceso
Columna Indicador Político de Carlos Ramírez,
El Financiero, 12 de marzo de 2012
Si la intención fue afirmar que a la sentenciada Florence Cassez no le respetaron su “debido proceso” y por tanto debe salir libre, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea lo hizo violando el debido y escrupuloso proceso que deben seguir los proyectos de sentencia de los ministros de la Corte Suprema de Justicia.
En realidad, el ministro Zaldívar operó un sospechoso madruguete mediático a favor de Cassez al filtrar su propuesta de sentencia sin pasar por las reglas estrictas de la Corte que quieren evitar que alguna de las partes utilice malévolamente la información judicial a su favor. Por ello es que los principales enojados con el ministro no sean los funcionarios de la PGR, sino los mismos ministros de la Corte fue fueron desdeñados por su colega Zaldívar y ahora aparecen mediáticamente presionados para aprobar su proyecto de sentencia o ser destrozados por la ira social, como si la Corte fuera un circo romano.
La estrategia de Zaldívar se salió de las reglas del juego judicial de la Corte por la sencilla razón de que no quería que le repitieran la dosis de rechazo a su proyecto de sentencia por el caso de la guardería ABC, de Hermosillo, a finales del 2010 ni le arremetieran con más regaños en la discusión del proyecto. En este sentido, la intención del ministro Zaldívar fue filtrar ilegalmente a la prensa su proyecto e imponer mediáticamente su posición por la vía del albazo.
La violación del debido proceso que deben seguir los proyectos de sentencias judiciales fue aprovechada mediáticamente por el abogado de la sentenciada Cassez, Agustín Acosta, para volver a poner el tema del montaje como el centro de la discusión, cuando la PGR acreditó con declaraciones y fotografías la relación de complicidad de Cassez con el secuestrador Israel Vallarta y su participación en su banda de secuestradores. El albazo de Zaldívar tuvo repercusión internacional porque hasta el presidente Nicolas Sarkozy lo cachó en el aire y lo convirtió en tema de su decreciente campaña electoral por la relección, al grado de que la oposición socialista señaló su oportunismo electoral.
Pero lo que los ministros deben aclarar primero sería la razón del ministro Zaldívar para romper el proceso interno de ruta de los proyectos de sentencia porque el documento íntegro saltó a la prensa sin haber cumplido los pasos legales de listado y sobre todo sin que los demás ministros de la Corte tuvieran conocimiento de su contenido. O se trató de un desdén del ministro Zaldívar a la Corte y a los ministros para evitar la discusión interna en la Primera Sala o buscó romper el debido proceso interno para beneficiar a la sentenciada Cassez.
La filtración a medios de proyectos de sentencia violó procedimientos legales que se usan en casos similares porque beneficia a una de las partes, como ocurrió al afectar a la PGR y desde luego benefició a la acusada Cassez porque su abogado mexicano utilizó los medios radiofónicos para dar por definitiva la inocencia de su cliente decretada por el ministro Zaldívar en su proyecto de sentencia que debe ser discutido y votado en el seno de la Primera Sala.
La jugada política de Zaldívar exhibió la parcialidad de un ministro de la Corte en los juegos políticos de poder. Y se trataría de una muesca más a su historial del ministro, pues junio del 2012 quiso convertir a la Corte en un tribunal de sentencia --no seremos “guardianes morales del orden establecido” ni “tribunal de conciencia”, dijo el ministro José Ramón Cossío ante el proyecto del ministro Zaldívar-- buscando convertir a la Corte, vía la facultad de investigación de violación de garantías individuales, en un Tribunal de la Acordada pidiendo el cadalso para los funcionarios involucrados en responsabilidades del ABC, pero sin el debido proceso de escuchar a los inculpados; este proyecto de sentencia no sólo fue rechazado y repudiado por la mayoría de los ministros, sino que exhibieron a Zaldívar como un vulgar juez de sentencia.
Luego vino en mayo de 2011 el voto en la Corte Suprema sobre las tarifas de interconexión y el ministro Zaldívar se excusó porque había litigado a favor de Telcel en sus tiempos de abogado privado y más aún cuando el amparo solicitado estaba aún en litigio en el máximo tribunal. Y a finales de 2011 Zaldívar fue acusado por La Jornada por el litigio de la libertad de expresión debido a un artículo publicado en Letras Libres sobre la presunta complicidad de La Jornada con la ETA, pues Zaldívar había sido el redactor de la resolución a favor de Letras Libres.
Ahora la decisión de Zaldívar de filtrar su proyecto de resolución sobre el amparo solicitado por Cassez antes que la conocieran sus colegas puso en ridículo a la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación porque apenas a finales de febrero pasado, una semana escasa antes del affaire Zaldívar, la Corte había decidido poner orden en el manejo de nombres de funcionarios e instituciones en procesos en litigio. Y justamente la normatividad ha establecido un sendero riguroso para los proyectos de sentencia, a fin de no crear factores de presión externos que intenten influir en la decisión de los demás ministros.
La forma escogida por el ministro Zaldívar para darle apoyo a su proyecto en medios rompió con las normas de discreción establecidas por la Corte. Si el proyecto de sentencia se programó hasta el miércoles 21 de marzo en la Primera Sala, la filtración el 7 de dio dos semanas de ventaja mediática a los abogados de Cassez para construir una corriente de opinión en torno al tema del montaje realizado por la Policía Federal para la grabación de un arresto, pero dejando de lado el caso concreto de los secuestros, la banda de los Vallarta, las fotos de Cassez con Israel Vallarte, las declaraciones de las víctimas y sobre todo el hecho de que el video del montaje no formó parte del expediente penal.
Al final, el ministro Zaldívar violó el debido proceso de los debidos procesos para beneficiar a una sentenciada. Así de simple.
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