Publicado en Reforma, 8 de marzo de 2012
Ernesto Zedillo pidió
al juez federal de Distrito de Connecticut que apresure su decisión de
otorgarle la inmunidad diplomática para la demanda civil presentada por
familiares de víctimas de Acteal. Como recordarán, en 2011 Zedillo fue
demandado por los familiares, por la vía civil, por 50 mill. de USD, ante un
tribunal federal de Estados Unidos, invocando dos leyes: la Alien Tort Statute
de 1789, y la Torture Victims Protection Act de 1991. El 6 de enero Zedillo
solicitó inmunidad diplomática al juez, invocando el Foreign Sovereign
Immunities Act, una ley de 1976 que se ha usado en otras ocasiones para este
propósito.
El juez le respondió que quería conocer la opinión del gobierno de EU al respecto. Ello implica que el Depto. de Estado, a través del Depto. de Justicia, envíe al juez una "sugerencia de otorgar la inmunidad", ya que sólo él puede darla, pero la opinión del Poder Ejecutivo pesa mucho.
Finalmente, desde noviembre del año pasado México envió una nota diplomática o memorándum al Depto. de Estado, solicitando que sugiriera el otorgamiento de inmunidad. La Cancillería a la fecha se ha negado a hacer público el contenido de la carta, y los argumentos utilizados por México y Felipe Calderón ante las autoridades de EU. Se sabe que México envió esa solicitud pero no se sabe qué dice; el gobierno de México se niega a divulgarla, y hasta ahora nadie se lo ha pedido al IFAI.
Zedillo ahora le pide al juez que se apresure; la pregunta es por qué lo pide, y sobre todo qué sucede.
Lo que pasa, aparentemente, es que los abogados de los familiares de las víctimas, con sus posibles asesores en México, escogieron muy bien la vía para demandar a Zedillo: la civil. La inmunidad en el pasado casi nunca se da en el ámbito civil, pues es difícil sostener que una demanda civil contra un ex presidente sea un asunto de política exterior para EU.
La semana pasada se presentaron argumentos ante la Suprema Corte de EU en el caso de unos activistas de derechos humanos nigerianos contra la empresa Shell, por violación de derechos humanos. El caso se apoya en la Alien Tort Statute. Los ministros pospusieron su decisión pidiendo nuevas tesis tanto a quejosos como a la demandada, no sólo sobre la definición del caso, sino sobre el fondo: que tribunales norteamericanos conozcan de violaciones a los derechos humanos cometidas por personas o empresas con alguna conexión con EU o contra países distintos. En este caso, el gobierno de Obama tomó el partido de los quejosos, y supuestamente apoya la inmunidad para Zedillo, demandado bajo la misma ley de 1789.
Zedillo aportó argumentos para tratar de apresurar el otorgamiento de la inmunidad. El primero es el caso de Manoharan vs. Rajapaksa, de este año, donde el juez otorgó la inmunidad diplomática en una demanda civil.
El problema es que se trata del presidente en función de Sri Lanka, no de un ex mandatario. No es evidente que sea un buen precedente.
Otro argumento que invoca Zedillo es el paso del tiempo, ya que el juez resolvió el caso de Sri Lanka en un mes, y durante este lapso los "detractores de las reformas democráticas" puestas en práctica por Zedillo están aprovechando para debilitar las reformas y al propio ex mandatario.
El argumento parece menos pertinente: no sabemos a qué detractores se refiere, ni cómo atacan esas reformas, y menos hasta qué punto el tiempo que se toma el juez perjudique esas reformas. Más bien da la impresión de que la carta de Zedillo va dirigida al gobierno de Obama, y lo que le urge, con toda razón, es que su gobierno envíe ya su carta al juez. A tal grado le urge a él y a Felipe Calderón, que se comenta que algún enviado especial de Calderón estaría llegando a Washington en los próximos días para discutir la necesidad de la inmunidad diplomática. Inmunidad para
Zedillo, que
constituiría seguramente un precedente... para Calderón.
Lamento la salida del
aire del programa Entre Tres de Carlos Elizondo, Federico Reyes Heroles y Jesús
Silva-Herzog Márquez. Los vamos a extrañar.
www.jorgecastaneda.org;
jorgegcastaneda@gmail.com
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