Las Reformas al 40 Constitucional.
Posicionamientos en el Pleno
Versión estenográfica de la sesión ordinaria del jueves 11 de febrero de 2010
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Se le dispensa la lectura. Por tanto, tiene la palabra el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales para fundamentar el dictamen, de conformidad con el artículo 108 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
El diputado Juventino Víctor Castro y Castro: Con su venia, señor presidente. Honorable asamblea. La Comisión de Puntos Constitucionales, después de haber hecho un análisis de todas y cada una de las iniciativas presentadas por el diputado Alfonso Izquierdo Bustamante, del PRI; la que presentó el diputado Rafael García Tinajero, del PRD; la iniciativa planteada por la diputada Elsa Conde y signada por varios diputados de diferentes expresiones políticas de esta Cámara; así como las que presentaron en esta legislatura los diputados Víctor Hugo Círigo, del PRD, y César Augusto Santiago, del PRI, ha llegado a la convicción mayoritaria de establecer una adición al artículo 40 constitucional con el término laico a nuestra república representativa, democrática y federal.
Es de hacerse alusión que en la parte de los antecedentes se precisan otras iniciativas que aportaron elementos para llegar a la reforma del artículo 40. Sin embrago, en dichas iniciativas se tocan artículos de la Constitución como el 108, 115, 130, entre otros, mismos que por su naturaleza jurídica quedaron salvaguardados para ser dictaminados en otro momento más oportuno, por lo que dichas iniciativas son meramente enunciativas no dictaminadas en el proyecto enviado.
Un verdadero estado de derecho ?según el diputado Víctor Hugo Círigo, autor de una de las iniciativas y cuyo texto resulta muy estimable? se fundamenta en que el Estado, entre sus principales características, tenga el carácter de laico. Así lo expresa, por ejemplo, la Declaración universal de la laicidad en el siglo XXI, al plantear que la laicidad se define como la armonización en diversas coyunturas sociohistóricas y políticas de tres principios: Respeto a la libertad de conciencia, y en su práctica individual y colectiva. Autonomía de lo político y de la sociedad civil frente a las normas religiosas y filosóficas particulares. No discriminación directa o indirecta hacia los seres humanos.
En ese contexto, otorgarle la característica expresa de laico a nuestro Estado mexicano continuaría y confirmaría la trayectoria que un día se plantearon nuestros legisladores del Constituyente de 1857, y que reafirmaron los de 1917, pues se ha constatado, en nuestra experiencia colectiva y la de otras naciones, que la laicidad es una fórmula eficaz para la convivencia de la pluralidad.
Una solución positiva para la convivencia entre religiones mayoritarias y minoritarias, y para evitar que las carencias de unos cuantos se hagan dominantes a través de la fuerza del Estado y no de las del convencimiento y la persuasión legítima.
Cita de Roberto Blancarte: "La asunción expresa del principio de laicidad del Estado, en el artículo 40 constitucional, implicaría el reconocimiento de que todos los seres humanos tienen el derecho a la libertad de conciencia y a la de adherirse a cualquier religión o a cualquier corriente filosófica, en su práctica individual o colectiva."
El Estado no puede ser garante de los derechos de la libre elección de una religión o de unas convicciones. Pero es a través del carácter laico del mismo, la mejor forma de cristalizarlos. Se evitaría con ello que los valores o intereses religiosos se erijan en parámetros para medir la legitimidad o la justicia de las normas y los actos de los poderes públicos, con lo cual se veda cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y funciones estatales, de ahí que los debates que se susciten de los órganos del Estado deban prevalecer siempre como guía de las discusiones el principio de laicidad".
Coincidimos con los autores de las iniciativas a dictaminación que en México debe existir y consolidarse el principio de laicidad, cuyo contenido ampliaría el horizonte de respeto a la pluralidad de expresiones, lográndose con ello un clima de paz y tolerancia.
La ética que debe regir la vida pública empieza por la consolidación del principio de laicidad en nuestro orden jurídico mexicano. Se asume con los promoventes, la propuesta en torno a que debe ser el artículo 40 constitucional el que le otorgue al Estado su carácter de laico, pues en este artículo es en donde se señala la voluntad del pueblo mexicano de otorgarle las características que deberán prevalecer en la forma de su gobierno como una república representativa, democrática y federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, pero unidos en una federación establecida.
Es necesario reconocer la pluralidad cultural y religiosa con mayor fuerza en el México actual, como un rasgo irrenunciable e irreductible de nuestra asistencia colectiva.
Finalmente, considero que de asumirse el compromiso sin restricciones del principio de laicidad de nuestro país, los legisladores mexicanos estaremos reafirmando el camino que un día trazaron los personajes históricos más importantes que han ayudado a construir la identidad completa de la nación mexicana. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: En consecuencia, está a discusión en lo general y en lo particular el proyecto de decreto.
Se han registrado para fijar posición de sus grupos parlamentarios diversos compañeros diputados: el diputado César Augusto Santiago Ramírez, el diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz, el diputado Guillermo Cueva Sada, el diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia, el diputado Reyes Tamez Guerra. Faltan por registrar los grupos parlamentarios del PAN y Convergencia.
En consecuencia, se concede el uso de la palabra, hasta por 10 minutos, para fijar la posición de su grupo parlamentario, al señor diputado César Augusto Santiago Ramírez.
El diputado César Augusto Santiago Ramírez Quiero principiar por decirles que el PRI saluda la conclusión de esta iniciativa que presentamos nosotros, en consonancia de dos cuestiones esenciales.
Primero, el reconocimiento de que la expresión laica en la Constitución de nuestro país es la consecuencia indispensable de un movimiento constitucionalista que hemos sostenido durante muchos años. Es la respuesta más congruente a la expresión del diseño constitucional que ha sido la mejor convocatoria de unidad entre los mexicanos y al mismo tiempo, la mejor arma de lucha para las reivindicaciones sociales.
Está en consonancia con esa prosapia, con ese arraigo, con esa naturaleza propia de nuestra entidad estatal.
Pero también hace honor a las nuevas tesis del constitucionalismo moderno, que exige que en la definición del Estado se constituyan aquellos elementos que hagan viable la discusión de las cuestiones que la sociedad contemporánea quiere discutir y que las quiere hacer fuera de prejuicios, de dogmas o de asideros medievales, que no ayudan a la Constitución ni a la congruencia de un régimen jurídico sano.
Yo personalmente celebro esta decisión de todos ustedes, que ojalá motive dar un paso adelante en las reformas pendientes.
Me parece también saludable que esta decisión de la comisión, que yo aplaudo, sea tan pulcra y aparentemente tan sencilla, pero que representa el profundo sentido de lo que debe de ser nuestra Constitución; una suerte de declaración de principios esenciales que deben motivar la estructura de todo el andamiaje jurídico de la república.
Por eso el PRI ha sido un impulsor de esta reforma del Estado laico, que en términos concretos no entendemos por qué hasta ahora lo estamos concretando en nuestro texto constitucional.
Quiero decir que como pocas expresiones, ésta justifica plenamente su inclusión al nivel en que estamos decidiendo ponerlo ahora, porque de suyo ya la Ley de Organizaciones Religiosas y Culto Público, en su artículo 3o., establece una definición del Estado laico y a pesar de esa definición del Estado laico, las interferencias del Estado hacia las actividades religiosas y de las actividades religiosas con pretendidas intenciones de participar en los debates públicos habían complicado la relación que, por otro lado, debe ser muy pulcra y muy libre.
Me da mucho gusto de verdad, y mi partido saluda esta espléndida reforma porque ?quiero dejarlo muy claro? no hay detrás de ella ninguna intención de atacar a religión alguna; no hay detrás de ella ninguna intención de evitar que los mexicanos ejerciten a plenitud sus derechos más sentidos. Se trata, por el contrario, de proteger la libertad religiosa; se trata, por el contrario, de evitar las tentaciones de estados confesionales o de estados ateos; se trata de constituir en el marco constitucional un Estado seglar de verdad que promueva, con libertad, con respeto a todos, las discusiones contemporáneas que exige nuestro movimiento constitucional.
En el PRI estamos empeñados en realizar un exhaustivo estudio de nuestro texto constitucional. Nos parece que es una de las aportaciones más importantes de la política y de la filosofía política de los mexicanos.
Nos motiva la Constitución un profundo respeto porque pensamos que ahí está sentado el desarrollo de lo mexicano en el tiempo de lo mexicano. Nosotros queremos que esta Constitución celebrada, que esta Constitución elogiada en otras épocas, debe volver a constituir el elemento más único y exclusivo de la unidad entre todos los mexicanos.
Por eso es que esta inclusión para caracterizar muy bien al Estado mexicano nos parece de la mejor y mayor importancia.
Quiero finalizar con una expresión de convocatoria amistosa y cordial en la libertad y en la pluralidad. Así como hemos perfilado en el artículo 40 la posibilidad de que la república, no el gobierno, la república sea democrática, representativa, federal y laica, debemos buscar que estos principios, que son decisiones esenciales de la república, se cumplan a plenitud y con entera satisfacción.
Yo los convoco, amigos, a no permitir que el concepto representativo que corresponde a esta soberanía esté en duda. Les convoco a buscar que la rectoría económica del Estado que define el 25 constitucional esté vigente. Les pido que aceptemos que la propiedad originaria de la nación, legado histórico de nuestro país, en el 27, se respete hasta sus últimas consecuencias.
Honrando la esencia de los mexicanos levantaremos otra vez la mirada de la gente en este Congreso, que es la mejor garantía de la cordialidad y de la libertad. Muchas gracias.
El diputado Gustavo González Hernández: Muchas gracias, señor presidente, y con su permiso. Viene en este salón la pregunta de si hay un debate amplio y de fondo sobre el tema de la laicidad del Estado. Viene la pregunta de si hay grandes divergencias sobre qué debe ser el principio de laicidad en el Estado.
Quiero leer las frases que dijera José Antonio Álvarez Lima, ex gobernador de Tlaxcala y otrora diputado federal, en el siguiente término. Dice: "La política en torno a la separación de la iglesia y Estado, está históricamente concluida. Desde hace muchos años la nación mexicana lo dejó establecido el campo del poder civil y el eclesiástico. Es inútil e inoportuno intentar revivir querellas decimonónicas que los mexicanos consideran superadas y claramente definidas. En los países democráticos como el nuestro habrá siempre un profundo respeto para todas las creencias. De tal manera, que en México podamos ser ciudadanos creyentes y priístas". En su momento, palabras de este notable priísta.
No hay grandes diferencias. En la Comisión de Puntos Constitucionales discutimos una serie de posicionamientos y consideramos que sí era viable añadirle al artículo 40, la palabra laicidad, porque consideramos ?y creo que ése fue el espíritu? que era el principio de laicidad en dos grandes pilares: el primer pilar, y lo dice uno de los tratadistas que más ha profundizado sobre el tema de laicidad en Europa: La laicidad moderna es un proyecto político de autonomía e independencia del poder civil respecto al poder clerical, y por eso el laicismo promueve por todos los medios la consecución de ese ideal: la autonomía de la política frente a las religiones que ni el poder clerical entre al poder civil; pero que tampoco el poder civil intervenga de manera directa en las religiones. Ésa es la otra cara de la moneda y quizá la principal: la libertad de creencia.
Nosotros consideramos que el Estado laico es aquél que defiende la separación institucional entre religión y política, manteniendo, en todo momento, la neutralidad del Estado respecto a las demás religiones, así como el respeto a la cultura e idiosincrasia del país en cuestión.
Así lo muestra la práctica de tantas naciones y el texto de constituciones de países europeos, que respetando plenamente la laicidad del Estado y la libertad religiosa de las iglesias y de los creyentes, no rebajan la religión al nivel de un hecho intrascendente, meramente privado.
El Estado laico no puede cerrar los ojos ante el fenómeno religioso que se presenta como un hecho cultural, tradicional o mayoritario en una determinada nación. Como sucede con la nuestra, en la que las civilizaciones prehispánicas eminentemente religiosas al fusionarse con el cristianismo, constituyeron una nueva fuente de cultura cimentada en tradiciones y valores.
La neutralidad del Estado laico no ha de traducirse en una actitud antirreligiosa o en posturas de un ateismo político o totalitarismo ideológico, ajenos a toda neutralidad. Una laicidad que desconozca el hecho religioso o que descalifique toda referencia procedente de algún principio religioso o filosófico representaría una posición política, rígidamente doctrinaria, totalitaria y abstracta.
El Estado laico moderno, como lo dice Antonio Molina Melia es aquel Estado que no hace suya ninguna religión, ninguna irreligión, incluyendo el ateismo o filosofía inmanentista en las cuales ni las protegen ni se inspira en ellas ni las impone a la fuerza. La vida cívica y la política del Estado laico al margen de cualquier identidad religiosa, ideológica o confesional, deberá proveer un ideal de ciudadanía y bien común.
El Estado laico reconoce la libertad religiosa como un derecho ciudadano a ejercitar la religión conforme a los dictámenes de la propia conciencia, con los únicos límites que marque el respeto a las normas jurídicas vigentes.
Por tanto, no es sano ni compatible con el Estado laico, negar a ninguna comunidad de creyentes y a quienes les representan legítimamente el derecho a pronunciarse sobre cuestiones de cualquier tipo que están en manos de los legisladores y juristas y que interpelen a sus conciencias.
Todo ciudadano debe gozar de la libertad de decidir lo que considere oportuno a quienes ostentan el poder.
Sólo un Estado totalitario que quiera erigirse en fuente última de valor y que no tolere junto a él ninguna voz capaz de cuestionarlo, puede pretender amordazar a sus ciudadanos laicos o acallar la voz de sus iglesias negándole su derecho a opinar sobre asuntos temporales en lo que consideran justo.
Esa es, señores, la otra cara de la moneda de lo que debe ser el principio de laicidad. Lejos de considerar la diversidad de opiniones como una ofensa al Estado, éstas representan la libertad de expresión de los ciudadanos y el reflejo de un sano pluralismo político.
El Estado laico, entendido como tal, no deberá limitarse a adoptar una benévola tolerancia frente al hecho religioso. La laicidad implica establecer un vínculo recíproco y respetuoso sobre en qué construir una comunidad política y solidaria acogiendo a todos los ciudadanos por igual, creyentes o no, para la consecución del bien común.
Es por eso que la fracción de Acción Nacional considera y en su momento, en el fondo estuvo de acuerdo de que se incluyera en el artículo 40 el texto que el pueblo crea una república democrática y laica, pero entendiendo que el principio de laicidad es una moneda que tiene dos caras, dos principios y que ambos principios tienen que coexistir y eso es lo que venimos nosotros, en un momento y hemos discutido históricamente en nuestra nación. Es cuanto, señor presidente.
El diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz (PRD) La promoción y respeto a la tolerancia, a los valores individuales o colectivos, así como el laicismo de las instituciones y de los espacios públicos, es un principio del PRD, a partir del reconocimiento de la diversidad y pluralidad, que hoy caracteriza a la sociedad mexicana, así como de la capacidad de los individuos para resolver por sí mismos los dilemas éticos contemporáneos.
El PRD se pronuncia por la defensa de la autonomía moral de los individuos, por una ética global de respeto a la diversidad y por la inclusión de todas y todos, sobre todo de quienes por ser considerados diferentes, bajo criterios de toda índole, han sido marginados, discriminados o excluidos.
El respeto de la diversidad, cuya garantía es ineludible, responsabilidad del Estado, exige el cabal reconocimiento de la libertad religiosa, de la libertad de conciencia y del derecho a la objeción de conciencia.
Asumimos a la pluralidad como riqueza e impulsamos la educación en valores tales como la tolerancia, la equidad entre los géneros, la cooperación social y la solidaridad internacional y aceptar la libertad de opción sexual.
El PRD promueve el derecho humano a tener o no tener una religión en un marco de respeto a las diversas creencias.
El laicismo rechaza los regímenes teocráticos en los que una iglesia controla el poder político, a la vez rechaza los regímenes políticos que se sirven de una religión oficial para legitimarse ideológicamente.
Asimismo, rechaza que se pretendan utilizar las creencias religiosas con fines electorales para apoyar o descalificar adversarios políticos, exacerbando las contradicciones y divisiones de la población.
El Estado laico no es antirreligioso, pero tampoco es anticomunista. Al incorporar al texto del artículo 40 constitucional el carácter de laico cumplimos plenamente con nuestros principios y programa político, estableciendo la laicidad como uno de los cinco principios rectores de toda la organización del orden constituido, republicano, democrático, representativo, federal y laico.
Así, la laicidad será una obligación de las autoridades públicas para respetarlo escrupulosamente, y falta aún ?queremos decirlo? plasmar también en la Constitución que el no cumplimiento de este ordenamiento derivará en responsabilidad para aquellos que lo infrinjan.
Es indudable la responsabilidad del Estado para garantizar la libertad de creencias a todas las personas, cualquiera que sea la creencia religiosa o no religiosa que adopten libremente. La laicidad es un instrumento importante para la defensa, por ejemplo, de los derechos de las mujeres cuando se les limita o subordina por razones religiosas, y de aquí se desprende la libertad de decisión sobre el propio cuerpo y el derecho a decidir en todas las esferas de la vida privada.
El dominio corporal es un principio de libertad sin el cual son imposibles el ejercicio de la ciudadanía y la democracia. Como reacción a lo anterior, recientemente la derecha ha llevado a cabo contrarreformas a las Constituciones locales de más de la mitad de los estados del país, lo que implica un retroceso en el ejercicio de los derechos de las mujeres a la vida y a la seguridad, al goce pleno de su sexualidad, a definir en libertad y autonomía su reproducción, a la igualdad y a no ser discriminadas; a gozar de los derechos reconocidos a todas las personas, al libre desarrollo de su personalidad y al respeto de su dignidad humana. Así, lo logrado por las mujeres, hoy está sufriendo un grave retroceso.
Del mismo modo, derivada de una concepción religiosa, los funcionarios públicos del nivel federal, encargados de velar por la salud de los mexicanos, han abandonado la lucha contra la pandemia del VIH/sida, al grado de que el contagio de este virus ha cobrado víctimas principalmente en jóvenes entre los 14 y los 18 años de edad, siendo prácticamente la mitad de quienes han contraído este virus en los últimos años por falta de información, por falta de educación sexual, por falta de atención; y todo por no entender que las concepciones religiosas no pueden determinar las acciones de salud que lleve a cabo el Estado.
La laicidad plasmada ahora en nuestra Constitución permite que con una nueva herramienta asuntos tales como el derecho al aborto, a las formas educativas, a la salud reproductiva, al papel de la religión en los medios de comunicación y en las instituciones públicas, a la censura, y la ?en ocasiones? borrosa línea entre lo público y lo privado sean abordadas de manera tal que se abandonen criterios religiosos, y hacerlo de manera racional y de conformidad a las circunstancias que enfrentamos de manera concreta los mexicanos.
La laicidad entendida así, integra tres elementos centrales que determinan ese carácter: respeto de la libertad de conciencia; autonomía de lo político frente a lo religioso e igualdad de los individuos y sus asociaciones ante la ley, así como la no discriminación por ningún elemento que impida el desarrollo humano.
Adelantamos que el PRD luchará por detener el proceso de criminalización de las mujeres que han sido encarceladas por interrumpir un embarazo, y por tanto, no avalar las contrarreformas que atentan contra los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, y promover una campaña que alimente el debate público de acciones contra las reformas que penalicen la interrupción del embarazo. Impulsaremos legislaciones que garanticen el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos en las entidades de la federación, homologando las normas con las que ya cuenta el Distrito Federal. Y, a nivel federal, trabajaremos para que las controversias constitucionales necesarias eviten el retroceso en los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Esta reforma a la Constitución reafirma la obligación del Estado para velar que la educación responda al principio de igualdad. Que sea acrítica, antidogmática y científica. Que forme individuos capaces de ejercer su autonomía moral y de comprender el valor de la libertad de conciencia. El Estado no deberá subvencionar, en ningún caso, centros educativos con ideario propio de carácter religioso.
La educación pública tiene la obligación de dotar a sus alumnos de conocimientos científicos, respetando la salud sexual y la salud reproductiva en función del desarrollo cognoscitivo, rechazando cualquier tipo de censura. En consonancia con lo anterior, es necesario eliminar de los programas de estudio y de libros de texto cualquier rasgo de adoctrinamiento religioso.
En 1859 el Estado dejó de ser el brazo secular de la Iglesia y se convertía, de hecho, en garante de la libertad de conciencia de cada individuo. Se liberó a los individuos, creyentes o no, de cualquier tutela de la Iglesia en la vida de las personas.
El concepto de laicidad está relacionado con el de la separación entre el Estado y la Iglesia con la libertad religiosa, con la pluralidad religiosa y con la tolerancia. El Estado laico no sustenta su legitimidad en el origen sagrado del poder, sino en la voluntad de cada uno de los ciudadanos, lo cual se expresa en la soberanía popular. El Estado es laico cuando ya no requiere más de las religiones como base de la integración social.
La laicidad se puede definir, entonces, en diversas vertientes. Es el Estado no confesional. Es el sistema de organización social que excluye a las religiones de la esfera pública para hacer una adopción de quien así lo decida, del ámbito personal y particular. Pero, sobre todo, la laicidad puede definirse como un régimen de convivencia social cuyas instituciones políticas están legitimadas por la soberanía popular y ya no por elementos religiosos. Gracias.
El diputado Guillermo Cueva Sada (PVEM). El miércoles 3 de febrero fue aprobado por los diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales el dictamen en sentido positivo que reforma el artículo 40 constitucional, reconociendo al Estado como una república laica.
Ese día algunos compañeros diputados argumentaron que no sabían con claridad la definición de la palabra "laica". Les digo desde esta tribuna que la Real Academia Española en su Diccionario de la Lengua, define la palabra: laica como independiente de cualquier organización o confesión religiosa. Lo que significa laicidad del Estado, es que éste no puede definirse a favor de ningún credo o práctica religiosa.
En el Partido Verde Ecologista de México creemos firmemente que la laicidad es una fórmula eficaz para la convivencia de la pluralidad. Una solución positiva para evitar que las creencias de unos se hagan dominantes a través de la fuerza del Estado. Es por eso que en México se debe asegurar que no se pueda privilegiar o imponer un credo o religión. Reconocer esto es un paso enorme en la evolución del Estado mexicano.
Por todo esto, los diputados del Partido Verde Ecologista de México vamos a votar a favor de esta reforma, ya que creemos firmemente que el Estado no debe establecer ningún tipo de privilegio a favor de iglesia, asociación o agrupación religiosa alguna. Es cuanto, diputado presidente.
El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) Compañeras diputadas y compañeros diputados, parece que históricamente? ?Ah, el reloj, presidente. No hay cronómetro, No ha empezado el reloj.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Por favor ajusten el cronómetro para el señor diputado.
El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia: Muchas gracias, presidente. Ahora sí empiezo a partir de los 10 minutos.
El laicismo aparentemente era un principio que históricamente habíamos ganado los mexicanos desde mediados del siglo XIX. Sin embargo, hoy día la realidad nacional muestra la presencia de una iglesia católica militante, que por un lado promueve reformas constitucionales y legales en los estados y por otro, se opone a otras reformas.
Una iglesia, la de Juan Pablo II, la de Benedicto XVI, muy alejada del aire fresco, tolerante y plural, que significó el Concilio Vaticano II; una iglesia militante que quiere apoderarse de las instituciones del Estado.
Esta reforma que aprobó la Comisión de Puntos Constitucionales al artículo 40 de la Constitución para definir como principio, como decisión política fundamental del Estado mexicano como característica del Estado: la laicidad, no busca promover un Estado laico jacobino, persecutor de las iglesias o de las creencias religiosas, lo que pretende esta reforma, esta adición al artículo 40, es mantener vigente, jurídicamente, históricamente, socialmente el principio de la separación entre la iglesia y el Estado.
En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo entendemos que el Estado laico significa, entre otras cosas, lo siguiente: que el fundamento de la legitimidad política es exclusivamente la soberanía popular, la defensa y garantía de los derechos humanos.
No podemos aceptar, como hace unas semanas declaró un vocero de la iglesia católica, que el fundamento de las instituciones políticas, de las instituciones del Estado, sea la ley divina o la ley eterna. El fundamento de las instituciones, el fundamento de la Constitución, el fundamento de las leyes es solamente la soberanía del pueblo de México y la defensa y garantía de los derechos humanos.
Entendemos también que todo Estado laico implica, entraña, el mantenimiento y la defensa de un espacio público secularizado, que debe estar orientado por el interés general. Esto que se llama la autonomía de la política de cualquier contaminación de carácter religioso o que tenga vínculo con alguna creencia dominante.
El espacio de las instituciones de esta Cámara, de cualquiera de los poderes públicos, a nivel de las entidades federativas y de los municipios, debe de ser un espacio público secular en donde no exista ningún tipo de contaminación del fenómeno religioso.
Estado laico también implica libertad filosófica, libertad de conciencia, libertad para creer o no creer, libertad que no se puede imponer o convicción que no se puede imponer a nadie por la fuerza. Nadie puede ser constreñido a creer de determinada manera o a no creer.
Estado laico implica el principio de no discriminar a nadie por sus creencias o por carecer de ellas. Y también entraña el Estado laico la existencia de una moral pública no sustentada en ningún credo o convicción religiosa, sino una moral pública basada en el consenso, en el pluralismo, en la tolerancia de los ciudadanos.
Para nosotros, en el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, esta reforma al artículo 40 de la Constitución, aunque solamente entraña la introducción de una palabra, la característica de Estado laico en el artículo 40 es una reforma fundamental.
Es una reforma fundamental que tendrá que ser interpretada constitucionalmente mediante interpretaciones progresivas para que en nuestro país cada día más se tutele la libertad de convicción filosófica, la tolerancia y el pluralismo entre los mexicanos. También es una reforma fundamental porque nos permitirá, a partir de esta reforma al artículo 40, elaborar la legislación reglamentaria que garantice plenamente el Estado laico.
Más allá de la actual y vigente Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público requerimos una ley reglamentaria del Estado laico que promueva las libertades, el pluralismo y la tolerancia, y sobre todo, que mantenga este espacio secularizado en la vida pública, política e institucional del país.
Desde luego, esta reforma al artículo 40 no ha concluido. Es una reforma que implica también la realización de otras reformas a distintos preceptos constitucionales, como aquí ya lo manifestó el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales.
Es fundamental una reforma, una revisión integral al artículo 130 de la Constitución para determinar responsabilidades, tanto a los servidores públicos del Estado como a ministros de culto que violen los principios del Estado laico.
Es fundamental también que a nivel estatal y municipal se garantice a cabalidad el principio de Estado laico, y para ello será necesario reformar el artículo 115 de la Constitución.
Estamos por una reforma integral a la Constitución que garantice los principios del Estado laico. No queremos que en nuestro país siga avanzando de hecho, indebidamente, contrario a nuestra historia y a nuestra Carta Magna, un poder fáctico que quiere asfixiar la vida laica en la República Mexicana.
Nosotros estamos a favor de la construcción, de manera cada vez más constante y profunda, de un espacio público secularizado que impida que cualquier manifestación, de cualquier religión, o manifestación de creencias, se imponga con pretensión de dominio en la vida pública nacional.
Por eso, hemos visto con gran preocupación este avance lento y permanente de la Iglesia Católica en los últimos 10 años, de cómo se ha ido manifestando, vulnerando, el principio de laicidad que fue determinado en nuestro país desde el siglo XIX. No permitiremos este avance que rompe con un principio de convivencia pacífica y democrática entre todos los mexicanos.
Muchas gracias, señor presidente. Muchas gracias, compañeras diputadas y diputados por su atención.
El diputado Roberto Pérez de Alva Blanco (PANAL): Compañeros legisladores, para el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza y para el Partido de Nueva Alianza en general, es sumamente satisfactorio que estemos debatiendo este tema tan importante para nuestro partido, a la luz de que la educación es uno de nuestros principales objetivos y su calidad laica se encuentra definida en el texto constitucional.
Por eso para el Grupo Parlamentario de Nueva alianza, dar carácter constitucional a la laicidad, constituye la confirmación de las mexicanas y los mexicanos de avanzar en a consolidación de una nación plena de libertades.
Es importante definir y redefinir históricamente el Estado laico, tal como se traduce en las sociedades democráticas, tal como se traduce en las sociedades que han modernizado su régimen parlamentario.
Como aquél que define la separación institucional entre religión y política. Tanto Estado como sea necesario. Tanto religión como cada individuo en su plena libertad, cualesquiera de lo que se trate, decida tener, y como aquél que protege y garantiza la libertad, la tolerancia y el respeto.
Un estado laico es aquél que respeta los derechos de todo ciudadano, incluyendo la libertad de expresión, haciéndolos compatibles con el ejercicio o la pertenencia a una determinada confesión religiosa.
La estricta separación de la Iglesia (Sic) y el Estado, en el marco de una ponderada, precisa y clara legitimidad y respeto por las creencias religiosas, deja sentado con claridad, que el Estado es garante de los intereses generales de los ciudadanos, que el Estado garantiza la aplicación y el respeto de la ley, pero que a su vez está sometido de un lado, a la misma ley y por el otro excluye toda interpretación eclesial o dogmática de la existencia de la política.
Elevar a rango constitucional el carácter laico del Estado constituye la afirmación de la tradición liberal de muchos años de nuestra república.
Se promueve una sociedad abierta. Sí a los cambios. Tolerante a las diferencias y promotora del desarrollo, del conocimiento y de la ciencia.
La herencia de nuestra república fue el carácter laico de nuestra educación. Ésa ha sido la base y fundamento para la democratización de nuestras instituciones.
Una sociedad educada es una sociedad libre, promotora del debate como el que estamos teniendo, promotora del desarrollo individual y colectivo.
En el momento del desarrollo no existe ni podemos permitir que exista la menor restricción a la educación, pero sí se debe de exigir a la educación misma, la calidad porque ha planteado el problema republicano en su sistema medular, la sociedad y la racionalidad republicana del derecho.
La república y el imperio de la ley consensuada son indisociables de la libertad para actuar y para pensar. Sobre estos dos supuestos la república laica ha construido el estado social de derecho.
Insisto, pues, que para el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, la laicidad del Estado coloca a nuestro país entre las naciones democráticas del mundo, en las que las libertades y el respeto a todos los derechos humanos son garantía para sus ciudadanos, sin distinción de creencias.
Por ello y muchas razones más nos manifestamos a favor del dictamen que está sometiéndose en este momento por una república laica. Es el fundamento de una república que deberá y podrá ser más libre, más justa, más democrática y más educada. Muchas gracias.
Víctor Hugo Círigo Vásquez, del Grupo Parlamentario de Convergencia: Compañeras y compañeros diputados: El día de hoy podemos aprobar una reforma constitucional de gran calado para la vida democrática de nuestro país.
Con un alto sentido de responsabilidad pública hacia generaciones futuras estamos por decidir la conveniencia y necesidad de incluir el calificativo de laica a nuestra república, con lo cual refrendamos un compromiso ineludible para la preservación de la libertad que nos ha sido legada a esta generación por hombres y mujeres que supieron defenderla incluso con su propia vida.
Estoy convencido que habrá entre nosotros quienes estén conscientes de los orígenes de nuestra república, pero sospecho que la mayoría no tendría en mente el año en que empezamos a contar las Legislaturas, porque la fecha no es casual ni mucho menos intrascendente.
Compañeras y compañeros diputados: somos los legatarios de la representación popular que rastrea sus orígenes al inicio de la vigencia de la Constitución de 1857. Antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1857, de la instalación de la I Legislatura, nuestro país, con enormes esfuerzos y sacrificios había logrado alcanzar y mantener la independencia de nuestra patria frente a potencias extranjeras. Pero lo que no había logrado era dotar a estas tierras de un régimen constitucional viable, que permitiera organizar un gobierno y cimentar un proyecto de nación.
Constituciones hubo muchas, en verdad muchas, antes de 1857, pero ninguna de ellas se legitimó ante el pueblo mexicano lo suficiente como para dotarlo de un gobierno estable, de garantías efectivas, de leyes propias.
Contamos con una Constitución posterior a la de 1857, pero como lo deja ver claramente el hecho de que sigamos contando los tantos de la representación popular, las Legislaturas, a partir de 1857, la Constitución de 17 no suplantó la de 1857 sino que la ratificó y reformuló.
La fundación efectiva de nuestro régimen constitucional, de nuestro orden político, se debe rastrear a 1857, al inicio de la Reforma.
¿Pero qué fue lo que aportó la Constitución de 1857 que las constituciones que le antecedieron no pudieron aportar y a lo que la Constitución que le siguió no ha querido renunciar? La respuesta es sencilla, pero infinitamente rica, fue laicidad, diputados. El Constituyente de 1857 fue el primer Congreso de su tipo que se negó a aceptar la imposición de un credo a todos los mexicanos desde el Estado, que se negó a someter al Estado al beneplácito de las jerarquías eclesiásticas.
La laicidad fue lo que le permitió a la generación de Benito Juárez, de Ponciano Arriaga, de Francisco Zarco, de Melchor Ocampo y de tantos otros hombres ilustres romper con el lastre colonial y forjar un Estado fuerte, independiente, nuestro.
El régimen colonial se justificó por la evangelización de los indígenas y se forjó al calor del ímpetu misionero. El régimen republicano se alcanzó sólo cuando los hombres y mujeres de la generación de la Reforma se negaron a continuar con ese Estado colonial y consagraron la laicidad como la piedra angular del Estado.
La laicidad no es sólo un principio consagrado en nuestra Constitución, como muchos otros; es el principio fundacional de nuestro régimen constitucional. Antes que la garantías sociales que consagró el Constituyente de 17; antes que el federalismo y la democracia representativa ?que apenas ahora empezamos a gozar plenamente? fueran efectivas en el Estado mexicano, antes que todo eso se constituyó como un Estado laico.
Si renunciamos a la laicidad del Estado, si descuidamos los cimientos del orden constitucional que hoy nos rige, pronto estaremos lamentando lo que no habremos sabido defender.
El artículo 40 constitucional nos dice que es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática y federal. En toda justicia, compañeros, el texto constitucional debe modificarse para reflejar lo que en los hechos ha sido la columna vertebral de nuestra comunidad política. La nuestra ha sido, por más de siglo y medio, una república laica, mucho antes, efectivamente de ser, democrática, representativa, o inclusive federal.
Sobre la forma que ha adquirido la iniciativa hoy sujeta a nuestro voto, quiero compartir también la siguiente reflexión. Mucho se discutió en comisiones la extensión, el detalle del texto de reforma constitucional propuesto hoy ante este pleno. Hay voces que sostienen que la iniciativa es innecesaria pues nos dicen, con razón, que el principio de laicidad ya está consagrado en la Constitución, que se refleja en los artículos 3o., 24 y 130, y que conforma transversalmente la totalidad del texto constitucional.
Hay también quienes sostienen que habría que ir más lejos, detallar definiciones, sanciones, condiciones y reglas específicas para el funcionamiento efectivo de la laicidad en el propio texto constitucional. A los primeros, les concedo la razón. El principio de laicidad ha estado presente en nuestra Constitución desde la fundación del régimen constitucional de 1857; y también es cierto que le da forma sentido a la Constitución toda, y no sólo a los artículos que les invocan explícitamente.
Pero la reforma ante nosotros no tiene como propósito, diputados, introducir la laicidad a nuestra Constitución. Tiene por fin refrendar el compromiso de nuestra comunidad política con ese principio fundacional de nuestro orden político y jurídico.
En tal virtud, no podemos hacer caso omiso de los embates a los que hoy es objeto la laicidad. Desde que la jerarquía eclesiástica convocó a la insurrección armada en 26, nunca habíamos tenido un embate tan abierto y tan amplio en contra de la laicidad garantizada por nuestra Constitución y contra las leyes que regulan las asociaciones religiosas de México.
A los segundos les digo que, en este caso, como muy frecuentemente sucede cuando de normas fundamentales se trata: menos es más. La reforma propuesta agrega una sola palabra al artículo 40 constitucional, pero con ello, explicita que la voluntad del pueblo mexicano es constituirse en una república laica y, en consecuencia, que todo el orden político y jurídico que conforma dicha república debe reflejar fielmente su carácter laico.
Hemos visto en ocasiones anteriores cómo introducir demasiados detalles en las normas constitucionales da pie a que grupos de interés, y abogados astutos, tuerzan el sentido de la norma constitucional, encuentren recovecos donde imputar ambigüedades, argumenten que lo que no se detalló no implica en la norma; en fin, para que se abran huecos legales mediante un ejercicio interpretativo interesado y desvergonzado.
Por eso, creo que menos es más. Al definir a nuestra república como laica no queda espacio para interpretaciones mañosas, no queda lugar a dudas de que la laicidad, como la democracia, debe reflejarse en cada esquina del régimen constitucional y político, pues la definición de la república como laica define a su vez a todo el entramado legal e institucional que emana de la voluntad del pueblo mexicano.
No necesitamos más, pero no podemos aceptar menos. Nuestra república ha sido, es y debe seguir siendo laica a pesar de todo y a pesar de muchos.
Lo que esta LXI Legislatura tiene ante sí, no es una reforma constitucional más, no. Se trata de una reforma constitucional mediante la cual ratificaremos el compromiso fundacional de nuestra república. Que ninguna creencia se impondrá desde el Estado en nuestro país. Que el gobierno será siempre el gobierno de todos y no sólo de los fieles. Que los creyentes de cualquier credo, y los incrédulos por igual, gozarán de un trato igual ante la ley y por parte del gobierno. Que el gobierno, finalmente, no será un instrumento más que de la voluntad popular.
Refrendemos, entonces, el compromiso constitucional que adquirieron aquellos representantes populares de la generación de la reforma y que hemos heredado, sin un refrendo que nos comprometa nuevamente en medio del embate del integrismo y de los grupos conservadores, continuar con la cadena institucional y política que tanto trabajo costó establecer y que a lo largo de 61 legislaturas, los representantes de la voluntad popular, con independencia de nuestras debilidades y errores, hemos sabido guardar hasta ahora.
Compañeras y compañeros diputados, entre el Estado laico y la sumisión de la política en las jerarquías eclesiásticas ?estoy seguro?, en un homenaje a la memoria de ideólogos más sobresalientes de todos los partidos como Heberto Castillo, Manuel Gómez Morín y Jesús Reyes Heroles?
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Le pedimos concluir, compañero diputado
El diputado Víctor Hugo Círigo Vásquez: Concluyo presidente. Que ninguno, ninguno aceptaría esta intromisión de las fuerzas conservadoras en la vida política de nuestro México. Muchísimas gracias. Es cuanto, diputado presidente.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias, diputado. Ha concluido el posicionamiento de los grupos parlamentarios.
Esta Presidencia informa que se han registrado para la discusión en lo general y en lo particular del siguiente proyecto de decreto, los siguientes oradores: diputado Pedro Vázquez González, diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz, diputado Porfirio Muñoz Ledo, diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, diputado Reginaldo Rivera de la Torre, diputado Gerardo Fernández Noroña. Son a quienes tenemos registrados para su intervención en la discusión en lo particular.
Informo a ustedes compañeras y compañeros diputados, que al término de este listado en el que se han registrado los compañeros legisladores, preguntaré si se considera suficientemente discutido.
Por lo tanto, se concede el uso de la palabra hasta por cinco minutos al diputado Pedro Vázquez González, del Partido del Trabajo.
El diputado Pedro Vázquez González; Con su venia, señor presidente. Compañeros y compañeras legisladoras. El Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo expresa su total acuerdo con el dictamen que nos presenta la Comisión de Puntos Constitucionales de esta Honorable Cámara de Diputados, por el que se reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer a la República Mexicana como una república laica.
No podemos pasar por alto que los orígenes de México como nación independiente se dispuso en nuestra Carta Magna constitucional de 1824, que la religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana.
La nación la protege por leyes sabias y justas y prohibe el ejercicio de cualquier otra, según se estableció, entonces, en su artículo 3o, más aún, en los Sentimientos de la Nación, de Morelos se estableció en el artículo 2o que la religión católica sería la única, sin tolerancia de otra.
Durante gran parte del siglo XIX, la jerarquía católica se consideró con el derecho de influir, determinar e, incluso, combatir a los gobiernos que consideraban contrarios a sus intereses. Se opuso terminantemente a la Constitución de 1857 y ordenó a los católicos que prestaban sus servicios en el gobierno de la república, que no la juraran so pena de ser ex comulgados.
No podemos soslayar que la iglesia católica al combatir la Constitución de 57 fue responsable de la Guerra de los Tres Años o llamada Guerra de Reforma.
Finalmente y bajo la presidencia de don Benito Juárez García, en la heroica ciudad de Veracruz, se dictan las Leyes de Reforma.
En el manifiesto del gobierno constitucional del 7 de julio de 1859, en la parte relativa al programa de la Reforma, en el punto primero se propuso adoptar como regla general invariable la más perfecta indiferencia entre los negocios del Estado y los puramente eclesiásticos.
En la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos del 12 de junio de 1859, en el artículo 3o se estableció: habrá una prefecta independencia entre los negocios del Estado y los negocios puramente eclesiásticos; el gobierno se limitará a proteger con su autoridad el culto público de la religión católica, así como la de cualquier otra.
En la Ley sobre la Libertad de Cultos del 4 de diciembre de 1860, en su artículo 1o se estableció: las leyes que protegen el ejercicio del culto católico y los demás que se establezcan en el país, como la expresión y el efecto de libertad religiosa, que siendo un derecho natural del hombre no tiene ni puede tener más límites que el derecho del tercero y la exigencia del orden público.
Por todo lo demás, la independencia entre el Estado por una parte, y las creencias y prácticas religiosas por otra, es y será perfecta e inviolable. Para la aplicación de estos principios se observará lo que las Leyes de Reforma y por la presente, se declara formalmente.
Como podemos apreciar, México ha transitado de una religión exclusiva de Estado a la libertad de cultos a partir de la Constitución de 1857. El Estado mexicano como persona moral de derecho público no puede ni tiene ni debe de tener religión alguna, así como los titulares de los órganos del poder público, en el ejercicio de esta función, no deberán de hacer ostentación de religión alguna.
El Estado no combate ni impone religiones; garantiza, eso sí, a los mexicanos la libre práctica de la religión que en ejercicio de su libertad de consciencia decida adoptar.
En este punto somos enfáticos, la práctica religiosa es un asunto que corresponde a la consciencia individual de la persona y en ella el Estado no interviene.
Compañeros y compañeras legisladores, la reforma al artículo 40 constitucional que hoy se discute y se vota es importante, en virtud de que es el resultado de una larga lucha histórica por establecer con plena claridad en el texto de nuestra norma suprema el carácter laico del Estado Mexicano. No se debe de permitir que las jerarquías eclesiásticas, bajo cualquier pretexto, pretendan subordinar al Estado a sus intereses.
Debemos de tener presente que la única fuente de legitimidad del gobierno lo constituye el origen democrático derivado de un proceso electoral, en donde el ciudadano, a través de su sufragio, decide quién quiere que lo gobierne.
En consecuencia, los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo apoyaremos en sentido afirmativo la presente reforma constitucional. Es cuanto, señor presidente. Gracias por su atención.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias, diputado Vázquez González. Tiene la palabra la diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz, del Partido de la Revolución Democrática.
La diputado Enoé Margarita Uranga Muñoz: Gracias, presidente. Construir una república que respete los derechos humanos no es posible si no se salvaguarda su universalidad y su autonomía de juicio, a partir de la cual se sostiene el ejercicio de su ciudadanía.
Tener un país con una ciudadanía madura requiere de reformar los valores democráticos, de respetos a las diferencias, de igualdad y de no discriminación. Eso es la laicidad.
Siendo ésta la aspiración, la evidencia nos ha mostrado con preocupación que no es suficiente con lo que tenemos establecido hasta ahora; la laicidad del Estado supone mucho más que la separación del Estado y las iglesias, significa el respeto por parte del poder público, de los derechos humanos; la libertad de conciencia; la no discriminación y el pleno reconocimiento de la pluralidad que se expresa en una sociedad democrática.
Los desacatos al Estado laico son desacatos al Estado mismo. Si el presidente de la república y su secretario de Gobernación actúan fuera del Estado laico el mensaje que se envía es que aquí cada quien escoge cuáles leyes cumplir y cuáles no, a partir de sus creencias y sus fobias muy personales.
Si quien es el primero obligado en defender el estado de derecho es quien más lo vulnera; si el partido en el poder coloca por delante de las leyes mexicanas las creencias religiosas de ellos o de sus aliados, se pone en riesgo la cohesión social que aún tenemos.
Cuando el presidente Calderón sostiene que el consumo de drogas en el país ha aumentado por la falta de rezos y no por la falta de una política pública eficaz; cuando equivocadamente afirma que la Constitución incluye explícitamente conceptos que sólo son parte de los edictos de su religión; cuando el señor presidente confunde pecado con delito, entonces, sin duda, es hora de defender y fortalecer el Estado laico.
Cuando el presidente de todos los mexicanos viaja en ese carácter a otra nación y, sin permiso del Senado se arrodilla frente al jefe de otro Estado, la laicidad del Estado está en riesgo y con ello se ha puesto en riesgo el estado de derecho mismo. Desde el Ejecutivo se ha lesionado la condición laica del Estado.
La definición de la laicidad como uno de los atributos de la república se hace precisa y evidentemente urgente. La actuación del Ejecutivo obliga a aclarar expresamente en la Constitución y no dejarla a la interpretación o al antojo del gobernante en turno. Debilitar al Estado laico es debilitar al Estado democrático y a las reglas de convivencia en la diversidad que hemos construido y que son posibles, justamente, gracias a ese Estado laico.
Pero cumplir las leyes de la federación ?a diferencia del pecado? no está a votación. Todos aquí estamos obligados a hacerlo. Aquí la única ley que vale es la de la nación, la que hacemos los humanos en los congresos, y será ilegal y perverso todo decreto ajeno que se contraponga, así se suponga que viene del cielo.
El paso que hoy damos es determinante para alcanzar el sueño de un mexicano con desarrollo humano incluyente. Se trata de fortalecer un sano principio que ayude a garantizar que los funcionarios públicos respeten el interés general de la población y/o el de sus particulares convicciones religiosas.
La laicidad es el ingrediente indispensable para lograr una sociedad donde se respete por igual a todas las condiciones y creencias. La convicción con inclusión y respeto a la diversidad, donde pensar, expresar y creer no sea un privilegio, sino una libertad.
La tarea de inscribir la laicidad en los preceptos constitucionales va en la lógica de evitar el retroceso de la intolerancia que amenaza las libertades entendidas no como utopía ni como voluntades individuales, sino como la construcción de las relaciones entre distintos; es decir, como un concepto político-democrático.
Lo que pretende la laicidad es garantizar que la política sea efectivamente política, no religión o cualquier otra cosa. Reconozcamos la dimensión del mundo. Como apunta Susan Stone, tenemos espacio suficiente para costumbres, gustos, principios, normas de todo tipo. Cualquiera que sea, manténganlos. No se precisa que renuncien a ellos, pero eviten identificarlos como mandamientos individuales.
No se trata de ser indiferentes ante las religiones, sino de no privilegiar una sobre otra; o, en contra de otra; o, en contra de quienes no tienen religión. La laicidad es la defensa de la libertad de pensamiento y de conciencia de todas y de todos los que formamos parte de esta república.
Votemos hoy por un Estado independiente e imparcial. Un Estado que garantice la convivencia del pluralismo filosófico. Seamos creyentes de una república que aspira a un futuro con armonía y respeto entre los distintos. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias, diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz. Tiene la palabra el señor diputado Porfirio Muñoz Ledo, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, hasta por cinco minutos.
El diputado Porfirio Muñoz Ledo: Señor presidente. Estamos satisfechos con este avance. Felicitaciones a la comisión y al honorable Juventino Castro. Pero es apenas un paso, una primera respuesta a la insolencia con la que se ha conducido la jerarquía eclesiástica. Esperamos que esta decisión desate el circuito de las reformas constitucionales y que los cambios propuestos al artículo 130, que son equilibrados y moderados, puedan pronto aprobarse.
Éste no es sólo un grave problema nacional. Es un problema mundial ante la crisis global y la falta de gobernanza internacional. Las huestes clericales están ocupando los vacíos que los gobiernos dejan. Se ha escrito que el cardenal Ratzinger cree que estamos en un cambio de época, y ha lanzado una cruzada contemporánea, la otra cara del terrorismo musulmán. Su antecesor Wojtyla creía que el eje del mal estaba en los países socialistas, a los que combatió este Papa, socava los fundamentos de la democracia occidental, que es una democracia laica.
En México esta batalla adopta gesticulaciones desafiantes, que rememoran los tiempos de la Cristiada. Es una campaña explicita contra la libertad de conciencia. Hay acuerdos políticos y constitucionales previos. El modus vivendi del 29 que terminó con la guerra civil, las reformas al artículo 3o constitucional de 1945 que establecieron la laicidad de la educación que imparte el Estado, después se reconoció la personalidad jurídica de las organizaciones religiosas denominadas iglesias y se reestablecieron las relaciones diplomáticas con el Vaticano. Las bravatas del Episcopado son violatorias de esos acuerdos y de la Constitución misma.
Norberto Rivera ha llamado a la desobediencia civil y a la subversión del orden jurídico. Citó: No se puede obedecer primero a las leyes de los hombres que a Dios, porque él es la ley suprema. Sandoval, el de Jalisco, invita a prepararse para una guerra y advierte que estas guerras duran dos, tres, cuatro, cinco o diez años.
El régimen de sanciones le da a la ley aplicabilidad. Preceptos violados de la Ley de Asociaciones Religiosas. Asociarse y promover con fines políticos el cambio de las leyes del Estado. Violencia física o presión moral para el logro de sus objetivos como el chantaje electoral que practican en 18 estados de la república. Oponerse a las leyes del país o a sus instituciones en reuniones públicas.
La ley que cito comprende un régimen de sanciones, desde luego desde las amonestaciones pero también la suspensión de los registros otorgados a las asociaciones religiosas. Prevé además un órgano de la Secretaría de Hacienda, que es la competente para llamarlos a dar explicaciones. Esperamos que el secretario Gómez Mont, ahora que ha renunciado a su partido de origen confesional, tenga mayor margen de maniobra.
Sugiero, para terminar, en virtud de que establecimos relaciones diplomáticas con el Vaticano, tenemos un doble tipo de vínculo jurídico con la iglesia católica, como asociación religiosa en México sujeta esta ley y como Vaticano, jurídicamente la Santa Sede.
Sugiero que la Secretaría de Relaciones Exteriores llame a consultas a nuestro embajador en el Vaticano, para que se inicie un proceso de aplicación de las leyes vigentes mexicanas. Sin ello nuestro triunfo verbal de la laicidad será sólo una victoria pírrica. Muchas gracias.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Muchas gracias, diputado Muñoz Ledo. Tiene la palabra el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, del Partido Acción Nacional, hasta por 5 minutos.
El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas: Con su venia, señor presidente; señores diputados. "El respeto al derecho ajeno es la paz", decía Benito Juárez. Acción Nacional siempre ha sido respetuoso de los derechos humanos y de los derechos fundamentales. Acción Nacional, un partido laico, que respeta y acepta el Estado laico. Por lo tanto el voto de Acción Nacional hoy será a favor del Estado laico moderno.
¿Qué significa el Estado laico moderno? Aquel que respeta esta separación entre iglesia y Estado. Aquel que respeta en el marco de las libertades los derechos humanos fundamentales que no otorga ningún instrumento jurídico, que antes bien reconocen los instrumentos jurídicos.
Es por ello que si entráramos a un análisis de la dinámica constitucional desde que esta nación tiene libertad y aprovechando que hoy vivimos el bicentenario, nos daremos cuenta de que el derecho constitucional es dinámico; que se ha ido adecuando a diversas circunstancias desde la Constitución de 1824, que mantenía perfectamente establecido algún concepto en aquel momento quizá como Estado confesional que hoy nadie quiere, que Acción Nacional no quiere y que hoy en el orden de las libertades exigimos. No sólo queremos: exigimos.
De ahí los vaivenes que han venido en las bases constitucionales de 1835, por citar algunas, o ya quizá con una visión más clara de lo que era en el momento, la diferencia ya más clara de lo que era un Estado laico, la Constitución del 57 y por supuesto, la que plasma con más claridad, la de 1917.
Es por ello que insisto que Acción Nacional, que respeta y respetará el Estado laico, sólo tiene una propuesta de adición que hacemos en el marco de la Convención Americana de los Derechos Humanos, en el marco de lo que establece el propio artículo de esta Convención Americana porque es una convención muy extensa, pero estrictamente nos referiremos a lo que establece.
La propuesta, señor presidente, para pedirle que se inserte íntegramente en el Diario de los Debates y pueda quedar perfectamente establecido como esta postura de la banca de Acción Nacional, en torno a solicitar esta adición y en su momento, se pueda votar inclusive para la creación de una comisión redactora, que pueda armonizar e integrar esta propuesta al cuerpo del dictamen de la reforma al artículo 40 constitucional, que sin meternos en honduras, quizás en este tema y aceptándolo, la reforma constitucional tendría que haber sido otro artículo, desde un análisis constitucional quizás el 24.
Pero finalmente, entendiendo el aspecto del espíritu de lo que se pretende, no creemos que debiese ser el 40. Sin embargo, dadas las circunstancias que vemos de que hay un amplio consenso en que debe quedar plasmado perfectamente que el Estado mexicano y la República Mexicana, bajo el régimen democrático que se ha dado en su forma de gobierno tendrá que ser laica.
La propuesta, presidente ?y pediría el tiempo sólo para concluir?, son breves párrafos. La propuesta es la siguiente:
Los integrantes de esta comisión dictaminadora coincidimos en que, por respeto a las creencias de los mexicanos, se debe dar a las relaciones entre el Estado y las Iglesias la transparencia y las reglas claras que demanda la modernización del país.
Dichas reglas deben de ser coincidentes con los compromisos internacionales vinculatorios suscritos por nuestro país, como lo es la Convención Americana sobre Derechos Humanos, concretamente en su artículo 12, que garantiza el derecho humano fundamental a la libertad religiosa, en el sentido en que es una potestad de toda persona para adoptar, conservar o cambiar sus creencias religiosas, y para manifestarlas tanto en el ámbito público como privado, especialmente por medio de los actos de culto, la difusión de los medios públicos, la conformación de la propia vida de acuerdo con la fe religiosa, la educación ético-religiosa de los hijos y la conformación de asociaciones privadas con fines religiosos, complementarias pero distintas de las asociaciones religiosas registradas ?concluyo, compañeros, es muy breve, faltan dos renglones? al igual que, en forma expresa señala que nadie puede ser objeto de medidas restrictivas que puedan menoscabar la libertad de conservar su religión o sus creencias de cambiar de religión o creencias.
Sin duda, dicho instrumento internacional impone al Estado mexicano una doble obligación ?concluyo? tanto pasiva como activa. La primera implica que el Estado mexicano debe abstenerse de imponer o restringir las libertades y creencias religiosas de toda persona que se encuentre en nuestro país.
La segunda consiste en expedir las normas que tutelen en forma eficaz dicha garantía fundamental como un medio para fortalecer la dignidad de las personas.
Solicito nuevamente que pueda ser integrado expresamente en el Diario de los Debates. La solicitud es que se vote en el momento del proceso legislativo pertinente, para efecto de que pueda aplicarse esta adición al cuerpo del dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales. Es cuanto, señor presidente.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas. Como lo solicita, se inserta en el Diario de los Debates. En los términos de los artículos 124 y 125 de nuestras leyes correspondientes, pido a la Secretaría que consulte a la asamblea si es de aceptarse la propuesta de insertar en el cuerpo del dictamen lo propuesto por el señor diputado.
La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz (desde la curul): Presidente, solicito la palabra.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Estamos en votación, diputada, vamos a proceder a la votación.
La Secretaría diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía: Con su permiso, presidente. Por instrucciones?
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Permítame, diputada. Sí, en los términos de los artículos 124 y 125 significa consultar a la asamblea a efecto de si es de aceptarse la propuesta del diputado Carlos Alberto Pérez Cueva, para insertar en el cuerpo del dictamen lo propuesto desde la tribuna. Ése sería el sentido de la votación. Diputado Encinas, dígame.
El diputado Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (desde la curul): Lo que pidió el legislador es formar una comisión para ver si se incorpora ese texto al cuerpo del dictamen. En ningún momento propuso que se incorporara en este pleno.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Con todo respeto, diputado, esta Presidencia entendió que la propuesta del diputado de crear una comisión era para buscar una nueva redacción en los términos del articulado constitucional; así fue como lo entendimos. Yo le pediría al diputado Pérez Cuevas que nos diga con claridad su propuesta para efecto de clarificar esta votación.
El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas (desde la curul): Señor presidente, muchas gracias. Señores diputados, quizás habrá alguna confusión en la forma en que se presentó. No, no pedimos que haya votación para una adición al texto constitucional. Lo que pedimos, conforme al propio reglamento, es una adición a la fundamentación que se establece en el cuerpo del dictamen, es decir, se integraría sólo al cuerpo del dictamen, bajo la consideración de que tendría que ser, en su caso, una comisión redactora que armonizara la propuesta de adición, más el cuerpo íntegro del dictamen. Ése es el sentido, no es la adición al texto constitucional.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Entonces, ratificando, esta Presidencia está en lo correcto. La propuesta que hizo el diputado fue a efecto de proponer una adición al cuerpo del dictamen, que es lo que estamos sometiendo a votación. Por eso le pido a la Secretaría consulte a la asamblea, en votación económica, si es de aceptarla o no. Dígame, diputado Fernández Noroña.
El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (desde la curul): La propia norma que está usted invocando, diputado presidente, dice: Artículo 125. Leída por primera vez una adición ?que fue lo que hizo, es una bola rápida además? y oídos los fundamentos que quiere exponer su autor, se preguntará inmediatamente si se admite o no a discusión. ?A discusión? Admitida, se pasará a la comisión respectiva. En caso contrario, se tendrá por desechada. Lo más que puede votar es si se admite a discusión.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Pidió primero la palabra la diputada Enoé Uranga. Adelante, diputada.
La diputada Enoé Margarita Uranga Muñoz (desde la curul): Era exactamente en el mismo sentido que el diputado Noroña, que evidentemente tiene más sex appeal con usted que yo, que le pedí la palabra primero.
El planteamiento que ha hecho Acción Nacional corresponde en todo caso a la discusión del artículo 130 constitucional y no al 40 y por ello la necesidad de plantear la improcedencia de la propuesta.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Le pido a la Secretaría pregunte, en votación económica. Sí, diputado Pérez Cuevas.
El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas (desde la curul): Presidente, advierto una confusión que no es dable desde mi propuesta que se dé y aclaro. Lo que estamos haciendo y lo que leyó el diputado Noroña ?que tiene toda la razón porque es lo que establece el Reglamento y el propio cuerpo de la Ley Orgánica? se refiere en caso de que lo que pretendiésemos hacer es la adición al texto constitucional. Nadie está proponiendo una adición al texto constitucional.
Ya si consideran que la propia comisión redactora armonice con el cuerpo del dictamen es otra cuestión, y que es un derecho de las bancadas, y que la propia fundamentación que tenemos nos permite presentarlo, se pueda votar en ese tenor. Si se crea la comisión redactora, que se vea bajo los propios parámetros su creación y se exponga ya la armonización del dictamen. Es cuanto, Presidente.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado. En virtud de que no se trata de modificaciones de los artículos presentados, sino una adición en el cuerpo del dictamen, por esa razón le pido a la Secretaría consulte a la asamblea si es de adicionarse o no la propuesta. En votación económica pregunte si se aprueba.
La Secretaria diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía: Por instrucciones de la Presidencia, se consulta a la asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación propuesta por el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la negativa.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: No se aprueba. Que se inserte en el cuerpo del dictamen la propuesta. Tiene la palabra el diputado Reginaldo Rivera de la Torre, del Partido Revolucionario Institucional.
El diputado Roberto Gil Zuarth (desde la curul): Presidente.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Ha concluido la votación, diputado. Continuamos con los registrados en el cuerpo de esta discusión.
El diputado Reginaldo Rivera de la Torre: Basta de retórica y de pretender sorprender al órgano legislativo con la propuesta que se acaba de hacer. Es fuera de toda normatividad interna de la Cámara de Diputados.
Con su permiso, señor presidente, integrantes de la Mesa Directiva, compañeras diputadas y compañeros diputados, no se puede hablar de Constitución sin Estado. Y consecuentemente no se puede afirmar la existencia del Estado sin Constitución. Reconociendo en consecuencia la dependencia permanente de estos elementos que dan racionalidad y razonabilidad a la vida colectiva, siempre que el Estado cumpla con su función y utilidad, que no puede ser otro que la preservación de lo colectivo. Y en el mismo nivel de importancia, la protección del individuo a través de los derechos fundamentales y las garantías individuales, que no pueden ser normas de nivel legal, sino supremo, de ahí que deban estar contenidas en la Constitución para que regulen el sistema normativo de menor jerarquía, máxime si son admitidos estos derechos fundamentales, como son las convenciones y los tratados internacionales.
El aspecto de la secularización del Estado en su función y en el comportamiento de los servidores públicos resulta indispensable para la defensa de la constitucionalidad y de los derechos fundamentales, de libertad y de igualdad, de todos y cada uno de los miembros de la comunidad que deban ser protegidos por el sistema normativo del Estado, sin importar su vinculación de nacionalidad, pues todos debemos ser respetados en nuestro pensamiento, en nuestra palabra, en lo que queramos creer, espacios personales y de la moral privada en los que el Estado por experiencia histórica debe abstenerse de participar.
Porque también, de no aceptarse lo anterior, cabrá la posibilidad de que el Estado designe y defina los elementos de comprensión del rito y de participación de las iglesias, que son construidas sociológicamente a partir de diversas legislaciones.
Una revisión profunda de nuestra constitucionalidad nos lleva a la conclusión de que el laicismo es un requisito de estructura y de funcionamiento del Estado democrático y constitucional, porque sin él el sistema garantista de la defensa de los derechos fundamentales se destruye.
Roberto Blancarte indica que: "el carácter laico deriva de que las prácticas públicas y de que sus leyes no partan de dogmas o de verdades absolutas, que deriven de afirmaciones de carácter religioso o ideológico". En consecuencia, lo laico no es antirreligioso, sino antidogmático. Sin olvidar que toda persona está facultada para creer, elegir, participar o no creer en los ritos de las iglesias que estimen adecuadas.
Por ello, el Estado debe reducir su participación o regular el comportamiento de personas y no para indicar qué afirmaciones son o no válidas, quién puede o no dirigir practicar ritos religiosos, y mucho menos para afirmar e imponer una sola forma de pensar.
Norberto Bobbio, dice: "no se trata solamente en efecto, de una política laica contrapuesta a una política eclesiástica. Es decir, no se trata de promover el problema del Estado laico en el sentido del Estado sin religión oficial, lo cual implica que en el momento actual, el laicismo no es ateismo, ni pugna contra el credo o religión alguna, es más que cualquier otra cosa, permitir la pluralidad".
En ese sentido, Giovanni Sartori dice: "el pluralismo exige que la Iglesia esté separada del Estado y que la sociedad civil sea autónoma de ambos. El pluralismo se ve amenazado tanto por el Estado que sea el brazo secular de una iglesia, como el Estado que politice a la sociedad".
En México, el Estado laico es resultado, en primer lugar, de nuestra cultura prehispánica, que no fue a pesar de muchos esfuerzos aniquilada con la Colonia. En consecuencia, es falso que en México tengamos una tradición de pensamiento única.
El calificativo agregado para el Estado mexicano de laicidad no es de ningún modo un ornato; tampoco la muestra discursiva de una lucha estéril de nuestro país, en donde se han venido a confrontar las ideologías con el ejercicio del poder público, porque se puede en el estado democrático y plural contemporáneo permitir, mediante la norma constitucional y legal, el ejercicio máximo de los derechos con el límite de la propia Constitución a favor de los derechos y garantías del otro; el estado laico que permita la igualdad plena a todos los mexicanos. Es cuanto, señor presidente.
Solicito que el texto íntegro de esta propuesta sea integrada al Diario de los Debates.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado Rivera de la Torre. Como lo solicita, insértese en el Diario de los Debates. Tiene la palabra el diputado Gerardo Fernández Noroña, hasta por cinco minutos.
El diputado José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña: Compañeros diputados y compañeras diputadas. Voy a votar, por supuesto, a favor de esta reforma constitucional y quería ?y uso el verbo en pasado? "quería" señalar que es muy satisfactorio que todos los grupos parlamentarios votemos en este sentido. Y voy a ganar esta votación, además, lo cual no es una cosa menor, porque algo está pasando en esta Cámara de Diputados.
Pero ya nos lo echó a perder aquí Pérez Cuevas con la propuesta ésta, sobre la alegría, porque está, entonces, un poco confuso si Acción Nacional realmente va a apoyar el asunto del Estado laico, que no basta con poner en la Constitución que vamos a ser un Estado laico, sino que hay que respetarlo para que no pase lo que con Petróleos Mexicanos, que no permite la entrada de las transnacionales y están metidas hasta la cocina y haciendo reglamentos y rematando el patrimonio nacional.
Porque como aquí lo dijo el diputado Porfirio Muñoz Ledo, no es una posición jacobina, pero sí es un freno ya. Un basta ya a la jerarquía católica que se ha entrometido en todo.
Tuvimos una guerra civil en el silgo XIX para separar a la Iglesia del Estado, y luego de esa guerra civil tuvimos la invasión del imperio francés porque la Iglesia se oponía a esas transformaciones que requería el país y a la Constitución de una república laica, de un Estado laico.
Después de esto quedó claro que éramos un Estado laico y hoy es necesario volver a poner en el texto constitucional la palabra por la intromisión majadera de la alta jerarquía católica en asuntos de interés público.
Yo creo que nadie nos podemos negar a que el secretario Rivera deje de ser secretario y se convierta en cardenal; o en su defecto, a que renuncie a ser cardenal y se vaya de secretario ahora que parece que Gómez-Mont está explorando su salida.
Pero no puede seguir sucediendo que, inclusive funcionarios públicos hagan de su confesión particular actos políticos y de proselitismo público. El finado ex secretario de Gobernación, Abascal, tenía un Cristo de este tamaño en su oficina; el secretario de Gobernación en un Estado laico. Fox hacía de su domingo y su visita a misa un acto político y un acto de proselitismo. Ese tipo de cosas no pueden seguirse tolerando más.
Pero no sólo eso, sino lo que aquí en tribuna se ha mencionado del ataque a las políticas de salud pública, el ataque a la educación pública laica gratuita y de calidad, el ataque a los principales factores de respeto a la dignidad humana que deben privar en una república que esté constituida bajo el marco de un Estado laico.
Efectivamente, desde el siglo XIX quedó claro que el poder emana del pueblo y no de ninguna deidad; por tanto, ni de ningún estado confesional ni de ningún planteamiento religioso.
El Estado laico, como aquí se ha planteado, debe ser garante del respeto a todos, de la tolerancia, de evitar la discriminación y de evitar los tribunales de excepción. Desde el siglo XIX se abolieron los tribunales eclesiásticos, y sin embargo, en delitos del fuero común siguen privando, en los hechos, tribunales especiales para los integrantes de la jerarquía y de la Iglesia Católica.
Yo creo que esta primera reforma es el inicio de una serie de reformas necesarias, como aquí se ha planteando, que tienen que generar un estado de respeto, de equilibrio, de derecho y de poner al ser humano en el centro del desarrollo, y que tiene que parar la soberbia de la jerarquía católica.
Yo hago votos para que este tipo de decisiones que estamos tomando terminen, por ejemplo, ya que se habla de las celebraciones del Bicentenario ?y con esto culmino? en que la Iglesia Católica se retracte de la excomunión del Padre de la Patria, el cura Hidalgo y del generalísimo José María Morelos y Pavón, que siguen a la fecha excomulgados, que fueron torturados y que fueron denigrados públicamente y además fusilados por servir a la patria con lealtad, con pasión y con firmeza, y gracias a hombres como ellos debemos esta nación, que se debate con todas sus dificultades. Muchas gracias, compañeros y compañeras, diputados y diputadas.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Gracias, diputado Fernández Noroña. Señoras y señores diputados, ha concluido la lista de oradores que hemos registrado y que hicimos de su conocimiento. Diputado Pérez Cuevas, estamos? le pido a la Secretaría consulte a la asamblea si se considera suficientemente discutido.
Discúlpeme, diputado. Anunciamos con toda claridad y oportunamente, en los términos del 115 y 116, que procederíamos en ese entonces. Proceda la Secretaría a preguntar a la asamblea.
La Secretaria diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía: Por instrucciones de la Presidencia, en votación económica se consulta a la asamblea si se encuentra suficientemente discutido el proyecto de decreto, en lo general y en lo particular. Las diputadas y los diputados que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo (votación). Las diputadas y los diputados que estén por la negativa sírvanse manifestarlo (votación). Señor presidente, mayoría por la afirmativa.
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Suficientemente discutido. Pido a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto.
La Secretaria diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.
(Votación).
El Presidente diputado Francisco Javier Ramírez Acuña: Le pido a la Secretaría nos dé cuenta de la votación.
La Secretaria diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía: Pregunto si falta algún diputado de emitir su voto. Pregunto una vez más. ¿Falta algún diputado o diputada por emitir su voto? Ciérrese el sistema de votación electrónico.
Señor presidente, se emitieron 363 votos a favor, 1 en contra y 8 abstenciones. Es mayoría calificada.
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