26 abr 2007

Aprobada la Ley sobre la Trata de Personas

Tal y como estaba programado, el día de hoy -jueves 26 de abril-, fue aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos - 0 en contra y 1 abstención-, el decreto que expide la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas; que reforma y adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; que reforma y adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales, y que reforma, adiciona y deroga el Código Penal Federal.
El Presidente de la Cámara instruyó devolverlo al Senado para los efectos del inciso E) del artículo 72 constitucional, que dice:
ARTICULO 72. "TODO PROYECTO DE LEY O DECRETO, CUYA RESOLUCIÓN NO SEA EXCLUSIVA DE ALGUNA DE LAS CÁMARAS, SE DISCUTIRÁ SUCESIVAMENTE EN AMBAS, OBSERVÁNDOSE EL REGLAMENTO DE DEBATES SOBRE LA FORMA, INTERVALOS Y MODO DE PROCEDER EN LAS DISCUSIONES Y VOTACIONES."
E).- "SI UN PROYECTO DE LEY O DECRETO FUESE DESECHADO EN PARTE, O MODIFICADO, O ADICIONADO POR LA CÁMARA REVISORA, LA NUEVA DISCUSIÓN DE LA CÁMARA DE SU ORIGEN VERSARA ÚNICAMENTE SOBRE LO DESECHADO O SOBRE LAS REFORMAS O ADICIONES, SIN PODER ALTERARSE EN MANERA ALGUNA LOS ARTÍCULOS APROBADOS. SI LAS ADICIONES O REFORMAS HECHAS POR LA CÁMARA REVISORA FUESEN APROBADAS POR LA MAYORÍA ABSOLUTA DE LOS VOTOS PRESENTES EN LA CÁMARA DE SU ORIGEN, SE PASARA TODO EL PROYECTO AL EJECUTIVO, PARA LOS EFECTOS DE LA FRACCIÓN A...."
A).- APROBADO UN PROYECTO EN LA CÁMARA DE SU ORIGEN, PASARA PARA SU DISCUSIÓN A LA OTRA. SI ESTA LO APROBARE, SE REMITIRÁ AL EJECUTIVO, QUIEN, SI NO TUVIERE OBSERVACIONES QUE HACER, LO PUBLICARA INMEDIATAMENTE."
Por cierto, la lectura fue dispensada, por lo que el Presidente Jorge Zermeño lo puso de inmediato a discusión.
La Ley tiene por objeto la prevención y sanción de la trata de personas, así como la protección, atención y asistencia a las víctimas con la finalidad de garantizar el respeto al libre desarrollo de la personalidad de los victimizados residentes o trasladados al territorio nacional, así como a las personas mexicanas en el exterior.
El dictamen aprorbado hoy señala que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como la PGR, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, llevarán a cabo o colaborarán en la realización de programas permanentes para prevenir este delito.
Se establece que promueve el delito de trata de personas quien solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, por sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Menciona que a quien cometa este delito se le aplicarán: de seis a doce años de prisión y de quinientos a mil quinientos días de multa. Así como de 9 a 18 años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, si el agente se valiese de la función pública que tuviera o hubiese ostentado sin tener la calidad de servidor público.
Además, se le impondrá al servidor público la destitución del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación para desempeñar otro hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Detalla que las penas se incrementarán hasta una mitad, si el delito es cometido en contra de una persona menor de 18 años o mayor de 60, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho; o de quien tenga discapacidad o se trate de persona indígena.
O bien, cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco por consanguinidad, afinidad o civil o habite en el mismo domicilio con la víctima, aunque no existiera parentesco alguno, o sea tutor de la víctima; además, según las circunstancias del hecho, podrá perder la patria potestad.
Vale la pena leer los posicionamientos de los partidos en torno al tema, y esperar a que el Senado la apruebe de inmediato.
Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (Alternativa): A nombre del grupo parlamentario de Alternativa me permito manifestar nuestro pleno respaldo a la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas. Felicitamos su aprobación y el trabajo serio y comprometido de la Comisión de Justicia, especialmente su compromiso con las mujeres, los niños y las niñas, quienes serán las beneficiarias de esta Ley.
Asimismo, hacemos un reconocimiento al grupo de organizaciones civiles contra la trata de personas, quienes promovieron, dotaron de contenido y acompañaron el proceso legislativo de esta importantísima Ley.
Sabemos de la complejidad del problema de la trata de personas y es un hecho que la sola promulgación de esta ley no resuelve en automático ni de inmediato el problema en cuestión; sin embargo, esta ley tiene la virtud de considerar irregular de manera sistemática los tres aspectos básicos para su atención: la persecución de los traficantes, la protección a las víctimas y la prevención de la trata.
La aprobación de esta ley también será de gran utilidad para procesar y sentenciar a los responsables de delitos relacionados con la trata de personas. Y por último, será un instrumento invaluable en la lucha contra la delincuencia organizada en nuestro país. Es cuanto, señora Presidenta.
La diputada Mónica Arriola, (Nueva Alianza): Compañeros y compañeras legisladores, "Lucila y yo salimos de nuestro pueblo en compañía de Pepe. Viajamos muchas horas, cuando por fin llegamos a una casa de dos pisos en el sur de México. Nosotras pensábamos que nos iban a pagar para hacer limpieza porque somos pobres, pero no pensamos que fuera a estar tan lejos. Nunca antes habíamos salido de nuestro pueblo.
Nos llevaron a un cuarto donde había una cama muy grande y más niñas como nosotras. Tres de ellas estaban amarrando a otra de las manos y los pies y le pusieron chocolate líquido en su cuerpo desnudo. En el cuarto también estaban otros tres señores con un aparato que nos dijeron que era una videocámara y grababa todo lo que hacíamos. Nos pegaban muy fuerte; si alguna no hacía lo que ellos decían, se la pasaban gritándonos y hablándonos con groserías".
Este es el testimonio de Sandra, niña oaxaqueña de 12 años que junto con su amiga Lucila, de 11, fueron traídas a la Ciudad de México a base de engaños para ser explotadas. Ésta es la evidencia de la pobreza, discriminación, desigualdad, falta de oportunidades económicas, de desconocimiento y la promesa de beneficios materiales a las que se enfrentan muchas personas en nuestro país.
Ésta es la cara de la trata de personas. La trata de personas es una actividad que utilizando determinados medios tiene como propósito afín la explotación. Ésta debe entenderse en el amplio contexto de desigualdad y violencia estructural a la que nuestro país ha estado sujeto desde hace varios años.
Hoy, la minuta con proyecto de decreto que estamos discutiendo trae a la vida jurídica, la tipificación de esta conducta socialmente intolerable, que hasta ahora encontraba huecos importantes en nuestra legislación.
El delito de trata ha sido establecido de oficio y grave. La seriedad en la persecución deviene de la gravedad en la lesión que se ocasiona a las víctimas. La minuta no sólo contempla la prevención y la procuración de justicia, elementos de suma importancia; contempla también la protección y la asistencia a las víctimas de trata, estableciendo una red de contención y auxilio.
Además, prevé que los grupos de personas asociados a, para estos fines, sean investigados y procesados bajo el régimen severo previsto en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Votar a favor del dictamen es, para Nueva Alianza, votar a favor de la justicia; votar a favor de la lucha en contra de la explotación; a favor de la defensa de la libertad y de la integridad de las personas.
Con esta ley se busca cubrir la carencia de normas concretas que permitan prevenir y sancionar de manera efectiva la trata de personas en nuestro país. Una de nuestras funciones como legisladoras y legisladores, será la de perfeccionar la ley, adecuarla a las legislaciones locales para hacerla efectiva.
Hoy, el Estado mexicano, los órganos relacionados con la seguridad pública y la procuración de justicia, tienen la obligación de combatir y prevenir la trata de personas. Fortalezcamos con nuestro apoyo este dictamen, que de ello dependerán muchos de los resultados en el combate de la trata de personas en nuestro país. Por su atención, muchas gracias.
La diputada María Mercedes Maciel Ortiz (grupo parlamentario del PT): Compañeras y compañeros diputados, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, acude a esta tribuna para respaldar en sus términos el dictamen que nos presenta la Comisión de Justicia, por el que se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y que adiciona otros ordenamientos jurídicos.
En primer lugar, la ley que se expide tiende a erradicar la nefasta práctica de traficar seres humanos para explotarlos sexualmente. Existen en México y en el mundo redes delincuenciales que secuestran personas en sus países de origen, para llevarlos a otros, a ejercer la prostitución.
México es un país receptor de este tipo de casos, pero también expulsor, ya que se tiene conocimiento de que en regiones del estado de Tlaxcala se fuerza a mujeres, que mediante engaños, son llevadas a los Estados Unidos de Norteamérica. Pero si ésta es una conducta aberrante cuando se trata de adultos, más lo es tratándose de niños y niñas.
En segundo lugar, el mérito de esta ley es que tipifica la conducta de trata de personas, definiéndola en el artículo 5o. como: "Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona por medio de violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterlos a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes".
Como podemos apreciar, estamos integrando al tipo penal de trata de personas, la amplia cadena de hipótesis que se pueden presentar en la comisión de este delito. Con ello pretendemos cerrar la descripción de la figura típica y evitar que quienes cometen este delito puedan evadir la acción de la justicia.
Resulta paradójico que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíba la esclavitud en los hechos, mientras en materia de explotación sexual esta conducta persista y no sea combatida oportuna y adecuadamente.
En tercer lugar, otro mérito del dictamen en comento es que en la ley se ordena la creación de una comisión intersecretarial integrada por dependencias y entidades de la administración pública federal y por la Procuraduría General de la República. Dicha comisión tendrá, entre otras tareas, la de elaborar el programa nacional para prevenir y sancionar la trata de personas. Con esta medida el Estado mexicano se obliga a diseñar toda una política integral de combate a quienes realizan esta actividad.
Asimismo, se establece como obligación para las autoridades disponer todas las medidas necesarias para la protección y asistencia a las víctimas u ofendidos de la trata de personas. Ésta es una disposición bondadosa que reconoce el estado de vulnerabilidad y alto riesgo en el que se encuentran las personas que son víctimas de este delito.
La ayuda que se les proporcionará comenzará desde trámites migratorios hasta ponerlos en contacto con sus representantes diplomáticos e inclusive las de permanecer en el país.
Adicionalmente se proponen reformas a otros ordenamientos jurídicos que también contribuyen al combate del delito de trata de personas. Por todo lo anterior, nuestro voto es a favor del dictamen. Es cuanto, señora Presidenta.
La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputada María Mercedes Maciel. En el caso de la siguiente participación, se instruye a la Secretaría para que pueda insertar el texto de la participación del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Tiene el uso de la palabra el diputado Juan Francisco Rivera Bedoya, del grupo parlamentario del PRI.
El diputado Juan Francisco Rivera Bedoya (PRI): El Partido Revolucionario Institucional, por mi conducto, ocurre a apoyar esta ley para prevenir y sancionar la trata de personas que, como ya lo ha dicho mi compañera que me antecedió, en el artículo 15 de la ley se prevén todas las diversas conductas típicas de la configuración de este delito, que está ampliamente sustentado.
Sabemos que la trata de personas es un fenómeno muy antiguo. Recientemente, un diario de circulación nacional citaba la denuncia de Nidia Laguarda, especialista del BID, quien manifestaba que el tráfico ilegal de humanos se convirtió, en los últimos dos años, en el segundo negocio criminal más lucrativo del mundo, rebasado únicamente por el narcotráfico y precedido ahora por la venta ilegal de armas.
Que la trata de personas representa un negocio global de 32 mil millones de dólares al año, cuando en el 2004 la UNICEF marcaba que eran siete mil y 10 millones de dólares anuales. Es decir, aumentó más del triple, y precisa que el tráfico de personas es básicamente para fines de explotación sexual, laboral, en prácticas similares a la esclavitud o trabajo forzado o para la extracción de órganos.
Anualmente se trafican entre uno y dos millones de mujeres, hombres, niños y niñas y se obtienen ganancias de entre cuatro mil y 50 mil dólares por persona, dependiendo del lugar de origen y destino de la víctima y afirma que son muy pocos los casos que llegan a resolverse.
Por su parte, el INEGI estima que en México hay 16 mil niños y niñas sometidos a explotación sexual, principalmente en Cancún, Acapulco, Tijuana, Distrito Federal y Ciudad Juárez.
Juan Artola, el jefe de la misión mexicana de la Organización Internacional de las Migraciones, señala que México es uno de los cinco países de América, junto con Brasil, Colombia, República Dominicana y Surinam, con mayores problemas de trata de personas, sobre todo de mujeres, calculándose que de estos países 100 mil mujeres y adolescentes son conducidas a Estados Unidos, España, Holanda, Alemania, Bélgica, Israel y Japón, donde son obligadas a prostituirse y que sólo en México 20 mil menores mexicanos son utilizados en el país para prácticas de prostitución y pornografía.
Por ello es que es el momento de que, como legisladores, asumamos una acción decisiva en nuestro ámbito de competencia, emitiendo las disposiciones legales que nos permitan hacer frente a este flagelo social, que se insiste, es el segundo ilícito más lucrativo del crimen organizado, sólo detrás del narcotráfico.
Se trata entonces, de una ley urgente y además, sirve para cumplir con los compromisos internacionales de diversas instituciones que ya operan en el mundo. En estas disposiciones de esta nueva ley, se establece la actividad, el modo de acción, ya sea el transporte, el traslado, etcétera, los medios, amenazas o el uso de la fuerza, propósito que incluye la explotación, la prostitución. En general es una ley muy completa que tiene claras diferencias con otro tipo de delitos.
La trata de personas puede darse dentro o fuera de un país. En la trata hay engaño, abuso y coacción; siempre hay explotación. En la trata la salida y el ingreso pueden ser legales. Después de haber llegado al destino, la trata, la explotación, generalmente puede prolongarse. La trata atenta principalmente contra la dignidad y los derechos de la persona.
El dictamen, compañeros, que hoy se propone, satisface los principios de la persecución de los traficantes, la protección de la víctima y la prevención de la trata. Por ello, solicitamos y apoyamos esta iniciativa. Felicitamos a todos los miembros de cada uno de los grupos parlamentarios, ya que esta ley fue aprobada en la Comisión de Justicia, por unanimidad. Felicidades a todos y muchas gracias. Ruego se inserte este documento en el Diario de los Debates. Muchas gracias.
La diputada Silvia Oliva Fragoso (PRD): Compañeras diputadas, compañeros diputados, el día de hoy vamos a aprobar un dictamen de suma importancia para la vida de este país. Este dictamen que ha sido discutido ampliamente, el día de hoy tenemos un final adecuado: la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
Que es un flagelo que ha estado presente en nuestro país y como lo dice bien la exposición de motivos, la Escuela Nacional de Antropología e Historia revela que 85 mil niñas y niños mexicanos y centroamericanos, están siendo explotados en la industria sexual de nuestro país y sólo en la Ciudad de México se considera que 150 mil personas adultas se dedican a la prostitución. El 99 por ciento de ellas, no son oriundas de la Ciudad de México.
¿Qué quiere decir esto? Que vienen de otros lugares y no solamente del interior de nuestro país; vienen de otros países y han sido sometidos a este terrible problema. Por eso, en nuestro país, también al compartir una frontera común con los Estados Unidos, es considerado como de origen, tránsito, así como destino final, la trata de personas, con fines de explotación sexual y laboral.
El fenómeno de la trata de personas en México es complejo y se encuentra estrechamente vinculado con redes delictivas, organizadas a nivel transnacional. Muchos emigrantes ilegales se convierten en víctimas y son explotados durante su trayecto de la frontera sur con Guatemala o hasta la frontera norte colindante con Estados Unidos de Norteamérica.
Además de la trata fronteriza, México enfrenta igualmente un considerable problema de trata interna, en la que miles de niños, en su mayoría mexicanos y centroamericanos, son víctimas de esta explotación.
Esta situación ha contribuido a aumentar la vulnerabilidad de miles de personas, sobre todo mujeres, niñas, niños y adolescentes como el sector más vulnerable de ser expuesto por este delito.
La trata de personas es un delito con terribles consecuencias, considerado como una modalidad contemporánea de la esclavitud y como una forma extrema de violencia contra mujeres y niños que viola sus derechos fundamentales.
De ahí la importancia de este dictamen, de contar con un marco jurídico acorde a las realidades, no tan sólo del país sino del contexto internacional, donde el problema de la trata de personas se considera como un delito de consecuencia organizada de carácter internacional.
Nuestro grupo parlamentario, el Partido de la Revolución Democrática, votará a favor del presente dictamen, toda vez que se incorporan lineamientos del derecho internacional para calificar estos hechos delictivos en el ámbito federal, con la cooperación de autoridades involucradas en las distintas esferas de gobierno.
El establecimiento además de programas de acciones permanentes que en esta ley se establecen, por un tipo penal acorde a las necesidades de las realidades del país y del contexto internacional.
Creo que esta Legislatura al aprobar esta ley dará un paso importante en la justicia para todas las personas y principalmente para los niños y las niñas. Muchísimas gracias, diputada Presidenta.
El diputado Mario Eduardo Moreno Álvarez (PAN): Compañeras diputadas, compañeros diputados, en nuestro carácter de representantes populares, los diputados tenemos la obligación moral y cívica de permanecer atentos a los acontecimientos sociales que nos rodean, ya que si bien la función primordial del legislador es justamente la de crear y modificar ordenamientos jurídicos, debe de convertirse en un observador de problemas que enfrentamos en la actualidad y en un receptor de las necesidades y peticiones de la población.
Lo anterior con el objeto de desempeñarnos como actores protagónicos de la escena política en que vivimos, por lo tanto, Acción Nacional se funda, con la intención de ser una institución permanente, con un cuerpo de doctrina, con una filosofía política y social que dentro de sus principios defiende la justicia y la correcta aplicación de la misma.
Puesto que en el Estado es responsabilidad social, los individuos que tienen una relación específica con la comunidad, que se expresa en leyes aprobadas por las autoridades, para ordenar la convivencia social, preservar el bien común y dar efectiva protección a los derechos humanos.
Debido a que el mundo está inmerso en una permanente dinámica de globalización, lo que genera oportunidades, pero también en la que coexisten aspectos destructivos entre los que destacan el crimen organizado, lo que obliga a todos los actores del mundo a conducirse de acuerdo con el derecho internacional para asegurar la paz y la seguridad.
En ese sentido, hago uso de la tribuna para manifestar el respaldo de Acción Nacional al dictamen de la minuta de iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, ya que como señala la exposición de motivos de la minuta antes citada, surge ante la impostergable necesidad de crear un marco legal vinculado con el derecho internacional que atienda en forma integral la problemática de trata de personas como un problema de índole mundial.
Lo anterior, como resultado de un compromiso originado en que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente de mujeres y niños, en diciembre de 2000, y que el Senado de la República ratificó el 22 de octubre de 2002; puesto que si bien es cierto que en el Código Penal Federal se contempla algunos tipos penales vinculados con la explotación y privación de la libertad de las personas, tales como son el lenocinio, pornografía infantil, tráfico de menores, tráfico de indocumentados, entre otros, su contexto no responde a los compromisos asumidos en el plano internacional de garantizar y hacer valer los derechos de quienes son víctimas de cualquier tipo de explotación sexual, laboral o de servidumbre.
Asimismo, es importante señalar que con este tipo penal que se propone, se contemplan mayores penas para quienes son responsables de la realización de un delito de trata de personas, por lo que se establecen agravantes en la pena cuando se trata de menores de edad, personas que no tengan capacidad para comprender el significado, de hecho, quienes tengan capacidades diferentes, cuando el sujeto activo del delito tenga parentesco con la víctima o si el agente se valiese de la función pública para cometer dicho delito.
Aunado a lo anterior cabe destacar que se establece de manera clara y precisa la competencia en el ámbito federal y en ese sentido la creación de la Comisión Intersecretarial, la que está integrada por dependencias y entidades de la administración pública federal y la Procuraduría General de la República, la que elaborará y pondrá en práctica un Programa Nacional para prevenir y sancionar la Trata de Personas, en el que deberá incluir, por lo menos, las políticas públicas en materia de prevención y sanción del tipo en comento, así como la protección y atención a las víctimas de dicho delito; y por otra parte, la coordinación entre autoridades involucradas en distintas esferas de gobierno.
En ese sentido, concluyo que con esta ley se dará cumplimiento a una de las obligaciones derivadas del derecho internacional en el que México ha venido teniendo una participación activa; por lo que una vez más, reitero el compromiso de Acción Nacional en el combate del crimen organizado, específicamente en la lucha contra la trata de personas. Es por ello que estaremos a favor de la misma. Es cuanto, diputada Presidenta.
El diputado César Camacho Quiroz (PRI): Compañeras y compañeros diputados, la trata de personas, como lo hemos advertido en los últimos minutos, es evidentemente un delito que viola derechos humanos fundamentales e impacta negativamente al tejido social de las naciones.
La ONU estima que cada año son traficadas más de 800 mil personas en el mundo. Cerca de 20 mil niños mexicanos y centroamericanos son sujetos de distintas formas de abuso en nuestra frontera sur; 16 mil son sometidos a explotación sexual en Cancún, Acapulco, Tijuana y el Distrito Federal, según datos del INEGI. Es inaceptable que en el presente siglo se sigan perpetrando conductas tan lesivas para la dignidad de las personas, consideradas incluso formas contemporáneas de esclavitud.
El carácter transnacional de este crimen muestra que los países de origen, tránsito y destino deben trabajar en conjunto para evitar la trata de personas, proteger a sus víctimas y procesar a los responsables de la misma. Se trata, ciertamente, de un delito complejo, que en ocasiones opera a través de sofisticadas redes de comunicación e intercambio, que obtienen ganancias —por cierto— sólo superadas por otras formas delictivas como el tráfico de armas y el de narcóticos.
La experiencia internacional sugiere una estrategia ad hoc que entienda al fenómeno en su integralidad. México, desafortunadamente no está exento de este fenómeno delictivo del cual hasta hoy se habían presentado esfuerzos aislados por combatirlo e implicaba, en fin, una deuda legislativa en esta importante materia.
Por ello los legisladores de todos los partidos hoy cubrimos este pendiente y, comprometidos con la protección de la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad, unánimemente presentamos a esta soberanía una ley, nueva ella, para prevenir y sancionar la trata de personas. Con ella el Estado mexicano podrá combatir enérgica y eficazmente esa conducta reprobable.
Esta ley es por supuesto necesaria y oportuna, vanguardista e integral, amplia y protectora. Cubre un espectro de protección mayor al que se cubriría con la sola tipificación de la conducta en el Código Penal. La ley abarca el tema desde tres vertientes fundamentales: la prevención, la sanción y la atención a las víctimas.
Millones de personas, la mayoría mujeres y niños, son engañados, vendidos, coaccionados o sometidos a diferentes formas de explotación laboral, sexual o de servidumbre; responde entonces al compromiso internacional de nuestro país y a nuestra propia convicción nacionalista, el crear un marco legal que atienda especial e integralmente el fenómeno.
Establece de forma prolija la forma en que deberá cubrirse la reparación del daño a las víctimas de este delito, cuando esto sea posible. Tutela, por supuesto, un bien jurídico superior que es el libre desarrollo de la personalidad y tipifica la conducta delictiva con enorme cuidado y escrúpulo, promover, solicitar, ofrecer, facilitar, conseguir, trasladar, entregar o recibir para sí o para un tercero a una persona por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder, para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
Establece también la ley, una política preventiva y una política criminal adecuadas. La primera a cargo de una Comisión Intersecretarial encargada de elaborar un programa de prevención, encargada de celebrar convenios de colaboración interinstitucional y de coordinarse con todas las dependencias que haya necesidad. Y en la segunda, en la política criminal, responsabiliza a diversas dependencias y entidades de la administración pública federal, a la Procuraduría, a los organismos públicos autónomos e incluso —y esto me importa destacarlo— a representantes de la sociedad civil y a especialistas.
En fin. Con ella, compañeras y compañeros, el Estado mexicano reivindica la esperanza de miles de personas, aquellas con derechos violados de manera grave por conductas que atentan contra su libre desarrollo.
De esta manera, el Estado mexicano previene, protege y castiga severamente a quienes sin escrúpulo pretenden medrar contra el valor más importante de las personas: su dignidad. El gobierno se pone de su lado.
Por ello, compañeras y compañeros diputados, respetuosamente pido su voto aprobatorio para poner en marcha este mecanismo, este instrumento jurídico que a todos nos hará mucho bien. Gracias.
La Presidenta diputada Ruth Zavaleta Salgado: Muchas gracias, diputado César Camacho Quiroz. No habiendo más oradores anotados, se considera suficientemente discutido el tema. Para los efectos del artículo 134 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se pregunta a la asamblea si se va a reservar algún artículo para discutirlo en lo particular, especificando la ley de que se trata.
No habiendo ningún artículo reservado, se pide a la Secretaría abra el sistema electrónico por 10 minutos para proceder a la votación en lo general y en lo particular.
La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Háganse los avisos a que se refiere el artículo 161 del Reglamento Interior. Ábrase el sistema electrónico por 10 minutos, para proceder a la votación en lo general y en lo particular en un solo acto. (Votación)
La Secretaria diputada María Eugenia Jiménez Valenzuela: Ciérrese el sistema de votación electrónico. Se emitieron 396 votos en pro; 0 en contra y 1 abstención.
El Presidente diputado Jorge Zermeño Infante: Aprobado en lo general y en lo particular por 396 votos el decreto que expide la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas; que reforma y adiciona la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; que reforma y adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales, y que reforma, adiciona y deroga el Código Penal Federal.
Se devuelve al Senado para los efectos del inciso E) del artículo 72 constitucional.

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