¿Qué Corte?/Luis Rubio
Publicado en Reforma, 29/06/2008;
¿Qué clase de democracia queremos los mexicanos? ¿Qué clase de Suprema Corte amerita esa democracia? Uno puede tener muchas respuestas a estos planteamientos, pero esta semana la Suprema Corte de Justicia optó por desperdiciar al menos una primera oportunidad por establecer definiciones centrales sobre el tipo de democracia que será la mexicana. A través de un amparo, se le solicitó a la Corte que definiera si existen derechos inviolables o si basta un cambio de vientos políticos para que todo el andamiaje constitucional y la certidumbre que de éste se deriva se vengan abajo. Son temas de esencia.
La reforma electoral aprobada el año pasado modificó varios de los elementos fundacionales de la democracia mexicana. En contraste con otras naciones que construyeron transiciones integrales hacia la democracia, en nuestro país el proceso fue acotado y desarrollado a regañadientes. Fue acotado porque la lógica que dominó no fue la de la construcción de una nueva forma de gobernarnos, sino la del apaciguamiento de las oposiciones. Es decir, se negoció con un espíritu de otorgamiento de concesiones y no con el ánimo de la construcción de un nuevo estadio político.Los acuerdos de la década pasada en materia electoral fueron el producto plausible de esas negociaciones. Se construyó un andamiaje institucional para responder al principal reclamo de las oposiciones de entonces: que los procesos electorales eran vergonzosos y no confiables. De ahí que se construyera un conjunto de instituciones en torno a lo que acabó siendo el Instituto Federal Electoral y el Tribunal Electoral como la esencia de una nueva era en materia electoral. Aquellas reformas le confirieron autonomía a los órganos electorales, certidumbre a los partidos políticos y credibilidad a la población en general. Como resultado de esto, México no entró a la democracia en pleno, pero los mexicanos por fin pudimos estar orgullosos de nuestro sistema electoral y de los resultados que de ahí comenzaron a fluir.
El entorno ha comenzado a cambiar. Como resultado de las reformas del año pasado, atrás quedó la inamovilidad del Consejo del IFE, órgano que pasó a depender, para todo fin práctico, de las veleidades de los partidos políticos. Más grave, como parte de aquellas reformas se modificó uno de los preceptos básicos de nuestro régimen constitucional: la libertad de expresión.
Como decía antes, la democracia mexicana nació coja porque no se modificó el régimen político en su conjunto, sino que sólo se transformó un componente del sistema, el electoral. De esta manera persisten no sólo las estructuras e instituciones del "viejo" régimen, sino sobre todo los criterios que lo caracterizaron: ya no tenemos una presidencia exacerbada, pero los ciudadanos seguimos siendo una parte marginal de la vida política. Ahora mandan actores partidistas, pero su comportamiento es similar al de la presidencia de antaño.
Por eso la pregunta inicial: ¿qué clase de democracia queremos? ¿Queremos una democracia representativa en la que los ciudadanos podamos ver a nuestros diputados y senadores como voces y representantes de nuestros intereses o una democracia "dirigida" al servicio de los partidos políticos? ¿Queremos una democracia en la que se respeten las reglas del juego o una en la que éstas son modificables según cambien los criterios del legislativo?
Estos temas no son abstractos: al modificarse el régimen de libertad de expresión (baste ver sus absurdos resultados en la forma de censurar los spots por parte del IFE), la reforma electoral trastocó quizá el derecho más fundamental de la libertad humana, el de expresarse. ¿Seguirán ahora modificaciones a las garantías en materia de esclavitud, el voto de la mujer o la libertad religiosa? Quizá suene absurdo, pero el hecho es que hemos entrado en territorio desconocido: es evidente que ninguna libertad es absoluta, pero las restricciones que ya se introdujeron al régimen constitucional son por demás peligrosas y anuncian un camino resbaladizo.
Lo que está de por medio en los amparos que tiene la Suprema Corte frente a sí es fundamental y mucho más grande de lo que los integrantes de la propia Corte parecen haber reconocido. A mi juicio, hay tres elementos medulares que la Corte tiene que contemplar en su propio proceso de decisión. Primero, la gran pregunta es cuál es la función de un Tribunal Constitucional en un régimen democrático. En contraste con las cortes equivalentes de Argentina, España y Estados Unidos, instituciones que se han destacado por asumir funciones transformadoras en materia de derechos ciudadanos y humanos en general en sus respectivas sociedades, nuestra SCJ ha sido más bien complaciente y cada vez más propensa a satisfacer clientelas diversas a través de los medios. La Corte tiene que decidir si se convertirá en el factor que rompe desempates entre los otros poderes y contribuye a construir un régimen democrático integral o sigue siendo un mero tribunal más.
Una segunda definición fundamental es sobre los derechos o garantías fundamentales de los mexicanos. ¿Existen garantías sacrosantas o todas son modificables? Así como se erosionó la garantía de la libertad de expresión, ¿sería posible revertir el voto de la mujer o restituir la institución de la esclavitud? La Corte tiene en su fuero definir si se trata de reglas esenciales, inamovibles, de la interacción social y política en nuestra sociedad.
Finalmente, el tercer elemento que tiene la Corte frente a sí, el que es materia específica del amparo del que yo soy parte, es el de la libertad de expresión. Nuestra denuncia a la no resolución de este amparo no responde a un capricho; obedece a la afectación de libertades para todos los ciudadanos que requieren que instituciones como la SCJ los protejan de la impunidad generalizada. La forma de censurar del IFE ha hecho evidente que existen enormes riesgos a la libertad de expresión y que esos riesgos son iguales para todos los actores políticos y sociales. La Corte tiene que definir si se trata de un derecho fundamental o no; y si decide legitimar la censura política.
Nuestra SCJ se ha dedicado a resolver problemas administrativos. Su indecisión respecto a sus funciones daña no sólo a la democracia sino a su propia estatura en el desarrollo de país. La pregunta es si va a trascender como la gran constructora de nuestro futuro institucional. Hoy tiene la oportunidad de redefinir su naturaleza y asumirse como la institución transformadora del futuro del país. La pregunta de fondo es si se asumirá a sí misma como el Tribunal Constitucional que México necesita o seguirá a la espera del aplauso partidista.
Página de internet: www.cidac.org
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