19 jun 2007

Sobre la eutanasia

De acuerdo con un análisis del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (Cesop) de la Cámara de Diputados de México, existen cuando menos cuatro iniciativas, dos de ellas a nivel federal, que abordan el tema de la eutanasia desde diversas perspectivas.
En un informe, del Cesop, se señala que existen diversas iniciativas para abordar las situaciones en que los pacientes no pueden decidir, por su condición y las características de su enfermedad, si aceptan o rechazan los tratamientos y procedimientos médicos.
De estas iniciativas destaca la presentada por el Grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados, para establecer la figura de “Tutela Especial de Atención Médica” en el Código Civil Federal, a fin de que las personas, cuando todavía estén en uso de sus facultades físicas y mentales, establezcan quién decidirá qué hacer o qué no hacer en caso de presentarse una situación de esa naturaleza.
Plantea que, ante notario público, se designe a una persona que tome las decisiones necesarias cuando el otorgante se vea incapacitado para comunicar por sí mismo sus decisiones al médico y deslindar al tutor de la responsabilidad jurídica derivada de sus determinaciones.
Otra iniciativa, presentada en la Asamblea Legislativa del DF., propone reformar el Código Penal, la Ley General de Salud y el Código Civil, todos del Distrito Federal, para eliminar la pena ante la privación de la vida por razones humanitarias; formar grupos de bioética que supervisen los casos relevantes e instituir el testamento en vida.
También en la ALDF se conocerá esta semana una iniciativa que sugiere la creación de la Ley de Voluntad Anticipada para el DF que revisa el procedimiento por el cual un paciente terminal o sus parientes pueden solicitar la suspensión de un tratamiento curativo y se inicie uno paliativo que disminuya el dolor, aun con la consecuencia de la muerte.
En el Senado de la República también se ha abordado el tema con la propuesta de crear la Ley General de Suspensión de Tratamiento Curativo, la cual revisa el procedimiento con el que se puede solicitar la suspensión del tratamiento curativo para sustituirlo por tratamientos paliativos; además, protegería al médico que acepte tal voluntad y siga los procedimientos descritos.
En algunas de ellas se revisa y considera la concepción de eutanasia activa; otras proponen no castigar esa acción si se realiza bajo criterios de estricta observancia. También plantean la figura del testamento en vida, donde el paciente haya manifestado sus últimos deseos en torno a los tratamientos médicos, además del establecimiento de grupos de bioética en los hospitales para supervisar, atestiguar y aprobar los tratamientos, o la ausencia de éstos, a los pacientes terminales.
En un estudio del Cesop se consigna un cuadro comparativo de la legislación internacional sobre la eutanasia, según el cual sólo en el estado de Oregon, de EE UU, se permite el suministro de dosis letales de medicamentos a enfermos terminales que deseen la eutanasia.
En Holanda no se penaliza del todo, pues, bajo estrictas condiciones de cuidado, hay excepciones que ofrecen al médico la posibilidad de ayudar a un paciente terminal. En Holanda anualmente, alrededor de dos mil personas reciben ayuda médica para morir: en 2003 se notificaron mil 815 casos; en 2004, mil 886 y en 2005, mil 993; en la mayoría se trató de enfermos de cáncer y tres de Alzheimer.
En Bélgica se despenalizó el procedimiento para adultos en ciertos casos y el número de eutanasias practicadas en esta nación fue de 31 por mes entre 2004 y 2005 y aumentó a 37 por mes a principios de 2006; 49 por ciento de los casos eran personas de entre 60 y 79 años de edad y las patologías iban desde cáncer hasta enfermedades neuro-psiquiátricas. Su legislación también permite el suicidio asistido en pacientes que aún no están en fase terminal.
Desde 2005, en Francia se reconoce el derecho del paciente terminal a rechazar un tratamiento considerado inútil, pero no legaliza la eutanasia.
En Suiza no se penaliza la asistencia al suicidio, que consiste en ofrecer la ayuda exterior necesaria para facilitar la muerte de quien claramente quiere acabar con su vida.
En tanto, en la legislación de Alemania permite acatar la voluntad de un paciente cuando su sufrimiento es causado por un mal irreversible y mortal, pero no aplica a pacientes en coma. Las posiciones sobre este tema en la nación teutona van desde las que respaldan el derecho de los pacientes a decidir cómo morir, hasta las que lo rechazan por los recuerdos de la era del nazismo y posturas religiosas, aunque el 74 por ciento de la población apoya su legitimación.
En Australia, sólo durante un año se permitió la eutanasia.
En Dinamarca, si la muerte es consentida y operan móviles de piedad, se plica el perdón judicial.
En Brasil se permite desconectar los aparatos que mantienen vivos a los pacientes sin posibilidad de cura y en fase terminal y en Colombia sí se permite la eutanasia pasiva, mientras que en México y Chile esa práctica está prohibida.
Fuente: Cámara de Diputados

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