14 abr 2011

"Perdona TEPJF a la Magistrada Alanís

Varias preguntas, ¿A cambio de que la absuelven? Para fortalecer el Tribunal?, o de planao le hicieron manita de cerdo para que no busque la reelección?
Los señores magistrados pueden ser acuisados de ser discriminatorios
Seis (todos hombres) de los 7 magistrados del Tribunal Electoral Federal (TEPJF), en sesión privada, se perfilaban anoche para perdonar a la presidenta, María del Carmen Alanís, y declarar infundada la solicitud de excusa -solicitada por el PAN- del caso de los spots del Gobernador Enrique Peña Nieto.", dice una nota en el periodico Reforma de Guadalupe Irizar, reportera de la fuente, y que ha seguido el caso junto con Roberto Zamarripa."Algunas versiones señalaban que la decisión incluso podría ser por unanimidad, con la idea de cerrar filas en torno al órgano jurisdiccional."
Sin embargo, hasta las 23:00 horas de ayer, no se había formalizado la decisión y fuentes oficiales del Tribunal sólo reconocían que el Magistrado Alejandro Luna Ramos, presidente de la sesión por ministerio de ley ante la ausencia de Alanís, coordinaba la redacción final del acuerdo.
La decisión fue adoptada luego de tres días de reuniones informales y de diferencias de opinión sobre el proyecto de resolución, circulado por el Magistrado ponente Constancio Carrasco, en el que originalmente proponía la excusa de Alanís.
El TEPJF resolveáen los próximos días el expediente de los spots de Peña Nieto, pues la decisión del IFE fue impugnada ante ese órgano jurisdiccional por el propio Peña Nieto, el PRI, el PAN y el PRD. El Gobernador Peña Nieto pide revocar la decisión del IFE por considerar que no es competente ese órgano electoral por no haber proceso electoral federal en marcha.
El PAN demanda más exhaustividad en la indagatoria del IFE y sancionar también por los spots de radio que no incluyó la resolución, en tanto que el PRD también pide profundizar la indagatoria del caso y sancionar a las televisoras y al PRI.
Spots polémicos
El caso de los spots de Peña Nieto orilló al Tribunal Electoral a abrir un expediente contra su presidenta.
· Los spots fueron emitidos del 29 de agosto al 10 de septiembre de 2010.
· En septiembre, el PAN presenta una queja ante el IFE.
· Sostiene que se violaron los artículos 41 y 134 de la Constitución y el artículo 2 y el 228 del Cofipe.
· La Comisión de Quejas del IFE rechaza sacar del aire los spots.
· En octubre de 2010, el IFE declara infundada la denuncia del PAN.
· El Trife revoca el acuerdo del IFE y ordena reponer la investigación.
· Eln enero de 2011, el IFE elve que Peña violó la Constitución y el Cofipe.
· El 24 de enero, el PRI apela ante el Trife la resolución del IFE.
· Un mes después, Peña impugna el fallo ante el Trife.
· El 9 de marzo, priistas se reúnen en la casa de María del Carmen Alanís.
· El PAN exige que, por esa reunión, Alanís se excuse de discutir y votar el caso, del cual es ponente.
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Boletín de Prensa No. 031/2011
 
México, D. F.   6 de abril de 2011
 
TEPJF DA CURSO A LA TRAMITACIÓN DE IMPEDIMENTO PRESENTADO POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
 
El Partido Acción Nacional (PAN) planteó el pasado 30 de marzo al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la existencia de un impedimento para que la magistrada presidenta, María del Carmen Alanis Figueroa, conociera de la sustanciación y resolución de los recursos de apelación SUP-RAP-24/2011, SUP-RAP-26/2011, SUP-RAP-27/2011 y SUP-RAP-32/2011.
Dichos recursos fueron interpuestos contra la resolución CG11/2011, dictada por el aludido Consejo, dentro del procedimiento especial sancionador presentado por el partido recurrente, contra Enrique Peña Nieto, Gobernador del Estado de México, su Coordinador General de Comunicación Social, el Partido Revolucionario Institucional, así como de diversas televisoras y radiodifusoras, concesionarias de diferentes frecuencias de radio y televisión en Baja California Sur y Guerrero, por la transmisión de dos promocionales relacionados con el Quinto Informe de Gobierno del aludido funcionario, en dichos estados, en los que actualmente se desarrolla proceso electoral local.

Una vez presentada formalmente la solicitud del impedimento en la Oficialía de Partes de la Sala Superior, en conformidad con el artículo 44 del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se formó el expediente SUP-IMP-1/2011 y se turnó al magistrado Constancio Carrasco Daza.

El 31 de marzo, el magistrado Carrasco Daza radicó el expediente y ordenó que, mediante notificación por oficio, se le diera vista a la Magistrada Presidenta con el escrito presentado por el PAN, a fin de que rindiera el informe respectivo, en el cual realizara las manifestaciones que estimara pertinentes respecto de la solicitud formulada por el PAN. La notificación por oficio se practicó a las 15:04 horas de ese día.

El martes 5 de abril, por la noche, la Magistrada Presidenta rindió el informe que le fue solicitado por el magistrado Constancio Carrasco, quien formulará un proyecto de resolución, mismo que será sometido a consideración del Pleno de la Sala Superior, a fin de que se emita la determinación que en derecho corresponda. En la discusión y votación del proyecto que al respecto se presente, no participará la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa.

La resolución que en su momento se emita será notificada al PAN, quien promovió la solicitud del impedimento, al resto de las partes de los medios de impugnación involucrados, así como a la ciudadanía en general, a través de los estrados electrónicos del TEPJF, consultables en la página de Internet.
 

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