5 ago 2012

Borges, la posesión póstuma”/Juan Gasparini

Borges, la posesión póstuma”/Juan Gasparini
Proceso # 1866, 5 de agosto de 2012
GINEBRA, SUIZA.- El encabezado de este artículo fue también el título de mi libro periodístico que apareciera en el año 2000, gracias a la editorial española Foca, distribuido en América Latina por el Fondo de Cultura Económica, de México, quienes no sucumbieron al pánico imperante en Argentina a los juicios que, advertían diversas fuentes, lanzaría María Kodama contra lo que se publicara sobre Borges que la disgustara.
Iniciada en febrero de 2002, la querella por calumnias e injurias que formularan los abogados de Kodama contra el conjunto del libro, por contener presuntas “cuestiones inexactas, falsas y otras directamente ofensivas”, reclamaba un año y medio de prisión y 20 mil pesos, cerca de 7,000 dólares. Los tribunales en Buenos Aires me absolvieron a finales de 2004, y la traducción del libro al francés en 2006 careció de disputas judiciales.
Quedó así establecida la “cosa juzgada” para con una investigación periodística cuyo relato daba cuenta de los tramos finales de Jorge Francisco Isidoro Luis Borges. No se trató de un ensayo sobre sus avatares literarios. Tampoco un trabajo biográfico. Ha sido una crónica que incursiona en el haz de sombra que envuelve el óbito lejos de la natal Argentina.
Supe destacar que Borges abandonó Buenos Aires en noviembre de 1985 casi en secreto, prácticamente moribundo, tras cambiar de testamento, médico y abogados. Inició entonces un viaje que comenzó fugazmente en Italia. Luego su salud se quebrantó aún más en Ginebra, preanunciando el desenlace en esa ciudad, donde falleciera el 14 de junio de 1986. Algunos de los suyos se enteraron por los diarios del sepelio en un cementerio distinto al anunciado en sus escritos.
En Ginebra había explorado la posibilidad de obtener un permiso de residencia para alcanzar la nacionalidad suiza, quiso comprarse una propiedad en el casco antiguo de la ciudad, y contrajo matrimonio por poder en Paraguay con María Kodama. Y allí revisó toda su obra completa en francés para La Pléiade, la reputada colección de la casa Gallimard.
La unión de Borges con Kodama fue matriculada el 26 de abril de 1986 en el caserio de Colonia Rojas Silva, en Paraguay, mientras la pareja permanecía en habitaciones separadas del Hotel l’Arbalète de Ginebra. Ella era soltera. Él se encontraba bordeando la agonía e imposibilitado de casarse nuevamente según la legislación argentina de la época, habiendo obtenido la separación de Elsa Helena Astete en 1971, no autorizándolo a segundas nupcias.
Las claves de ese casamiento express podrían acaso rastrearse en su cambio de testamento. El de 1985, poco antes de volar hacia Suiza, rectificó uno anterior de 1979. A Fani Uveda de Robledo, su ama de llaves de casi toda la vida, le redujo el legado a 2,500 australes, unos 1,600 dólares, cuando en el de 1979 se le adjudicaba “la mitad del dinero en efectivo o depositado en instituciones bancarias sitas en el país o en el exterior”. En 1985 Kodama pasó a heredar la totalidad de los bienes.
El testamento anterior, del 79, tiene nueve cláusulas, cronológicamente del 1 al 9. El que lo reemplazó en 1985, asimismo, 9. No obstante, la numeración es del 1 al 10 con ausencia del 8. Llama poderosamente la atención que ninguna de las personas presentes en el momento de labrar el acta en 1985 no aconsejaran colmar el vacío de la cláusula 8. Esa interrupción del orden correlativo de los artículos, despierta interrogantes.
Sabiendo que Borges era ciego, podría pensarse que no se le leyó el testamento que se sometía a su firma. Conociendo la memoria del escritor, y su delectación para con los números, cuesta asimilar que, llegándole a leer el documento, omitió advertir que del 7 se pasaba al 9, sin la transición del número 8.
Persiste en consecuencia la duda si el reputado anciano pudo resolver plenamente en las estribaciones de su declive vital. ¿Era consciente de que médicos argentinos desaconsejaban aquel viaje que terminó en un selecto cementerio suizo? ¿Fueron ajenas a su voluntad las fuerzas que lo organizaron o pudieron inducir repentinamente su inhumación en el Panthéon de Ginebra, pese a la falta de manifestaciones incuestionables, escritas u orales, que decidieran esa sepultura?
El fantasma de la boda no es tal. Sin ese papel matrimonial el entierro en Ginebra no habría sucedido, y la repatriación de los restos a la Argentina ya estaría solucionada. Sin ese papel no existiría un certificado de defunción de Borges mediante el cual Kodama se erige en “última cónyuge”, la llave de una incalculable fortuna.
Cabe reiterar ahora la hipótesis de mi largo reportaje atacado por Kodama vanamente ante la justicia argentina, que el controvertido matrimonio operaba de salvaguarda por si el testamento del 85 no surtía los efectos deseados cuando se fallara la sucesión, en la eventualidad que Kodama no fuera satisfecha como heredera universal. Era de conjeturar que si el mentado testamento no le procuraba el control absoluto de los derechos de autor, el casamiento constituía el instrumento alternativo para arremeter por la captura de la herencia, la mina de oro del “negocio Borges”.

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