3 ene 2013

Vocales del IPAB

Este jueves 3 de enero de 2013, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión recibirá la propuesta a los nombramientos que hace el Presidente Peña Nieto, de los vocales de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB);
•Guillermo Hopkins Gámez, para el periodo comprendido desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2013;
•Luis Miguel Montaño Reyes, para el periodo comprendido desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2014;
•José Gerardo Quijano León, para el periodo comprendido desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2015; y
•Óscar Guillermo Levín Coppel, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016.
Los cuatro vocales designados por el Ejecutivo Federal, deberán ser aprobados por las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la misma proporción de integrantes de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, como es el caso.

Por lo pronto, la Tercera Comisión –Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas– de la Comisión Permanente, que preside la senadora Dolores Padierna Luna (PRD), aprobó que el 8 de enero se lleve a cabo la comparecencia de los cuatro candidatos para ejercer el cargo de vocales de la Junta de Gobierno del IPAB.
La comparecencia comenzará con la exposición de cada uno de los candidatos, durante 10 minutos, los cuales se desahogarán conforme al orden alfabético del primer apellido de los propuestos.
Durante la exposición de los candidatos no habrá lugar a mociones, preguntas o debates.
Después, los grupos parlamentarios, representados en la Tercera Comisión, podrán plantear un máximo de dos preguntas hasta por cinco minutos y el compareciente responderá hasta por cinco minutos.
Los temas que se les cuestionarán serán: antecedentes económicos y profesionales; el rol del IPAB en el desarrollo del país; facultades y responsabilidades de los vocales de la Junta de Gobierno.
Además, las funciones administrativas del Instituto relacionadas con la creación y aplicación de controles de confianza, transparencia y rendición de cuentas.

Oficio de SEGOB:
México, D.F., 20 de diciembre de 2012.
Secretarios de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Por este conducto me permito hacer de su conocimiento que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, en uso de la facultad que le confiere el artículo 75 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, somete a la aprobación de ese órgano legislativo la designación de los vocales de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), a los siguientes ciudadanos…(los nombres ya señaladosd…)
Por lo anterior y con fundamento en lo establecido en el artículo 27, fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, remito la comunicación original signada por el titular del Ejecutivo federal, así como datos curriculares de los interesados.
Sin otro particular, reciban un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)
Subsecretario de Enlace Legislativo

*
Comunicado del Presidente EPN
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión
Presente
En 1999 la Ley de Protección al Ahorro Bancario estableció un sistema protección en favor de las personas que realicen depósitos bancarios en dinero o acepten préstamos y créditos en términos de la Ley de Instituciones de Crédito. La administración de dicho sistema se encuentra a cargo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), organismo descentralizado agrupado al sector coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Para el cumplimiento de su objeto, dicho Instituto asume y, en su caso, paga en forma subsidiaria las obligaciones que se encuentren garantizadas a cargo de las instituciones de banca múltiple, con los límites y condiciones que establece la Ley de Protección al Ahorro Bancario. Asimismo, administra los programas de saneamiento financiero en beneficio de los ahorradores y usuarios de las instituciones referidas y en salvaguarda del sistema nacional de pagos.
El mismo ordenamiento establece que la administración del IPAB estará a cargo de su Junta de Gobierno y de su Secretario Ejecutivo. La Junta de Gobierno, órgano superior de decisión del Instituto, se integra por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Gobernador del Banco de México, el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y cuatro vocales designados por el Ejecutivo Federal, aprobados por las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la misma proporción de integrantes de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Es de señalar que de conformidad con el artículo 76 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, los vocales de IPAB serán designados por periodos de cuatro años, de manera escalonada, sucediéndose cada año e iniciándose el primero de enero del año respectivo.
Dado que la Ley de Protección al Ahorro Bancario establece que las sesiones de la Junta de Gobierno de IPAB se efectuarán con la asistencia de por lo menos cuatro de sus miembros, siempre que se encuentre presente el Secretario de Hacienda y Crédito Público o su suplente, y considerando que a la fecha existen tres vacantes dentro del órgano superior de dicho Instituto, resulta indispensable garantizar la continuidad de sus funciones mediante la designación de los integrantes de su Junta de Gobierno, a fin de dar continuidad a las acciones que este organismo lleva a cabo en beneficio de los ahorradores de nuestro país. Adicionalmente, debe señalarse que el próximo 31 de diciembre concluirá el periodo correspondiente al vocal Benito Solís Mendoza.
Para ello, es necesario que los servidores públicos que sean designados como vocales de la Junta de Gobierno del IPAB cuenten con la capacidad y experiencia que un cargo de esta naturaleza exige.
Por lo expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 75 y 76 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, me permito someter a la aprobación de esa Soberanía, la designación de los integrantes de la Junta de Gobierno del IPAB en los términos siguientes:
• C. Guillermo Hopkins Gámez, para el periodo comprendido de la fecha de su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2013;
• C. Luis Miguel Montaño Reyes, para el periodo comprendido de la fecha de su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2014;
• C. José Gerardo Quijano León, para el periodo comprendido de la fecha de su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2015; y
• C. Óscar Guillermo Levín Coppel, para el periodo comprendido del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2016.
Como podrá corroborarse con la documentación que se adjunta al presente, los ciudadanos mencionados cuentan con probada capacidad profesional y reúnen los requisitos previstos en el artículo 78 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, por lo que el Ejecutivo Federal a mi cargo está convencido que son las personas idóneas para fungir como vocales de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
Reitero a Usted, ciudadano Presidente, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
México, Distrito Federal, a veinte de diciembre de dos mil doce.
El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Enrique Peña Nieto (rúbrica)

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